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INDICACIONES IMPORTANTES PARA LA LIQUIDACIÓN Estudiante: para el ejercicio práctico de este módulo partimos del supuesto en el que se va a liquidar año a año, esto es, liquidar los conceptos correspondientes cada año por separado, en forma de liquidación definitiva como si fueras el empleador de María Luisa, esto para evaluar los procesos de liquidación explicados en el módulo. A continuación, te comparto las fórmulas a utilizar para la liquidación: 1. PRESTACIONES SOCIALES a. Cesantías FÓRMULA (SALARIO MENSUAL (*) X DÍAS TRABAJADOS) ——————————————————————— 360 b. Intereses sobre cesantías FÓRMULA CESANTÍAS X DÍAS TRABAJADOS X 0.12 ———————————————————— 360 c. Prima de servicios FÓRMULA SALARIO MENSUAL (*) X DÍAS TRABAJADOS SEMESTRE ————————————————————————— 360 2 Vacaciones Como no se especifica cuando decide disfrutarlas el trabajador, se liquidan como vacaciones compensadas equivalentes a 15 días de remuneración FÓRMULA SALARIO MENSUAL BÁSICO X DÍAS TRABAJADOS ————————————————————————— 720 3. Liquidación recargos (con ejemplos): TIPOS % DE RECARGO VALOR HORA BÁSICO VALOR RECARGO VALOR TOTAL HORA Hora diurna ordinaria $ 2.456 Hora extra diurna 25% $ 2.456 $614 $ 3.070 Hora nocturna ordinaria 35% $ 2.456 $859 $ 3.316 Hora extra nocturna 75% $ 2.456 $ 1.842 $ 4.298 Hora dominical diurna ordinaria 75% $ 2.456 $ 1.842 $ 4.298 Hora extra diurna festiva o dominical 100% (que corresponde al recargo del 75% por ser dominical más el recargo del 25% por ser extra diurna 75% + 25% = 100%) $ 2.456 $ 2.456 $ 4.913 Hora nocturna festiva o dominical 110% (el cual está compuesto por el recargo dominical del 75% más el recargo nocturno que es del 35%, sumatoria que da el 110%) $ 2.456 $ 2.702 $ 5.158 Hora extra nocturna festiva o dominical 150%, que está compuesto por el recargo dominical o festivo que es del 75% más el recargo por ser hora extra nocturna que es del 75%, suma que da un 150%. $ 2.456 $3.684 $6.141 Tener en cuenta: • Las liquidaciones no se realizan de forma mensual, pero el Empleador si debe realizar la Provisión mensual de las prestaciones de todos sus empleados y hacer la reserva contable y financiera para tener la liquidez necesaria para pagar a cada uno de sus empleados estas acreencias. • Se debe realizar el ejercicio partiendo de la base que a “Maria Luisa” no se le había pagado por ninguno de estos conceptos. por ningún concepto a la fecha. • Se pedía realizar la liquidación de cada año por separado, 2018 y luego 2019. • Debes investigar los salarios mínimos correspondientes a los años citados. ¡ÉXITOS!
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