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Adm pública- Preguntas de examen Unidad 6

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UNIDAD Nº 6
1) TEMA: INGRESOS TRIBUTARIOS: TASAS. Responda lo siguiente:
a) Definición y naturaleza de la tasa. b) Diferencias de la tasa con el impuesto c) Diferencias de la tasa con la contribución de mejoras. d) Diferencias de la tasa con el precio. (30 puntos)
a) TASAS: La tasa es toda prestación obligatoria, en dinero o en especie, que el Estado, en ejercicio de su poder de imperio exige, en virtud de ley, por un servicio o actividad estatal que se particulariza o individualiza en el obligado al pago.
La tasa es un tributo que paga el contribuyente como prestación por recibir un servicio o actividad del Estado. La paga el que recibe ese servicio o actividad estatal y se usa para financiar los servicios públicos divisibles.
NATURALEZA DE LA TASA
La tasa es un tributo vinculado con afectación específica.
b) DIFERENCIAS DE LA TASA CON EL IMPUESTO:
1.- El impuesto es un tributo no vinculado porque no se paga como contraprestación por recibirse en forma concreta e individualizada, un servicio, prestación o ventaja diferencial de parte del sector público. No hay vinculación entre impuesto pagado y acción concreta del Estado. En cambio la tasa, es un tributo típicamente vinculado porque en su caso, la actividad del Estado, está relacionada directamente con el contribuyente.
2.- La tasa corresponde al uso de un servicio público divisible (cuando se trata de tasas de servicios públicos), mientras que el impuesto se refiere a un servicio público indivisible.
c) DIFERENCIAS DE LA TASA CON LA CONTRIBUCION DE MEJORAS
1.- La Contribución de Mejoras se cobra por una plusvalía (mayor valor) resultante de una obra pública sobre los inmuebles de los propietarios beneficiados por la misma.
La tasa se cobra por servicios públicos, por uso del dominio público, etc., e.d. que la tasa, puede o no estar relacionada con un inmueble.
2.- La Contrib. de Mejoras se paga de una sola vez (al contado o en cuotas).
La tasa se paga cada vez que se hace uso del servicio, beneficio, etc. (es de tracto sucesivo).
3.- En la Contrib. de Mejoras es necesario el “beneficio”, que puede no existir en las tasas porque si bien es cierto que casi siempre se obtiene un beneficio por su pago, en otras ocasiones ocurre lo contrario: Por ej. cuando el vencido en un juicio debe pagar la tasa de justicia. O cuando a un automovilista la grúa le lleva el vehículo y debe pagar, además de la multa, las tasas por servicio de grúa y estacionamiento en los galpones municipales, etc.
d) DIFERENCIAS DE LA TASA CON EL PRECIO:
La tasa es el tributo más cercano a los ingresos del derecho privado llamados precios. Por eso la distinción entre uno y otro, es un tema controvertido en el derecho tributario. Hay diversas teorías al respecto. De todas maneras, intentaremos explicar algunas de estas diferencias:
- El precio es un recurso originario del Estado y la tasa es un recurso tributario derivado, lo cual significa que la tasa debe ser creada por ley mientras que, el precio, es fijado por acuerdo de voluntades entre el Estado prestador del servicio y el usuario que paga por ese servicio.
- Algunos autores sostienen que existe precio cuando la prestación del servicio deja margen de utilidad, y tasas cuando su recaudación se limita a cubrir el costo del servicio prestado.
- Otros dicen que cuando el Estado presta el servicio en condiciones de libre competencia se trata de un precio y que, en cambio, cuando lo hace en condiciones monopólicas, son tasas.
- Otra diferencia: la tasa tiene un fin público que puede ser social, político, financiero, etc. y, en el precio, prevalece el fin de lucro.
2)TEMA: TASAS. Se solicita lo siguiente:
a) Diferencia de la tasa con el precio. Importancia. Teorías.
b) Distribución jurisdiccional de las tasas. Concepto. Ejemplos de sus distintas especies.
