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COMENTARIOS DE LA CN

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COMENTARIOS DE LA CN 
• EL FEDERALISMO EN LA CONSTITUCION NACIONAL 
• Las provincias deciden redactar la CN que regirá la vida en sociedad en la recientemente 
creada nación 
• La nación argentina ADOPTA para su gobierno la FORMA REPRESENTATIVA REPUBLICANA 
FEDERAL 
a. Se adopta el sistema representativo de gobierno 
b. Será el sistema que riga en la Argentina 
c. Tendrá un sist de gobierno federal 
• DISEÑO FEDEREAL ARGENTINO 
• El federalismo fe la victoria frente al abuso del poder central 
• ALBERDI, el principio del federalismo era que los Estados individuales, reteniendo la parte 
de soberanía que necesitan para sus negocios interiores, cadena una autoridad suprema y 
nacional la parte de negocios generales 
a. Poder ejecutivo poderoso pero de origen democrático y representativa, de 
carácter constitucional y responsable 
• UNION x necesidades económicas provinciales 
• Elección del federalismo x incapacidad de una región muy poderosa imponer unitarismo 
• “come together”: arreglo federal de unidades soberanas, cediendo su soberanía a una 
nueva unidad estatal y reservándose facultados para si 
• Reserva al Congreso Nacional el control político de las const. Provinciales por parte del 
Congreso Nacional 
• FEDERALISMO COMO IDEAL REGULATIVO 
a. Promete dos objetivos 
i. Defensa exterior 
ii. Necesario orden interior 
1. Es necesario ceder el poder a una unidad mayor para subordinar y 
brindar seguridad 
b. Ventajas comerciales 
i. Imponer límites constitucionales a cada autoridad, estableciendo 
competencias 
ii. Ante una disputa entre unidades gubernamentales, el poder de decidir 
recaiga en un árbitro independiente- Corte Suprema 
• PARTICIPACION DEMOCRATICA Y RENDICION DE CUENTAS 
a. Hay sistema federal cuando 
i. Funciones estatales descentralizadas, creando asuntos de competencia 
limitada a unidades locales y constitucionalmente más allá del área de 
competencia del gobierno nacional 
b. Facilita la participación pública en asuntos públicos 
i. Más cercanía entre representantes y representados. Alto nivel de 
accountability 
c. Cuando el federalismo es genuino trae ventajas 
i. Fortalece el ejercicio democrático, PQ REQUIERE realización de elecciones 
provs, nacionales y munic 
ii. Crea una red de controles en resguardo de los derechos fundamentales de 
las personas 
• FEDERALISMO COMO PROTECCION DE LAS MINORIAS 
• El poder no se concentra en manos de una sola fuerza 
• Las mayorías no deben imponer políticas públicas por sobre la minoría,. Para muchos 
“tiranía de las mayorías” 
• FEDERALISMO Y MULTICULTURALISMO 
• Cultura de minorías no representadas en debates públicos y atrapados en la mayoría 
a. Sin pluralismo el federalismo será uniforme x dentro y fuera 
• El DESCENTRALIZAR genera que los grupos minoritarios se vena menos amenazados por 
los valores mayoritarios y centrales 
a. Esperanza de incidir en el debate publico 
• EL FEDERALISMO EN LA CONSTITUCION ACTUAL 
• Reformas en 1994 
• A106- Autonomía municipal, institucional, administrativa, financiera, política y económica 
• A107- provs y CABA conservar organismos de seguridad para funcionarios y empleados 
públicos 
• A108- admisión de nuevas órdenes religiosas 
• BUSCA UN GOBIERNO FEDERAL CONVIVIENDO CON AUTONOMIAS LOCALES 
• EL GOB. FEDERAL Y LOS GOB. PROVINCIALES. RELACIONES Y COMPETENCIAS 
• DE SUBORDINACION 
a. Provincias obligadas a aceptar la uniformidad de regulación y de ejecución 
