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RevistaAbogados_Agosto_pliegos_2020_

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Inicia Poder Judicial Proceso De Certificación
En Sistema De Gestión Antisoborno
Las Pérdidas Ocasionadas Por El 
Coronavirus Y Sus Estrategias Preventivas
Caso Gaddafi U Operación Huésped
Notaría Nº27
Paridad Total Y Violencia Política Contra
Las Mujeres En Razón De Género
La Nueva Reforma Laboral En México
Derecho A La Salud Vs Derecho A La Ciudad Y Su 
Ponderación Frente A La Contingencia Sanitaria
Coronavirus Y Animales
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Directorio
Julio César Ramírez y Villafaña
• Director General
Fátima Hernández Segura
• Editora
Oscar Madrid Camacho - Daniel Loaiza Ramírez - Diego Loaiza Ramírez
• Circulación
Lizzette Galeazzi Rodríguez - Rafael Gómez Alonso
• Diseño Editorial por: Etherea Marketing & Branding
Colaboradores
Julio César Ramírez y García
• Director General Operativo
La ‘’Revista Abogados Compromiso con la Justicia’’, es una revista actual, año 3, AGOSTO / SEPTIEMBRE 2020, Revista 
Bimensual, editada y publicada por ‘’Grupo Digital Resonancia Informativa’’ Sociedad Civil, con domicilio en Calle Río 
Bravo 5933, colonia Jardines de San Manuel en la Ciudad de Puebla - México, código postal 72570. Tel: 22-29-18-53-
53. Derechos al uso exclusivo en trámite. Registro de Título ante el IMPI número 1837862 para su publicación impresa y 
1837861 para su publicación digital. Licitud de contenido en trámite. Tiraje 5000 ejemplares. Precio por ejemplar $35.00 
Las Opiniones expresadas por los Autores de los Artículos que contiene esta Revista, no necesariamente refleja la postura 
del Editor de la Publicación. Queda estrictamente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos e imágenes 
de la publicación sin previa autorización por escrito, del Editor.
EDITORIAL
• Dra. Delia Arrieta Díaz
• Virginia Erika Valentin Díaz
• Laure Gisie
• Gabriel Hernández Campos
• José Hugo Zurita Mercado
• Luis Olmos
• Lic. Luis Javier Zamudio Enciso
HOLA amigos lectores de la REVISTA ABOGADOS, sin duda este 
año 2020, quedara en la memoria de todos los pobladores del 
Mundo, como un año difícil en cuestiones de salud pública, econo-
mía global, política, ataques cibernéticos, explosiones, incendios, 
en fin todo tipo de catástrofes que afectan a las personas que ha-
bitamos este planeta, y sin duda el coronavirus será platica de mu-
chos durante lustros, y es importante recordar este año, para que 
tanto Usted querido lector, Usted Funcionario Público, Usted pro-
fesionista y todos y cada uno de nosotros, tengamos en considera-
ción que debemos estar preparados física y psicológicamente ante 
una adversidad como la que se está atravesando por la covid 19, 
debemos de cuidar la economía familiar, de estado y de la Nación, 
para que ante una situación similar de la cual no estamos exentos, 
no nos tome desprevenidos como aconteció en esta ocasión.
Es preciso estar conscientes de que el impacto económico de COVID 19 ha afectado la economía mundial de varias 
maneras, una sin duda es la afectación directa a la producción creando problemas en la cadena de suministros en 
los mercados y por su impacto financiero en las empresas y las finanzas de estas, empero, mucho depende de la 
reacción del público a la enfermedad causada por el COVID-19, (SARS-CoV-2) y llamado como “coronavirus”.
En la data actual, no se sabe mucho sobre la enfermedad, aunque los funcionarios de salud pública todavía están 
determinando los impactos médicos del virus junto con las características clave del mismo, como su tiempo de in-
cubación, y consecuencias a la salud humana.
La reacción del público podrá permitir que la enfermedad se extienda más rápida y ampliamente podría costos 
innecesarios tanto en la vida humana como en la economía mundial.
En el año 2017, los Centros para el control y la prevención de enfermedades (CDC) de los EE.UU., publicaron di-
rectrices para la prevención de la “gripe pandémica”, y las recomendaciones de los CDC para las intervenciones 
farmacéuticas incluían:
• Aislamiento domiciliario voluntario de personas enfermas.
• Cuarentena domiciliaria voluntaria de los miembros de la familia expuestos.
• El distanciamiento Social (incluyendo el cierre de escuelas, el distanciamiento social en los lugares de trabajo, y 
el aplazamiento o cancelación de reuniones masivas).
• Medidas ambientales (como la limpieza rutinaria de las superficies que se tocan con frecuencia)
 
En todo el mundo se aplicaron la recomendaciones establecidas por la CDC, en relación al COVID-19, y sin duda se 
ha establecido un cerco mundial ante dicha enfermedad, lo que ha ocasionado un impacto económico catastrófico 
en el Mundo, pero para mi querido México, ha sido aún peor, precisamente por no entender tanto los Ciudadanos 
en cuidarnos nosotros y así cuidar a los demás, y nuestros Gobernantes Municipales, Estatales y Federales, aunque 
pretendan hacer las cosas bien, sin duda existe una inexperiencia ante una situación pandémica de estas dimensiones. 
Lo peor ya ha pasado (al parecer) y se han reactivado de manera paulatina todos los rubros económicos, laborales y 
jurisdiccionales, por ello, sin duda ha existido un compromiso por nuestro Gobernador del Estado de Puebla, Miguel 
Barbosa Huerta, y tuvo a bien confiar en las cabezas de las diversas Dependencias de Gobierno, que de manera 
paulatina y progresiva ha activado a los Juzgados y Dependencias Administrativas, que sin duda para el gremio de 
abogados, nos ha permitido mitigar la frustración económica que ocasiono el COVID-19, por ello, no queda más 
que cuidarse entre nosotros y trabajar de manera constante, confiando en nuestras autoridades Estatales, Municipa-
les y Federales, y estar a la vanguardia tecnológica ante esta “NUEVA NORMALIDAD”.
ÁNIMO AMIGOS LECTORES, TODO PASARÁ PRONTO.
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Julio César Ramírez y Villafaña
CEO Grupo digital resonancia 
Informativa / Revista Abogados
Se implementarán procesos, medidas y mecanis-
mos que promuevan la transparencia y el combate 
a la corrupción.
Puebla, Pue.- El Poder Judicial del Estado inició el 
proceso de certificación en la norma internacional 
ISO 37001, la cual establece los requisitos que debe 
cumplir un sistema de gestión antisoborno, a fin de 
garantizar transparencia, combate a la corrupción y 
mayor eficiencia en la impartición de justicia.
Por acuerdo del Consejo de la Judicatura, la imple-
mentación del Sistema de Gestión Antisoborno co-
menzó el pasado 3 de julio a través de una serie de 
procesos, medidas y mecanismos que promueven 
una cultura de ética y transparencia.
Al respecto, el Magistrado Presidente del Tribunal 
Superior de Justicia, Héctor Sánchez, resaltó “al tra-
tarse de una certificación internacional se apega a 
los estándares más elevados en la prevención y com-
bate eficaz de posibles actos de corrupción, para en-
frentarlos y gestionarlos adecuadamente”.
Además, señaló, se apega al código de ética, así 
como a los principios de legalidad, honradez, lealtad 
a la institución, imparcialidad, eficiencia y excelencia, 
que rigen al Poder Judicial.
El Magistrado Presidente subrayó que el escenario 
de la contingencia sanitaria por Covid-19, no solo en 
Puebla sino en el mundo, representó un reto que ha 
obligado a acelerar la modernización del Poder Judi-
cial, integrando tecnologías de la información nece-
sarias para garantizar que la impartición de justicia no 
se detenga, y las cuales, de ahora en adelante, serán 
indispensables en el desempeño de sus funciones.
En este sentido, invitó a todos los servidores pú-
blicos que integran el Poder Judicial del Estado a 
sumarse al compromiso que implica el proceso de 
certificación, con el objetivo de fortalecer la imagen 
institucional y la confianza de los justiciables.
PROCESO DE CERTIFICACIÓN EN
SISTEMA DE GESTIÓN ANTISOBORNO
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El año 2020, llegó para quedarse en la memoria histó-
rica de los mexicanos, desde el 1918 que se padeció 
la pandemia de la influenza, llamada también gripe es-
pañola, en la cual murieron en promedio 500,000 mexi-
canos, no se había padecido nada semejante hasta el 
27 de febrero de 2020 en el cual se reportó el primer 
muerto en México por Coronavirus; un mes después se 
declaraba el aislamiento nacional por parte de las au-
toridades gubernamentales de salud, posteriormente la 
Organización Mundial de la Salud declara la Pandemia 
por Coronavirus.
Los ciudadanos mexicanos se cimbraron ante las medi-
das de salud implantadas, el aislamiento, “quédate en 
casa”, “cumple con las medidas sanitarias” cuidado con 
los grupos vulnerables como, personas mayores de 60 
años, Obesidad, Hipertensión Arterial, Diabetes, Muje-
res Embarazadas.
Para darnos cuenta de la gravedad de la situación, con-
forme al Censo de INEGI del 2010 en México, eran apro-
ximadamente 10 millones de personas mayores de 60 
años, el 70% de los mexicanos padece sobrepeso y casi 
un 25% sufre de obesidad, de acuerdo con la Encuesta 
Nacional de Salud, la Hipertensión Arterial la padecen 
15 millones de adultos, donde el 32.6% son hombres y 
el 29% son mujeres. Esta enfermedad oscila entre los 
70 y 79 años (53.6%) y los 20 y 29 años (17.0%). La es-
peranza de vida es para los hombres 73 años y para las 
mujeres 78 años. El problema era amenazante, por lo 
cual el gobierno optó por primera vez en el aislamiento.
