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ALUMB_de_EMERGENCIA

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ALUMBRADO ELÉCTRICO DE EMERGENCIA 
 
 
 La incorporación del alumbrado de emergencia en la iluminación de 
establecimientos requiere, inicialmente, de una ubicación dentro del contexto general de 
alumbrado que, como se sabe, puede dividirse en NATURAL y ARTIFICIAL. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 La utilización de Alumbrado de Emergencia es obligatoria en la Ciudad de Buenos 
Aires desde el año 1978, encontrándose contemplada el la Ley 19587 y su Dto. 
Reglamentario 351/79. 
 
 Básicamente, un diagrama de operación de un sistema de alumbrado de 
emergencia es el siguiente: 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 El Cargador toma energía de la línea de 220 Volt., cargando las baterías. Cuando 
se produce el corte de energía el Conmutador, en forma automática e instantánea, 
conecta la línea de baja tensión y enciende las luminarias de emergencia. Normalizado el 
servicio eléctrico de red, desconecta las luminarias y el cargador comienza a reponer la 
energía que las baterías entregaron durante la emergencia. 
 
 
 
 Los sistemas de iluminación de emergencia pueden clasificarse, en base a su 
configuración física, en CENTRALES y AUTÓNOMOS. 
 
 
Cargador Batería Conmutador Luminaria de baja 
 tensión L 220 V 
1 – ALUMBRADO DE EMERGENCIA DE RESERVA: Previsto para permitir la 
continuidad de las tareas del establecimiento ante un corte de la iluminación general. 
No es de uso obligatorio. Debe completarse con un sistema de alumbrado de escape. 
Debe proporcionar un 50% del flujo luminoso del alumbrado general. 
 
2 – ALUMBRADO DE EMERGENCIA DE SEGURIDAD: Es el previsto para 
asegurar la conclusión de las tareas en los puestos de trabajo; con riesgos 
potenciales. Es de uso obligatorio. En las áreas de trabajo debe proporcionar una 
Iluminancia del 10% respecto de la existente con el alumbrado general. 
 
3 – ALUMBRADO DE EMERGENCIA DE ESCAPE Y EVACUACIÓN: Es el 
previsto para garantizar la evacuación rápida y segura de las personas a través de los 
medios de escape, facilitando las maniobras de seguridad y las intervenciones de 
auxilio. Es de uso Obligatorio. Su Iluminancia mínima debe ser de 1 (un) Lux a nivel 
del piso, distribuido en forma homogénea. Debe evitarse el deslumbramiento directo. 
SISTEMAS CENTRALES: Son aquellos donde un grupo de luminarias se 
encuentran conectados a una fuente de energía central compuesta por una batería, el 
cargador, y el sistema de control y transferencia. 
 En la actualidad, existe una tendencia hacia la desafección de estos sistemas, 
dado que no presentan índices de seguridad confiables ante siniestros (corte de las líneas 
de alimentación), volcándose los diseños hacia los sistemas autónomos. 
 
 
SISTEMAS AUTÓNOMOS: Son aquellos en que cada luminaria tiene incorporado su 
cargador, su batería y su sistema de control y transferencia. Los avances de la electrónica 
aplicada han logrado alta confiabilidad de estos equipos, conjuntamente con su bajo peso 
y con la incorporación de baterías híbridas de Metal / Hidruro metálico, que han elevado 
los tiempos de prestación lumínica y bajado los intervalos de mantenimiento. 
 
 
 A su vez, un sistema de iluminación de emergencia puede estar configurado como 
PERMANENTE o NO PERMANENTE, según que: 
 
 
a) – Permanezca encendido simultáneamente con el alumbrado normal, y continúe en 
este estado ante una caída de energía. (Permanente) 
b) – Se encienda únicamente cuando falla la fuente de energía eléctrica (No Permanente) 
 
 
PROYECTO DE ALUMBRADO DE EMERGENCIA 
 
 
OBJETIVOS: 
 Los objetivos a cumplir están basados en señalizar las SALIDAS y SALIDAS 
DE EMERGENCIA, iluminar las RUTAS DE ESCAPE que conducen a las mismas, y 
facilitar la localización de los MEDIOS AFECTADOS A LA SEGURIDAD. 
 