impuestas por el Estado Central 
• DE PARTICIPACION EN LA FORMACION DE LA VOLUNTAD FEDERAL 
a. Las provincias de reservaron el derecho a participar permanentemente en la 
formación de la voluntad federal, mediante su presencia en el Senado 
• DE EXCLUSION 
a. Hay distintos ámbitos, en los cuales, el Estado central no puede intervenir y las 
provs tienen competencia exclusiva 
• DE CONCURRENCIA 
a. Tanto el Estado Federal como los Estados provinciales, ejercen atribuciones al 
mismo tiempo 
• SUPREMACÍA CONSTITUCIONAL Y LOS ARREGLOS INSTITUCIONALES PROVINCIALES 
• ART 5 CN- QUE CADA PROVINCIA DICTE SU CONSTITUCION 
a. Se integra menguar el centralismo y dotar las provincias de autonomía necesaria 
para autorregularse y generar políticas públicas necesarias a nivel local 
b. Competencias provinciales deben responder a los límites que establece el cuerpo 
legal 
• Los actos de la Legislatura de una provincia no pueden ser invalidados, sino en casos de 
INCONSTITUCIONALIDAD 
• Sostener un sistema republicano a nivel nacional y autogobierno colectivo local a raves de 
la autonomía de las provincias para autorregularse 
• No se exige que las constituciones provinciales sean IGUALES A LA CN, solo que no la 
contradiga- DIVERSIDAD 
• Modelo federalista IMPLICA unidad en la diversidad de identidades nacionales 
• REPARTO DE COMPETENCIAS 
• Dos principios 
a. RESIDUALIDAD DE LAS COMPETENCIAS PROVINCIALES: conservar todas las 
facultades que no hayan expresamente delegado 
b. TAXITIVIDAD DE LAS COMPETENCIAS FEDERALES: las provincias no pueden ejercer 
el poder delegado a la Nación 
• COMPETENCIAS FEDERALES 
• Se establece en la CN las facultades de los 3 poderes, y el principio de taxitividad 
• CONLFICTO ENTRE LOS CODIGOS DE FONDO Y NORMAS PROVINCIALES 
• Códigos de fondo se delegó al Congreso Nacional, intentando no generar regímenes 
diversos en el territorio 
• En conflictos, las normas provinciales deben ceder la constitucionalidad 
• COMPETENCIAS PROVINCIALES 
• La CN establece facultades para que dicten su propio constitución y lleven a cabo distintas 
acciones 
• Los fallos de la Corte Suprema interpretaron el reparto de atribuciones provinciales varias 
veces 
• La CN establece que las Jurisdicciones locales en materia no pueden ser alteradas 
• COMPETENCIAS CONCURRENTES 
• SON COMPETENCIAS COMUNS ENTRE EL ESTADO FEDERAL Y LAS PROVINCIAS 
• La CORTE fue ampliando al existencia 
• ALEJAN EL IDEAL VINCULADO AL AUTOGOBIERNO COLECTIVO LOCAL 
• ACERCA AL CUMPLIMIENTO DE CIERTOS ESTANDARES DE DERECHOS Y CON EL 
COMPROMISO DE IGUALDAD A NIVEL NACIONAL 
• Importa la INTERRELACION, COOPERACION y FUNCIONALIDAD en nuna materia de 
incumbencia compartida 
• Se deben preservar las facultades provinciales, en compromiso con la CN que conserva al 
federalismo 
• Adecuado respeto al régimen federal de gobierno 
• FEDERALISMO Y COMPROMISOS INTERNACIONALES DE DERECHOS HUMANOS 
• Argentina cumplirá con las disposiciones internacionales en materia legislativa y judicial 
• En casos donde las provincias tengan jurisdicción privativa el Estrado nacional tiene como 
obligación de arbitrar acciones para evitar la violación del pacto internacional 
• “clausula federal”, prevista en la Convención impone al gobierno el cumplimiento de todas 
las obligaciones relacionadas con lo judicial o legislativo, y el deber de tomar de inmediato 
las medidas pertinentes conforme a la CN para q el estado cumpla con el tratado 
• EL TRATADO X ENCIMA DE TODO

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