DIFERENCIAS DE LA TASA CON EL PRECIO:
La tasa es el tributo más cercano a los ingresos del derecho privado llamados precios. Por eso la distinción entre uno y otro, es un tema controvertido en el derecho tributario. Hay diversas teorías al respecto. De todas maneras, intentaremos explicar algunas de estas diferencias: 
- El precio es un recurso originario del Estado y la tasa es un recurso tributario derivado, lo cual significa que tanto la tasa como el impuesto, deben ser creados por ley mientras que, el precio, es fijado por las autoridades administrativas que tienen a su cargo la explotación y se fija en libre competencia teniendo en cuenta un fin de lucro, mientras que con la tasa se tiene en cuenta el fin público del servicio estatal.
- Algunos autores sostienen que existe precio cuando la prestación del servicio deja margen de utilidad, y tasas cuando su recaudación se limita a cubrir el costo del servicio prestado.
- Otros dicen que cuando el Estado presta el servicio en condiciones de libre competencia se trata de un precio y que, en cambio, cuando lo hace en condiciones monopólicas, son tasas.
- Otra diferencia: la tasa tiene un fin público que puede ser social, político, financiero, etc. y, en el precio, prevalece el fin de lucro.
b) TASAS. DISTRIBUCION JURISDICCIONAL
Las tasas pueden ser nacionales, provinciales o municipales.
La distribución jurisdiccional está relacionada con la inmediatez. Por ej. las tasas que cobran los Municipios o Comunas son por los servicios u otros beneficios estatales más inmediatos en relación a las personas beneficiadas por los mismos.
a) En el orden nacional las más destacables son:
1.- Tasas por servicios portuarios: las recaudadas por la administración aduanera en concepto de servicios de estadísticas, almacenamiento, guinche (carga y descarga) hasta que el barco salga del puerto.
2.- Tasas de la Policía Federal: por ej. al tramitar el pasaporte o la cédula federal.
3.- Tasas de la Justicia Federal: son las que se pagan en los Tribunales Federales.
4.- Tasas Universitarias: cuando existen, como ser: aranceles universitarios, de inscripción a carreras, etc.
5.- Tasas Postales: de Correos del Estado.
6.- Tasas del Registro de Importadores - Exportadores.
b) En el orden provincial:
1.- Tasas Judiciales: las abonadas en los Tribunales Provinciales por su actuación judicial
2.- Tasas Administrativas: las que se pagan por gestiones ante el poder público provincial.
3.- Peaje: para algunos autores es un impuesto. Se paga por ocupar el dominio público.
4.- Tasas de mantenimiento de caminos rurales o rutas, etc.
c) En el orden municipal:
1.- Por control de sanidad en mataderos municipales , mercados privados, etc. Sanidad de carnes por ej.
2.- Por habilitación de negocios nuevos o por cierre de negocios.
3.- Bromatología.
4.- Derecho de Registro e Inspección.
5.- Cementerios: tasas de mantenimiento.
6.- Permisos de Edificación
7.- Por letreros, toldos, mesas y sillas en la vereda de bares, heladerías, restaurantes, etc.
3) RECURSOS FINANCIEROS PUBLICOS CONTRIBUCIÓN DE MEJORAS: (20 puntos). Sobre este tema se solicita lo siguiente:
a) Concepto.
b) Ubicarla en todas las clasificaciones de recursos públicos que conoce justificando su inclusión.
c) Diferéncielos de las contribuciones parafiscales. De ejemplos.
d) Enunciar brevemente las críticas a esta forma de tributación
a) Concepto de la Contribución de mejoras: Es la contribución especial caracterizada por la existencia de un beneficio del obligado al pago, derivado de la realización de una obra pública materializado en el incremento del valor de sus inmuebles.
Este tributo tiene su justificación en el incremento de valor de los inmuebles privados ubicados en zonas beneficiadas directa o indirectamente, por la construcción de obras públicas de interés común. Se manifiesta como un beneficio de orden patrimonial para el propietario del inmueble por determinadas obras estatales como ser: pavimentación y ampliación de calles, mejoras de plazas o de vías públicas, construcción y ampliación de parques, puentes, túneles, viaductos, etc.
b) Ubicación dentro de la clasificación de los Recursos financieros públicos:
1.- Clasificación económica: es un recurso corriente. Su registración contable no producemodificaciones en el patrimonio del Estado (excepto Caja).
