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GUIA VI - INTERPRETACION CONSTITUCIONAL Y DE LA LEY - 5 HOJAS

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Guía clase 6 – INTERPRETACION DE LA LEY 
Confeccionó: LUCIANA EKMEKDJIAN Y MÓNICA GONZÁLEZ BIONDO 
CONTENIDOS: 
• La interpretación constitucional: entre “la” interpretación correcta y las interpretaciones 
correctas o plausibles de la constitución. 
• La argumentación en el derecho constitucional: los principios constitucionales, las 
concepciones de la democracia y su influencia en la interpretación constitucional. 
• El derecho constitucional, la política y la filosofía política. 
• El preámbulo y la interpretación de la constitución. 
• La cláusula de los derechos no-enumerados (art. 33 CN y 29 de la CADH). 
BIBLIOGRAFÍA 
• Cayuso, Susana, Constitución comentada, arts. 14, 19, 33 y preámbulo. 
• Gargarella, Roberto, La dificultosa tarea de la interpretación constitucional, en: Gargarella, 
Teoría y crítica del derecho constitucional, Abeledo Perrot, Buenos Aires, 2008, pp. 123- 
148. 
• Revisitar la Guía de clase 2 – Supremacía constitucional. Interpretación de los instrumentos 
internacionales y el fallo sobre matrimonio entre personas de igual sexo. 
JURISPRUDENCIA: 
• “Alitt”, del 21/11/2006 (publicado en Fallos: 329: 5266) 
1. Problemas que plantea la tarea de la interpretación de la ley y, en particular, de la 
Constitución 
a. QUÉ es interpretar (explicar o establecer el sentido) 
• Reedición del conflicto Constitución-democracia 
• Vinculación con control de constitucionalidad 
b. POR QUÉ interpretar (razones que justifican la tarea interpretativa): dificultades 
que presentan las normas en función de diferentes factores: 
 
 
2 
• Propias del lenguaje natural (vaguedad, ambigüedad, textura abierta del 
lenguaje) 
• Históricos (desactualización) 
• Sustantivos (norma en contexto) 
TENER EN CUENTA en el caso del texto constitucional: técnica legislativa 
particular (perdurabilidad, amplitud en las formulaciones, etc.) 
c. QUIÉN interpreta: 
• Todos los operadores jurídicos 
• Rol del juez en particular y problema contramayoritario (reedición del 
conflicto democracia-constitución a la luz de la interpretación que de ella 
hagan los jueces) 
d. CÓMO interpretar: Distintas corrientes o sistemas interpretativos 
• Interpretación dinámica (CN como texto vivo) 
• Interpretación originalista conf. voluntad del legislador (ancla el 
contenido de la CN al “sentido original” dado por sus creadores) 
• Interpretación originalista textualista (busca el “significado objetivo y 
original del texto”) 
• Lectura moral de la Constitución (modelo planteado por Dworkin como 
superador de las fallas de los sistemas preexistentes) 
o Basada en principios sujetos a revisión continuada (principios 
rectores fundamentales: libertad e igualdad) 
o Construcción y elección de la mejor concepción de los distintos 
conceptos fundamentales que la constitución establece en su texto. 
Para fijar esta concepción el juez no tiene las manos totalmente 
libres, debe tener en cuenta: 
 
 
• y ser fiel al texto escrito de la Constitución y 
• la práctica constitucional 
• para probar si la interpretación que propone "encaja" con la 
experiencia constitucional de la comunidad, 
• pero a su vez esa concepción debe estar justificada, esos 
materiales constitucionales deben ser vistos según su mejor luz. 
En suma, el juez debe construir la mejor concepción moral dentro de 
la práctica constitucional (noción de la tarea interpretativa como 
“novela en cadena” y del derecho como integridad). 
• La Constitución como conjunto de procedimientos democráticos (Ely) 
La Constitución como un catálogo de procedimientos democráticos. Cuál es 
el papel del poder judicial: activo? pasivo? árbitro? 
• La Constitución fuera de la Corte? (Waldron) 
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• La Corte como "facilitadora" del diálogo? 
• Otras pautas generales de interpretación del orden jurídico: 
o Interpretación sistémica del orden jurídico o, en el caso específico, de 
la Constitución y el bloque de constitucionalidad en su conjunto. 
o Interpretación favorable a la parte más débil (in dubio pro reo, in 
dubio pro operario, in dubio pro debitoris, etc.) 
o Interpretación favorable a la libertad conf. sistema de valores 
constitucionales (in dubio pro libertate, in dubio pro homine, in dubio 
pro justicia social) 
• 3) Otras variables que aportan elementos de juicio a la tarea interpretativa: 
o Valor del Preámbulo de la CN 
o Derecho comparado 
 
 
o Jurisprudencia y opiniones de organismos regionales o 
internacionales de DDHH u otros 
4 
TRABAJO PRACTICO SOBRE INTERPRETACION 
CONSTITUCIONAL 
CONSIGNAS 
1. Completar el siguiente cuadro, a fin de identificar “fortalezas” y “debilidades” de 
cada uno de los sistemas de interpretación: 
Interpretación 
Dinámica 
Originalismo 
conf. voluntad 
del legislador 
Originalismo 
textualista 
Lectura moral 
de la 
Constitución 
Caracteres 
Críticas 
2. Identificar los problemas que plantea el fallo ALITT en términos de intepretación. 
¿Qué normas y, en particular, qué conceptos dentro de ellas debe la Corte analizar 
a fin de asignarles un significado que permita llegar a una solución del caso? 
3. ¿Cuál es el proceso que sigue la Corte para llevar a adelante tal tarea 
interpretativa? ¿Cuál cree Ud. que es la razón por la cual el Tribunal elige 
interpretar la norma constitucional antes de dar un sentido a la norma específica 
 
 
del Código Civil que rige el caso? 
4. ¿Cuál es la noción de “fines útiles” elaborada por la Corte? ¿Y la del “bien 
común”? 
5. ¿Qué rol se le asigna en el caso al principio de autonomía de la persona contenido 
en el art. 19 de la CN? ¿Y a la igualdad? Pero ¿qué noción de igualdad es la que 
aquí se propone? 
6. ¿Identifica en el fallo alguno/s de los sistemas interpretativos analizados en el 
texto de Gargarella? ¿Entiende que la presencia de uno excluye los otros? En tal 
caso, ¿cuáles? 
7. ¿Cuál es la concepción de "democracia" y de "autonomía" que se utiliza en el fallo 
para dar contenido al concepto de "moral pública"? 
8. A partir de la doctrina que surge del fallo, determine los contenidos del "derecho 
de asociarse con fines útiles", del "derecho de reunión" y del "derecho a ser 
diferente".

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