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Resumen Introducción al derecho - U16

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Unidad 16 
Fallo Avico 
Hipoteca. Moratoria. Max. de intereses. 
“Son contrarias a la Constitución Nacional las moratorias para el pago del capital y de los 
intereses, y asimismo el máximo de interés fijado en la ley N° 11.741, porque violan el derecho 
de propiedad que el contrato de préstamo reconoce al acreedor, de acuerdo con los arts. 14, 
17 y 28 de la Constitución” 
1. “Es cierto que la ley N° 11.741 se refiere a los contratos ya existentes a la fecha de su 
sanción; y por ello se dice que si bien la irretroactividad de la ley en materia civil no en un 
principio o garantía constitucional sino del Código Civil -art. 3°- que el Congreso puede 
derogar cuando el interés general lo exija, es de advertir que esa facultad de legislar hacia el 
pasado no es ilimitada, desde que so pretexto de legislar no podría violarse la garantía de la 
propiedad tal como la consagra el art. 17 de la Constitución.” Es verdad también que los 
derechos que el contrato acuerda al acreedor, constituyen su propiedad, como todos los 
bienes que forman su patrimonio, a todos los cuales se extiende la garantía constitucional del 
art. 17. 
2. Pero [lo es también que] la Constitución no reconoce derechos absolutos. Todos están 
sujetos a las leyes que reglamenten su ejercicio, con la única limitación, para el Congreso, de 
no alterarlos en la regulación legislativa -arts. 14, 17 y 28- cuya atribución le corresponde en 
mérito de lo establecido en el art. 67 incs. 11 y 28. 
3. “Si el derecho de propiedad que emerge de un contrato de préstamo es igual, del punto 
de vista constitucional, al que se tiene sobre una cosa o un campo, u otra cosa cualquiera, 
queda por determinar si el Congreso en uso de su facultad de legislar puede modificar el 
plazo de exigibilidad de los intereses (o de los alquileres o arrendamientos) esto es, de la 
renta que al acreedor o el propietario en su caso, hayan convenido por contrato con su 
deudor, inquilino o arrendatario; y, si además de ello, pueden limitar la renta en uno y otro 
caso, por razones de bienestar general.” 
4. “Es indudable que la ley 11.741 que reduce el interés y prorroga el plazo para el pago del 
capital del préstamo para los deudores hipotecarios, es, desde el punto de vista 
constitucional, idéntica a la ley 11.157 que reducía el alquiler de las casas y prorrogaba el 
término de su ocupación a favor de los inquilinos (existiera o no contrato escrito como lo 
sostuvo en su disidencia el doctor Bermejo)”. 
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5. “Demostrado que el Congreso tiene atribución constitucional para dictar leyes 
reguladoras del uso y goce de la propiedad, y que también constituyen propiedad, 
garantizada por el art. 17 de la Constitución, los derechos que el contrato de préstamo 
acuerda al acreedor, quedan por examinar los hechos que dieron origen a la ley, si ésta se ha 
propuesto un fin legítimo y si son razonables y justas las disposiciones impugnadas.” 
6. “En conclusión podemos afirmar: - que la gravedad y extensión de la crisis económica 
justifican ampliamente la ley impugnada; - que todas sus disposiciones se proponen 
salvaguardar en lo posible un fin legítimo, como lo es el interés público comprometido en 
esta grave emergencia; y - que los medios empleados la moratoria para el pago del capital 
por tres años, y de los intereses por seis meses vencidos así como el máximo de seis por 
ciento en la tasa del interés, son justos y razonables, como reglamentación o regulación de 
los derechos contractuales.” 
 
Apuntes de clase 
Derecho a la propiedad 
• es inviolable 
• regla clara acerca de la protección del derecho: 
• propiedad: todo aquello que tiene valor económico 
o Ejemplo: 
▪ contrato (Para mi es plata, tiene un valor económico) 
Bustos 
• 2001 
• el estado se queda con la mitad de la plata de las familias 
• el banco se queda con la plata 
o contrato que tenía mis ahorros/ mi sueldo depositado 
• decreto: usted no puede sacar la plata del banco 
• segundo decreto: ahora tus dólares se convierten en pesos 
 
Derecho a la propiedad 
• Incertidumbre acerca de lo que yo tengo en Arg 
• el miedo/riesgo se traslada a precio. Te cobro alquiler caro porque no se si mañana 
voy a recuperarla, por la normativa cambiante 
• Inversiones: 
o la tasa de recuperación de inversión inicial debe ser de 2 años (antes del 
contrato de alquiler que expira a los 3 años) 
• Yo te cobro el alquiler hoy y te estoy calculando la inflación de mañana, pasado 
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• el precio de lo que se cobra de un producto es altísimo: incertidumbre + inversión 
inicial + inversión a futuro + costos 
• La corte define que “un poquitp” podes modificar el derecho de propiedad 
 