2.- Por su origen: es un recurso público derivado del orden de los tributos (por qué es derivado y por qué es tributo).
c) Las contribuciones parafiscales al igual que las de mejoras pertenecen a los tributos denominados contribuciones especiales. La diferencia consiste en que las contribuciones de mejoras son percibidas por el ente fiscal nacional, provincial o municipal responsable de la obra pública (cuya realización es sustantiva a la contribución y debe producir plus valor inmobiliario), en cambio las contribuciones parafiscales son percibidos por organismos paraestatales para el cumplimiento de ciertos fines especificados por ley. Ejemplo de las primeras ya dimos pavimentación, viaductos, extensión de subterráneos, etc. Entre las segundas encontramos las jubilaciones, las obras sociales, contribuciones a organismos profesionales, etc
d) Contribución de mejoras. Criticas.
Esta forma de tributación ha perdido importancia en los países industrializados y la literatura moderna suele dejarlos de lado o bien abordarlos para destacar su arbitrariedad y su compleja administración.
Esta última posición (p.ej. J. Due), reconoce el mérito de asociar un particular beneficio con el pago del costo de la obra que lo produce pero, destaca sus complicaciones administrativas y las dificultades técnicas para estimar el beneficio de los inmuebles afectados por la obra pública lo cual produce criterios arbitrarios para su valoración.
Estiman más adecuado un impuesto inmobiliario basado en el principio del beneficio porque ofrece menos dificultades técnicas y menos arbitrariedad.
Este punto de vista puede justificarse en países desarrollados por sus características. En ellos, una obra pública en la zona rural tendría una relación beneficio-costo más baja que la que tendría la misma obra en un país subdesarrollado con ausencia o escasa infraestructura.
Si la obra pública se realiza en zonas urbanas de crecimiento relativamente lento, en los países desarrollados va a ser difícil que se produzca un incremento notable en los valores venales.
En estas condiciones, rurales y urbanas, un país desarrollado puede no tener interés en aplicar la contribución de mejoras, más aún si se tiene en cuenta que poseen un fluido mercado de capitales al que puede recurrir el Estado para realizar esas obras públicas, las cuales serán amortizadas a largo plazo con el producido de sus tributos corrientes.
En cambio, en países subdesarrollados, con insuficiente infraestructura urbana o rural, las obras públicas provocan beneficios apreciables. A su vez, los sistemas tributarios de estos países son deficientes: por estructura, evasión, etc. Además carecen de un mercado de capitales capaz de financiar la obra pública. En este caso, la contribución de mejoras puede ser de gran utilidad.
4) TEMA: CONTRIBUCIONES PARAFISCALES.: Concepto. Antecedentes. Naturaleza jurídica.
Características. (30 puntos)
CONTRIBUCIONES PARAFISCALES. Antecedentes. Concepto.
Se desarrollaron después de la Segunda Guerra Mundial. Nacieron en Francia y se utilizaron siempre con fines económicos y sociales. Los impone el Estado pero, no figuran en el presupuesto general, y de ahí deriva la expresión “parafiscal”, de la raíz griega “para” que da la idea de algo paralelo, al lado o al margen de la actividad estatal y de la contabilización general de los ingresos públicos.
Son aquellos recursos que cobra un ente con poder financiero (poder delegado), y que son afectados directamente a los fines de ese ente. No figuran en el presupuesto del Estado, en violación a los principios presupuestarios de unidad y universalidad.
UNIDAD: Según este principio, tanto los gastos públicos autorizados como los recursos financieros estimados de todas las entidades y organismos que componen el sector público nacional, se deben prever en un cuerpo o documento único para poder obtener una visión de conjunto de la situación presupuestaria.
UNIVERSALIDAD: Este principio se complementa con el de “no compensación”, (presupuesto bruto no neto) y dice que en el presupuesto deben figurar todos los gastos y todas las erogaciones, en forma separada, sin admitirse compensaciones entre sí.
Los “recursos parafiscales” escapan al control del órgano de control interno que es la Sindicatura General de la Nación y de la Auditoria General de la Nación que es el órgano de control externo del Sector Público Nacional.
Son tributos establecidos en favor de entes públicos, semipúblicos o privados (Consejos), económicos o sociales, para asegurar su financiación autónoma, como por ej. los Consejos Profesionales de Abogados, Contadores, Ingenieros, Médicos, etc., Entes Cinematográficos, es decir, entidades de tipo social o bien entidades de regulación económica, como por ej. las Cámaras Agrícolas, Forestales, etc.
Naturaleza Jurídica: Son recursos derivados, del género de los tributos, con afectación específica.
