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Reflexión crítica sobre los conceptos de infancia, adolescencia y tercera edad y 
su vinculación con los derechos constitucionales 
Ana María Luzzi* 
Resumen 
A partir de la reflexión crítica sobre los conceptos de infancia, adolescencia y tercera 
edad en el curso de la historia, y de una revisión de los derechos constitucionales para 
esos sectores de acuerdo con la legislatura vigente en la Argentina, los objetivos de la 
presentación se centrarán en: 
a) relevar del estado actual de cumplimiento o no de los derechos de los niños, 
adolescentes y personas en la tercera edad en la Argentina; 
b) elaborar propuestas de mediano y largo plazo a aplicarse en diversos ámbitos de 
la sociedad; 
c) sugerir lineamientos generales para la implementación de las propuestas 
Se dará especial énfasis a aquellas problemáticas que requieren urgente tratamiento o 
protección especial, tales como: I) en el caso de la infancia y adolescencia: trabajo 
infantil, explotación sexual comercial, niños afectados por VIH/sida, niños y 
adolescentes en conflicto con la ley penal, niños y adolescentes institucionalizados, 
muertes de niños y adolescentes por causas externas, entre otros temas; II) en el caso 
de la tercera edad: deterioro del sistema de seguridad social; maltrato, discriminación y 
marginación social de los ancianos; dificultades para la subsistencia y 
biomedicalización del envejecimiento. 
 
Introducción 
Los conceptos de infancia, adolescencia y tercera edad han sido objeto de un proceso 
de evolución en la historia de la humanidad. 
 
Algunas consideraciones sobre la infancia, la niñez y la adolescencia 
La infancia y la niñez son habitualmente utilizados como sinónimos aunque entrañan 
diferencias conceptuales. Según la Real Academia Española la niñez “es el período de 
la vida humana que abarca desde el nacimiento hasta la adolescencia”; en cambio la 
infancia, también según la RAE “es el período de la vida humana desde que se nace 
hasta los siete años”. Pero además, infante implica “que no habla” (infans) por lo cual 
desde el psicoanálisis se entiende que la infancia es la fase anterior a la aparición a la 
palabra y al empleo de los símbolos verbales (Winnicott, 1960). 
En este documento se trata el tema de la infancia, la niñez y la adolescencia en forma 
conjunta, aún cuando constituyen períodos del ciclo vital humano con características 
específicas. En cuanto a la adolescencia, parte de esta etapa ha sido contemplada en 
la Convención sobre los Derechos de los Niños, en tanto se considera niño a “toda 
persona menor de 18 años”. El debate respecto del límite superior de esta etapa 
evolutiva es amplio ya que cada disciplina aporta su especificidad; cabe citar a modo 
de ejemplo a la medicina que lo fija entre los 20 o 25 años tomando en consideración 
la maduración del sistema nervioso o los últimos puntos de osificación, o a la justicia 
que toma como referencia la mayoría penal. Si se considera el concepto de 
 2
adolescencia tardía el límite superior se extendería hasta los 25 o incluso los 29 años. 
Aún siendo imprecisos los límites de esta etapa evolutiva, hay consenso en que debe 
ser considerada no como una mera etapa de tránsito hacia la adultez sino con una 
entidad que le es propia, cuyo rasgo más sobresaliente es la mutación y la esperanza 
en el futuro. 
Los términos infancia o niñez y adolescencia, además de referirse a una etapa 
evolutiva, aluden al contexto en el que surgen, la familia, y a su grado de inclusión 
social. Por lo tanto, para comprender la infancia y la adolescencia es necesario 
considerar las lentas transformaciones de las costumbres y de las prácticas 
socioculturales que produjeron cambios en el modo de representarlas. Las prácticas 
socioculturales determinan -posibilitando, impidiendo o condicionando- las 
experiencias durante la infancia y la adolescencia. 
El concepto de infancia se consolidó tardíamente en la historia de la humanidad. Se 
conceptualizó en la Modernidad cuando bajo el imperio de la razón, surgió el interés 
por considerar “objetivamente” al niño, tratando de captar sus rasgos esenciales y 
permanentes. En la segunda mitad del siglo XIX surgió la institución escolar y la 
escuela se constituyó en el ámbito propicio para la educación del niño; la infancia fue 
entendida como la etapa óptima para la formación del ciudadano, de la cual la escuela 
era el primer escalón. A fines del siglo XIX y principios del siglo XX la infancia fue 
objeto de estudio e interés por parte de la medicina y de otras disciplinas como la 
psicología y el psicoanálisis. Esto trajo como consecuencia la reducción de la 
mortalidad infantil, la construcción del concepto de “niño normal” y el interés por el 
estudio de las condiciones necesarias para un desarrollo psíquico saludable. Esta 
representación de la infancia se tradujo en políticas sociales y educativas, con ideales 
de bienestar, atención y orientación a las familias a fin de subsanar las desviaciones. 
La representación de la infancia fue modificándose en el curso del siglo pasado: el 
niño dejó de ser considerado un sujeto pasivo frente a los efectos del ambiente y 
comenzó a ser pensado como alguien capaz de actividad intencional -conciente o 
inconsciente- en la vida familiar, en los juegos y en los diversos aprendizajes 
(Korsunsky, 2005). 
En los tiempos contemporáneos las tendencias globales apuntan hacia la aceleración 
del progreso tecnológico y la expansión de las comunicaciones. La penetración del 
aparato tecnocientífico no se tradujo en el campo cultural, sin embargo, en un aumento 
del conocimiento, la sensibilidad ni la tolerancia para la infancia o la adolescencia. 
La familia sufrió transformaciones desde la familia característica de la época moderna 
basada en el verticalismo y la autoridad, hasta la familia ensamblada y horizontalizada 
de la época actual. En la sociedad post-industrial la familia está cada vez más ausente 
 3
de las prácticas cotidianas de los niños y adolescentes. La experiencia humana es 
sustituida en parte por la información, en detrimento de la vivencia compartida. 
Es en la contemporaneidad cuando surge la consideración de niños, niñas y 
adolescentes como sujetos con derechos, y no ya como seres incapaces, poniendo en 
la familia, en la comunidad y en el Estado la responsabilidad por la efectivización de 
sus derechos. 
La adolescencia ha sido objeto de estudios interdisciplinarios; se supone una 
invariancia en la crisis del adolescente, más allá de las representaciones que se forjan 
en las distintas épocas. Desde el derecho se forjó un concepto del “No por completo”, 
o sea ni adulto ni niño, que constituye una categoría compleja y riesgosa para tratar 
situaciones delicadas como la legislación de las transgresiones en esta etapa. 
(Pelento, 2002). 
 
