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COMENTARIOS DE LA CN • EL FEDERALISMO EN LA CONSTITUCION NACIONAL • Las provincias deciden redactar la CN que regirá la vida en sociedad en la recientemente creada nación • La nación argentina ADOPTA para su gobierno la FORMA REPRESENTATIVA REPUBLICANA FEDERAL a. Se adopta el sistema representativo de gobierno b. Será el sistema que riga en la Argentina c. Tendrá un sist de gobierno federal • DISEÑO FEDEREAL ARGENTINO • El federalismo fe la victoria frente al abuso del poder central • ALBERDI, el principio del federalismo era que los Estados individuales, reteniendo la parte de soberanía que necesitan para sus negocios interiores, cadena una autoridad suprema y nacional la parte de negocios generales a. Poder ejecutivo poderoso pero de origen democrático y representativa, de carácter constitucional y responsable • UNION x necesidades económicas provinciales • Elección del federalismo x incapacidad de una región muy poderosa imponer unitarismo • “come together”: arreglo federal de unidades soberanas, cediendo su soberanía a una nueva unidad estatal y reservándose facultados para si • Reserva al Congreso Nacional el control político de las const. Provinciales por parte del Congreso Nacional • FEDERALISMO COMO IDEAL REGULATIVO a. Promete dos objetivos i. Defensa exterior ii. Necesario orden interior 1. Es necesario ceder el poder a una unidad mayor para subordinar y brindar seguridad b. Ventajas comerciales i. Imponer límites constitucionales a cada autoridad, estableciendo competencias ii. Ante una disputa entre unidades gubernamentales, el poder de decidir recaiga en un árbitro independiente- Corte Suprema • PARTICIPACION DEMOCRATICA Y RENDICION DE CUENTAS a. Hay sistema federal cuando i. Funciones estatales descentralizadas, creando asuntos de competencia limitada a unidades locales y constitucionalmente más allá del área de competencia del gobierno nacional b. Facilita la participación pública en asuntos públicos i. Más cercanía entre representantes y representados. Alto nivel de accountability c. Cuando el federalismo es genuino trae ventajas i. Fortalece el ejercicio democrático, PQ REQUIERE realización de elecciones provs, nacionales y munic ii. Crea una red de controles en resguardo de los derechos fundamentales de las personas • FEDERALISMO COMO PROTECCION DE LAS MINORIAS • El poder no se concentra en manos de una sola fuerza • Las mayorías no deben imponer políticas públicas por sobre la minoría,. Para muchos “tiranía de las mayorías” • FEDERALISMO Y MULTICULTURALISMO • Cultura de minorías no representadas en debates públicos y atrapados en la mayoría a. Sin pluralismo el federalismo será uniforme x dentro y fuera • El DESCENTRALIZAR genera que los grupos minoritarios se vena menos amenazados por los valores mayoritarios y centrales a. Esperanza de incidir en el debate publico • EL FEDERALISMO EN LA CONSTITUCION ACTUAL • Reformas en 1994 • A106- Autonomía municipal, institucional, administrativa, financiera, política y económica • A107- provs y CABA conservar organismos de seguridad para funcionarios y empleados públicos • A108- admisión de nuevas órdenes religiosas • BUSCA UN GOBIERNO FEDERAL CONVIVIENDO CON AUTONOMIAS LOCALES • EL GOB. FEDERAL Y LOS GOB. PROVINCIALES. RELACIONES Y COMPETENCIAS • DE SUBORDINACION a. Provincias obligadas a aceptar la uniformidad de regulación y de ejecución impuestas por el Estado Central • DE PARTICIPACION EN LA FORMACION DE LA VOLUNTAD FEDERAL a. Las provincias de reservaron el derecho a participar permanentemente en la formación de la voluntad federal, mediante su presencia en el Senado • DE EXCLUSION a. Hay distintos ámbitos, en los cuales, el Estado central no puede intervenir y las provs tienen competencia exclusiva • DE CONCURRENCIA a. Tanto el Estado Federal como los Estados provinciales, ejercen atribuciones al mismo tiempo • SUPREMACÍA CONSTITUCIONAL Y LOS ARREGLOS INSTITUCIONALES PROVINCIALES • ART 5 CN- QUE CADA PROVINCIA DICTE SU CONSTITUCION a. Se integra menguar el centralismo y dotar las provincias de autonomía necesaria para autorregularse y generar políticas públicas necesarias a nivel local b. Competencias provinciales deben responder a los límites que establece el cuerpo legal • Los actos de la Legislatura de una provincia no pueden ser invalidados, sino en casos de INCONSTITUCIONALIDAD • Sostener un sistema republicano a nivel nacional y autogobierno colectivo local a raves de la autonomía de las provincias para autorregularse • No se exige que las constituciones provinciales sean IGUALES A LA CN, solo que no la contradiga- DIVERSIDAD • Modelo federalista IMPLICA unidad en la diversidad de identidades nacionales • REPARTO DE COMPETENCIAS • Dos principios a. RESIDUALIDAD DE LAS COMPETENCIAS PROVINCIALES: conservar todas las facultades que no hayan expresamente delegado b. TAXITIVIDAD DE LAS COMPETENCIAS FEDERALES: las provincias no pueden ejercer el poder delegado a la Nación • COMPETENCIAS FEDERALES • Se establece en la CN las facultades de los 3 poderes, y el principio de taxitividad • CONLFICTO ENTRE LOS CODIGOS DE FONDO Y NORMAS PROVINCIALES • Códigos de fondo se delegó al Congreso Nacional, intentando no generar regímenes diversos en el territorio • En conflictos, las normas provinciales deben ceder la constitucionalidad • COMPETENCIAS PROVINCIALES • La CN establece facultades para que dicten su propio constitución y lleven a cabo distintas acciones • Los fallos de la Corte Suprema interpretaron el reparto de atribuciones provinciales varias veces • La CN establece que las Jurisdicciones locales en materia no pueden ser alteradas • COMPETENCIAS CONCURRENTES • SON COMPETENCIAS COMUNS ENTRE EL ESTADO FEDERAL Y LAS PROVINCIAS • La CORTE fue ampliando al existencia • ALEJAN EL IDEAL VINCULADO AL AUTOGOBIERNO COLECTIVO LOCAL • ACERCA AL CUMPLIMIENTO DE CIERTOS ESTANDARES DE DERECHOS Y CON EL COMPROMISO DE IGUALDAD A NIVEL NACIONAL • Importa la INTERRELACION, COOPERACION y FUNCIONALIDAD en nuna materia de incumbencia compartida • Se deben preservar las facultades provinciales, en compromiso con la CN que conserva al federalismo • Adecuado respeto al régimen federal de gobierno • FEDERALISMO Y COMPROMISOS INTERNACIONALES DE DERECHOS HUMANOS • Argentina cumplirá con las disposiciones internacionales en materia legislativa y judicial • En casos donde las provincias tengan jurisdicción privativa el Estrado nacional tiene como obligación de arbitrar acciones para evitar la violación del pacto internacional • “clausula federal”, prevista en la Convención impone al gobierno el cumplimiento de todas las obligaciones relacionadas con lo judicial o legislativo, y el deber de tomar de inmediato las medidas pertinentes conforme a la CN para q el estado cumpla con el tratado • EL TRATADO X ENCIMA DE TODO
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