Características:
1.- No se incluye su producido en los presupuestos estatales ya sean éstos nacionales, provinciales o municipales ni el gasto correspondiente, e.d., el pago de los beneficios.
2.- No son recaudados por los organismos específicamente fiscales como AFIP-DGI, API, etc., salvo los aportes y contribuciones al sistema de seguridad social nacional en Argentina, cuya recaudación y fiscalización está a cargo de la AFIP que es un organismo fiscal de la Nación. La recaudación por parte de la AFIP no interfiere en lo expresado anteriormente porque el producido ingresa en los entes parafiscales intentando que se financien a sí mismos.
3.- No ingresan en las Tesorerías Estatales, sino directamente en los entes descentralizados, recaudadores y administradores de los fondos.
4.- Son obligatorios.
5) TEMA: RECURSOS PARAFISCALES: a)Concepto. b) Explique por lo menos uno de los principios presupuestarios que no se cumplen con estas contribuciones y por qué c) Cuál es su naturaleza jurídica.
(20 puntos)
Son aquellos recursos cobrados por un ente con poder financiero, normalmente poder delegado y que son afectados directamente a los fines de ese ente. Los entes referidos son públicos, semipúblicos o privados con fines económicos o sociales. Entre ellos encontramos los consejos profesionales de Ciencias Económicas, de ingenieros, la Caja Forense, Obras Sociales, etc. Su naturaleza jurídica es la de ser recursos derivados del género de los tributos que tienen afectación específica a favor de su utilización en los fines especificados en los estatutos, cartas orgánicas o instrumentos constitutivos de los entes preseñalados. Al ser recaudados por entidades autorizadas u organismos descentralizados no figuran en el presupuesto del Estado violentando los principios presupuestarios de Unidad y Universalidad. El primero porque al ser percibidos y utilizados por entes separados de la estructura administrativa y financiera del Estado no figuran en el presupuesto que debiera ser el CUERPO O DOCUMENTO UNICO donde se visualice el conjunto de la situación presupuestaria. El principio de universalidad porque establece que en el presupuesto deben figurar todos los 
gastos y todas las erogaciones sin admitirse compensaciones entre sí.
6) Señale las características principales de las denominadas contribuciones especiales. Que sub-tipos de contribuciones conoce, defina cada una de ellas y de sus características esenciales con ejemplos (20 puntos)
Dentro de este género de tributos vinculados y con afectación específica encontramos a la contribución de mejoras y las contribuciones parafiscales.
El primer caso se caracteriza por configurar un tributo cuyo sujeto pasivo es quien resulte beneficiado –por el mayor valor adquirido por su propiedad inmueble- con motivo de una obra pública de utilidad común construída por el Estado. Debe haber un beneficio particularizado por la construcción de la obra pública (aún cuando el criterio de realización de la misma es la búsqueda del interés general, p. Ej. pavimentos urbanos, desagües y cloacas, electrificación rural, etc) y debeser mensurable en un plus valor acusado por la propiedad. La recaudación debe afectarse a la financiación total o parcial de la obra y el monto de la contribución no debe exceder el importe de la contribución individual al mayor valor experimentado por la propiedad.
En el caso de los recursos parafiscales nos referimos a Recursos recaudados y administrados generalmente por entes descentralizados de la Administración pública (entes paraestatales) habilitados legalmente para ello: no se encuentran esas haciendas dentro del circuito del Tesoro Público (consejos profesionales, obras sociales, sindicatos, etc). Estos recursos están específicamente destinados al cumplimiento de los fines de dichos entes los cuales son ordinariamente de carácter social, gremial o profesional. Los recursos recaudados no figuran en el presupuesto gubernamental sino queson objeto de “presupuestos anexos” o propios de cada ente que los administra.
7) TEMA: RECURSOS FINANCIEROS DE LA SEGURIDAD SOCIAL.
a) Concepto; b) Régimen argentino de seguridad social: definición; c) Evolución en Argentina de los recursos de la seguridad social. (30 puntos)
LOS RECURSOS FINANCIEROS DE LA SEGURIDAD SOCIAL
En n/ país constituyen la forma más importante de la “parafiscalidad social”, constituida por los aportes de seguridad y previsión social que pagan patrones, obreros y trabajadores autónomos.
