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UNIDAD I OBJ 1 2 COD 534

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UNIVERSIDAD NACIONAL ABIERTA 
CENTRO LOCAL ANZOATEGUI 
CARRERA 521 
 LAPSO: 2023 - 1 
 
 
 
UNIDAD I (Cod. 534) 
 
 
OBJETIVO I.2 EXPLICAR, DE MANERA ANALÍTICA Y 
OBJETIVA, LAS BASES LEGALES DE LA EVALUACIÓN 
EDUCATIVA EN VENEZUELA 
 
 
 
 
TUTOR: NANCY BELLO AUTOR: 
Yulisbeth María Diaz Torres 
C.I. 16.224.156 
 yulisbethd@gmail.com 
 0424-8987438 
 
 
PUERTO LA CRUZ, MARZO 2023 
mailto:yulisbethd@gmail.com
2 
 
INTRODUCCION 
 
En el presente informe empezaremos definiendo a la educación como el 
proceso de formación destinada a desarrollar la capacidad intelectual, moral y 
afectiva de las personas de acuerdo con la cultura y las normas de convivencia de 
la sociedad a la que pertenecen. 
El órgano con competencia en materia de educación básica, establecerá 
las normas y procedimientos que regirán el proceso de evaluación en los diferentes 
niveles y modalidades del subsistema de educación básica. Los niveles de 
educación universitaria se regirán por ley especial. Ya que el sistema educativo 
venezolano está conformado por el subsistema de educación básica que abarca la 
educación inicial, la educación primaria y la educación media y el subsistema de 
educación universitaria que comprende la educación de pregrado y los posgrados 
universitarios. 
Las bases legales que rigen este proceso, vienen dadas principalmente 
por La Constitución De La República Bolivariana De Venezuela y por La Ley 
Orgánica De Educación, además existen decretos, leyes, reglamentos y normas 
que sustentan de forma legal el desarrollo de algún proyecto. 
La evaluación educativa igualmente constituye un proceso permanente 
dirigido a: identificar y analizar tanto las potencialidades para el aprendizaje, los 
valores, los intereses y las actitudes del alumno para estimular su desarrollo, como 
aquellos aspectos que requieran ser corregidos o reorientados. 
 
 
 
 
 
http://www.monografias.com/trabajos5/teap/teap.shtml
http://www.monografias.com/trabajos14/nuevmicro/nuevmicro.shtml
http://www.monografias.com/trabajos14/nuevmicro/nuevmicro.shtml
http://www.monografias.com/trabajos5/psicoso/psicoso.shtml#acti
3 
 
BASES LEGALES DE LA EDUCACION Y EL PROCESO DE 
EVALUACION EN VENEZUELA 
 
Los principios fundamentales del sistema educativo venezolano se 
encuentran contenidos en la Constitución Nacional y en la Ley Orgánica de 
Educación. A partir de la primera, se indica que la educación es un derecho humano 
y un deber social fundamental, definida, a su vez, como democrática, gratuita y 
obligatoria. El Estado deberá garantizar que estos preceptos sean cumplidos para 
todos los habitantes del país. Complementariamente, la Ley Orgánica señala que la 
educación es un derecho irrenunciable, además de asegurar su gratuidad en todos 
los niveles y modalidades que se impartan en instituciones dependientes del Estado. 
Dentro de este marco legal se adicionan reglamentos, resoluciones y 
circulares que buscan regir los procesos educativos y evaluativos en la educación 
venezolana, siempre procurando el bien común en la comunidad estudiantil en todos 
sus niveles. 
La principal base legal es la Constitución de la República Bolivariana 
de Venezuela aprobada en referéndum en diciembre del año 1999 y publicada el 
día 30 en la Gaceta Oficial, algunos artículos referentes al tema son. 
• (Const., 1999, art.102) 
• (Const., 1999, art.103) 
Ley Orgánica de Educación Establece las directrices y bases de la 
educación venezolana como proceso integral, determina la orientación, planificación 
y organización del sistema educativo y norma el funcionamiento de los servicios que 
tengan relación con este. Gaceta Nº: 5.929 Fecha: 15-ago-09 
• (Ley Orgánica de Educación, 2009 art. 14) 
• (Ley Orgánica de Educación, 2009 art. 15) 
• (Ley Orgánica de Educación, 2009 art. 44) 
https://www.parlared.net/old/legislacion_pais.php?pais=4&tipo=1#dos
https://www.parlared.net/old/legislacion_pais.php?pais=4&tipo=1#dos
https://www.parlared.net/old/legislacion_pais.php?pais=4&tipo=2#dos
4 
 