Indemnización - Expropiación 
• costo de transacción (cuando el interesado esta en muchas personas): 
o cada persona con la que negocias te piden cada vez mas plata. A pesar que 
tu valoración se menor a lo que terminas pidiendo por el bien. 
• en la expropiación: El Estado les paga a todos por igual, porque sino pasa lo del 
costo de transacción 
 
Derechitos dentro de propiedad 
• Dominio perfecto o imperfecto 
• exclusividad 
• perpetuidad 
• usarla y gozarla conforme a un ejercicio normal 
 
Restricciones - cuando podemos violar el derecho a la propiedad 
• situaciones de emergencia 
o que el estado no haya podido administrar sus dólares implica que puedan 
tocar los míos? SI la había en el 2001 
• bienestar general 
• Expropiación 
 
Propiedad intelectual: 
• bienes raros (porque a diferencia de los bienes normales, los bienes raros los pueden 
usar dos personas al mismo tiempo) es fácil que lo usemos todos juntos al bien 
• costos de copiado son muy bajos 
• ej: canción, obra, película, algún invento, medicina 
• es inviolable 
• patentes 
• hay que protegerlo fuertemente porque es muy fácil de ser copiado. Y el que lo copia 
la tiene muy facil porque su costo es bajo ya que no estuvo en el proceso de 
investigación/descubrimiento del bien raro 
 
Palabra emergencia - fallos 
Como el Estado viola el derecho de propiedad usando la palabra emergencia 
• Llanos 
o se muere chabón extranjero que deja un testamento 
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o PE establece mediante un decreto que se tiene que hacer en ese caso. Altera 
el código civil 
o PJ dice que es inconstitucional que el derecho de propiedad este por arriba 
que el código civil 
• Andrade 
o el jefe de la policía le perdonó la cárcel a un pibe que se había levantado en 
armas en La Rioja 
o en los 70 
o entrega las armas y te damos una amnistía (te dejamos libre) 
o El PE está dando algo que debería dar el congreso 
o 6 años después: te vamos a meter preso porque el congreso debería haberte 
dado la amnistía. Pero el jefe de policía les conto al congreso y al PE que lo 
había hecho y estos dos cuerpos no se expresaron en contra de esto. 
o una vez que lo perdonaste ya esta 
o cuando desautorizad al PE/jefe de policías es un lío político 
o no lo meten preso, lo convalidan 
• Varela 
o limitan el derecho a expresión y a la prensa 
o Ordena el cierre del diario 
 
 
• La corte va haciendo de a poco que no se respete lo que dice en la CN (se va 
transformando cada vez menos liberal) 
Se está convalidando el no respeto de la CN porque de alguna forma posteriormente tiene algún 
tipo de revisión (ex-post) 
 
Jurisprudencia antes de la “emergencia” 
• Nougues 
o se limita la producción de azúcar 
o si se excede se cobra un impuesto que supera el precio de mercado 
o reduce cantidades, pero aumenta precios 
o corte: el estado no se puede meter en la industria si no se está perjudicando 
directamente a alguien que además no le trae beneficio. El estado no puede 
intervenir en el mercado de oferta y demanda 
o Hoy en día, y siempre: el Estado se mete en todos los mercados y en todos 
lados 
o Corte: la limitación general…(PP) 
La jurisprudencia durante la crisis 
• Ercolano 
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o alquiler en Baireso mucha demanda poca oferta 
o Ley: congelamiento de los alquileres 
▪ te están frenando tu uso libre de tu propiedad 
o Corte: ningún derecho es ilimitado 
o la corte ve que es un monopolio (la oferta de alquileres) 
• Horta 
o la ley no es retroactiva. la ley mira para adelante (menos en casos de lesa 
humanidad): esto hace al funcionamiento de la economía, de las inversiones 
o Mayorías contra minorías 
• Avico 
o Derecho económico 
o Hipoteca: garantía de una casa 
o Si yo no te pago, podes ir contra mi casa 
o Si yo vendo la casa hipotecada, la persona sabe de la hipoteca 
o se reducen los intereses 
o crea con nombre y apellido la palabra “emergencia económica” 
• se establecen los límites de la ley de emergencia 
o que sea declarada 
o la emergencia tiene que ser limitada en el tiempo 
• Leyes (enserio) que hablan de emergencia económica 
• Inchauspe 
o Si juntamos a todos los productores de algo en un lugar el precio sube 
porque definen el precio mínimo 
o Se está violando muchos derechos cuando te citan a la Junta de Carne 
• Cine Callao 
o Obliga a los propietarios de la sala a contratar artistas de números vivos 
para sacar la desocupación 
o Poder de Policía: facultad que tiene el Estado de limitar derechos individuales 
en pos de bien común 
SI modificas las normas tienen que mirar para adelante, no para atrás

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