92 días en el confinamiento, en que las escuelas sus-
pendieron clases presenciales, en que las empresas y 
el sector gubernamental suspendieron actividades la-
borales y de servicios. Mucha gente se quedó sin tra-
bajo, muchas empresas cerraron, han existido muchas 
perdidas en todo este proceso, hoy hablaremos solo 
de unas de ellas:
La gente al saber de la necesidad del aislamiento se ate-
rrorizó, el miedo se apoderó de la ciudadanía y estigmatizó 
a los adultos mayores que podían padecer el coronavirus.
Existieron situaciones que agravaron la desigualdad en 
nuestro país, puesto que hubo gente que tuvo la opor-
tunidad de quedarse en casa y otra que tenía que salir 
a trabajar. Personas a las cuales les siguieron pagando 
su sueldo completo, otras a la mitad y otras que fueron 
despedidas por whatsapp.
La gente que se quedó en casa empezó a desarrollar el 
Síndrome de la Cabaña, el cual se caracteriza por tener 
pensamientos catastróficos, taquicardia, angustia, tem-
blor corporal, pensamientos sobre lo que podrá pasar si 
opta por salir a la calle o si existe contagio de coronavirus.
Algunos otros empezaron a quejarse sobre las relaciones 
familiares, ya que había la necesidad de la convivencia con-
tinua con la familia y empezaron a sentir la necesidad de re-
gresar al trabajo como un sistema de evasión a su realidad.
Otros, intentaron enviar por whatsap y por Facebook 
notas, para compartir situaciones graciosas, amables y 
felices que habían sucedido en el pasado, sin embargo 
este sistema también es de evasión puesto que están 
pensando en el pasado, no en lo que esta sucediendo 
en este momento y a estas horas. Un proceso semejante 
es cuando la gente vive en el futuro, esta pensando en lo 
que hará cuando termine el confinamiento, inclusive por 
redes sociales empezaron a invitar cafés y bebidas al-
cohólicas para programarlas al termino del aislamiento.
Hay mucha gente que está altamente sensible, perci-
be miedo, enojo, rabia, agresión y violencia, este siste-
ma de defensa es ante lo desconocido, ante lo que no 
podemos controlar, ante la inseguridad de lo que esta 
aconteciendo, se tiene la sensación de desprotección e 
indefensión.
Otro grupo de gente padece fatiga crónica, depresión 
en diversos niveles, falta o exceso de apetito, hasta la 
claustrofobia, en la cual no pueden estar bajo encierro, 
sienten asfixia.
Que decir de los deportistas, los productos deportivos 
fueron los más vendidos durante la pandemia y al no 
ser suficientes, se salían a correr, trotar o caminar en 
parques, jardines y rotondas, sin importar el riesgo que 
corrían y el riesgo familiar; su necesidad de estar fuera 
de casa y ejercitarse era más fuerte que su seguridad de 
salud.
Hubo mucha gente que le fue muy difícil trabajar en 
casa, llamado homeoffice, ya que había desorden dis-
ciplinario en tiempos y tareas, urgente había que con-
seguir computadora e internet y estar disponible para 
el jefe organizacional, sin embargo, los trabajadores no 
LAS PÉRDIDAS OCASIONADAS POR 
EL CORONAVIRUS Y 
SUS ESTRATEGIAS 
PREVENTIVAS
Por: Dra. Delia Arrieta Díaz
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tenían información institucional y no 
fue fácil trabajar y dar resultados. 
Aunado a esto, los niños tenían cla-
se virtual, había familias que se tur-
naban la computadora, entre papá, 
mamá y tres hijos, una situación muy 
complicada y más porque había que 
acompañar a los niños a hacer las 
tareas asesorándolos y subiendo las 
tareas y evidencias a las plataformas 
solicitadas por la SEP. Esta situa-
ción causó mucho estrés familiar lo 
que llevó a tener pleitos constantes 
sobre la importancia del trabajo de 
cada uno. Entonces se empezó la 
añoranza de salir a trabajar y dejar el 
distanciamiento de su área de traba-
jo, propició el agotamiento laboral y 
escolar, ya que percibían muy pesa-
do el trabajo de asesorar a los niños 
y el trabajo propio de la casa.
Si todo lo anterior fue complicado, 
la sensación de pérdida fue más, 
porque los mexicanos aunque no lo 
digan están en duelo por la pérdida 
que han experimentado: Perdieron 
la oportunidad de expresarse corpo-
ralmente por medio de un abrazo; 
Los padres no pueden recibir a sus 
hijos con abrazos y besos; Los adul-
tos mayores están solos, por temor 
a contagiarse y morir; Los grupos 
vulnerables se ven discriminados por 
los demás; Hay una añoranza de lo 
que pudieron hacer y no hicieron, 
de lo que pudieron decir y no dije-
ron; Sin embargo lo principal que se 
perdió fue la libertad, la libertad de 
decidir, de salir, de convivir, de hacer, 
de vivir sin miedo.
Lo único positivo fue la obligatorie-
dad de retomar la convivencia fami-
liar entre padres e hijos, y que tuvie-
ron que dar prioridades a la salud 
de los hijos y a la enseñanza de los 
niños; adaptándose a vivir con incer-
tidumbre sin resistencias al cambio y 
a la nueva realidad que nos dejó el 
Coronavirus.
Presidenta del Colegio de Licenciados en
Administración de Durango, A.C.
Docente Investigador de la Facultad de Economía
Contaduría y Administración de la UJED
Email: arrietad09@gmail.com
DRA. DELIA ARRIETA DÍAZ
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La Ciudad nos impone el deber terrible de la esperanza, un extraño amor,
el amor secreto del porvenir y de su cara desconocida
(Citando a Borges: Borja, 2004).
VIRGINIA ERIKA VALENTIN DÍAZ 
Y SU PONDERACIÓN FRENTE A LA CONTINGENCIA SANITARIA
INTRODUCCIÓN
Tradicionalmente estamos acostumbrados hacer un país 
con metas y objetivos a corto plazo, pero ante una emer-
gencia sanitaria ¿Cómo actuamos?, esta pregunta pare-
ciera tan simple pero actualmente estamos enfrentan-
do a una de las pandemias con muchos desafíos y con 
muchas variantes no solo en el ámbito sanitario, sino el 
sector social y económico, los cuales tendrán implica-
ciones en derechos fundamentales tales como; derecho 
al trabajo, derecho a la vivienda, derecho a la alimenta-
ción, derecho a la ciudad, aspectos que están afectando 
nuestra salud física y mentalmente, en las condiciones 
de desigualdad y pobreza.
Pero la realidad actual es, que basta una breve mirada a 
nuestra historia para percatarnos de que ni si quiera la 
permanencia transaccional de un partido en el poder, 
ha garantizado de manera alguna la continuidad de las 
políticas públicas, ya que todo se reinventa sexenio tras 
sexenio, en un eterno dejavu, remitentedel juego de 
mesa infantil de serpientes y escaleras, donde muy cer-
cano a la meta buscada, la serpiente nos regresa al inicio 
y nos obliga a comenzar. 
Partiendo de lo anterior, en este artículo, se realiza un 
recorrido desde el inicio de la pandemia en México con 
las medidas sanitarias y marcadas en el Diario Oficial de 
la Federación.
REFERENCIA 
Haciendo mención a la frase del Juez de la Corte In-
teramericana de Derechos Humanos Antônio Augusto 
Cançado Trindade, que dice; “el derecho siempre de-
trás de los hechos”, resulta ilustrativa para plantear las 
siguientes preguntas:
¿Hasta qué punto, los mecanismos judiciales y leyes que 
vienen detrás de los hechos, pueden corregir o disminuir 
las fallas de manera efectiva y eficaz, frente a los efectos 
de una política económica instrumentada en años poste-
riores, durante los cuales, se realizaron reformas estruc-
turales y cómo reaccionan ante los hechos fortuitos?
¿Cómo lograr que los derechos de la Ciudad prevalez-
can a pesar de una contingencia sanitaria?
¿Cómo hacer valer nuestro Derecho a la salud?
Es indispensable ubicar el tema de actualidad como una 
creciente inquietud por encontrar medios que permitan 
hacer justiciables los derechos; sanitarios, económicos, 
sociales y el Derecho a la Ciudad.
Asimismo, una preocupación que responde a necesi-
dades reales a diversos grupos de población que están 
haciendo frente a una insatisfacción de sus necesidades 
básicas como la salud, la alimentación, el trabajo, la se-
guridad social, etc.
DERECHO A LA SALUD VS DERECHO A LA CIUDAD
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Finalmente, las propuestas de organismos defensores 
de los derechos humanos, en buscar la implementación 
de leyes y mecanismos judiciales que, permitan a la po-
blación exigir los derechos que no se están cumpliendo. 
EMERGENCIA SANITARIA
La respuesta institucional a este problema se encuentra 
en la base 1ª de la fracción XVI del artículo 73 constitu-
cional y es la instalación del Consejo de Salubridad Ge-
neral, para la declaratoria de emergencia sanitaria, cuya 
amplitud y flexibilidad en su ejecución se ha convertido 
en la vía idónea para enfrentar este preocupante proble-
ma. Pero al contrario de la vía idónea la toma de decisio-
nes principalmente del poder ejecutivo de nuestro Esta-
do nos ha afectado en todos los niveles económicos y 
sociales para la protección de derechos fundamentales.