• (Ley Orgánica de Educación, 2009 art. 45) 
Reglamento de la Ley Orgánica De Educación, establece normas y 
directrices complementarias sobre el sistema, el proceso y los regímenes. En 
ejercicio de la atribución que le confiere el ordinal 10o, del artículo 190 de la 
Constitución de la República y de conformidad con lo dispuesto en el articulo 107 
de la Ley Orgánica de Educación y en Consejo de Ministros. 
• (Reglamento LOE, 1999, art 1, art 2, art 3, art 6, art 7) 
• (Reglamento LOE, 1999, art 88, art 89, art. 90 art 91, art 92, art 
93, art 94, art 95) cap. V 
 
 Ley Orgánica Para La Protección Del Niño Y Del Adolescente Tiene 
por objeto garantizar a todos los niños y adolescentes venezolanos el ejercicio de 
sus derechos y garantías, a través de la acción del Estado. Publicación: 02-10-1998 
• (Lopnna, 1998, art. 53) 
 
Estos basamentos legales han sufrido modificaciones y derogaciones, a 
manera muy general en cuanto al tema educativo, resaltaremos los siguientes: 
• En la LOE del 2009 se garantiza el acceso a las personas con 
necesidades educativas especiales o con discapacidad. 
• En la LOE del 2009 se incluye a las misiones en un desarrollo 
institucional y se garantiza su permanencia y optimo 
funcionamiento. 
• En ambas leyes se señalan a los medios de comunicación como 
necesarios para el proceso educativo. 
• En la nueva LOE articulo 6, 17, 18 y 19 respectivamente, se 
promueve, integra y facilita, la participación organizada de la 
https://www.parlared.net/old/legislacion_pais.php?pais=4&tipo=2#dos
5 
 
familia, consejos y comunidad en general, en la formación 
ejecución y control de la gestión educativa. 
• La organización del sistema cambia en cuanto a denominación, se 
plantean ahora dos subsistemas, Educación básica y Educación 
universitaria. 
• En cuanto a su definición se amplía en la nueva ley, por cuanto se 
considera social, humanística, holística, sistemática y 
metodológica para orientar y acompañar. 
• En la nueva ley se le agregan a la evaluación algunos conceptos 
como democrática, participativa, sistemática, cuali cuantitativa y 
se plantea una visión más procesual. 
• Se incorpora en la nueva legislación, la evaluación institucional 
para las instituciones, centros y servicios educativos a lo largo del 
año escolar. 
 
Estas leyes que regulan el sistema educativo en Venezuela son tomadas 
en consideración a la hora de realizar el proceso de evaluación, en este caso nos 
referiremos específicamente a la educación inicial, cuya evaluación se realiza de 
manera continua y permanente, describiendo los avances y logros alcanzados por 
cada niño y niña en relación con el conjunto de aprendizajes establecidos en el 
Diseño Curricular, respetando el ritmo de aprendizaje de cada niño. 
Asimismo, durante la permanencia en el subsistema se van registrando 
esos avances y logros tanto en el boletín informativo como en la ficha acumulativa, 
los cuales son documentos probatorios que se entregan al docente de primer grado 
como evidencia del desarrollo de las potencialidades. Para el ingreso al Subsistema 
de Educación Primaria Bolivariana se considera la edad de 6 años como elemento 
determinante, independientemente de su procedencia: Centro de Educación Inicial 
Bolivariana o la familia. 
6 
 
