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DERECHO PENAL (PARCIAL PRIMER CORTE)

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DERECHO PENAL (PARCIAL)
Derecho penal y el control social 
La ciencia penal integrada 
La dogmática penal 
La criminología 
La criminalística y otras ciencias 
La política criminal 
Derecho Penal Subjetivo y sus limites 
Norma rectora y el principio rector 
Los limites materiales 
Los limites formales 
Derecho Penal Objetivo 
Concepto 
Caracteres 
Divisiones del derecho penal 
Fuentes del derecho penal
Noción
Clasificación
Las diversas fuentes 
La interpretación normal Penal 
Concepto 
Clases de interpretación 
Reglas que la impetración
Historia del derecho penal 
DESARROLLO DE LOS TEMAS 
El derecho penal y el control social: es el conjunto de medios o repercusiones utilizados para la regulación del ser humano en la sociedad, hay que aclarar que no solo limita la libertad, sino que se tendrá en cuenta el contexto del lugar en especifico para establecer los lineamientos adecuados como pueden ser el tipo de organización política, sistema de gobierno entre otros. 
Existencias varios medios para la regulación del individuo y son las siguientes. La manera difusa es aquella que establece rutinas colectivas de conducta (hábitos sociales, costumbres, creencias, convicciones). Organizaciones institucionales son medios de regulación humana como la familia, las asociaciones privadas, las agrupaciones religiosas (la iglesia católica) las organizaciones públicas, como el estado, los organismos gubernamentales, también están los establecimientos educativos en todos sus grados (escuelas, colegios, universidades) y por ultimo los medios de comunicación (prensa, radio, televisión, redes sociales). Los medios pueden ser clasificados como formales e informales, voluntarios e involuntarios, consientes e inconscientes, concretos o difusos, externos e internos.
Los medios se utilizan para obtener la conformidad de la comunidad y también lograr conseguir la protección de los intereses fundamentales para convivencia en la comunidad a través de las normas jurídicas.
El control social se lleva a cabo de dos formas distintas, la primera es el llamado control social punitivo institucionalizado, este se lleva a cabo sobre las bases de varias agencias estatales denominada sistema social, el segundo es el control social no institucionalizado, este se efectúa por medio de las conductas ilícitas, esto se evidencia con los grupos criminales, los paramilitares y la justicia privada.
La ciencia penal integrada: existen varias disciplinas que estudian la criminalidad, la delincuencia y el derecho positivo, lo hacen de manera uniforme y ordenada. 
Se empezaron a generar a partir de la segundad mitad del siglo XIX y son las siguientes, la escuela positivista italiana y la escuela sociológica alemana.
La escuela positivista italiana pretendía reunir todos los saberes del derecho penal a través de la sociología criminal y la cual abarca la antropología, el derecho penal y las estadísticas criminales, se estableció un positivista naturalista que prácticamente afirma que los delitos no se pueden evaluar sin los aspectos sociológicos y jurídicos.
La escuela sociológica alemana planteo reunir todos los saberes del derecho penal a partir de dos variantes, la naturalista que tiene por objeto la realidad emperica y la normativista que tiene por objeto el derecho penal objetivo. Se reunió las disciplinas pertinentes para acaparar todos lo saberes del derecho penal como la dogmática jurídica penal, la sociología y antropología criminal.
Dogmática penal: estudia el derecho penal positivo y averigua su contenido, su presupuesto, la consecuencia de las normas punitivas, para su desarrollo y su posterior planteamiento material jurídico en el sistema, busca el desarrollo conceptual y sistemático.