Así las circunstancias y con motivo de la publicación en 
el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 30 de marzo 
del 2020 del “ACUERDO que declara como emergen-
cia sanitaria por causa de fuerza mayor, a la epidemia 
de enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (CO-
VID-19)” y el día 31 del mismo mes del “Acuerdo por 
el que se establecen acciones extraordinarias para aten-
der la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-
CoV2”, se ha suscitado una serie de criterios y opiniones 
relacionados con la aplicación de los artículos 42 Bis, 
427 fracción VII y 429 fracción IV de la Ley Federal del 
Trabajo (LFT), sobre la suspensión colectiva de las rela-
ciones de trabajo y las consecuencias jurídicas y econó-
micas que esto puede tener.
La confusión se produce por la interpretación de los refe-
ridos acuerdos, emitidos por autoridades sanitarias, den-
tro del marco y las facultades que le son conferidas por la 
Ley General de Salud (LGS), al momento de interpretarlos 
a la luz de la Ley Federal del Trabajo, entre los hechos, las 
ideas y los enfoques que han marcado esta contingencia 
sanitaria, nosotros los mexicanos hemos perdido una con-
dición innata, del derecho a gozar de un medio ambiente 
adecuado para la preservación de su salud, el acceso a 
una atención integral de salud, al igual que la pérdida del 
Derecho a la Ciudad que tiene vida jurídica, es por lo que 
hago un llamado a reflexionar jurídicamente sobre nues-
tros derechos humanos fundamentales. 
DERECHO A LA SALUD
Ahora bien “¿Se cumple el artículo cuarto Constitucional?” 
El artículo 4º constitucional estipula que “toda persona tie-
ne derecho a la protección de la salud”, pero en nuestro 
país las grandes palabras no siempre se concretan, pues 
hay muchos retos en materia de derecho y salud.
El sector de la salud tiene un gran dinamismo en el 
país y en el mundo. Pero en México, las mallas de se-
guridad son tan desiguales como el reparto del PIB. 
Aquel que cuenta con empleo formal, obtiene tam-
bién una protección de salud amplia gracias al IMSS, 
pero todo cambia cuando la persona se encuentra 
desempleada o tienen contratos por honorarios, para 
esta mayor porción de ciudadanos, que no son dere-
chohabientes de cualquier institución pública, se creó 
el Seguro Popular ahora conocido como INSABI, Pero 
esta red no tiene la universalidad debida. Su cobertu-
ra es bastante estrecha y varios son los problemas que 
sufren sus afiliados.
Enfrentar esta enfermedad que crece de manera ex-
ponencial ha puesto en dificultades a diversos países 
y particularmente a nuestro México ha revelado las 
implicaciones de la falta de inversión suficiente en el 
sector salud por tantos años, así como las carencias en 
la disponibilidad de recursos físicos y humanos, y en 
los insumos de protección personal de los profesiona-
les de la salud.
Por derecho y por ley la toma de medidas que los Esta-
dos deben adoptar para garantizar el derecho de toda 
persona al disfrute del más alto nivel posible de salud 
física y mental se incluyen la prevención y el tratamiento 
de enfermedades epidémicas, y la creación de condicio-
nes que aseguren a todos asistencia médica y servicios 
médicos en caso de enfermedad. Para ello deben adop-
tar medidas tanto por separado como mediante la asis-
tencia y la cooperación internacionales, especialmente 
económicas y técnicas, hasta el máximo de los recursos 
de que disponga para lograr progresivamente la plena 
efectividad del derecho y, en los casos de epidemias, 
el derecho a tratamiento comprende la creación de un 
sistema de atención médica urgente.
El Programa Conjunto de las Naciones Unidas sobre el 
VIH/Sida, desde su experiencia, ha sugerido a las auto-
ridades gubernamentales garantizar en caso de epide-
mias desde la infraestructura de salud pública hasta los 
exámenes de detección, pruebas y atención hospitalaria 
accesibles, disponibles, asequibles y de calidad, y que 
en caso de que los recursos sean escasos, el acceso de 
éstos tres últimos debe basarse en la vulnerabilidad y la 
necesidad de las personas, no en sus medios financieros.
A principios de abril se estimaba que el alcance de esta 
enfermedad en este país implicaría que más de 306,000 
personas tuvieran COVID-19, de los cuales 214,000 soli-
citarían atención médica, 42,000 serían graves y 30,000 
requerirían atención médica especializada y 12,000 cui-
dados intensivos.
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Por contraste para resistir esta pan-
demia, las cifras de disponibilidad de 
recursos físicos y humanos mostra-
ban las dificultades que las autorida-
des gubernamentales tendrían para 
garantizar el derecho a la salud. De 
acuerdo a declaraciones realizadas 
poco después de mediados de mar-
zo en la Secretaría de Salud, se con-
taba con 121, 435 camas de hospita-
lización en todos los niveles de salud 
en los sectores públicos y privados y 
se tenía un déficit de 2,000 médicos 
para atender esta pandemia, de los 
cuales 123,000 eran médicos gene-
rales y alrededor de 76,000 médicos 
especialistas. Los datos históricos 
muestran que en lo que se refiere a 
la tasa nacional de camas de hospital 
por cada 1,000 habitantes, este ha 
mostrado un decremento constan-
te a partir de 2001, con una tasa de 
1.7 para llegar en 2017 a una tasa de 
1.4. En materia de disponibilidad de 
recursos humanos, si bien de 2012 a 
2016 hubo un incremento en la tasa 
nacional de enfermeras (os) por cada 
1,000 habitantes de 1.32 en 2012 a 
1.48 en 2016,se muestra un decre-
mento a 1.45 en 2017 e incrementa 
a 1.47 en 2018. Por su parte, la tasa 
nacional de médicos (as) por cada 
1,000 habitantes muestra un estan-
camiento a partir de 2015 con una 
tasa de 2.4, misma tasa que se pre-
sentaría en el 2017.
Ante los problemas de disponibili-
dad, se lanzó el Plan de reconversión 
Hospitalaria- COVID-19 como medi-
da para coordinar e integrar la res-
puesta hospitalaria para la atención 
de pacientes con gravedad, que in-
cluye entre sus medidas a la contra-
tación de personal médico (Jornada 
Nacional de Reclutamiento y Con-
tratación de Recursos Humanos para 
la Salud), y por la cual se esperaban 
contratar 6,600 médicos y 12,300 
enfermeras. Asimismo, se inició un 
plan de reconversión de hospitales 
con la participación de IMSS, ISSS-
TE, SEDENA, Marina, INSABI y se 
inició un plan para capacitar a más 
personal especializado, con el obje-
tivo de reorganizar la estructura de 
los servicios de salud a través de un 
modelo en cascada.
En estos momentos en los que el 
país se encuentra en la etapa 3 de 
la pandemia con 23,471 casos el 3 
de mayo, en la que el ritmo de con-
tagios, de personas hospitalizadas y 
de casos está incrementando muy 
rápido, persiste el temor de que la 
red hospitalaria sea insuficiente para 
atender a todas las personas que 
requieran hospitalización, la cual 
actualmente ha sido de 39.50% De 
esta manera, se cuenta con 672 hos-
pitales COVID y con 14, 489 camas 
disponibles y que se han ocupado 
6,026 camas (29%) a nivel nacional.
Aunque los datos muestran que la 
media nacional de ocupación de ca-
mas de hospitalización general en el 
mes de mayo es de 29% y de 24% 
para camas con ventilador; dos enti-
dades de la República ya superan el 
40% de ocupación en ambos tipos 
de cama: la Ciudad de México (66% 
de camas de hospitalización general 
y 59% de camas con ventilador) y el 
Estado de México (49% de camas de 
hospitalización general y 44% de ca-
mas con ventilador); entidades que 
se han mantenido en los primeros lu-
gares de casos confirmados acumula-
dos, y de casos confirmados activos.
De ahí que el desafío nacional sea 
mayor para garantizar la atención 
oportuna ante la escasez de servicios 
de salud, cuando el incremento en el 
número de casos en un día ha llega-
do al 6.3% (1,383 casos), siendo que 
el COVID-19 es una enfermedad que 
puede evolucionar rápido y compli-
carse, además de considerar que la 
estancia intrahospitalaria por pacien-
te que se ha presentado en otros paí-
ses ha sido de entre 9 y 10 días.
Otra preocupación latente y que re-
fleja la falta de disponibilidad de insu-
mos para enfrentar esta enfermedad 
tan fundamental para prevenir enfermedades, así como 
tratar de asegurar un ingreso económico suficiente a las 
personas que les permita adquirir bienes y servicios, y 
con ello reducir el estrés y el miedo.
DERECHO A LA CIUDAD
 
El aislamiento social, para la protección a la salud y de 
la cual la mayoría de nuestra población está afectada 
económicamente por la cuestión social y el derecho a 
la ciudad centrándonos como ejemplo México, ciudad 
central de una de las megalópolis del mundo, capital 
de la república mexicana, principal espacio de la arti-
culación de la economía nacional a la internacional y 
centro hegemónico de la educación, la cultura, la vida 
social y la política, la cuestión social y la cuestión. Tam-
bién se desarrolla un amplio mercado de trabajo en el 
comercio y los servicios principalmente educacionales, 
de la salud, de la recreación que demandan mano de 
obra calificada con diferentes grados de calificación y 
que percibe remuneraciones relativamente adecuadas 
para lograr satisfacer sus necesidades básicas. Pero el 
principal mercado de empleo para grandes mayorías 
que carecen de calificación se caracteriza por ofrecer 
condiciones de precariedad e informalidad, de bajos 
salarios y carente de seguridad social, principalmente 
ha sido la falta de equipo suficiente 
y adecuado de protección personal 
de los profesionales de la salud, ante 
lo cual se encuentran en constante 
riesgo de contagio de este virus ex-
poniendo sus vidas. El país ha sido 
testigo de diversas denuncias públi-
cas realizadas ante la falta de batas 
desechables, mascarillas N-95, guan-
tes, lentes protectores, como fue el 
caso de los médicos residentes que 
a 20 días de haberse presentado el 
primer caso de coronavirus en el país, 
demandaban insumos y materiales 
suficientes, además de capacitación 
adecuada, transparencia en los pla-
nes de contingencia y protocolos de 
atención, así como horario laboral no 
excedente de 24 horas por el riesgo 
de aumentar errores.