Seguidamente ingresan al sistema de Educación Primaria que garantiza 
la continuidad pedagógica del niño y la niña desde primero a sexto grado. 
El proceso de evaluación en este caso será cualitativo, a través de un 
proceso descriptivo de los avances y logros, incluyendo a todos los involucrado y 
resaltando las potencialidades desarrolladas por los niños y niñas. 
La metodología de la evaluación cualitativa,es comprensiva, global, de 
carácter descriptivo, narrativo. Usa la investigación etnográfica, por cuanto, analiza 
la interrelación del proceso de aprendizaje en el contexto donde se desarrolla, para 
vinculado con los resultados reflejados en el currículum que se producen a corto, 
mediano y largo plazo. 
Entre los modelos evaluativos que sirven de apoyo a la nueva corriente 
de evaluación planteada, se destacan los siguientes: 
1. Evaluación iluminativa (Parlett y Hamilton, 1972) Es un modelo 
cualitativo que se fundamenta en dos ejes conceptuales: sistema de 
instrucción y el ambiente o entorno de aprendizaje. 
2. Evaluación respondiente (Etake, 1975) El propósito principal del 
modelo es responder a los problemas que se confrontan en el aula, 
descubriendo y ofreciendo un retrato completo y holístico de los 
procesos de enseñanza y de aprendizaje. 
3. Evaluación democrática (Stenhouse, McDonald y Elliot, 1976 y 1982) 
Postula el derecho del alumno y del docente de expresar sus puntos 
de vista y opiniones en el aula, la escuela y la comunidad. 
4. Evaluación negociada (Guba y Lincoln, 1989) Proponen en su modelo 
el consenso entre los distintos agentes que actúan en el proceso de 
evaluación, a través de ciclos dinámicos de confrontación de ideas 
para tomar decisiones. 
 Otro aspecto importante de resaltar son las circunstancias por las que 
está pasando el país, Venezuela, la situación de la educación actual se ha visto 
7 
 
afectada de manera negativa, notando un decaimiento enorme en comparación con 
años anteriores. 
La base fundamental del buen funcionamiento de las instituciones 
educativas depende del gobierno, ya que debe ser el encargado de suministrar a 
todas y cada una de las instituciones los recursos para que se mantenga 
estable. Así pues, entonces, encontramos que la juventud se expresa de una 
manera no muy acorde y esto está afectando a generaciones futuras. 
Es por ello que la educación, en términos generales, debería ser un 
elemento fundamental para el desarrollo del ser social teniendo como base 
curricular principal, la educación Inicial ya que contribuye con la socialización de la 
niña y el niño, participando en su proceso de vida para que tengan oportunidades 
de adquirir patrones sociales y culturales que les permitan integrarse y transformar 
a la sociedad en la que viven y se desarrollan. 
Aunque cada niño y niña tiene su propio ritmo y su estilo de desarrollo y 
aprendizaje, se caracterizan por su curiosidad, su sensibilidad, su espontaneidad y 
una permanente observación, exploración e investigación de su ambiente. Las 
actividades de su vida diaria en los diferentes espacios de interacción social (hogar, 
maternal, centro preescolar, centros de educación inicial y de atención integral, 
parques, reuniones familiares o infantiles) les permitirán integrarse progresivamente 
como miembros de una familia, de una escuela, de una colectividad. 
 
 
 
 
 
 
8 
 
CONSLUSIONES 
 
La educación es uno de los factores que más influye en el avance y 
progreso de personas y sociedades, además de proveer conocimientos, la 
educación enriquece la cultura, el espíritu, los valores y todo aquello que nos 
caracteriza como seres humanos. Aunado esto está, el proceso de evaluación que 
adquiere sentido en la medida que comprueba la eficacia, posibilita el 
perfeccionamiento de la acción docente, lo que destaca un elemento clave de la 
concepción actual de la evaluación. No evaluar por evaluar, sino evaluar para 
mejorar los programas la organización de las tareas y la transferencia a una más 
eficiente selección metodológica. 
Indudablemente nuestro sistema educativo venezolano, requiere de una 
reforma estructural de grandes dimensiones ya que es el sustento, base legal y 
fundamental para el cumpliendo y logro de los objetivos que allí mismo se plantean, 
esto ocurrirá si realmente existe un proyecto enmarcado en el deseo y propósito de 
avanzar y mejorar tanto como sociedad como de seres humanos. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
9 
 
REFERENCIAS BIBILIOGRAFICAS 
 
o Fundamentación Psicológica y Pedagógica para el Nivel Preescolar. 
Caracas. 1998 
o Guía Práctica de Actividades para Niños Preescolares (1986). 
Diseño Curricular de Educación Preescolar. Modelo Normativo 
(1989). Caracas 
o Ley Orgánica de Educación. Gaceta Oficial N° 2.635. Extraordinaria 
del 28 de Julio de 1980. Caracas. Venezuela 
o Ley Orgánica para la Protección del Niño y niña y del Adolescente. 
Gaceta Oficial Nº 5.266 Extraordinaria del 2 de octubre de 1998.

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