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LA PREVENCIÓN DEL DELITO COMO OBJETO DE LA CRIMINOLOGÍA

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LA PREVENCIÓN DEL DELITO COMO OBJETO DE LA CRIMINOLOGÍA
Autor: MORALES ROHANNY
Resumen:
La criminología sólo ejerce control sobre los individuos sociales educándolos desde su nacimiento en el comportamiento correcto y lícito. Esta nueva estrategia prevé la idea de eliminar el delito como objetivo último en los juzgados y prisiones. Asumiendo que el crimen es inevitable, el objetivo utópico de eliminarlo es definitivamente reemplazado por el objetivo mucho más práctico de controlarlo tanto como sea posible. El foco de la prevención no está en el delito en lo que atañe a la ley, sino en el delito natural, que es sinónimo de delito racional y debe ser prevenido de antemano.
Palabras clave: prevención, delito, reacción social, conflicto social, criminología.
INTRODUCCIÓN
Es claro que las propuestas de prevención y control del delito se distinguen por el predominio de criterios sumamente técnicos, coyunturales y operativos que apuntan a la eficacia y eficiencia en el corto plazo. Razones por las que las discusiones sobre los derechos humanos, el sistema de justicia y la sociedad tienden a rezagarse y pasar a un segundo plano en los debates "sociológicos" y/o "criminológicos".
Sin embargo, ese debate fue recogido por la criminología crítica. Después de revisar trabajos e investigaciones en Venezuela de prevención del delito hemos encontrado la categoría criminología crítica. Es por ello, que hay reconsiderar un nuevo sistema mientras intenta lidiar con la evolución de las políticas sociales. Una de las principales fortalezas de la corriente crítica es su análisis integral de la realidad, que paradójicamente se convierte también en uno de sus principales desafíos prácticos. Seguramente esto se valore en el mundo académico e intelectual, pero en el mundo hay que saber como aplicar.
 El desarrollo de las políticas criminales dentro de esta corriente da la impresión de que éstas se disuelven típicamente dentro de las políticas sociales generales (educación, salud, urbanismo, etc.). políticas de importancia y necesidad, cuyos efectos se valoran a medio y largo plazo pero no son objeto de debate. dando la impresión de que no tendrá ningún impacto "a corto plazo".
Es importante señalar que el profesor zuliano señala que en esta jerarquía de ideas, “la criminología crítica coloca en segundo lugar la lucha contra el crimen porque ha sido un comportamiento que se ha asociado típicamente a las clases bajas. Como resultado, y como contrainformación radical, se dedicó mucho tiempo y esfuerzo a investigar el crimen de la clase alta. Tenemos una propensión a perder de vista el significado de las cosas que la gente trabaja tan duro para obtener para su comodidad increíblemente básica. Particularmente para aquellos con recursos limitados, esto es válido. Nos convertimos en un intelectual vanguardia con poca interacción genuina con los pobres, lo que nos impedía entender lo que pensaban sobre esto”.
Ante esto, era necesario generar propuestas que también pudieran implementarse en el corto plazo, que intentaran abordar el tema de los sentimientos de malestar y que mejoraran la calidad de vida de los ciudadanos (sin dejar de tener en cuenta los largo plazo). Todo ello tenía que hacerse en consonancia con la investigación teórica que se había hecho, y no podía implicar el sacrificio de derechos fundamentales (que suele ser el objetivo de las respuestas "técnicas" o "situacionales" que El presente trabajo intenta aproximarse a estas propuestas realizando una revisión descriptiva de carácter documental (en la que el trabajo de Aniyar fue de gran orientación).
DESARROLLO
MARCO REFERENCIAL
NOCIÓN DE CRIMINOLOGÍA CRÍTICA, DE CONTROL Y PREVENCIÓN 
Se puede decir, muy superficialmente, que la criminología crítica es el movimiento que acaba con toda la criminología tradicional. La criminología tradicional se caracterizó por un enfoque puramente positivista, dependiente de las categorías previstas por el derecho penal para obtener su objeto de estudio. Elimina las concepciones legalistas, biológicas y funcionalistas (protectoras del orden establecido) que diferencian al delincuente del resto de la sociedad y se centra en la investigación del delincuente no convencional (delitos de cuello blanco o criminalidad de los poderosos). y de violencia jurídico-institucional.
 La criminología y el derecho penal vigentes (al que denomina "derecho desigual por excelencia") es sólo una de las formas en que la criminología crítica se rebela contra todo el orden establecido. De acuerdo, con foco en el estudio de temas relacionados con el Estado, el control social (con foco en el sistema de justicia penal) y la búsqueda de la emancipación humana, esta nueva corriente desafía esencialmente al poder.
La criminología se contrapone desde su naturaleza de investigación. Las investigaciones sobre delitos de cuello blanco, el interaccionismo simbólico, el materialismo histórico y la idea de defender los derechos humanos son algunas de las fuentes que la alimentan, e influencian por todos los cambios políticos y sociales de finales de los sesenta.