Como puede observarse, se ha he-
cho frente a esta epidemia con las 
deficiencias estructurales de desesti-
mación de la inversión en el sector sa-
lud que se ha presentado por años en 
el país, por lo cual se ha tenido que 
recurrir a los recursos del sector priva-
do para la creación de un sistema de 
atención médica urgente como parte 
de las acciones extraordinarias.
Desde un enfoque de derechos hu-
manos, se hace cada vez más evi-
dente la adopción de medidas de 
largo plazo que atiendan la necesi-
dad de invertir en la eliminación de 
los obstáculos y las desigualdades 
que impiden el ejercicio del derecho 
a la salud, ya sea por la falta de ac-
ceso y disponibilidad de infraestruc-
tura, recursos físicos y humanos, me-
dicamentos, y por la falta de calidad 
de los servicios.
Las autoridades gubernamentales 
deberían a su vez encaminar sus es-
fuerzos a solucionar los problemas 
de acceso a los alimentos en canti-
dad y calidad suficiente en los ho-
gares; de condiciones adecuadas de 
la vivienda como lo es el tamaño y 
disponibilidad de servicios de sanea-
miento; el acceso al agua potable 
en el comercio y en la prestación de servicios persona-
les de baja productividad, como es el caso del comer-
cio popular en vía pública. Esta situación laboral lleva 
a que grandes mayorías logren acceder a los bienes y 
servicios básicos de manera también precaria.
En particular alimentación, salud, educación, vivienda, 
espacios públicos, recreación que son el principal obje-
tivo de las políticas sociales, de las cuales forman parte 
algunos programas de las políticas urbanas. Las mismas 
adquieren fundamental importancia, en tanto son políti-
cas de diferente tipo pero que poseen un rasgo común: 
son políticas redistributivas a favor de los sectores popu-
lares. En este contexto económico y social en la capital 
de la república mexicana desde 1997 se producen pro-
fundas transformaciones en las políticas sociales y urba-
nas tanto en su dimensión sustantiva como operativa.
Es decir, la forma de concebir tanto la cuestión so-
cial como la urbana se modifican cuando se demo-
cratiza el gobierno de la ciudad y una coalición de 
izquierda controla el aparato gubernamental. Es a 
partir de entonces que se inauguran políticas de in-
clusión social y políticas urbanas participativas que 
permiten expandir la ciudadanía y hacer efectivos 
los derechos ciudadanos.
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Pero estas políticas encuentran cla-
ros límites y entran en tensión con 
la adopción de las políticas econó-
micas de corte neoliberal que como 
se verá seguidamente se desarrollan 
en un gobierno autodenominado de 
izquierda signando su actuación en 
el campo de las relaciones sociales 
tanto del mundo del trabajo como 
de los procesos de ocupación y usos 
del suelo.
El Derecho a la Ciudad no persigue 
solamente la construcción de con-
diciones para que todos, mujeres y 
hombres, accedan a los bienes, ser-
vicios y oportunidades existentes en 
la ciudad, sin discriminación, exclu-
sión o segregación alguna, sino que 
de presentar todo tipo de escritos 
iniciales, solicitud de demandas, in-
cidentes, promociones y recursos 
desde el Portal de Servicios en Línea.
 
Con estas acciones, el Poder Judi-
cial de la Federación hace frente a 
la situación de emergenciasanita-
ria de manera responsable y efecti-
va, y con ello avanza hacia una jus-
ticia moderna en la que el uso de 
las tecnologías se vuelve un aliado 
en la impartición de justicia. En un 
comunicado publicado el día 8 de 
junio de 2020, por mucho que el 
Consejo de la Judicatura Federal 
tenga la intención de implementar 
medidas “electrónicas” a todos los 
procesos activos en el Poder Judi-
cial de la Federación, existe una 
resistencia a la implementación de 
la utilización de los Servicios en Lí-
nea. Esta resistencia, desafortuna-
damente, se encuentra en el mis-
mo personal del Poder Judicial de 
la Federación, y en los abogados 
postulantes.
Acredito lo anterior, pues desafor-
tunadamente, y después de traba-
jar ciertos años con los Servicios 
en Línea del Poder Judicial de la 
Federación, me he percatado que 
muchos actuarios y secretarios aún 
no logran entender a cabalidad 
cómo es que funciona dicho siste-
ma, lo que resulta en incidencias 
generadas al Consejo de la Judi-
catura Federal, para que auxilien 
a la persona encargada de operar 
el Sistema a efecto de que pueda 
funcionar directamente.
Este problema, por desgracia, sufren 
muchos de los Juzgados y Tribuna-
les del fuero Federal en la República 
Mexicana, lo que genera, hasta cierto 
punto, un retraso a la administración 
pronta y expedita en perjuicio de los 
quejosos, siendo los problemas más 
comunes la falta de publicación de 
acuerdos, de promociones, error al 
publicar notificaciones personales, 
falta de atención en oficialía de par-
tes para observar promociones elec-
trónicas, entre otros.
El Estado tiene que pensar cómo 
hacerse de recursos e instrumentos 
jurídicos, por ejemplo, en el ámbito 
financiero, en la inversión de cómo 
defender demandas millonarias, en 
el comercio para las exportaciones; 
a nivel nacional, hacer una estrategia 
que responda qué, cómo y cuándo 
defender los intereses básicos: em-
pleo, vivienda, integridad física. Y no 
abusando de su poder para hacer 
medidas que van contra los dere-
chos humanos.
PONDERACIÓN FRENTE A LA 
CONTIGENCIA SANITARIA
Al contraer estos dos derechos men-
cionados SALUD Y DERECHO A LA 
CIUDAD, que se han afectado por 
la pandemia que vivimos por coro-
navirus COVID19, trae consigo una 
nueva arquitectura social, de movi-
lidad, gubernamental y económica. 
Parece simple el hecho de decir por 
expertos y autoridades que debe-
mos resguardarnos en casa y salvar 
al mundo desde ahí; sin embargo, 
las consecuencias son graves.
Para el Sistema de Salud
- Reasignación de recursos para me-
didas preventivas de contagio, tanto 
en las entidades federativas del país 
con mayor población potencialmen-
te vulnerable, dadas sus desventajas 
de salud (entre las que se encuen-
tran el Estado de México, la Ciudad 
de México y Jalisco), como en las 
que presentan varios indicadores de 
debilidad de su Sistema de Salud 
(entre las que destacan Chiapas, Mi-
choacán y el Estado de México).
- Fortalecimiento presupuestal de 
unidades de cuidado intensivo, per-
sonal médico y camas de hospital, 
en especial, para los estados que 
presentan bajo número por cada mil 
habitantes. Tal es el caso de Chiapas, 
Michoacán y el Estado de México.
de enorme fragmentación que no 
está generando la unidad, como las 
empresas y el sector educativo, los 
profesores tanto de educación bási-
ca como media superior y superior, 
han tomado retos en la tecnología 
haciendo arduas horas de trabajo, 
al mismo tiempo enfrentando crisis 
educativa, pues no todos los alum-
nos tienen herramientas para traba-
jar con las nuevas plataformas, pues 
no cuentan con computadora u otro 
dispositivo que les ayude a tomar las 
clases en línea, como tampoco cuen-
tan con red en internet.
Ahora bien que pasa con nuestra im-
partición de justicia y el poder fede-
ral, por primera vez en su historia, el 
Pleno del Consejo de la Judicatura 
Federal (CJF) aprobó la integración 
y tramitación en línea de todos los 
asuntos, independientemente de su 
instancia o materia, a cargo de los 
órganos jurisdiccionales del CJF.
 
Lo anterior, incluye la posibilidad de 
desahogar diligencias, audiencias y 
sesiones mediante videoconferen-
cia, así como la posibilidad de llevar 
a cabo convenios de interconexión 
con las autoridades que son parte 
de estos asuntos.
 
Han trazado como prioridad contar 
con una justicia cercana a la gente. 
Esa cercanía se ve consolidada con 
acciones como la de hoy: garantizar 
y ampliar el acceso a la justicia me-
diante el uso de herramientas tecno-
lógicas que simplifiquen y agilicen 
los juicios en beneficio de las perso-
nas justiciables.
 
Adicionalmente, el Pleno del CJF 
determinó lo siguiente:
Ampliar la suspensión de actividades 
físicas del 16 al 30 de junio de 2020.
Mantener el esquema de atención y 
resolución de casos urgentes trami-
tados físicamente, así como abrir, a 
partir del 16 de junio, la posibilidad 
también perfila la ciudad que desea-
mos y queremos construir para las 
futuras generaciones.
De lo anterior y de nuestra realidad 
que es quedarse en casa y tenien-
do la declaración de emergencia 
sanitaria y en espera del anuncio 
del Paquete Económico, por lo que 
el derecho a la ciudad pide que se 
adopten medidas emergentes para 
garantizar los derechos humanos a la 
vivienda y al agua.