Algunas consideraciones sobre la Tercera Edad 
La tercera edad o vejez es una etapa de máxima vulnerabilidad en el aspecto físico, 
psíquico y social. El proceso de envejecimiento, como objeto de estudio, requiere un 
abordaje interdisciplinario para comprender la multideterminación de las variables en 
juego. 
Sin lugar a dudas, el aspecto social tiene una incidencia fortísima en la salud física y 
mental de la persona de tercera edad. Existen prejuicios contra la vejez, vigentes en la 
sociedad, incluso en el discurso de los profesionales que se dedican a la gerontología. 
Estos prejuicios se denominan viejismo, definido por Butler (1993) como ”el prejuicio 
de un grupo contra otro y se aplica principalmente al prejuicio de la gente joven hacia 
la gente vieja. Subyace en el viejismo el espantoso miedo a envejecer...” Salvarezza 
(2002) considera que el viejismo implica una conducta social compleja con 
dimensiones históricas, culturales, sociales, psicológicas e ideológicas, basada en un 
conjunto de prejuicios, estereotipos y discriminaciones que se aplican a los viejos en 
función de su edad. 
Entre estosprejuicios el más común y peligroso es considerar que los viejos son todos 
enfermos o discapacitados. 
 
Resumen de la legislación vigente en la Argentina sobre los derechos de la 
infancia, adolescencia y tercera edad 
 
Infancia y Adolescencia 
La nueva Constitución Nacional Argentina de 1994, en su artículo 75, inciso 22, otorga 
rango constitucional a la Convención sobre los Derechos del Niño, incorporando toda 
 4
la gama de Derechos Humanos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales de 
todos los niños y niñas menores de 18 años que se deben respetar y proteger. Está 
compuesta por 54 artículos. En el mencionado artículo 75 de la Constitución Nacional 
se integran todas las Convenciones Internacionales a las que adhirió nuestro país. 
Declaración Internacional de los Derechos del niño- U.N 20/11/89 
El Preámbulo reconoce que el niño, por su falta de madurez física y mental, requiere 
de cuidados y asistencia especiales y a la familia como grupo fundamental de la 
sociedad y medio natural para el crecimiento del niño, por lo que la familia también 
requiere de esa protección especial. 
Este Tratado tiene como objetivo la regulación de los derechos del niño y deberes de 
los progenitores, consagrando entre otros: 
• Libertad de expresión del niño, incluyendo el derecho a buscar, recibir y difundir 
información e ideas; libertad que podrá ser sujeta a restricciones que por ley se 
establezcan para el respeto a los derechos y la reputación de los demás y para 
proteger la salud, la moral y el orden públicos (art. 13). 
• Derecho y deber de los padres de guiar al niño en el ejercicio de su derecho 
conforme a la evolución de sus facultades (art. 14). 
• Se reconoce la importante función que desempeñan los medios de 
comunicación, debiendo los Estados velar por que el niño tenga acceso a 
información y material procedentes de diversas fuentes, especialmente aquella 
información que pueda contribuir a su bienestar social, espiritual y moral y 
previéndose la elaboración de directrices que lo protejan contra toda información 
y material perjudicial para su bienestar (art. 15). 
 Responsabilidad de los padres en la crianza y desarrollo del niño (art. 18). 
 Los Estados adoptarán medidas apropiadas para proteger al niño contra todo 
perjuicio o abuso físico o mental, incluido el abuso sexual (art. 19). 
• Derecho del niño a la educación, a cuyos efectos, entre otros, el Estado deberá 
adoptar medidas adecuadas para velar por que la disciplina escolar se administre 
en forma acorde con la dignidad humana (art. 28). 
• Se establece la cooperación internacional en cuestiones de educación (art. 28). 
 En el art. 29 se establece que la educación del niño debe encaminarse a: 
 a) desarrollar la personalidad, aptitudes y capacidad mental y física del niño; b) 
inculcarle el respeto a los DDHH y las libertades fundamentales; c) inculcarle el 
respeto de sus padres y sus valores; d) asumir una vida responsable en una 
sociedad libre. 
 5
• Los Estados se comprometen a proteger al niño contra toda forma de explotación 
y abuso sexual, incluyendo su explotación en espectáculos o materiales 
pornográficos (art. 34). 
 