 Prevención y control
Podemos afirmar, en términos generales, que el concepto de prevención del delito es el:
“. Para evitar un riesgo o la materialización de un evento específico en el futuro, es necesario planificar con anticipación o hacer los arreglos necesarios. En nuestro caso, la prevención sería la suma de todas las políticas encaminadas a frenar la aparición o el avance de la delincuencia. ”.
Contrariamente a la creencia popular, el control no se enfoca en las causas fundamentales del problema; más bien, interviene en una situación específica que ya se ha presentado para ejercer control sobre ella. El control sólo se ocupa de preservar el orden; no busca erradicar el crimen sino controlarlo. La prevención, en cambio, se dirige fundamentalmente al origen del delito (tiene un alcance amplio). El continente del control social (o del control del crimen), podemos agregar con el profesor Aniyar, es: ". . el conjunto de sistemas normativos cuyos proponentes, a través de prácticas discriminatorias y técnicas de socialización, crean una red de contención que asegura la fidelidad del público en general a los principios de un sistema dominante. “ La criminología crítica no ha ocultado su compromiso sobre todo con las víctimas del sistema penal y de los delitos, es decir, con los sectores desfavorecidos.” 
Ahora bien, Mauricio Martínez explica que La prevención: “está dirigida a reducir la frecuencia de ciertos comportamientos, criminalizados por la ley general, pero también las incivilités, que no representan siempre un delito, pudiendo recurrir a soluciones distintas a la sanción penal.” 
Intentaremos ver cómo estas ideas pueden llegar a suceder en las secciones que siguen. En otras palabras, cómo se pueden implementar políticas de prevención y control del delito conociendo la existencia de procesos como la criminalización selectiva, la policía y la burocratización; la distribución del dolor ejercida por el sistema penal; y la importancia de trabajar para disminuir su magnitud. La desilusión puede llevarnos a dejar nuestros libros e intentar participar en procesos transformadores. Porque una sociedad injusta no surge de las acciones de unos pocos elegidos.
 PROPUESTAS DE POLÍTICA CRIMINAL EN CRIMINOLOGÍA CRÍTICA.
Como en todas las ramas del saber, los posicionamientos teóricos de sus actores determinarán la metodología elegida y las cuestiones a resolver en la aplicación de las políticas criminales. Uno es administrativo, situacional o pragmático, y el otro está constituido por un modelo mayor que deriva de la criminología crítica, por lo que podemos decir que hay dos posiciones principales. En el primer modelo se prioriza la parte sobre el todo; su defecto es la especificidad; en el segundo, se prioriza la parte sobre el todo; su defecto es la generalidad.
No existe una línea clara que separe la política criminal de la política general (social, económica, urbanística, etc.) en elsegundo modelo (el de la criminología crítica). ). Para distinguirlos debe tomarse en consideración el "fin subjetivo o intención de los actores" que los llevan a cabo. Al respecto, Baratta dice: “La oposición entre política de seguridad y política social no es lógica sino ideológica, y no sirve para aclarar sino para confundir”.
Dado que los "sujetos peligrosos" (los pertenecientes a grupos marginados) son frecuentemente vistos como objetivos de las políticas sociales, es importante señalar que el concepto de política social también es atacado por esta corriente. Debido a que se prioriza la seguridad de sus posibles víctimas sobre sus derechos, los objetos son tratados más como objetos que como sujetos. convirtiendo lo anterior en una falsa alternativa, pues el concepto de una verdadera política social es el de una concepción integral de la protección y seguridad de los derechos de todas las personas, que se extiende a los derechos económicos, sociales y culturales. y no sólo a la "seguridad" o al "derecho de propiedad".
Baratta reconoce que para evitar los dos excesos comunes de las actuales políticas de prevención, la especialización y la generalidad, sería necesaria una buena combinación de las intervenciones correspondientes a ambos modelos para el desarrollo de la nueva prevención. 
Sistema político. , pag. 88. . 14 Cfr. Política, dice Baratta. , pag. En un pasaje posterior, señala que “desde el punto de vista epistemológico, la definición de un hecho social, como en el caso antes citado, es problemática cuando, en lugar de recurrir a la función objetiva, se debe recurrir a la intención del actores".
Prevención y control 
En cuanto al concepto de prevención del delito, podemos afirmar que la prevención: “. Para evitar un riesgo o la materialización de un evento específico en el futuro, es necesario planificar con anticipación o hacer los arreglos necesarios. En nuestro caso, la prevención sería ser la suma de todas las políticas encaminadas a frenar el surgimiento o avance de la delincuencia”.
Contrariamente a la creencia popular, control no es lo mismo que prevención porque el primero se enfoca principalmente en prevenir la aparición del delito (tiene un alcance amplio), mientras que el segundo solo trabaja para mantener el orden y no tiene la intención de erradicar el delito, solo para someterlo.
PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN LA PREVENCIÓN DEL DELITO: PREVENCIÓN COMUNITARIA.
 La experiencia de participación ciudadana desde la criminología crítica no es vista como un “elemento de represión comunitaria” en cuanto a la participación ciudadana en la prevención del delito, sino como una puerta abierta a respuestas más humanistas, más sociales a las situaciones problemáticas y a las “incivilidades”.
Este modelo es consistente con la práctica de la democracia participativa mientras socializa el Estado y nacionaliza la sociedad (difuminando las distinciones entre estos términos). Abordando el tema de la incapacidad del Estado neoliberal para “estar lo suficientemente cerca de las personas para compartir y comprender sus experiencias, necesidades, aspiraciones, cotidianidades e incluso su diversidad”. ”.
Es fundamental tener en cuenta que la participación ciudadana “no es más un aspecto de la necesaria concepción global de la prevención, ligada a la satisfacción de las necesidades de sobrevivencia, nutrición, libertad y crecimiento físico y espiritual”. La participación comunitaria es un modelo que tiene las siguientes cualidades y objetivos.
• El esfuerzo de control se está desburocratizando.
• Promover y fortalecer la organización vecinal y comunitaria para defender los derechos humanos, mejorar la calidad de vida y proteger a la comunidad. Las personas asumen un sentido de comunidad y pertenencia en estos entornos, donde existen vínculos más fuertes e identificación de miembros.
• Sus acciones incluyen la mejora de los espacios públicos como uno de sus objetivos.
• Disminución del miedo al delito.
CONCLUSIONES
Como modelo "proactivo de criminología crítica , basado en la noción de seguridad de los derechos, se puede decir que la criminología crítica pone un mayor énfasis en la prevención. Entre sus propuestas "instrumentales" se muestran las siguientes: 
· La policía comunitaria: implica no solamente la interacción de este organismo con la comunidad, sino todo un proceso de reestructuración interna y humanización de esta institución. Consiste en convertir cada día más a los policías en ciudadanos y no al contrario (convertir a los ciudadanos en policías). Otra de las líneas de acción es contrarrestar el sentimiento de inseguridad que siente la ciudadanía, dentro de lo cual se insertan –entre otras- las dos propuestas anteriores. Este es un punto de particular importancia, ya que al estar relacionado con la opinión pública, influye en la legitimidad de las políticas en materia de seguridad, inclinándose la balanza no siempre a favor de los excluidos, ni a favor de la protección de los derechos humanos. Razón por la cual, la formación de nuevas visiones respecto a los procesos de criminalización es también un reto, para una política criminal alternativa.
· La Prevención comunitaria: En este enfoque, la participación ciudadana es el pilar fundamental, y puede ampliarse para incluir soluciones comunitarias a otros temas, como los relacionados con la alimentación, la salud, la educación, las políticas públicas, etc. personas en policías. Sin embargo, el Estado siempre debe tener cautela para asegurar que la Constitución y los Derechos Humanos se respeten en estos espacios de participación ciudadana.
· La especial protección de los bienes jurídicos "colectivos" (relacionados con los derechos económicos, sociales, culturales, ambientales, etc.) debe ser considerada en la construcción de un nuevo ordenamiento jurídico-penal. Paralelo a lo anterior, se debe realizar un proceso de despenalización de las figuras delictivas producto de la exclusión (social, económica, cultural y política). Esto se aplica en particular a los delitos violentos, cuyos autores principales no son considerados seriamente por el derecho penal. Es crucial que las medidas de control del crimen respeten los derechos humanos, sean de naturaleza progresiva y estén imbuidas de minimalismo o garantías penales. 
Por último, pero no menos importante, si bien es cierto que la política criminal es y debe ser parte fundamental de una política social general —que asegure el esfuerzo existencial—, se debe tener cuidado de no confundir la primera con la segunda, de modo que pierda su esencia y su eficacia. También es fundamental tener en cuenta que los conceptos que se discuten deben combinarse con otros más pragmáticos y que cada uno debe enmarcarse dentro de una política criminal que los incorpore a todos respetando los derechos fundamentales.
REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS
Aniyar, Lolita: Entre la dominación y el miedo. Nueva criminología y nueva política criminal. Mérida. Ediciones Nuevo Siglo C.A., 2003.
 Pensamiento Criminológico y Política Criminal. Resumen de sus libros: Entre la Dominación y el Miedo y Resumen Gráfico de Pensamiento Criminológico, ambos de Ediciones Nuevo Siglo, Mérida, 2003, (mimeo).
“La Participación Ciudadana en la Prevención del Delito. Antecedentes, Debates y Experiencias.” Capitulo Criminológico, Vol. 27, N°2, Venezuela, Instituto de Criminología , LUZ, 1999.

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