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CONTAMINACIÓN DE LA ESCENA CRIMINAL-11

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VIOLENCIA SEXUAL
• CONCEPTO 
• En los delitos contra la libertad sexual, el bien jurídico protegido es la libertad sexual. En
menores e incapaces, como no se les reconoce el consentimiento, el bien jurídico
protegido no es la libertad sino la indemnidad sexual.
• En términos generales, se define agresión sexual a cualquier acto sexual realizado sin
consentimiento o con consentimiento viciado.
• La falta de consentimiento, incluye tanto el uso de violencia como aquellas situaciones en
las que la victima tiene disminuida su capacidad psíquica.
• Los delitos sexuales son los que mas cifras negras acumulan, se estima que solo el 10 %
de los reales se denuncian. El acoso sexual en el medio laboral, las agresiones sexuales,
la violencia sexual a mujeres adultas y a menores, o los crímenes de mujeres de contenido
sexual. A nivel pericial es cada vez más necesaria la intervención de las ciencias forenses,
convirtiéndose en una pericia específica para determinar la realidad del hecho, su data,
sus circunstancias y la identificación del autor. De hecho, una buena peritación y una
buena coordinación con todos los profesionales que intervienen en el caso, resulta de
capital importancia para aportar prueba del delito y de su autor/es.
• Abuso sexual, acto sexual no violento, pero no consentido o con consentimiento viciado
por ser realizados sobre menores, o sobre personas privadas de sentido por ejemplo
narcotizadas o trastornas mentalmente como un retraso mental. En el caso del abuso
sexual no es necesario que medie violencia e intimidación.

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