Tercera Edad 
A continuación se presenta un resumen de la legislación vigente para el sector, 
tomando en consideración la investigación efectuada por Peirano y Salas (2005). 
A pesar del interés manifestado en la década del 40 por los derechos especiales para 
la tercera edad, cuando en 1949 Argentina otorga jerarquía constitucional a los 
Derechos de la Ancianidad1, éstos no se incorporan posteriormente. La nueva reforma 
constitucional de 1994 incorpora entre las facultades del Congreso: "legislar y 
promover medidas de acción positiva que garanticen la igualdad real de oportunidades 
y de trato y el pleno goce y ejercicio de los derechos reconocidos por la Constitución 
Nacional y los tratados internacionales vigentes sobre derechos humanos, en 
particular respecto de los niños, las mujeres, los ancianos y las personas con 
discapacidad (…)" (Artículo 75, inciso 23). Con la reforma de 1957 se introdujo en la 
Constitución Nacional el "constitucionalismo social" en el artículo 14 bis, al disponer 
que el Estado debe otorgar los beneficios de la seguridad social que tiene 
carácter de integral e irrenunciable en especial la jubilación móvil. 
Peirano y Salas “citan algunas herramientas jurídicas sobre los derechos específicos 
para la vejez: Derecho a alimentos: En relación a los alimentos solicitados, el 
régimen aplicable es el de alimentos entre parientes, determinando como deudores 
alimentarios a los hijos, yernos o nueras y raramente hermanos. Ante el 
incumplimiento de esta obligación se tipifica el delito de incumplimiento de los deberes 
de asistencia familiar (ley 13.944) o el delito de abandono de persona (art. 106 
C.P.N.). Derecho a vivienda: Este derecho encuentra protección mediante el derecho 
de habitación del cónyuge supérstite (art. 3573bis C.C.). Derecho a la libertad: El art. 
482 del C.C. sólo permite la internación de enfermos mentales, alcohólicos crónicos o 
toxicómanos, no siendo extensibles al anciano por su condición de tal. Lo contrario 
constituye el delito de privación ilegítima de la libertad, agravado en el caso de que la 
internación sea cometida por un ascendiente, descendiente o hermano (art. 141 y 142 
inc 2ª C.P.N.). La jurisprudencia, en relación a la internación de ancianos ha dicho que 
"los internados en un instituto geriátrico, pese a tratarse de personas ancianas, no por 
ello sufren ninguna merma o restricción en sus derechos. Pueden entrar, permanecer 
 
1 I. Derecho a la asistencia, II. Derecho a la Vivienda, III. Derecho a la alimentación, IV. Derecho al 
vestido, V. Derecho al cuidado de la Salud Pública, VI. Derecho al cuidado de la Salud Moral, VII. Derecho 
al esparcimiento, VIII. Derecho al trabajo, IX. Derecho a la tranquilidad y X. Derecho al respeto 
 6
y salir del establecimiento en la forma que lo deséen, salvo lo que individualmente se 
pueda acordar en sentido adverso. (CNCiv, Sala A, 23/10/86, ED 122-199). Derechos 
subjetivos familiares: En particular en los ancianos alojados en residencias 
geriátricas, debe ser respetado el derecho a las visitas (art. 376bis C.C.) Desde la 
jurisprudencia, también está asegurado el derecho de los ancianos como visitantes en 
su carácter de abuelos matrimoniales o extramatrimoniales. Derecho a la Intimidad: 
Reconocido por el art. 1071bis del C.C. que sanciona civilmente a quien mortifique a 
otro en sus costumbres o sentimientos o perturbe de cualquier modo su intimidad. Este 
derecho tiene especial connotación respecto del anciano, en virtud de la particular 
sensibilidad del mismo y por el respeto debido a su persona. Derecho a disponer de 
sus bienes para después de su muerte: Este derecho se actualiza en forma 
posterior al deceso y al discutirse la validez del testamentaria. Inhabilitación civil: La 
disminución de las facultades del anciano no justifica la inhabilitación del mismo, el 
cual determina una graduación frente al art. 141 C.C. (demencia), estando 
determinada la inhabilitación, no por un presupuesto biológico, sino por la concurrencia 
este con el factor jurídico (riesgo de daño a su persona o patrimonio).” 
 