Estos aportes se traducen en beneficios que reciben los aportantes y que consisten en jubilaciones, subsidios por enfermedad o por accidentes de trabajo, maternidad, muerte, cobertura integral de la salud, etc.
En los estados modernos es enorme la importancia financiera de estos ingresos, por ej. en Francia estos aportes significan más de la mitad de los ingresos fiscales del Estado. En nuestro país totalizan sumas que superan los montos de algunos de los más importantes tributos nacionales.
EL RÉGIMEN ARGENTINO DE SEGURIDAD SOCIAL, puede ser definido como el conjunto de normas, principios y técnicas que protegen a la población desde el momento de la concepción hasta la muerte, contra aquellos riesgos o contingencias a la que está expuesta como vejez, invalidez, enfermedad, etc.
SITUACIÓN EN ARGENTINA de los recursos financieros de la Seguridad Social: (Evolución)
En Argentina, las Cajas de Previsión Social en un principio eran 3:
1.- la de Comercio, Industria y Actividades Civiles
2.- la Caja del Estado y
3.- la de Trabajadores Autónomos.
Estas Cajas subsistieron hasta el año 1991 en el cual se creó el Sistema Único de la Seguridad Social conocido como SUSS y, además, las distintas Cajas de Previsión Social, se refundieron en la ANSES
(Administración Nacional de la Seguridad Social).
En nuestro país, el concepto de “parafiscalidad” de los recursos de la Seguridad Social, perdió consistencia porque en el año 1993, dentro de la Reforma del Estado, se le asignó a la Secretaría de Ingresos Públicos la tarea de recaudación, fiscalización y ejecución judicial de estos recursos, los cuales, hasta entonces, estaban a cargo de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
Ese fue el primer paso hacia la concentración en una única área recaudadora del sistema tributario en su conjunto - el impositivo, el aduanero y el de los recursos de la seguridad social - con el objetivo de lograr una administración eficaz para financiar las funciones del Estado.
Entonces, la Dirección General Impositiva, hoy AFIP: Administración Federal de Ingresos Públicos, que es un organismo fiscal del Estado, lo cual quiere decir que no se trata de un ente paraestatal o parafiscal, es la encargada de aplicar, recaudar, fiscalizar y ejecutar judicialmente en lo referente a los recursos de la seguridad social correspondientes a los regímenes nacionales de jubilaciones y pensiones (sean de trabajadores en relación de dependencia o autónomos ), subsidios y asignaciones familiares, Fondo Nacional de Empleo y todo otro aporte o contribución que, de acuerdo a la normativa vigente, se deba recaudar sobre la nómina salarial.
8) RECURSOS FINANCIEROS DE LA SEGURIDAD SOCIAL: El Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (SIJP) creado por la Ley 24.241, está basado en un régimen mixto y obligatorio: a) Explique los dos sistemas que lo componen. b) Cómo se financian las prestaciones que brindan cada uno de ellos? (30 puntos)
LA LEY 24.241, creó el SIJP (Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones) que se encarga de todo lo referente a vejez, invalidez y muerte y está basado en un régimen mixto y obligatorio compuesto por dos sistemas:
1.- El Régimen Público de Reparto a cargo del Estado: basado en el principio de solidaridad, mediante el cual los aportantes financian las jubilaciones y demás beneficios de los individuos que, habiendo aportado en el pasado, se encuentran gozando actualmente de su jubilación (trabajadores pasivos) y, les permite a los aportantes actuales (trabajadores activos), acceder a dichos beneficios en un futuro, siempre que cumplan con las condiciones necesarias de la edad, los años de aportes, etc.
2.- El Régimen de Capitalización individual a cargo de las AFJP: Los trabajadores aportantes (dependientes o autónomos), financian sus propios beneficios, e.d., sus aportes integran cuentas de capitalización individuales y luego, una parte de los beneficios son brindados por las AFJP, basándose en la capitalización de los aportes y, otra parte, por la ANSES.
Un organismo estatal, la Superintendencia de las AFJP supervisa y controla el Régimen de Capitalización.
FINANCIAMIENTO DEL RÉGIMEN PREVISIONAL PÚBLICO DE REPARTO: se basa no sólo en aportes patronales y aportes personales de los trabajadores en actividad, sino también en otros recursos como ser:
- Los recursos adicionales que anualmente fije el Congreso de la Nación por la Ley de Presupuesto.
