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CNT 49568/2009/1/RH1 Dávila, Luis César c/ Arcángel, Maggio S.A. y otro s/ accidente - acción civil. Corte Suprema de Justicia de la Nación - 1 - Vistos los autos: “Recurso de hecho deducido por la demandada, en la causa Dávila, Luis César c/ Arcángel Maggio S.A. y otro s/ accidente-acción civil”, para decidir sobre su procedencia. Considerando: Que las cuestiones propuestas por la apelante encuentran adecuada respuesta en el dictamen del señor Procurador Fiscal a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir a fin de evitar repeticiones innecesarias. Por ello, de conformidad con lo dictaminado, se desestima la presentación directa. Declárase perdido el depósito de fs. 2. Notifíquese y, previa devolución de los autos principales, archívese. VO-//- Buenos Aires, 16 de Diciembre de 2021 - 2 - -//-TO DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR DON RICARDO LUIS LORENZETTI Considerando: Que el recurso extraordinario, cuya denegación originó esta queja, es inadmisible (art. 280 del código Procesal Civil y Comercial de la Nación). Por ello, se desestima la presentación directa. Declárese perdido el depósito de fs. 2. Notifíquese y previa devolución de los autos principales, archívese. CNT 49568/2009/1/RH1 Dávila, Luis César c/ Arcángel, Maggio S.A. y otro s/ accidente - acción civil. Corte Suprema de Justicia de la Nación - 3 - Recurso de queja interpuesto por Arcángel Maggio S.A, parte demandada, representado por el Dr. Daniel Nasroulah. Tribunal de origen: Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo. Tribunal que intervino con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo n° 37. 2021-12-16T08:44:17-0300 2021-12-16T09:14:44-0300 2021-12-16T12:01:01-0300
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