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1 - 09-08-16 - Examen Múltiple Choice - Mesa Libre - Diego Sebastián MEANA

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Derecho Penal II – Parte Especial – Cátedra “C”
Examen Múltiple Choice[footnoteRef:1] – Mesa Libre del 09 de Agosto 2016 [1: Marque con un círculo la opción que considera válida. Cada respuesta vale 2 (DOS) puntos: la respuesta correcta suma; en cambio, la RESPUESTA INCORRECTA RESTA. ] 
TITULAR: Dr. Gonzalo Javier MOLINA 
VOCALES: Dr. Diego Sebastián MEANA y Dr. Jorge Ariel VÁZQUEZ
Nombre/s y Apellido/s del Alumno: …………………………………………………………………..
1) La naturaleza jurídica del Homicidio en Estado de Emoción Violenta (art. 81, inc. 1, subinc. a, del Cód. Penal) es: 
 a) Una causa de justificación especial para el delito de homicidio. 
 b) Una atenuante del homicidio. 
 c) Un supuesto de inculpabilidad por pérdida de los frenos inhibitorios en el autor. 
 d) Una disminución del dolo, por mediar provocación de la víctima. 
 e) Una excusa absolutoria, basada en principios de política criminal. 
 f) Un caso especial de error de tipo. 
2) ¿Cuál es la naturaleza jurídica de la no punición del Aborto Terapéutico del art. 86, párrafo segundo, inc. 1), del Cód. Penal?: 
 a) Legítima Defensa de un Tercero. 
 b) Causa de Justificación Especial.
 c) Obediencia Debida. 
 d) Condición Objetiva de Punibilidad. 
3) La figura penal prevista en el artículo 119, párrafo segundo del Cód. Penal, exige la configuración de un “sometimiento sexual gravemente ultrajante para la víctima”. De acuerdo a esta redacción, la figura penal podría afectar el principio constitucional de: 
 a) Legalidad en su forma de ley escrita (art. 18, C. N.).
 b) Legalidad en su forma de ley cierta (art. 18, C. N.).
 c) Culpabilidad (art. 18, C. N.). 
 d) No afecta ningún principio constitucional. 
4) ¿Cuáles son Casos Especiales de Defraudación por Estafa previstos en el art. 173, del Cód. Penal?: 
 a) Retención Indebida, Administración Fraudulenta y Desbaratamiento de Derechos Acordados.
 b) Defraudación de Derechos, Ejecución Perjudicial de Hipoteca y Omisión de Recaudos Legales.
 c) Omisión de Consignación de Pago en Letras Hipotecarias y Vaciamiento de Empresa.
 d) Defraudación en la Sustancia, Calidad o Cantidad de las Cosas, Mediante Suscripción de Documentos y Estelionato. 
 
5) Una parte de la doctrina entiende que el Abandono de Personas (art. 106, párrafo primero, del Cód. Penal) describe una sola conducta típica (“poner en peligro la vida o la salud”) que se realiza con dos medios comisivos ¿cuáles son ellos?: 
 a) Omisión de Auxilio y Omisión Impropia.
 b) Comisión por Omisión e Interrupción de un Curso Causal Salvador.
 c) Desamparo o Exposición y Abandono. 
 d) Omisión por Comisión y Omisión Simple. 
 
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