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Universidad de Guayaquil Facultad de Ciencias Administrativas Licenciatura en Comercio Exterior Curso: CEX-S-NO-4-4 Asignatura Normativa Aduanera Docente Ab. Juan Carlos Valle Matute Estudiante Mayelyn Mantilla Manzaba Período Lectivo CICLO I 2023-2024 Investigue y realice un ensayo sobre régimenes aduaneros No. 10, 11, 20, 21, 32, 70. Mínimo 10 líneas por cada régimen, referirse a cada uno de ellos con ejemplo. Regímenes Aduaneros Introducción Los regímenes aduaneros son un conjunto de disposiciones legales y administrativas establecidas por las autoridades aduaneras de un país para regular el movimiento de mercancías a través de sus fronteras. Estas regulaciones definen los procedimientos y requisitos que deben seguir los importadores y exportadores para cumplir con las obligaciones aduaneras y comerciales. En el presente ensayo, se expondrá algunos regímenes aduaneros específicos, que son importantes tener en cuenta el tipo de disposición que estas conllevan. Desarrollo Régimen Aduanero No. 10 Art. 147.- Importación para el consumo. - Es el régimen aduanero por el cual las mercancías importadas desde el extranjero o desde una zona especial de desarrollo económico pueden circular libremente en el territorio aduanero, con el fin de permanecer en él de manera definitiva, luego del pago de los derechos e impuestos a la importación, recargos y sanciones, cuando hubiere lugar a ellos, y del cumplimiento de las formalidades y obligaciones aduaneras. Ejemplo: una empresa ecuatoriana desea importar maquinaria industrial desde otro país para utilizarla en su línea de producción. La empresa debe cumplir con las regulaciones aduaneras correspondientes al régimen de importación para el consumo. En este caso, la empresa debe presentar los documentos necesarios, como la factura comercial, el conocimiento de embarque y la declaración aduanera, ante las autoridades aduaneras de Ecuador. Estos documentos serán revisados y verificados para asegurar que se cumplan los requisitos legales y comerciales. Luego, se procederá al pago de los derechos e impuestos a la importación, que corresponden al valor de la maquinaria y están determinados por la legislación aduanera. Además, se deben cancelar los recargos y sanciones si existen irregularidades o incumplimientos en el proceso de importación. Una vez que se ha realizado el pago y cumplido con las obligaciones aduaneras, la maquinaria podrá circular libremente en el territorio aduanero de Ecuador y la empresa podrá utilizarla de manera definitiva en su línea de producción. Régimen Aduanero No. 11 Art. 150.- Reposición de mercancías con franquicia arancelaria. - Régimen aduanero que permite importar, con exoneración de los derechos e impuestos a la importación y recargos con excepción de las tasas aplicables mercancías idénticas o similares por su especie, calidad y sus características técnicas, a las que estando en libre circulación, hayan sido utilizadas para obtener las mercancías exportadas previamente con carácter definitivo. Ejemplo: Régimen Aduanero No. 20 Art. 125.- Plazo.- Para la autorización de admisión temporal con reexportación en el mismo estado de los bienes admitidos al amparo de los literales d, e, g y h del artículo anterior, se otorgará como plazo de permanencia el período de vigencia establecido en el contrato, permiso, concesión o autorización. Sin embargo, cuando el plazo sea por más de 5 años el beneficiario del régimen estará obligado a presentar cada 5 años una declaración aduanera que actualice la declaración inicial. Las demás mercancías que ingresen al amparo del presente régimen podrán permanecer en el país hasta por un año, contado a partir de la fecha de levante de las mercancías. Cuando la autorización se haya otorgado por un plazo inferior al máximo establecido en el presente inciso, se podrán solicitar las ampliaciones requeridas, siempre que la totalidad de dicho plazo no supere Régimen Aduanero No. 21 Art. 131.- Admisión temporal para perfeccionamiento activo. - El régimen de admisión temporal para perfeccionamiento activo es un régimen aduanero a través del cual se puede introducir mercancías al territorio ecuatoriano para ser sometidas a un proceso de perfeccionamiento, siempre que cumpla con cualquiera de estos fines: a. Transformación; b. Elaboración de nuevas mercancías, inclusive en caso de montaje, incorporación ensamblaje y adaptación a otras mercancías; c. Reparación, restauración o acondicionamiento; o, d. Cumplimiento de programas de maquila autorizados por la autoridad competente. Régimen Aduanero No. 32 Reimportación en el mismo estado. - Es el régimen aduanero que permite la importación para el consumo con exoneración de los derechos e impuestos a la importación y recargos aplicables, de las mercancías que han sido exportadas de manera definitiva. (Ejemplo: maquinaria, equipos o mercaderías para exhibición o prestar un servicio, etc.). Ejemplo: una empresa ecuatoriana exporta temporalmente una pieza de maquinaria para realizar pruebas y mejoras en un centro de investigación en el extranjero. Después de completar las pruebas y mejoras, la empresa decide reimportar la maquinaria de vuelta a Ecuador en el mismo estado en que fue exportada. En este caso, la empresa debe presentar los documentos necesarios, como la factura comercial, el conocimiento de embarque y la declaración aduanera, ante las autoridades aduaneras de Ecuador. Además, debe proporcionar la documentación que demuestre que la maquinaria fue exportada previamente de manera definitiva y que regresará al país en el mismo estado en el que se encontraba al momento de su exportación. Debido a que la maquinaria está siendo reimportada en el mismo estado y no ha sufrido modificaciones ni alteraciones durante su estancia en el extranjero, se puede acoger al régimen aduanero de reimportación en el mismo estado. Esto implica que la empresa estará exenta de pagar los derechos e impuestos a la importación y los recargos correspondientes. Una vez que se ha completado el trámite aduanero y se ha verificado la documentación, la maquinaria podrá ingresar al territorio aduanero de Ecuador sin la necesidad de realizar el pago de los derechos e impuestos a la importación. Régimen Aduanero No. 70 Depósitos aduaneros. - El Depósito Aduanero es un régimen especial aduanero, mediante el cual las mercancías importadas son almacenadas por un periodo determinado sin el pago de derechos e impuestos y recargos aplicables; y, podrá ser público o privado. Los depósitos aduaneros privados estarán destinados al uso exclusivo de su titular. Los depósitos aduaneros públicos podrán almacenar mercancías de propiedad de terceros. (Ejemplo: vehículos, implementos deportivos, textiles, electrodomésticos, etc.). Conclusión
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