Situación en la Argentina 
La globalización económica ha contribuido a la conformación de sociedades 
segmentadas en las cuales porcentajes importantes de la población sobreviven en 
condiciones de pobreza y precariedad. El aumento de las desigualdades entre los 
países y al interior de los mismos, incrementó las situaciones de vulnerabilidad y de 
exclusión social. La globalización ha contribuido a delinear aún más la división de la 
sociedad en dos grupos: una minoría con el capital y las habilidades necesarias para 
competir en el mercado global y una mayoría menos afortunada que se debate en un 
terreno de incertidumbre.En la Argentina el concepto de los derechos se escinde de su correspondiente 
ejercicio y cumplimiento; el concepto de igualdad entre los ciudadanos se diluye 
cuando la igualdad les atañe sólo a quienes tienen los medios materiales para el 
ejercicio de esos derechos. 
Al considerar la complejidad de la sociedad argentina en el momento histórico actual, 
surge la necesidad de articular el abordaje de la diversidad de modos de ser niño, 
adolescente o anciano pensado en términos de diferencias culturales, con otra 
dimensión imprescindible a tener en cuenta, la desigualdad social (Colangelo, 1998) 
Las representaciones y prácticas de los grupos sociales son explicadas no sólo a partir 
de pautas consideradas tradicionales, sino también a partir de los condicionamientos 
derivados de su posición en la estructura social. 
 7
Es la articulación de estas dos dimensiones -diversidad y desigualdad- la que hace 
posible analizar los problemas sociales de estos sectores en su complejidad; es 
necesario dar cuenta de las condiciones materiales de existencia sin dejar de 
examinar los factores sociales y culturales. 
 
Infancia y Adolescencia 
Datos demográficos se consideran datos provenientes de UNICEF e INDEC, en 
especial aquellos orientados a profundizar el conocimiento de fenómenos 
sociodemográficos y la situación de subgrupos poblacionales de particular interés para 
el diseño y la implementación de políticas sociales (INDEC, 2003). 
Además de los riesgos propios de cada ciclo vital, los indicadores que se relacionan 
con la situación de los hogares, dan cuenta de altos niveles de vulnerabilidad 
dentro del grupo de niños y adolescentes en Argentina. 
• fuerte peso de la mortalidad por causas reducibles (defunciones postneonatales) 
• riesgo o probabilidad de morir antes de los 2 años 
• dificultades en la cobertura de salud 
• rezago y deserción escolar 
• peso creciente de la pobreza por ingresos 
• condiciones habitacionales deficientes con riesgos sanitarios 
En los datos obtenidos influye la posición social (procesos sociales de largo alcance: 
desempleo, precariedad laboral) y disparidades regionales. Los datos del INDEC 
provenientes de censos nacionales y de la encuesta permanente de hogares señalan: 
• la proporción de niños y adolescentes disminuye en los últimos años. Los niños y 
adolescentes alcanzan el 29.5% de la población total. En la última década la 
proporción de niños y adolescentes experimentó el más brusco descenso 
registrado en su evolución histórica. Se consideran dos causas: la reducción de 
la fecundidad y, aunque el descenso de la mortalidad infantil fue sistemático 
desde inicios del siglo XX, se desaceleró notoriamente desde los 80. La 
Argentina es el país de la región con menos presencia de niños. 
• diferencias regionales en la proporción de niños y adolescentes. 
• proporción más alta en población pobre e indigente. Mientras que en la población 
total, no alcanzan a constituir la tercera parte, cuando se trata de la población 
pobre superan la mitad. La región pierde importancia como indicador. En 
2001 el 52.5% de la población que reside en hogares con ingresos 
insuficientes está constituida por niños y adolescentes. No hay diferencias 
entre regiones del país. 
 8
En esta presentación se considerarán las problemáticas de la niñez y adolescencia 
más urgentes y prioritarias, definidas de mutuo acuerdo por el Gobierno de la 
República Argentina y UNICEF para su tratamiento en el período 2005 – 2009: 
• Trabajo infantil 
• Explotación sexual comercial 
• Niños afectados por VIH/sida 
• Niños y adolescentes en conflicto con la ley penal, niños y adolescentes 
institucionalizados, 
• Muertes de niños y adolescentes por causas externas, entre otros temas. 
 
