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Periodificación e Imputación de Ingresos y Gastos

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Periodificación e Imputación de Ingresos y Gastos
La estructura de este apartado se rige por el Principio del devengo: “Los efectos de las transacciones o hechos económicos se registrarán cuando ocurran, imputándose al ejercicio al que las cuentas anuales se refieren, los gastos y los ingresos que afecten al mismo, con independencia de la fecha de su pago o de su cobro”.
Es por ello que surgen las siguientes situaciones:
1. Nos encontramos con ingresos y gastos contabilizados íntegramente, pero que parte de ellos se devengan en el periodo siguiente, por lo que hay que “periodificar”.
1. Por otro lado existen gastos e ingresos que aún no están contabilizados pero que corresponde su “imputación” al año presente.
Periodificación
Utilizaremos para su tratamiento contable las siguientes cuentas:
· (480) Gastos Anticipados
· (485) Ingresos Anticipados
· (567) Intereses pagados por anticipado
· (568) Intereses cobrados por anticipado
Veamos su tratamiento mediante un ejemplo:
Ejemplo:
Primas de seguro. La prima de seguro, cuando se paga, puede ser de manera mensual, trimestral, semestral, anual, etc. dependiendo de las cláusulas. Pues bien, si se contrata un seguro por el que se paga una prima anual, dicha prima cubre un año entero de seguro de riesgo, por lo que si pagamos la prima en octubre del año X,  dicho pago corresponde a un año, por lo que la cobertura iría hasta octubre del año siguiente. Por lo tanto, sólo debemos devengar el gasto correspondiente a octubre, noviembre y diciembre del año X, y el resto en el año X+1.
1. Por el pago de la prima a 01.10.X
	1000
		(625) Prima de seguros
	a
		(572) Bancos
	1000
1. Por el ajuste de periodificación
	700
		(480) Gastos anticipados
	a
		(625) Prima de Seguros
	700
1. Al año siguiente, en cualquier fecha
	700
		(625) Prima de Seguros
	a
		(480) Gastos anticipados
	700
Imputación de ingresos y gastos
En esta ocasión, al cierre del ejercicio existirán ingresos y gastos no contabilizados en el ejercicio pero que se devengan en el mismo y que, por tanto, deben imputarse contablemente.
Veamos un ejemplo
Ejemplo
Arrendamiento bimensual. Llega el mes de diciembre del presente año, y hasta el mes de enero no recibiré la factura por los 2 meses de alquiler, por lo tanto debemos contabilizar:
	1000
		(621) Arrendamientos y cánones
	a
		(4109) Acreedores facturas Ptes. Recibir
	1000
Al ejercicio siguiente nos llega la factura y pagamos.
	1000
1000
420
		(4109) Acreedores facturas Ptes. Recibir
(621) Arrendamientos y Cánones
(472) H.P. IVA Soportado
	a
		(410) Acreedores
 
 
	2420
 
 
	2420
		(410) Acreedores
	a
		(572) Bancos
	2420
 
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