“La vivienda es un derecho, pero 
también es una solución frente a la 
pandemia.” – Leilani Farha, Relatora 
Especial de la ONU sobre el derecho 
a una vivienda adecuada.
CONTIGENCIA Y JUSTICIA
En esta Contingencia Sanitaria se 
ha puesto en relieve la enorme des-
igualdad de la sociedad, pero tam-
bién la vulnerabilidad de las Pymes y 
la rigidez del empleo, en este breve 
espacio tomaremos en cuenta los 
casos emergentes.
Esta es una oportunidad para rees-
tructurar nuestro mercado a uno más 
flexible y moldeable, que permita el 
cuidado de la familia con el (home 
office), este home office son liberta-
des de trabajo que se están restrin-
giendo, porque al no ser esenciales 
muchos empleos los mandan a sus 
casas, por lo que deja una situación 
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Para la población en pobreza y el 
mercado informal
- Ampliación temporal de programas 
de transferencias en efectivo con el 
fin de atender las necesidades de 
quienes se encuentran en mayor 
desventaja.
- Ampliación de créditos a la pa-
labra, mismos que serían repaga-
dos a mayores plazos y en mejo-
res condiciones al regularizarse 
las actividades.
- Programa de empleo local de 
emergencia, particularmente en zo-
nas rurales, para proporcionar ingre-
sos ante un mercado laboral depri-
mido y para colaborar en la mejora 
del Sistema de Salud.
Ahora bien, retomando todo lo 
anterior de este articulo desta-
co principalmente El Gobierno 
federal decretó una emergencia 
sanitaria por el COVID-19 y ar-
gumentó causa de fuerza mayor, 
lo que generaron una interpreta-
ción confusa para que empresas 
y trabajadores determinen el sa-
lario al que deberán apegarse. Lo 
anterior debido a que en la Ley 
Federal de Trabajo se contempla 
por separado “Contingencia sani-
taria” y “Causa de fuerza mayor”. 
Esto genero confusión. El Gobier-
no erróneamente señaló que es 
obligación de los patrones pagar 
completamente.
El concepto de “Contingencia 
sanitaria” establece que el pa-
Para el mercado formal
- Transferencias monetarias a los tra-
bajadores desempleados.
- Créditos fiscales y del IMSS a las 
empresas, condicionados a preser-
vación de empleo por al menos 6 
meses.
- Subsidios temporales a empresas 
formales con problemas directamen-
te asociados con la pandemia para 
evitar el cierre de su actividad.
- Subsidio fiscal único, inmediato y 
de monto fijo, y tregua fiscal por un 
año a personas físicas.
- Créditos blandos de la Banca de 
Desarrollo a Mipymes.
trón está obligado a pagar un 
salario mínimo a cada uno de 
sus trabajadores por un mes 
cuando se suspenden activida-
des, pero cuando se trata de 
“Causa Mayor” se estipulaque 
cada compañía debe ir a la Jun-
ta Local de Conciliación y Arbi-
traje para explicar su situación 
y este determine el porcentaje 
de pago.
Las decisiones que ha tomado el 
ejecutivo del Estado de Puebla a 
su ponderación, en primera sin 
respaldos científicos a lo que 
atañe a todo el sistema de salud, 
sin respaldo de profesionistas en 
el tema, donde deja a un estado 
de Derecho sin Derecho, don-
de crece cada día estado de in-
- Esquemas voluntarios de re-
negociación de deuda con re-
quisitos mínimos establecidos 
por las autoridades. El sistema 
financiero debe ofrecerlos a 
sus clientes.
CONCLUSIÓN 
Como mexicanos tenemos que 
tener un objetivo que es hacer 
propuestas para que, una vez mi-
nimizada la pérdida de vidas, se 
eviten la pérdida de empleos, la 
caída en las remuneraciones, y la 
quiebra de empresas, pero sobre 
todo prevaleciendo nuestros de-
rechos humanos fundamentales 
y en todo momento hacer valer 
cada uno de ellos en cualquier 
esfera jurídica.
defensión a un trabajador pues 
durante confinamiento, no hay 
donde recurrir de manera física 
a juntas para el reclamo de de-
rechos, la falta de material para 
los profesionistas de la Salud, 
por otro lado que sin fundamen-
tos legales y sin mayor explica-
ción los cierres de parques don-
de el derecho a la ciudad queda 
suprimido. Los decretos que 
enuncia para el sector laboral 
sin respaldo de función judicial. 
Es aquí donde tenemos que pe-
dir el respaldo de nuestras leyes 
para que sigan velando nuestros 
derechos fundamentales y que 
se rindan cuentas que cada vul-
neración de cada derecho y las 
pérdidas económicas de esta 
contingencia sanitaria.
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que el Consejo de Salubridad General es un órgano que 
depende directamente del Presidente de la República en 
los términos del artículo 73, fracción XVI, base 1a. de la 
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 
Está integrado por un residente que será el Secretario 
de Salud, un secretario y trece vocales titulares, dos de 
los cuáles serán los presidentes de la Academia Nacio-
nal de Medicina y de la Academia Mexicana de Cirugía, 
y los vocales que su propio reglamento determine. Los 
miembros del Consejo serán designados y removidos 
por el Presidente de la República, quien deberá nom-
brar para tales cargos, a profesionales especializados en 
cualquiera de las ramas sanitarias. Cabe destacar que el 
Reglamento de este Consejo establece en su artículo 3 
el detalle de la integración del Consejo, encontrándose 
entre sus miembros a las personas titulares de la Secreta-
ría de Hacienda y Crédito Público, la Secretaría de Edu-
cación Pública y la rectoría de la Universidad Nacional 
Autónoma de México.
• El 20 de agosto de 2010 se publicó el Acuerdo por el 
que se deroga el Acuerdo que declara a la influenza hu-
mana A H1N1 enfermedad grave de atención prioritaria, 
publicado en el Diario Oficial de la Federación el sába-
do 2 de mayo de 2009. En él, el Consejo de Salubridad 
General consideró que toda vez que había desaparecido 
la evidencia registrada que dio origen a la influenza A 
H1N1, ésta había dejado de ser una enfermedad grave 
de atención prioritaria. “ACUERDO por el que se deroga 
el Acuerdo que declara a la influenza humana A H1N1 
enfermedad grave de atención prioritaria, publicado el 2 
de mayo de 2009”, Diario Oficial de la Federación. Con-
sultado el 2 de junio de 2020 a las 17:05 horas.
• Hardoy, Jorge Enrique. 1970. “Políticas de urbaniza-
ción y reforma urbana en América latina”, Documento 
de Trabajo Interno 18, Buenos Aires: Instituto Torcuato 
Di Tella, Centro de Estudios Urbanos y Regionales.
• Jordi, Borja. 2013. “Conferencia espacios públicos, se-
guridad y derecho a la ciudad”. Conferencia impartida 
el 28 octubre del 2013 por el Programa Universitario de 
Estudios sobre la Ciudad de la Universidad Nacional Au-
tónoma de México.
• Lefebvre, Henry. 1978. El derecho a la ciudad. Barcelo-
na: Ediciones Península. 1976. Espacio y Política. Barce-
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• Álvarez, M. (1998). Acerca del concepto derechos hu-
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Los ciudadanos inesperados”, en Ciudadanos inespera-
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dos del IPN / El Colegio de México, pp. 13-37.
• Alba, Martha de y María Soledad Cruz (2008), “Par-
ticipación ciudadana efectiva en proyectos urbanos lo-
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Construir ciudad. Un análisis multidimensional para los 
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COVID-19. Lecciones del VIH para una respuesta 
efectiva dirigida por la comunidad, Programa Con-
junto de las Naciones Unidas sobre el VIH/Sida, Gi-
nebra, 2020.
• Presenta IMSS Plan de Preparación y Respuesta 
Institucional COVID-19, Comunicado de Prensa no. 
171, Instituto Mexicano del Seguro Social.
• Conferencia de prensa de la Secretaría de Salud, 
2 de abril de 2020.
• Datos de la Organización para la Cooperación y el 
Desarrollo Económicos, OCDE data.
• En sus «Consideraciones de política fiscal ante 
el COVID-19», el Centro de Investigación Econó-
mica y Presupuestaria (CIEP) ha estimado un cos-
teo de medidas, que resulta factible, en 2.2 % del 
PIB. Disponible en: https://ciep.mx/consideracio-
nes-de-politica-fiscal-ante-el-covid-19/. Consulta-
do1 de junio de 2020 a las 18:00 horas.
• DECRETO por el que se ordenan diversas accio-
nes en materia de salubridad general, para preve-
nir, controlar y combatir la existencia y transmisión 
del virus de influenza estacional epidémica”, Diario 
Oficial de la Federación. Consultado el 1 de junio 
de 2020 a las 19:00 horas.
• “ACUERDO por el que se declara a la influen-
za humana AH1N1 enfermedad grave de atención 
prioritaria”, Diario Oficial de la Federación. Consul-
tado el 1 de junio de 2020 a las 19:30 horas.
• Fernández Ruiz, María Guadalupe, Marco jurídi-
co estructural de la Administración Pública Federal 
mexicana, Instituto Nacional de Administración Pú-
blica, México, 2015, p. 182.
• El artículo 15 de la Ley General de Salud señala 
LINKS DE CONSULTA DE PAGINA WEB:
https://www.eltelegrafo.com.ec/.../1/en-que-
consiste-y-sustenta-el-derecho-a-la-ciudad
https://www.uclg-cisdp.org/es/el-derecho-la-ciu-
dad/carta-mundial/articulo
 
https://www.eltelegrafo.com.ec/.../1/en-que-
consiste-y-sustenta-el-derecho-a-la-ciudad
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Por: Laure Gisie
El ICALP (International Center for Animal Law and Policy) de la Universidad de Barcelona está organizando un 
importante webinar internacional para iniciar una reflexión sobre los coronavirus y los animales con el fin de 
estudiar la relación hombre-animal en nuestra sociedad desde la llegada de la pandemia mundial Covid-19.