Trabajo infantil 
Según datos del INDEC, entre 1991 y 2001 la tasa de actividad de los menores entre 
13 y 17 años aumentó de un 4.2% en 1991 a un 6,6% en 2001. La tasa de 
desocupación se duplicó en este período, dato que explica que la tasa de empleo (la 
relación entre los ocupados y el total de los adolescentes) haya aumentado 
escasamente en la década. 
En 2001 las regiones del NOA y Pampeana fueron las que registraron mayores índices 
de actividad laboral en niños y adolescentes de la franja etaria de 13-17 años. La 
región Metropolitana, que tenía la tasa más alta a principios de la década del 90’, 
experimentó menor crecimiento debido a la caída espectacular de la tasa de empleo a 
partir de 1996. 
En cuanto a las disparidades sociales entre los adolescentes, la tasa de actividad 
laboral del estrato más bajo (10,3%) es cinco veces mayor que la del estrato más 
alto ( 2,1%). 
 
Explotación sexual comercial 
En Argentina se penaliza la relación sexual de una persona adulta con “menores” aún 
si es consentida, ya que configura el delito de “corrupción” que no es excarcelable, 
tanto para quienes lucran con el sexo infantil o juvenil como para los “clientes” que 
incurren en delito. 
De acuerdo con una investigación de UNICEF2 la tendencia mayoritaria en todas las 
regiones del país, con relación a la edad, indica que tanto las mujeres como los 
varones son iniciadas/os en la prostitución entre los 12 / 13 años y los 15 /16 años. Sin 
embargo, también se encuentran inicios más tempranos: a los 8, a los 10 y 11 años. 
 
2 UNICEF (1999) La explotación sexual de Niños, Niñas y Adolescentes. Informe Nacional. República 
Argentina. Directora: Silvia Chejter. 
 9
 La existencia de prostitución infantil surge no sólo de las entrevistas a niñas/niños, 
sino también de las entrevistas a adultas/tos en prostitución -cuando relatan sus 
propias historias-, en las que ubican los 12-13 años como edades más frecuentes de 
entrada en prostíbulos o en otras modalidades de prostitución. 
Se han encontrado zonas de prostitución en todas las grandes ciudades e igualmente 
en ciudades más pequeñas del interior de las provincias. Las “zonas” son espacios de 
la ciudad claramente delimitados donde hay concentración de personas en 
prostitución. 
De acuerdo al tipo de urbanización, y al tipo de clientes estas localizaciones se 
organizan en torno a los salidas y entradas a las ciudades –rutas, estaciones de 
ferrocarril, estaciones de ómnibus, puertos- como también en las cercanías de lugares 
de diversión. Los lugares cerrados están distribuidos más irregularmente. 
 
Salud: niños afectados por VIH/SIDA. 3 
El 7% de la población total de enfermos de SIDA son bebés y niños de corta edad, de 
los cuales el 90% contrajeron la enfermedad durante el parto, mientras que el 10 por 
ciento restante adquirió el virus a través de transfusiones, abuso sexual o accidentes 
con agujas. Los infectólogos de los principales hospitales públicos han registrando un 
aumento importante de la infección de Sida en niños, pudiendo la mayoría de estas 
infecciones ser evitadas. Según el Jefe de Infectología del Hospital de Niños Ricardo 
Gutiérrez Dr. Eduardo López, la edad al momento de la detección es cada vez mayor: 
el promedio alcanza los 8 años. "De 800 chicos nacidos de madres VIH positivas, 
alrededor de 340 ya han desarrollado la enfermedad. La mayoría de estas mujeres 
nunca pasó por un control de embarazo. En muchos casos, la falta de dinero para el 
transporte es la causa." Por otra parte, López advierte que “si bien la mayoría de las 
madres se contagiaron por relaciones heterosexuales, la drogadicción intravenosa 
está presente en el 80% en las parejas y el 18% de estas madres tiene entre 15 y 19 
años, es decir, son también pacientes pediátricas”. Por lo tanto se plantea la 
necesidad de trabajar simultáneamente el SIDA, la drogadicción y el embarazo 
adolescente. 
Al abordar la problemática se debe tener en cuenta el crecimiento de la epidemia 
en sectores jóvenes cada vez más pauperizados, el crecimiento de las relaciones 
heterosexuales sin protección como formade transmisión y la constante disminución 
de la razón varón/mujer. Existen dificultades concretas para garantizar la captación 
precoz de la embarazada para el control obstétrico y/o la realización del testeo para 
 
3 Fuente: Diario Clarín 30/11/04 y 5/5/03. Selección de los datos Asociación Redes Nueva Frontera. 
 10
HIV, lo que ocasiona que muchas veces se llegue al trabajo de parto sin conocer las 
condiciones clínicas y serológicas de las pacientes. Al desconocer el diagnóstico de 
seropositividad, se pierde la oportunidad para implementar la profilaxis más eficaz. La 
lactancia materna determina un riesgo adicional de infección para el recién nacido, 
pero existen dificultades a la hora de desaconsejarla al no poder garantizarse la 
entrega de sustitutos. 
Respecto de la población adolescente, en la Ciudad de Buenos Aires esta 
enfermedad es la primera causa de muerte en personas de entre 15 y 34 años y se 
supone que cerca del 50% de los infectados no lo saben . 
 