 Los requerimiento lumínicos a cumplir, son: 
 
- La iluminación horizontal, medida sobre el plano de trabajo (nivel de piso en este 
caso), y en el centro de la circulación de la ruta de escape, no será, en ningún caso, 
inferior a 1 (un) Lux. La separación de las luminarias, para asegurar este nivel, se 
calcula en base al diagrama espaciamiento/altura de montaje que debe proporcionar el 
fabricante en base a la curva de distribución luminosa específica. 
 
- Las luminarias deberán instalarse de manera tal de evitar el deslumbramiento y 
ubicarse, si es posible, a una altura no inferior 2m. Sobre el nivel de piso, medidos 
desde el plano inferior de la luminaria. 
 
- La relación Emáx /Emin no deberá ser mayor de 40 :1 a lo largo de la línea de huella 
de dichas rutas (línea central). Una buena uniformidad de la iluminación se obtiene 
utilizando una mayor cantidad de luminarias de menor flujo luminoso que empleando 
menor número de unidades de mayor flujo, más espaciadas. 
 
- En caso de montaje vertical en paredes, deberán utilizarse las curvas polares de 
distribución luminosa características para obtener el nivel de iluminación requerido. 
 
- NO deben considerarse los coeficientes de reflexión de techo, paredes y piso (En 
algunos casos, estos coeficientes pueden incrementar el nivel de iluminación hasta en 
un 30%) 
 
- Se deberá colocar señalización (pictogramas y/o carteles) para lograr un fácil 
reconocimiento de las RUTAS, SALIDAS y SALIDAS DE EMERGENCIA. Dichas 
señales, serán visibles desde cualquier posición dentro del establecimiento y estarán 
confeccionadas conforme a NORMA IRAM 10005. Se ubicarán a una altura 
comprendida entre los 2,0 y 2,5 metros medidos desde el nivel de piso, a la base de 
dichas señales. 
 
- El tiempo mínimo de servicio para el alumbrado de emergencia y de escape, no será, 
en ningún caso, inferior a 1,5 horas. 
 
- El tiempo máximo de entrada en servicio no será, en ningún caso, superior a 5 
segundos. En áreas con trabajos operativos o circulación de público, la entrada en 
servicio no deberá superar 0,5 segundos. La iluminación debe asegurar la conclusión 
de las tareas en puestos de trabajo con riesgos potenciales. 
 
- En caso de procederse a la instalación de un sistema con alimentación central, NO 
DEBERÁN ALIMENTARSE, BAJO NINGÚN CONCEPTO, CON BATERIAS 
ESTACIONARIAS DEL TIPO PLOMO / ÁCIDO (Tipo Automóvil), por los riesgos de 
explosividad, corrosividad e incendio que éstas generan. Deberán emplearse las 
del tipo Plomo / Selenio ó del tipo Electrolito / Gel. 
 
 
 
SISTEMAS DE SEÑALIZACIÓN DE EMERGENCIA 
 
 
 
 Generalmente, se presentan en gabinetes de distintos materiales, con frentes 
provistos de pictogramas o textos elaborados conforme a normas, y sus correspondientes 
señales direccionales, en color blanco sobre fondo verde, cimpliendo con lo especificado 
en Norma IRAM 10005. Pueden ser de simple o doble faz. 
 De acuerdo a su operación, pueden ser: 
 
 
- Señalizadores no permanentes: Encienden cuando se produce una falla en el 
alumbrado normal. Están equipados, normalmente, con una lámpara interna fluorescente 
de entre 15 y 20 Watts y un balasto electrónico para su funcionamiento en emergencias. 
 
 
- Señalizadores permanentes: Permanecen encendidos con el alumbrado normal y 
continúan en ese estado ante una falla de éste. 
 
	PROYECTO DE ALUMBRADO DE EMERGENCIA
	SISTEMAS DE SEÑALIZACIÓN DE EMERGENCIA

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