El objetivo de este webinar es enriquecer la discusión, sobre cómo una sociedad puede cambiar los paradig-
mas que nos llevaron a esta situación. Las actividades industriales como la agricultura, laganadería y la acui-
cultura, la coexistencia con animales urbanos, la experimentación con animales, los acuerdos mundiales más 
allá de la UE pueden causar graves problemas de salud pública.
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Cuando miramos la historia de las 
epidemias, podemos ver que está 
íntimamente ligada a la historia del 
sufrimiento y abuso de los animales:
• Edad Media: la erradicación de 
los gatos en Europa coincide con el 
desarrollo de la Peste Negra.
• 1990: crisis de las vacas locas con 
el uso de harina animal para la ali-
mentación del ganado (herbívoros). 
• 2002: el virus del SARS-CoV, cuyo 
epicentro original estaba en China, 
fue probablemente transmitido a los 
seres humanos por murciélagos; país 
en el que se consumen murciélagos.
• 2005: La agricultura industrial cau-
só la explosión del virus H5N1. 
• 2009: la gripe porcina (H1N1) re-
apareció en las explotaciones porci-
nas de México.
• 2020: el coronavirus se convierte 
en una pandemia mundial con ori-
gen en China, país en el que se con-
sumen dos animales portadores de 
un coronavirus cercano al que actual-
mente está en el origen de nuestra 
pandemia (el murciélago y la civeta).
¿Cuántas epidemias harán falta 
para que los humanos se replan-
teen su relación con los animales? 
Con el apoyo de nuestros 28 ponen-
tes (abogados, juristas, veterinarios, 
responsables de grandes ONG, etc.) 
de más de 11 países, así como de 
participantes de todo el mundo, pre-
tendemos crear un espacio de debate e 
intercambio que ayude a definir la agen-
da jurídica y académica del derecho de 
los animales en los próximos años.
El webinar se llevará a cabo durante 
los meses de junio y julio a través de 
videos pregrabadas de 30 minutos, 
a las que puede acceder cualquier 
persona que se registre incluso tar-
de. Los videos están traducidos al in-
glés y al español. Además, tenemos 
sesiones en directo a través del uso 
la plataforma zoom para intercam-
biar con los oradores. ¡En el camino 
hacia el mundo de mañana!
ICALPICALP: www.derechoanimal.
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de Barcelona El ICALP (International 
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el primer centro interdisciplinario e 
internacional que integra estructu-
ralmente las ciencias sociales, las hu-
manidades, las ciencias de la salud y 
las ciencias del bienestar animal.
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in animal law (U.A.B)
¡EN EL CAMINO
HACIA EL MUNDO
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HACIA EL MUNDO
DE MAÑANA!
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Además del actual problema de salud pública ocasiona-
do por el COVID 19, la preocupación mayúscula en la 
mente de un alto porcentaje de los mexicanos es la se-
guridad pública, problema que indudablemente devie-
ne de varios sexenios atrás. Hoy comparto un caso para 
mi persona emblemático, acontecido en noviembre de 
2011, que en medios de comunicación se le identificó 
como Caso Gaddafi u Operación huésped, acontecido 
dentro de un sexenio caracterizando por la llamada gue-
rra contra el narcotráfico. 
Identifiquemos la génesis de este asunto, que fue en su 
momento de conocimiento internacional, mismo que 
conozco en todas sus aristas puesto que fui el Defen-
sor Particular de dos de los implicados: Pierre Christian 
Flensborg, de nacionalidad danesa y; José Luis Kennedy 
Prieto, de nacionalidad mexicana.
El 10 de noviembre de 2011 a las afueras del Hotel San 
Regis es detenida la canadiense Cinthia Anne Macdo-
nald Grau y/o Cynthia Anne Vanier; el 11 de noviembre 
del mismo año Gabriela de Cueto y/o Gabriela Dávila 
Huerta, Pierre Christian Flensborg y José Luis Kennedy 
Prieto, todos puestos a disposición de la SEIDO, si-
guiendo la solicitud y concesión de arraigo por 2 perio-
dos de 40 días, para todos los detenidos.
La noticia criminal, según la versión de la Licenciada 
Maricela Morales Ibáñez en ese momento Procurado-
ra General de la República, fue un correo electrónico 
enviado a su cuenta personal de parte de quien se au-
todenomina ANONYMUS GROUP, quienes le agrade-
cen la liberación de su camarada Barret Brown y, en 
reciprocidad hacen de su conocimiento que “una im-
portante red internacional de traficantes de personas 
de países que promueven el terrorismo islámico como 
Pakistán, Afganistán, Siria, Líbano, Irán, Libia, Irak y Ye-
men. Este grupo de mercenarios amancillando la paz y 
la seguridad del país está integrado por canadienses, 
estadounidenses y mexicanos, quienes sin pudor y por 
la amoralidad que los distingue reciben y transfieren 
millones de dólares para corromper a mexicanos que 
como apátridas, a través de cuantiosas transacciones 
internacionales en dólares y euros y dinares, con el uso 
de aeronaves privadas en vuelos desde el norte de 
África y Europa, intentan internar ilegalmente al país 
al hijo del coronel Muammar Al Gaddafi, Said Gadda-
fi. Licenciada Morales si aún tiene suspicasias, dudas 
o le parece inverosímil nuestra información Anonymus 
Group le ofrece que confirme lo anterior ingresando a 
los correos electrónicos de estas indeseables personas, 
o penemos a sus órdenes a nuestro sofisticado equi-
po de especialistas cibernautas……………….. Prueba 
Caso Gaddafi 
u Operación huésped
Por: Gabriel Hernández Campos
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de lo anterior es la identificación 
del traficante José Luis Kennedy, 
como facilitador de los documentos 
oficiales falsos, reside en la colonia 
Defensores de la República……”
Asimismo, en dicho correo acompa-
ñan fotografías de los pasaportes de 
los señores Michael Antony Boffo, 
Guillispie Gregory Lynn, Cinthia Anne 
Macdonald Grau y Pierre Christian 
Flensborg. El citado medio electró-
nico a dicho de la referida ex procu-
radora, fue recibido en fecha 5 de 
septiembre de 2011. Adelanto, ese e 
mail fue enviado desde una compu-
tadora ubicada en el edificio sito en 
Avenida Paseo de la Reforma número 
75, Colonia Guerrero, Ciudad de Mé-
xico, donde casualmente se encon-
traban y encuentran actualmente la 
oficinas de la entonces SEIDO. 
En fecha 7 de diciembre de 2012, 
dentro de las actuaciones que inte-
graron la causa penal 9/2012 radica-
da en el Juzgado Tercero de Distrito 
de Procesos Penales Federales en el 
entonces Distrito Federal, incoada 
en contra Cinthia Anne Macdonald 
Grau y/o Cynthia Anne Vanier; el 11 
de noviembre del mismo año Ga-
briela de Cueto y/o Gabriela Dávila 
Huerta, Pierre Christian Flensborg 
y José Luis Kennedy Prieto, por lo 
delitos de Delincuencia Organizada, 
Falsificación de Documentos Públi-
cos y Tráfico de Indocumentados en 
Grado de Tentativa; tuvo verificativo 
la audiencia de ampliación de de-
claración a cargo del señor Christian 
Eduardo Esquino Núñez, a quien la 
Procuraduría General de la Repúbli-
ca denominó “su testigo estrella”. 
A interrogatorio practicado por el 
que escribe, Don Eduardo terminó 
por confesar que él en este caso 
no fue testigo sino quien denunció 
los hechos, toda vez que el día 5 de 
noviembre de 2011 se reunió con 
el Secretario de Gobernación Fe-
deral Francisco Blake Mora, a quién 
entregó la documentación e infor-
mación contenida en el supuesto 
correo electrónico de ANONYMUS 
GROUP. Dicha reunión afirmó le fue 
concertada por el exgobernador del 
Estado de México Enrique Peña Nie-
to y Alfredo Castillo Cervantes, ex 
procurador de justicia de la referida 
entidad federativa. Casualmente la 
reunión fue en horas de la mañana y, 
por la tarde Maricela Morales infor-
ma del correo que había recibido de 
Anonymus Group, la primera gran 
mentira. En la citada comparecencia 
Don Eduardo implica además a Jor-ge Lara, subprocurador de PGR; Car-
los Díaz de León, Director de Inter-
pol México y ; a Alejandro Ramírez, 
agente del CISEN. 
En otra de las múltiples diligencias 
desahogadas en la causa penal 
9/2012, específicamente aquella en 
la que comparecieron cuatro agen-
tes de la extinta Agencia Federal de 
Investigación, afirmaron a interroga-
torio realizado por la defensa que 
parte de la información que ellos in-
corporaron a la averiguación previa, 
la obtuvieron de los informes que les 
proporcionaron Interpol México y el 
CISEN. Por lo que se procedió a soli-
citar informe a los titulares de dichas 
dependencias, quienes informaron 
que nunca habían realizado investi-
gación alguna en la que estuvieran 
implicados Cinthia Anne Macdonald 
Grau y/o Cynthia Anne Vanier; el 11 
de noviembre del mismo año Ga-
briela de Cueto y/o Gabriela Dávila 
Huerta, Pierre Christian Flensborg y 
José Luis Kennedy Prieto. 