Niños y adolescentes en conflicto con la ley penal. Niños y adolescentes 
institucionalizados 
La Convención sobre los Derechos del Niño desarrolló una nueva concepción que 
distingue entre situaciones de abandono y necesidad y menores de edad infractores. 
En un caso, se requieren soluciones que provienen de políticas públicas activas y de 
orden administrativo, mientras que el segundo supone decisiones de carácter 
jurisdiccional. Para aquellas situaciones en que la persona menor entre 16 y 18 años 
de edad es imputada o encontrada responsable de haber cometido un delito, es 
necesario un nuevo sistema de justicia juvenil, que debe basarse en los principios 
establecidos en la Convención de los Derechos del Niño y en los tratados 
internacionales de Derechos Humanos. En especial deben ser tenidos en cuenta los 
artículos 8 y 25 de la Convención Americana, y los artículos 12, 37 y 40 de la 
Convención, de los cuales se desprenden los principios básicos que deben regir 
cualquier sistema de respuesta estatal a las infracciones a la ley penal cometidas por 
adolescentes, tales como principios de responsabilidad, legalidad, principio de 
inocencia, debido proceso y excepcionalidad de la privación de libertad. Un sistema 
penal juvenil no requiere necesariamente el “descenso de la edad de imputabilidad”. Si 
se pretende que el adolescente o el joven que infringe la ley pueda tomar conciencia 
de sus actos, o que mínimamente pueda hacerse responsable de los efectos de su 
comportamiento, es necesario que el Estado le haya podido proporcionar situaciones 
de amparo y de crecimiento saludable. El adolescente que infringe la ley ha sido, en la 
mayoría de las situaciones, un niño que se formó dentro de una sociedad que 
“naturalizó” el avasallamiento de sus derechos: el derecho a contar con adultos que se 
responsabilicen por su crianza, el derecho al juego y a la privacidad del mundo infantil, 
el derecho a una inserción adecuada en instituciones secundarias –básicamente la 
escuela- que lo introduzcan en la práctica cotidiana del ejercicio de tolerancia frente a 
lo diferente. En general el joven que delinque ha sido un niño que ha fracasado en el 
 11
proceso de inserción escolar, porque la escuela no estuvo capacitada para poder 
adaptar el saber de estos niños y de sus familias al ámbito de los aprendizajes 
formales. La institución escolar, desbordada y desamparada, recurre frecuentemente a 
la judicialización precoz de niños y adolescentes. 
 
Muertes de niños y adolescentes (INDEC, 2003) 
Se relaciona con las condiciones de vida y con el acceso y calidad de los servicios de 
salud. 
Se destaca el estancamiento en las últimas décadas del descenso de la 
mortalidad infantil. 
En Argentina el ritmo de descenso de la tasa de mortalidad infantil es de los más bajos 
en el conjunto de los países de la región. 
En las muertes en el primer año de vida hay un estancamiento de los porcentajes de 
muertes que podrían reducirse. Entre las motivos se destaca que es probable se 
haya producido un alejamiento de los niños de los servicios de salud a partir del 
primer mes de vida. Existen diferencias en la mortalidad según las condiciones de 
vida: 
Menores de un año: Entre los hijos de madres adolescentes se registra la tasa más 
alta de mortalidad infantil. 
Hay diferencias regionales, pero se observa que la diferenciación más importante se 
presenta entre las distintas situaciones sociales, es así que las condiciones 
socioeconómicas de la población son las que tienen más peso (para la obtención de 
datos se considera la edad de la madre y el nivel de educación). 
A partir del primer año de vida la principal causa de muerte son las causas “externas”, 
es decir accidentes, agresiones, suicidios; estas causas aumentan a medida que se 
avanza en la edad. 
Otras causas entre 1 y 4 años: enfermedades del sistema respiratorio, infecciosas y 
parasitarias, asociadas a las condiciones de vida. 
En las adolescentes la cuarta causa en importancia está asociada al embarazo, parto 
o al puerperio. 
Entre las causas externas, al ascender la edad, se señalan accidentes, causas 
violentas y suicidio. Se destaca el suicidio y las agresiones como la mayor tendencia 
en ascenso. 
 
