Logo Studenta

17 MEDIOS DE IMPUGNACIÓN- MECN

¡Estudia con miles de materiales!

Vista previa del material en texto

Instagram: apuntes_de_derecho_ 
 
 
 
 
MEDIOS DE 
IMPUGNACIÓN. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Instagram: apuntes_de_derecho_ 
XVII. LOS MEDIOS DE IMPUGNACIÓN. 
1. CONCEPTO. 
 Instrumento de las partes en un proceso para solicitar la revisión de las 
resoluciones que consideran causan una afectación negativa en su esfera jurídica. 
2. DISTINCIÓN ENTRE RECURSO Y MEDIO DE IMPUGNACIÓN. 
 Medio de impugnación  Abarca todos los recursos dentro de un proceso, 
sin embargo, puede haber medios de impugnación externos al proceso, por ejemplo, 
el amparo (no es un recurso). 
 Recurso procesal Herramientas dentro de un proceso para solicitar la 
revisión de una sentencia que se cree falible. 
3. RECURSOS PROCESALES. 
a) Apelación. 
b) Revocación. 
c) Queja. 
d) Reposición. 
3.1 RECURSO DE REVOCACIÓN. 
 Es el medio más simple pues se interponen contra resoluciones que se 
denominan decretos o autos de trámite. 
 Es un medio que se sustancia en la misma instancia, no implica revisión del 
superior jerárquico. 
 Plazo de interposición  3 días después de que surta efectos la notificación 
del auto impugnado. 
 Se da un término a la contraria de 3 días para responder al recurso y el 
tribunal debe resolver una vez desahogada dicha vista en los siguientes 3 días. 
 
Instagram: apuntes_de_derecho_ 
3.2 RECURSO DE REPOSICIÓN. 
 Los plazos son los mismos, sin embargo, se tramita ante la segunda instancia. 
 Procede contra autos en primera instancia que hubieren sido apelables. 
3.3 RECURSO DE QUEJA 
 Procedencia. 
  Contra autos que desechan la demanda. 
  Contra la denegación de apelación. 
 Plazo de interposición  3 Días siguientes del acto reclamado. 
 Plazo de remisión a segunda instancia 5 Días siguientes a que se tenga 
por interpuesto el recurso. 
 Plazo de dictado de resolución de la Sala 5 Días siguientes a la recepción 
de las constancias. 
3.4 RECURSO DE APELACIÓN. 
 Es el más importante de los recursos ordinarios. 
 A través de este recurso, la parte vencida en primera instancia obtiene una 
nueva evaluación del asunto y por lo tanto un nuevo fallo o sentencia. 
 Es la forma de dar apertura a la segunda instancia. 
 Procedencia 
  Sentencia definitiva. 
  
 Características. 
 Que el superior jerárquico revise la resolución dictada por el inferior. 
 Pueden apelar las partes o los terceros afectados por una resolución. 
Instagram: apuntes_de_derecho_ 
 No puede apelar el que obtuvo lo que pidió. 
 Existe apelación adhesiva, consiste en que el ganador puede adherirse 
a un trámite de apelación que interpuso su contrario con objeto de que 
se mejoren los argumentos de la sentencia. 
 Debe ser en forma escrita. 
 El apelante debe ser respetuoso con el tribunal. 
 El juez tiene que admitir el recurso en caso de ser procedente. 
 Sus efectos pueden ser devolutivo o suspensivo. El efecto devolutivo 
implica el reenvío del asunto al superior, el proceso continúa. El 
suspensivo es cuando el proceso en primera instancia se detiene para 
resolver esa apelación. 
 El momento mas importante es la expresión de agravios, pues deben 
exponerse los argumentos con los cuales la resolución esta siendo atacada y los 
motivos de por qué se considera incorrecta o no apegada a derecho. 
 Existe la contestación de agravios, por parte del contrario, que no es mas que 
las razones por las cuales los agravios que expreso el apelante son improcedentes, 
inaplicables o improcedentes.

Continuar navegando