En fecha 10 de abril de 2012 presen-
té demanda de Amparo Indirecto 
en contra del auto de formal prisión 
dictado en contra de mis defendi-
dos, mismo que fue radicado en el 
Juzgado Quinto de Distrito de Am-
paro en Materia Penal en el Distrito 
Federal bajo el número de expe-
diente 351/2012, el cual fue resuelto 
por sentencia pronunciada en fecha 
16 de agosto de 2012, en la que la 
Justicia de la Unión No Ampara Ni 
Protege, aludiendo la Juez que los 
conceptos de violación eran inope-
rantes e inatendibles. 
Procediendo a presentar recurso de 
revisión, el cual fue turnado al No-
veno Tribunal Colegiado en Materia 
Penal del Primer Circuito e identifi-
cado con el número de expediente 
212/2012. Órgano colegiado, que 
después de realizar un exhaustivo es-
tudio, resuelve conceder el amparo y 
protección de la justicia federal aten-
diendo a los conceptos de violación 
hechos valer en el amparo indirecto, 
mismos que se centraron en razona-
mientos lógicos jurídicos tendientes 
a demostrar que las pruebas en las 
que se sustentaba el auto de térmi-
no constitucional eran ilícitas. Dicho 
recurso se resolvió en fecha 11 de 
abril de 2013, turnando dicha reso-
lución al Juzgado Tercero de Distrito 
de Procesos Penales Federales en el 
entonces Distrito Federal, para que 
en el término de 72 horas dictara 
un nuevo auto de término constitu-
cional, atendiendo los lineamientos 
marcados por el Tribunal Colegiado, 
el juez de la causa dicta auto de li-
bertad por falta de elementos para 
procesar. 
La interrogante ¿por qué fabricar 
un caso?, respuestas pudieran ha-
ber muchas, a mi consideración solo 
una. Casualmente el gobierno de 
nuestro país desde inicio de 2010 se 
vio involucrado en la llamada Opera-
ción Rápido y Furioso, a través de la 
cual se importaron a territorio nacio-
nal armas de alto poder que termi-
naron en manos del crimen organiza-
do, los señalamientos al gobierno de 
la república se acentuaron a finales 
de 2011, el dipsómano de Calderón 
tenía que inventar algo como cortina 
de humo, no podía ser la detención 
de un capo del narcotráfico pues-
to que se habían capturado varios. 
Necesitaba una asunto de corte in-
ternacional, así surge la infamia del 
“Caso Gaddafi” u “Operación Hués-
ped” y, de la Operación Rápido y Fu-
rioso nunca más se supo nada.
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Gabriel Hernández Campos
Licenciado En Relaciones Internacionales
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Internacional Privado Y Comparado
Doctor Honoris Causa 
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Extranjero, Como:
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Centro
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• Derecho Internacional Público
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Por: Luis Olmos
PARIDAD TOTAL Y VIOLENCIA POLÍTICA 
CONTRA LAS MUJERES 
EN
 RAZÓN DE GÉNERO
Principales reformas de cara al proceso electoral 2021
En días pasados, en el congreso del estado de puebla, se reliza-
rosn diversas reformas que permitirán que en el acceso, integración 
y ejercicio de cargos de elección popular exista pardidad de genero, 
es decir igualdad de oportunidades para que estos cargos sean ocu-
pados por ambos generos (50% para mujeres y 50% para hombres).
Sin emargo, aunque la paridad ya era una relidad en nuestra legisla-
ción, esta era solamente para cargos de elección popular y el avan-
ce que esta reciente reforma implica, es que esta paridad ahora se 
extiende y aplicará para los 3 poderes y los 3 ordenes de gobierno.
Las reformas obedecen a una armonización con la legislación fede-
ral, ya que el 13de abril del 2020 se publicó en el diario oficial de 
la federación, el decreto en materia de violencia política contra las 
mujeres en razón de género; diversas leyes fueron reformadas y adi-
cionadas, tales como:
• Ley de acceso a las mujeres a una vida libre de violencia.
• Ley general de instituciones y procedimientos electorales
• Ley general del sistema de medios de impugnación en mate-
ria electoral
• Ley general de partidos políticos
• Ley en materia de delitos electorales
• Ley orgánica de la fgr
• Ley orgpanica del pjf
• Ley general de responsabilidades administrativas
SECRETARIO DE ACCIÓN DE GOBIERNO Y
REPRESENTANTE DEL PAN ANTE EL INE
LUIS OLMOS
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Dichas reformas son importantes 
porque permiten incorporar en la le-
gislación, la paridad total así como 
conceptualizar y tipificar el delito en 
el ámbito penal electoral y de res-
ponsabilidad administrativa.
Otorga competencia a las autorida-
des federales y locales pere prevenir, 
atender, sancionar, emitir medidas 
cautelares y resarcir daño a la víctima.
Estas reformas trajeron como conse-
cuencia que en el estado de puebla, 
se reformaran diversos ordenamien-
tos, entre ellos:
• La constitución política del esta-
do libre y soberano de puebla
• Ley para el acceso de las muje-
res a una vida libre de violencia, 
en materia de paridad de géne-
ro y violencia política contra las 
mujeres en razón de género y 
• Código de instituciones y pro-
cesos electorales del estado de 
puebla.
Reformas relevantes a la constitu-
ción del estado
• A) Armonizar la constitución po-
lítica del estado libre y sobera-
no de puebla con lo establecido 
en la constitución política de los 
estados unidos mexicanos, para 
estipular la obligatoriedad de 
observar el principio de paridad 
de género en la función pública 
y,
• B) Eliminar el método previsto 
en la fracción iii del artículo 35 
de la constitución política del 
estado libre y soberano de pue-
bla, referente a la asignación de 
diputaciones por el principio de 
primera minoría.
Así, entre otras, se reforma el artícu-
lo 3 de nuestra constitución local a 
efecto de que en la ley se determi-
nen las formas y modalidades que 
correspondan, para observar el prin-
cipio de paridad de género en los 
nombramientos de las personas titu-
lares de las secretarías de despacho 
del poder ejecutivo estatal. En la in-
tegración de los organismos autóno-
mos se observará el mismo principio.
Y en su fracción iii mandata a los par-
tidos políticos a fomentar el princi-
pio de paridad de género, contribuir 
a la integración de la representación 
estatal y como organizaciones ciu-
dadanas, hacer posible el acceso de 
éstos al ejercicio del poder públi-
co de acuerdo con los programas, 
principios, e ideas que postulen y 
mediante el sufragio universal, libre, 
secreto y directo, así como las reglas 
que marque la ley electoral para ga-
rantizar la paridad de género, en las 
candidaturas a los distintos cargos 
de elección popular.
Relevante reforma también para po-
blaciones indígenas, al establecer 
en el artículo 13 de la constitución 
local para que en la elección en los 
municipios con población indígena, 
representantes ante los ayuntamien-
tos, observando el principio de pari-
dad de género.
Mismo principio que se hace exten-
sivo para toda pesona, ya que en el 
artículo 20 se establece como pre-
rrogativa de la ciudadanía del esta-
do el poder ser votada en condicio-
nes de paridad para todos los cargos 
de elección popular y poder ser 
nombrada para cualquier empleo o 
comisión, teniendo las calidades que 
establezca la ley;
Para el caso de las y los diptados, el 
artículo 35 establece que la elección 
de diputadas y diputados por el prin-
cipio de representación proporcional, 
se sujetará al principio de paridad de 
género y las asignaciones se sujetarán 
al orden que tuviesen las candidatas 
y candidatos en las listas correspon-
dientes, las que deberán encabezarse 
alternadamente entre mujeres y hom-
bres cada periodo electivo.
Relevante reforma la establecida en 
el artículo 83 la ley orgánica (de la 
administración pública) establecerá 
las secretarías y dependencias de la 
administración pública centralizada, 
y determinará las formas y modali-
dades para observar el principio de 
paridad de género en los nombra-
mientos de las personas titulares de 
las secretarías de despacho del po-
der ejecutivo estatal. En la integra-
ción de los organismos autónomos 
y descentralizados se observará el 
mismo principio, los cuales que au-
xiliarán al ejecutivo del estado en el 
estudio, planeación y despacho de 
los negocios de su competencia. Lo 
que se traducirá en que las mujeres, 
ocuparán mayores espacios relevan-
tes dentro de la administración pú-
blica, en cargos de decisión de ma-
yor relevancia.
Mención aparte merece la reforma 
al artículo 87 constitucional relativo 
al tribunal superior de justicia, que 
establece, estará integrado por el 
número de magistradas y magistra-
dos propietarios y suplentes que fije 
la ley, mismos que serán nombrados 
por el congreso, a propuesta en ter-
na del ejecutivo.
La ley establecerá las formas y 
procedimientos mediante con-
cursos abiertos para la integra-
ción de los órganos jurisdiccio-
nales, observando el principio de 
paridad de género.
Otra legislación adicionada y refor-
mada, fue ley de acceso de las mu-
jeres a una vida libre de violencia, 
en materia de paridad de género y 
violencia política contra las mujeres 
en razón de género.
Con relación a lo anterior y 
como parte de las conquistas 
de las mujeres y de la nación 
en conjunto, los derechos de 
la mujer en el ámbito político – 
electoral se han integrado de la 
siguiente forma:
Reconocimiento al voto y a los derechos de 
ciudadanía de las mujeres.
Reconocimiento para la postulación y desig-
nación de cargos de elección popular y pú-
blicos.
El destino presupuestal para la capacitación 
política y formación de liderazgo de las mu-
jeres.
