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PARA SABER MAS SOBRE LA LENGUA ESPAÑOLA Columna Semanal de la Professora Ana Lúcia Machado e del Professor Bruno César dos Santos FUNCIONES SOCIALES DE LA LENGUA Estimado estudiante, ya conocemos muy bien el proceso de colonización en América Latina y la tendencia de los Estados hacia el monolingüismo, es decir, la oficialización de las lenguas europeas en detrimento de las diversas lenguas habladas dentro de las fronteras americanas. Sin embargo, estas y las lenguas europeas, cumplieron y cumplen distintas funciones sociales. El primero de ellos es el papel oficial. Desde el punto de vista legal, una lengua se oficializa cuando se considera adecuada para ser utilizada en todas las actividades administrativas y políticas del país. En este sentido, la lengua oficial tiene un carácter simbólico, de identificación y reconocimiento. En el caso de la América hispanoamericana, la formalización recayó fuertemente en el idioma castellano, hoy conocido como lengua española. También está la función grupal, que se ocupa de las lenguas de grupos étnicos o culturales, como una comunidad indígena o inmigrante. Otra función, la educativa, consiste en el uso de una lengua como medio de instrucción en la educación básica. En América, muchos grupos indígenas, por ejemplo, tenían clases de español (en países hispanos) y portugués (en Brasil). En estas dos funciones – grupal y educativa – la política atribuye a una determinada lengua su uso en la enseñanza, haciendo de esta lengua un instrumento de control social. Desde esta perspectiva, la función del lenguaje como materia escolar también cae bajo el control social. La elección de una lengua extranjera para enseñar en las escuelas está condicionada por el contexto sociopolítico; hasta mediados del siglo XX, la lengua extranjera que se enseñaba era el francés y más tarde el inglés. La primera fue por razones culturales, ya que Francia tenía la primacía de la cultura elitista; la segunda, por razones económicas y de supremacía política de los EEUU de la posguerra mundial. En el caso de la enseñanza de la lengua oficial, el dominio se refiere al uso de normas estándar y prácticas escritas, con restricciones al uso de un grupo dominante en la sociedad. La otra función es la internacional, que corresponde al uso de la lengua en las relaciones diplomáticas, el turismo o el comercio exterior. Tal lenguaje trasciende fronteras y está vinculado a ciudadanos de diferentes países. Existe también la función literaria. El uso de una lengua para las producciones literarias destaca la importancia de los movimientos nacionalistas. La lengua, en esta función, se relaciona con la identidad nacional, con un capitalismo editorial y con la construcción de un modelo de referencia para los hablantes. De esta forma, algunos nombres de escritores canónicos se convierten en “fundadores” de la lengua nacional: el inglés es “la lengua de Shakespeare”, el portugués es “la lengua de Camões”, el italiano es “la lengua de Dante”, el alemán “es la lengua de Goethe” y el castellano, “es la lengua de Cervantes”. Se crean instituciones de presencia internacional para la difusión de las lenguas nacionales, como la Societá Dante Aligheiri, el Goethe Institut, el Instituto Camões y el Instituto Cervantes. Siguiendo este modelo, el gobierno de Cataluña creó el Institut Ramon Llull como parte del proyecto de nacionalización. En Argentina, un manifiesto por la soberanía idiomática del español argentino fue promovido y firmado por intelectuales en 2013 para la creación de un Instituto que lleva el nombre del escritor Jorge Luis Borges, reconocido como siendo parte del canon de la literatura occidental. Precisamente el uso de una lengua está relacionado a diferentes situaciones políticas. Después de todo, una lengua marca la cultura, el sistema sociopolítico, entre otras esferas identitarias de una comunidad, pero, en un Estado nacional, las minorías son borradas por la lingüística hegemónica. En este contexto, se convierte en un problema glotopolítico. Los Estados nacionales necesitan articular el principio de personalidad de las lenguas, que reconoce los derechos lingüísticos individuales, con el principio de territorialidad, que responde a los derechos lingüísticos colectivos.
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