- Impuesto a las Ganancias: del producido de este impuesto se destinará el 20% al Sistema de Seguridad Social para ser destinado a la atención de las obligaciones previsionales nacionales. (art. 104 L. Imp. Gan. ).
- Impuesto al Valor Agregado: Se destina el 11% de su producido al régimen nacional de previsión social.
- Impuesto sobre los Combustibles líquidos y Gas natural.
- Impuesto Sobre los Bienes Personales: el 100% de su recaudación.
- Monotributo: se destina el 70% al financiamiento de la ANSES
FINANCIAMIENTO DE LAS PRESTACIONES DEL RÉGIMEN DE CAPITALIZACIÓN INDIVIDUAL: La Ley 24241 dice que las prestaciones de jubilación ordinaria, retiro por invalidez y pensión por fallecimiento, se financiarán con el saldo de la cuenta de capitalización individual del afiliado.
Debido entonces, a la responsabilidad que asume la Administradora de los Fondos (AFJP), ésta debe contratar un seguro colectivo de invalidez y fallecimiento cuyo precio es pagado por el afiliado.
Además, el Estado Nacional participa en el financiamiento de los beneficios de aquellas personas que opten por el sistema de capitalización y hayan realizado parte de sus aportes al Régimen Público.
9) TEMA: RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL: a) La problemática de la Seguridad Social: Cuáles son las causas de las crisis que se presentan en los sistemas de Seguridad Social? b) Efectos económicos de los recursos financieros de la Seguridad Social: enumérelos y explique dos de los mismos. (30 puntos)
LA PROBLEMÁTICA DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y LOS RECURSOS FINANCIEROS PÚBLICOS.
A la última década se la puede denominar como de “crisis de la Seguridad Social” la cual se presenta en muchos países y es tema de debate en asambleas internacionales. Las causas de la crisis en dicho sistema se deben a variadas circunstancias, como ser:
- la prolongación de la vida media, lo cual implica una mayor cantidad de años de percepción de los beneficios.
- los altos niveles de evasión de los aportes.
- las jubilaciones anticipadas: los contribuyentes dejan de aportar y se convierten en beneficiarios comenzando a recibir sus haberes jubilatorios.
- la detención del crecimiento económico que implica recesión y desocupación con menores ingresos al sistema y aumento de los subsidiospor desempleo.
- los avances de la tecnología
- el vaciamiento de las Cajas
- la privatización en manos de las AFJP: el 75% de los aportantes les deriva su aporte personal.
- la economía informal creciente con la cual se reduce el número de aportantes del sector de autónomos debido a la evasión.
Por lo tanto, la financiación del Sistema de la Seguridad Social es insuficiente y las prestaciones se deterioran o se reducen.
Si bien en nuestro país se han sancionado nuevas leyes y se han modificado las instituciones de la Seguridad Social, las prestaciones continúan siendo precarias e insuficientes.
b) EFECTOS ECONÓMICOS.
El sistema de Seguridad Social suele constituirse en una herramienta de política económica útil para alcanzar los fines deseados por el Estado como por ejemplo:
a) Redistribución del ingreso: para equilibrar las percepciones de los distintos grupos sociales, transfiriendo ingresos desde quienes perciben más a quienes los perciben en menor cuantía. En principio generaría un efecto expansivo en la economía vía demanda efectiva además de aumentar el bienestar general. Por ej. el seguro de desempleo transfiere fondos de ocupados a desocupados, las asignaciones familiares transfiere de los solteros a quienes tienen cargas de familia, los aportes de los trabajadores activos transfieren fondos a los trabajadores pasivos, etc.
b) Reasignación de factores productivos: porque, en principio, los fondos provienen de las contribuciones patronales y de los aportes de los trabajadores. Ambos pueden asimilarse a tributos a la mano de obra: - incrementando el costo para el empresario y
- disminuyendo la retribución de bolsillo para los asalariados.
Por lo tanto, funciona como un “desincentivo” tanto para trabajar como para contratar mano de obra, reduciendo la relación trabajo-capital.
c) Disminución de diferencias en el desarrollo regional: puede establecer mecanismos de diferenciación entre regiones, a favor de las áreas menos desarrolladas.
d) Canalizar un sistema de ahorro forzoso hacia el sector público: históricamente fueron un medio de financiar el gasto público. Esos fondos pueden canalizarse al mercado de capitales provocando su reactivación.