 La evolución respecto de la postulación pa-
ritaria de las candidaturas, como parte de las 
acciones afirmativas, formales, legales y ma-
teriales consolidadas, permitió, en un primer 
momento, que la postulación máxima de can-
didatas y candidatos de un mismo género no 
rebasara del 70%, prosiguiendo con el 60% 
de postulaciones y, culminando, con la pos-
tulación paritaria del 50% para cada género.
La integración de fórmulas de candidatos de 
un mismo género para propietarias y suplentes.
La integración de planillas de representación pro-
porcional y de los ayuntamientos, de manera in-
tercalada entre géneros.
La postulación paritaria a cargos de elección 
popular de los tres niveles de gobierno.
El reconocimiento para la integración de los car-
gos públicos de manera paritaria a nivel federal.
El asentamiento de las bases legales y formales 
para propiciar la toma de decisiones de auto-
ridades y partidos con perspectiva de género
Así, se reformó el artículo 21 bis que estable-
ce que la violencia política contra las mujeres 
en razón de género: es toda acción u omisión, 
incluida la tolerancia, basada en elementos de 
género y ejercida dentro de la esfera pública 
o privada, que tenga por objeto o resultado 
limitar, anular o menoscabar el ejercicio efec-
tivo de los derechos políticos y electorales de 
una o varias mujeres, el acceso al pleno ejerci-
cio de las atribuciones inherentes a su cargo, 
labor o actividad, el libre desarrollo de la fun-
ción pública, la toma de decisiones, la libertad 
de organización, así comoel acceso y ejercicio 
a las prerrogativas, tratándose de precandida-
turas, candidaturas, funciones o cargos públi-
cos del mismo tipo.
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Se entenderá que las acciones u omisiones se basan en 
elementos de género, cuando se dirijan a una mujer por 
su condición de mujer; le afecten desproporcionada-
mente o tengan un impacto diferenciadoen ella.
Puede manifestarse en cualquiera de los tipos de vio-
lencia reconocidos en esta ley y puede ser perpetrada 
indistintamente por agentes federales, estatales y mu-
nicipales, por superiores jerárquicos, colegas de traba-
jo, personas dirigentes de partidos políticos, militantes, 
simpatizantes, precandidatas, precandidatos, candidatas 
o candidatos postulados por los partidos políticos o re-
presentantes de los mismos; medios de comunicación 
y sus integrantes, por un particular o por un grupo de 
personas particulares.
 
Aunque extenso, es importamte mencionar el contenido 
del artículo 21 ter, ya que en este se describen con toda 
puntulidad que la violencia política contra las mujeres en 
razón de género, constituye una infracción a la presente 
ley y al código de instituciones y procesos electorales 
del estado de puebla, por parte de los sujetos de res-
ponsabilidad señalados en el artículo 387 del mismo, y 
se manifiesta a través de las siguientes acciones y omi-
siones:
I.- Incumplir las disposiciones jurídicas internacionales, 
nacionales o locales aplicables, que reconocen el ejerci-
cio pleno de los derechos políticos y electorales;
Ii.- Restringir, limitar o anular el derecho al voto libre y 
secreto, o impedir u obstaculizar los derechos de asocia-
ción y afiliación a todo tipo de organizaciones políticas y 
civiles, por razón de género;
Iii.- Ocultar información u omitir la convocatoria para el 
registro de precandidaturas, candidaturas o para cual-
quier otro cargo o actividad que implique la toma 
De decisiones en el desarrollo de sus funciones y activi-
dades;
Iv.- Proporcionar información, documentación o datos 
falsos, erróneos, incompletos o imprecisos a las autori-
dades administrativas, electorales o jurisdiccionales, con 
el objeto de menoscabar, impedir, restringir, anular o li-
mitar el ejercicio de los derechos político-electorales y la 
garantía del debido proceso;
V.- Proporcionar a las mujeres que aspiren u ocupen un 
cargo público o de elección popular, información o do-
cumentación falsa, incompleta o imprecisa con el objeto 
de impedir, restringir, anular o limitar su registro como 
precandidata o candidata; el ejercicio de los derechos 
político – electorales, o se induzca al incorrecto ejercicio 
de las atribuciones o facultades, según corresponda;
Vi.- Obstaculizar la precampaña o campaña electoral de 
modo que se impida que la competencia electoral se 
desarrolle en condiciones de igualdad;
Vii.- Realizar o distribuir propaganda política o electo-
ral que difame, calumnie, degrade o descalifique a una 
precandidata o candidata basándose en estereotipos de 
género que reproduzcan relaciones de dominación, des-
igualdad o discriminación, con el objetivo de menosca-
bar su imagen pública o limitar los derechos políticos y 
electorales;
Viii.- Difamar, calumniar, injuriar o realizar cualquier ex-
presión que denigre o descalifique a las mujeres en ejer-
cicio de sus funciones políticas, con base en estereotipos 
de género, con el objetivo o el resultado de menoscabar 
su imagen pública o limitar o anular sus derechos;
Ix.- Divulgar imágenes, mensajes, videos, fotografías o 
información privada de una mujer precandidata, candi-
data o en funciones, por cualquier medio físico o virtual, 
con el propósito de desacreditarla, difamarla, denigrarla 
y poner en entredicho su capacidad o habilidades para 
la política, con base en estereotipos de género;
X.- Amenazar o intimidar a una o varias mujeres, a su 
familia o colaboradores con el objeto de inducir su re-
nuncia a la precandidatura, candidatura o al cargo para 
el que fue electa o designada;
Xi.- Impedir o restringir, por cualquier medio, que las 
mujeres electas o designadas a cualquier puesto o en-
cargo público tomen protesta o acceso al mismo, asistan 
a las sesiones ordinarias o extraordinarias o a cualquier 
otra actividad que implique la toma de decisiones y el 
ejercicio del cargo, impidiendo o suprimiendo su dere-
cho a voz y voto;
Xii.- Restringir los derechos políticos de las mujeres con 
base a la aplicación de tradiciones, costumbres o siste-
mas normativos internos o propios, que sean violatorios 
de los derechos humanos;
Xiii.- Imponer, con base en estereotipos de género, la 
realización de actividades distintas a las atribuciones 
inherentes o propias de la representación política, em-
pleo, cargo, comisión o función;
Xiv.- Restringir o anular de manera injustificada la realiza-
ción de acciones o actividades inherentes a su empleo, 
cargo, comisión o función;
Xv.- Discriminar a la mujer en el ejercicio de sus derechos 
políticos y electorales por encontrarse en estado de em-
barazo, parto, puerperio o periodo de lactancia; 
Xvi.- Impedir o restringir su reincorporación al cargo o 
función tras hacer uso de la licencia de maternidad o 
de cualquier otra licencia o permiso contemplado en las 
disposiciones legales aplicables;
Xvii.- Ejercer violencia física, sexual, simbólica, psicoló-
gica, económica, patrimonial o cualquier otra contra una 
mujer en ejercicio de sus derechos políticos;
Xviii.- Limitar o negar arbitrariamente el uso de cualquier 
recurso o atribución inherente al cargo público o polí-
tico, incluido el pago de salarios, dietas u otras presta-
ciones asociadas al mismo, impidiendo su ejercicio en 
condiciones de igualdad;
Xix.- Obligar a una mujer, mediante fuerza, presión o in-
timidación, a suscribir documentos o avalar decisiones 
contrarias a su voluntad o a la ley;
Xx.- Obstaculizar o impedir el acceso a la justicia para la 
protección de los derechos político - electorales;
Xxi.- Imponer sanciones injustificadas o abusivas, impi-
diendo o restringiendo el ejercicio de sus derechos polí-
tico - electorales en condiciones de igualdad, o
Xxii.- Cualesquiera otras formas análogas que lesionen 
o sean susceptibles de dañar la dignidad, integridad o 
libertad de las mujeres en el ejercicio de un cargo po-
lítico, público, de poder o de decisión, que afecte sus 
derechos políticos electorales.
La violencia política contra las mujeres en razón de géne-
ro se sancionará en los términos establecidos en esta ley 
y en el código antes referido.
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Dicha ley dispone en su artículo 48 bis, que corresponde al instituto 
electoral del estado y al tribunal electoral del estado, en el ámbito 
de su competencia, lo siguiente:
I.- Promover el uso del lenguaje inclusivo en materia electoral, así 
como la cultura de la no violencia en el marco del ejercicio de los 
derechos político - electorales de las mujeres;
Ii.- Incorporar la perspectiva de género al monitoreo de las transmi-
siones sobre las precampañas y campañas electorales en los progra-
mas en radio y televisión que difundan noticias, durante los procesos 
electorales;
Iii.- Prevenir, atender, sancionar y erradicar, de acuerdo con la nor-
matividad aplicable, las conductas que constituyan violencia política 
contra las mujeres en razón de género;
Iv.- Garantizar la igualdad sustantiva y el pleno ejercicio de los dere-
chos político - electorales de las mujeres; 
V.- Realizar la difusión en los medios de comunicación de las conduc-
tas, acciones u omisiones que conllevan a la violencia política contra 
las mujeres en razón de género; la prevención, formas de denuncia, 
así como sensibilizar y concientizar sobre la erradicación de ésta; 
Vi.- Sensibilizar, capacitar y evaluar a su personal, para prevenir y 
erradicar la violencia política contra las mujeres en razón de género; 
y
Vii.- Las demás que establezcan esta ley y demás ordenamientos 
aplicables.
El tribunal electoral del estado im-
pulsara la especialización de sus 
integrantes encargados de la im-
partición de justicia, en temas de 
violencia política contra las mujeres 
en razón de género.
Finalmente, en esta reforma políti-
co-electoral, las correspondientes al 
código de instituciones y procesos 
electorales, fundamentalmente se 
refieren al principio

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