Tercera Edad 
Datos demográficos La Argentina se ubica en el grupo de transición avanzada, con 
mortalidad y natalidad bajas. Semino (2002) advierte que “ las similitudes que se 
 12
observan entre las pirámides de los países latinoamericanos en transición avanzada y 
las propias de los europeos, no pueden ser asimiladas a la calidad de vida de sus 
poblaciones. Las causas de las respectivas esperanzas de vida son inversas: mientras 
que en Argentina se está envejeciendo desde la base hacia el vértice, en las pirámides 
de los países desarrollados, se envejece desde el vértice hacia la base. En Argentina 
aumenta la proporción de personas de tercera edad porque la fertilidad es baja, la 
mortalidad infantil sigue siendo más alta que en los países desarrollados y se registra 
una considerable migración de capas juveniles.” Esta situación es muy diferente a la 
de países europeos donde las personas de tercera edad viven más por su alta calidad 
de vida. 
En Latinoamérica, los ancianos son un “sobrante” en el mercado laboral que no es 
requerido en términos de consumo, excepto en el caso de los medicamentos. Las 
políticas no se dirigen para prolongar su vida ni mejorar su calidad. 
La población de tercera edad no está repartida uniformemente en el país: en la Capital 
Federal, 17 % de la población es mayor de 65 años, mientras que en las provincias del 
norte llega a 6 por ciento. 
Se considerarán las siguientes problemáticas: deterioro del sistema de seguridad 
social; maltrato, discriminación y marginación social de los ancianos; dificultades para 
la subsistencia y biomedicalización del envejecimiento. 
 
Deterioro del sistema de seguridad social 
De acuerdo con un informe de la consultora IDESA, el envejecimiento de la población 
argentina y la informalidad del mercado laboral han determinado una situación de 
graves efectos sociales para los próximos diez años. Se estima que en el 2015 el 50 
% de los mayores de 65 años quedarán fuera del sistema previsional (hoy el 35 
% no posee cobertura previsional a nivel nacional, con promedios de 50 % en las 
provincias del Norte y de 45 % en la Patagonia). La crisis dejó tambaleante al sistema 
jubilatorio privado: respecto de las AFJP , según el informe de coyuntura de mayo del 
2005 de la Superintendencia de AFJP (SAFJP), al 30 de abril de 2005 los afiliados al 
régimen de capitalización eran 10,2 millones; mientras que el número de aportantes 
alcanzaba los 4 millones. Por su parte, el régimen de reparto contaba con 2 millones 
de afiliados y 0,6 millón de aportantes. Esto representa 37 % de afiliados que aportan 
en promedio, y que en definitivaserán quienes más adelante podrán acceder a los 
beneficios de una jubilación. 
Es decir que casi dos tercios de los afiliados podría solamente acceder a la 
jubilación mínima, que corresponde a un nivel de ingresos por debajo de la línea 
de la pobreza. 
 13
Maltrato y marginación social de los ancianos 
El maltrato y la marginación a los adultos mayores está en gran medida determinado 
por los ajustes económicos y las políticas que se produjeron en la última década. 
Por lo general los malos tratos suelen provenir de los cuidadores informales o 
profesionales, a los que se agrega el maltrato “estructural y social” . Por un lado esto 
es consecuencia de la existencia de un prejuicio y pánico hacia la vejez que induce a 
evitar tomar contacto con las carencias y deterioros de este sector de la población 
(viejismo); por otra parte al anciano, sumido en la resignación, no le resulta sencillo 
detectar ni menos denunciar a sus cuidadores, de quienes depende. Por otra parte, las 
consecuencias del maltrato suelen confundirse con los cambios propios del 
envejecimiento. La ONU ha señalado que la principal forma de maltrato a las personas 
de tercera edad “está relacionada con la privación de los derechos fundamentales y la 
falta de oportunidades, o sea, la imposibilidad de acceder a la sanidad, el 
analfabetismo, la falta de libertad, la carencia o insuficiencia de las pensiones” 
(Semino, 2004). Semino advierte de los riesgos de caer en denuncias indiscriminadas 
a los cuidadores sin hacer un análisis cuidadoso de la situación, de su condición 
socioeconómica y de la historia común con el anciano, ya que entiende que el mayor 
maltrato al anciano es el social. Propone la creación de programas de instrucción a 
cuidadores de personas mayores que suelen ser tan víctimas de maltrato como las 
personas que tienen a su cargo. 
Por otra parte, la marginación social también se expresa cuando se considera al 
adulto mayor un producto desechable. Basta con mencionar algunos ejemplos4: las 
personas de 65 años por lo general no pueden acceder a un crédito hipotecario o 
prendario, ni menos optar por un seguro de vida o salud. Suelen rechazarlos como 
inquilinos titulares y a partir de los 70 años se triplica el costo para conservar una 
prepaga, aun cuando esa persona haya estado pagando durante años sin utilizarla. 
 
Dificultades para la subsistencia y biomedicalización del envejecimiento 
Las dificultades para la subsistencia se relacionan con las fallas en el sistema 
previsional y de seguridad social y con la política de desamparo estatal hacia los 
sectores más vulnerables. De acuerdo con cifras del INDEC del primer semestre del 
2004, sólo 2,7 % de la fuerza laboral está compuesta por mayores de 65 años, con 
414.469 trabajadores. En el tramo que va de 50 a 65 años se ubica 19,4 % de esta 
fuerza laboral – unos 3 M de trabajadores. 
 