10) TEMA: SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL ¿Cuáles son las causas que provocan la problemática de la financiación del régimen de la seguridad social? (30 puntos)
A las últimas décadas se las puede denominar como de “crisis de la Seguridad Social” la cual se presenta en muchos países y es tema de debate en asambleas internacionales.
Las causas de la crisis en dicho sistema se deben a variadas circunstancias, como ser:
- la prolongación de la vida media, lo cual implica una mayor cantidad de años de percepción de los beneficios.
- los altos niveles de evasión de los aportes como así también de los impuestos con afectación específica al financiamiento de la ANSES
- las jubilaciones anticipadas: los contribuyentes dejan de aportar y se convierten en beneficiarios comenzando a recibir sus haberes jubilatorios.
- la detención del crecimiento económico que implica recesión y desocupación con menores ingresos al sistema y aumento de los subsidios por desempleo.
- los avances de la tecnología
- En el caso argentino el “vaciamiento de las denominadas Cajas de Jubilación” se tradujo en la licuación del fondo de pensión que mantenían las mismas debido a haber suscripto bonos públicos a largo plazo sin actualización. La inflación experimentada en el país y sufrida por el fondo de pensión promovió una pérdida de su valor real.
- la privatización en manos de las AFJP en el año 1993, con el surgimiento de la Ley 24.241 creadora del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (SIJP): el 75% de los aportantes del Sistema de Reparto (estatal), les derivó su aporte personal. (A partir de enero de este año, rige en nuestro país la reforma que elimina el sistema de AFJP)
- la economía informal creciente con la cual se reduce el número de aportantes del sector de autónomos debido a la evasión.
Por lo tanto, la financiación del Sistema de la Seguridad Social es insuficiente y las prestaciones se deterioran o se reducen.
Si bien en nuestro país se han sancionado nuevas leyes y se han modificado las instituciones de la Seguridad Social, las prestaciones continúan siendo precarias e insuficientes.
11) TEMA: RECURSOS FINANCIEROS PUBLICOS: Concepto y clasificación de Tasas con breve comentario de lo requerido. Dar un ejemplo de cada tipo de tasa (20 puntos)
Así como el impuesto es un tributo de carácter “no vinculado” la tasa es tributo típicamente vinculado. Su pago se practica como una contraprestación monetaria a un servicio, prestación o ventaja diferencial que brinda el Estado a todo contribuyente “de jure” que ejerce demanda social de tales servicios o prestaciones públicas concretas. Entonces como dice Jarach la tasa es un tributo caracterizado por la prestación de un servicio público individualizado hacia el sujeto pasivo. Algunos hablan hasta de un intercambio voluntario negando carácter coercitivo al cobro de las tasas y asimilando las mismas a verdaderos precios. Por ello dada esa reciprocidad entre actividad pública y tributo pagado puede fundamentarse la tasa en la teoría del beneficio. No obstante es cada vez más frecuente encontrar como elemento justificativo de la tasa a la capacidad de pago del beneficiario. Sin perjuicio de ello es evidente que en las tasas retributivas de servicios públicos al ser estos de carácter divisible es factible en mayor o menor medida establecer la proporción de servicio concreto adjudicable o que atañe a cada sujeto o grupo social servido por la actividad estatal.
Las tasas podemos clasificarlas en:
a) Tasas de servicios que son las retributivas de servicios públicos concretos y divisibles ej. Tasa general de inmuebles, hospitalarias, universitarias, portuarias, por servicios en cementerios, etc.
b) Tasas de registro y actuaciones administrativas y judiciales: ej. Tasas de Registro Civil, por análisis e inscripción de productos, por extensión de certificados, sellados y derechos de oficina, etc
c) Tasas por ocupación del dominio público: Son las que deben pagar los particulares por la ocupación o uso de bienes del dominio público. Ej. Ocupación de la vía pública con mesas, kioskos; concesión de uso de terrenos y nichos en cementerios públicos, ocupación y uso del subsuelo y espacio aéreo por empresas telefónicas o telegráficas.
d) Tasas por permisos, habilitaciones o exenciones: tasas por permisos de edificación, carteles, publicidad en cines y teatros, rifas, vendedores ambulantes, habilitaciones de negocios y carnet de conductor etc

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