Características 
· Es practica debido a diferencia de las ciencias teoréticas, no formula leyes universales e inmutables ni somete sus proposiciones a un criterio intersubjetivo y seguro de verdad, que se desarrolla a lo largo del tiempo de manera rectilínea y progresiva
· es una ciencia del deber ser o del espíritu, pues se compadece con las características propias de dichos conocimientos, dado que también estudia la conducta humana desde un plano valorativo. Así mismo
· en tercer lugar, es cultural, pues su objeto ha sido extraído del mundo de la cultura, como ya se dijo;
· cuarto lugar, es normativa, dado que se expresa por medio de proposiciones cuya corrección o incorrección deriva de su confrontación con las valoraciones contenidas en las disposiciones legales, que se constituyen en “dogmas” para el intérprete;
· en quinto lugar, es hermenéutica, pues el dogmático se enfrenta a un texto legal cuyo sentido debe establecer a partir de sus orígenes y antecedentes, del entorno en que surge y de su tenor literal. 
· En sexto y último lugar, como sucede con toda dogmática, es una ciencia comprensiva, dado que procura interpretar de determinada manera su objeto de estudio, que se encuentra delimitado por unos ámbitos de validez, y al que pese a que varía con el tiempo le corresponde un especial significado: es expresión, muestra vinculante de la idea del derecho que perdura a lo largo del tiempo en una sociedad y en un momento determinados
Método: se desarrollan tres momentos conectados internamente, se comienza analizando la norma penal para encontrar similitudes y diferencias, uno vez hecho deberá establecer un concepto único y del cual realizara una teoría que deberá ser verificada a través de unas hipótesis que confirme que la teoría es acorde al texto penal en su conjunto y no se contradice y como ultima fase el legislador implementara las elaboraciones criminológicas y política-criminales y a partir de aquí empieza a relazar un proceso de verificación que confirme que todo el proceso realizado es correcto. 
Leyes fundamentales: existen tres leyes básicas que sirvieron para entender el derecho penal contemporánea la construcción doctrinal debe aplicarse al derecho positivo, pues ella se desarrolla sobre la base de un derecho dado cuyo contenido debe respetar, aunque tiene plena libertad de formas; segunda, es inherente a esta disciplina la unidad sistemática o falta de contradicción, pues la ciencia jurídica no puede entrar en contrariedad consigo misma, aunque sí romper con las nociones y principios admitidos con anterioridad. Y, tercera: la ley de la belleza jurídica o de la estética, dado que la elaboración teórica debe ser armoniosa o artística.
Funciones:
· En primer lugar, les brinda seguridad jurídica a los ciudadanos. Es decir que garantizara los derechos fundamentales de los ciudadanos, si no es objeto de control, puede derivar en la arbitrariedad y el terror.
· En segundo lugar, posibilita una aplicación segura y calculable del derecho penal. Señala los limites y define los conceptos para evitar la irracionalidad y la arbitrariedad 
· En tercer lugar, racionaliza y torna igualitaria la administración de justicia penal. Esto permite que la condena o la penalización no dependa de factores incontrolables, sino que se haga de manera meticulosa y ordenada.
· en cuarto lugar, es que mantiene la unidad del sistema penal. Asegura una misma línea de pensamiento y argumentación que posibilita que todas las personas vinculadas con el sistema penal como juece, policías, fiscales, procuradores, abogado, etc. evita desperdiciar recursos y hacer esfuerzos inútiles.
· En quinto y último lugar, permite construir una ciencia total del derecho penal, abierta, de orientación crítica. Ello es posible gracias al ingreso dentro del edificio penal de elaboraciones político-criminales y criminológicas; le da, pues, cabida a un derecho penal cambiante, crítico (en la medida que el dogmático lo sea), encaminado a velar por las transformaciones sociales en beneficio de la colectividad.
Criminología: Es la ciencia que estudia el carácter interdisciplinario del individuo, sus pensamientos, sus desvíos metales y las causas del hecho cometido 
Política criminal: consiste en configurar el derecho penal para que pueda proteger al individuo. No se puedesobrepasar del marco constitucional en el que se encuentra ya que están consagradas y estarías violando las garantías.
Criminalística: se encarga de estudiar los acontecimientos cometidos por el autor del crimen realizando una rigurosa investigación con otras disciplinas como la psicología, la toxicología, física medicina legal. 
Derecho penal subjetivos y sus limites

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