4 Fuente: Infobae Profesional, 4 de junio de 2005 
 
 14
Por otra parte, impera en el tratamiento de las problemáticas de la tercera edad el 
“modelo médico”, que implica centrarse en la cuestión orgánica individual y en su 
etiología fisiológica únicamente, en desmedro del tratamiento de causas psicológicas 
y, fundamentalmente, de los efectos de las políticas sociales y económicas sobre la 
salud en el envejecimiento y en la vejez. Los adultos mayores, como consecuencia de 
esta ideología, suelen ellos mismos centrar sus consultas en las dolencias físicas, 
manifestando pudor en expresar sus problemas psíquicos, tal vez por temor a ser 
considerados locos. La utilización de este modelo individualista y reduccionista 
contribuye a mantener vigente la falsa analogía “viejo = enfermo” que influye en la 
opinión pública fomentando la idea negativa sobre el envejecimiento entendido como 
un proceso inevitable de enfermedad y de irreversible deterioro. 
 
Conclusiones 
Se ha generado una dicotomía dado que el Estado otorgó a los derechos humanos la 
más alta jerarquía jurídica a través de la Reforma de la Constitución de 1994 y por otra 
parte, el cumplimiento de los derechos civiles, sociales y culturales de los ciudadanos 
no está garantizado. 
Es necesario generar una transformación profunda en el tratamiento de las 
problemáticas de los sectores más vulnerables por su doble indefensión: la pertinente 
al momento evolutivo y a la desigualdad social. Sólo el trabajo sostenido durante años 
permitirá lograr una conciencia cívica que se traduzca en el respeto y defensa por el 
libre ejercicio de los derechos humanos, que no constituya una mera catarsis de 
denuncias judiciales indiscriminadas, que no sólo no son una adecuada ni menos aún 
eficiente respuesta al incumplimiento, sino que en algunos casos genera que se 
desvirtúe o altere el cumplimiento efectivo de los derechos de los sectores más 
desprotegidos (Slapak et al., 2000). Como ejemplo basta mencionar la situación de los 
docentes que tienen prohibido higienizar a los niños de jardín que tienen a su cargo, 
para resguardarse de una posible denuncia por abuso, o al maestro de grado que 
recurrentemente es acusado por los padres de maltrato, cuando sanciona o corrige a 
sus alumnos. 
Es necesario ahondar sobre la enseñanza de los derechos y deberes del ser 
humano en todos los niveles de instrucción, desde el ciclo inicial hasta la formación 
universitaria de grado y posgrado, incluyendo el tema en los programas de las 
asignaturas y también su vinculación con los objetivos específicos de cada materia. 
El ejercicio de una democracia participativa supone que organizaciones de ciudadanos 
intervengan expresando su opinión sobre el tratamiento de los problemas nacionales, 
en especial de los sectores más vulnerables. Para eso se necesita promover la 
 15
creación de Observatorios cuyas funciones, entre otras, son la promoción y defensa de 
los derechos humanos, el monitoreo de los servicios públicos (salud, educación, 
seguridad y justicia), la creación de espacios de capacitación, debate y diálogo entre la 
sociedad civil y el Estado y la producción de propuestas correctivas sobre situaciones 
que vulneran los derechos humanos (Liwski, 2004). 
Por último, destaco la necesidad de crear programas especiales de capacitación y 
fortalecimiento a profesionales y trabajadores que tienen a su cargo el cuidado de 
niños, adolescentes y ancianos: maestros, profesores, preceptores, cuidadores, 
enfermeros, entre otros. Una concepción superficial para el tratamiento de estas 
problemáticas conduce a inhibir el desarrollo de la función específica de sus 
profesiones, desdibujando y vaciando de contenidos el ejercicio profesional y las 
instituciones. 
Para encarar y sostener el debate sobre los derechos humanos en el seno de una 
democracia participativa es necesario prescindir de todo sistema de pensamiento 
proclive a encontrar soluciones fáciles. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
* Licenciada en Psicología, UBA. Especialización en Psicología Clínica de Niños, Asociación Argentina de 
Psicología de la Niñez y Adolescencia (APNAD), Escuela de Psicología Clínica de Niños. Doctoranda 
Facultad de Psicología, UBA. Profesora Adjunta Regular de la II Cátedra de Psicoanálisis: Escuela 
Inglesa, Facultad de Psicología, UBA. Coordinadora de prácticas profesionales y de investigación en el 
área clínica, Facultad de Psicología, UBA y del Programa de Psicología Clínica de Niños dependiente de 
la II Cátedra de Psicoanálisis: Escuela Inglesa, en el marco del Programa de Epidemiología Social y 
Psicología Comunitaria, Sede Regional Sur, UBA. 
 
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