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TRABAJO DE BONOS Y PAPELES COMERCIALES GRUPO 01

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Grupo 29 BONOS Y PAPELES COMERCIALES
ANDRES MAURICIO IGUARAN BUELVAS
CARMEN SUSANA MONTERO ARIAS
DILSA CAROLINA DAZA MENDOZA
YERSON DAVID GUILLEN CHURIO
UNIVERSIDAD POPULAR DEL CESAR
FACULTAD CIENCIAS ADMINISTRATIVAS CONTABLES Y ECONÓMICAS
PROGRAMA CONTADURÍA PÚBLICA
VALLEDUPAR - CESAR
2021-2
Grupo 29 BONOS Y PAPELES COMERCIALES
ANDRES MAURICIO IGUARAN BUELVAS
CARMEN SUSANA MONTERO ARIAS 
DILSA CAROLINA DAZA MENDOZA
YERSON DAVID GUILLEN CHURIO
TRABAJO DE INVESTIGACION ACERCA DE BONOS Y PAPELES COMERCIALES CORRESPONDIENTES AL GRUPO 29.
OMAR IVAN DE AVILA PACHECO
DOCENTE
	
UNIVERSIDAD POPULAR DEL CESAR
FACULTAD CIENCIAS ADMINISTRATIVAS CONTABLES Y ECONÓMICAS
PROGRAMA CONTADURÍA PÚBLICA
RECONOCIMIENTO, REVELACION Y MEDICION DE PASIVOS
VALLEDUPAR - CESAR
2021-2
Tabla de Contenido
INTRODUCCION	5
OBJETIVOS	7
1.	PASIVOS FINANCIEROS NIC (21,22,23,29) NIC 9 Y 39 PLENAS SECCION 11 Y 12 NIFF PARA PYMES	8
1.1.	DEFINICION DE PASIVO FINANCIERO	8
1.2.	DEFINICION DE INSTRUMENTO FINANCIERO	8
2.	ELEMENTO PRINCIPAL DEL INSTRUMENTO FINANCIERO, “ EL CONTRATO”	9
3.	CLASIFICACION DE LOS PASIVOS FINANCIEROS	10
3.1.	SECCION 11 Y 12 DE LA NIFF PARA PYMES	11
3.2.	ACREEDORES COMERCIALES Y OTRAS CUENTAS POR PAGAR	11
4.	BONOS E INSTRUMENTOS DE DEUDA SIMILARES	12
4.1.	ACCIONES PREFERENTE REGISTRADAS COMO PASIVO	15
5.	DERIVADOS	16
5.1.	NIC 39 RECONOCIMIENTO MEDICION Y SECCION 11 Y 12 PARA REVELACION	17
5.2.	PASIVOS FINANCIEROS AL VALOR RAZONABLE CON CAMBIO A RESULTADO	18
7.	PASIVOS FINANCIEROS :ACREEDORES COMERCIALES SECCION 11 Y 12 PARA NIIF(22,23), MEDICION POSTERIOR Y EL COSTO AMORTIZADO	20
7.1.	PROCEDIMIENTO DE CAUSACION DE FACTURAS DE COMPRA	20
7.2.	AUTORIZACION DE PAGO DE FACTURAS A LOS PROVEDORES	21
7.2.1.	RESPONSABLES DE AUTORIZACONES DE PAGOS	21
7.2.2.	UTILIZACION DE SELLOS FECHADORES Y CANCELADOS	23
8.	ARQUEO DE FACTURAS POR PAGAR CONTRA REGISTRO EN LIBROS	25
9.	PROCEDIMIENTO PARA DETERMINAR SI EXISTE FINANCIACION IMPLICITA U OCULTA (PLAZOS QUE EXCEDE EN LA POLITICA CONTABLE)	25
10.	PRESENTACION DE LOS ESTADOS FINANCIEROS POR GRUPO DE CORRIENTE Y NO CORRIENTE	27
Activos corrientes	27
10.1.	POR ORDEN DE LIQUIDEZ Y REVELACION.	28
11.	CASO DE APLICACIÓN PARA EL APRENDIZAJE SIGNIFICATIVO.	29
CONCLUSIÓN	29
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS	30
INTRODUCCION
Actualmente, las empresas tienen diversas alternativas en los mercados financieros para prestarse dinero y, así, concretar sus planes de crecimiento y expansión. El financiamiento más tradicional es acudir a los bancos o entidades del sistema financiero, que otorgan condiciones preferenciales a los clientes corporativos con mejor apreciación. Esto último se explica cuando los empresarios pueden obtener el financiamiento necesario para poner en marcha inversiones potencialmente lucrativas. Así, la capacidad para movilizar recursos financieros y asignarlos a usos productivos depende de la eficiencia del sistema financiero interno. 
Por otro lado, se puede señalar que la respuesta que den los intermediarios financieros nacionales o extranjeros a la demanda de recursos por parte de las empresas inversionistas es un factor clave para la competitividad y el crecimiento económico, en el que se desarrollan también las empresas. Un claro ejemplo de la importancia de los mercados financieros ha sido la crisis internacional que aún sacude a varios países desarrollados y toca también a las economías emergentes. Para el BID, una situación de crisis sistémica en el sector financiero perturba invariablemente la economía real (empresas), a través de sus efectos sobre la oferta de crédito y los mecanismos de pago, y se incrementa el riesgo asociado con la inversión real.
JUSTIFICACION
Sin lugar a duda, los bonos y los papeles comerciales representan para los mercados financieros una gran importancia, ya que brindan dinamismo en el mercado de valores, por otro lado, las empresas requieren constantemente financiamiento, tanto para sus operaciones, como para emprender nuevos proyectos y una de las formas de acceder a nuevos recursos es mediante la emisión y colocación de bonos.
Cabe destacar que este trabajo es un resultado de una amplia investigación, que cuyo objetivo principal es describir los bonos y los papeles comerciales y como se registran en nuestra contabilidad, en este sentido, saber acerca de los bonos es muy relevante al momento de enfocarnos desde el punto de vista contable, además permite adquirir conocimientos al estudiante de las ciencias económicas y contables en su desarrollo de aprendizaje educativo y su aplicación en la vida cotidiana.
OBJETIVOS
OBJETIVO GENERAL
· Describir los bonos y los papeles comerciales como pasivos financieros.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS 
· Identificar los tipos de bonos existentes en los mercados financieros.
· Describir la diferencia de la emisión de bonos a la par, con primas y con descuento.
· Realizar registros contables de los tipos de emisión de bonos 
· Analizar la presentación de pasivos en los estados financieros.
1. PASIVOS FINANCIEROS NIC (21,22,23,29) NIC 9 Y 39 PLENAS SECCION 11 Y 12 NIFF PARA PYMES
Sin lugar a duda, la Sección 11(Instrumentos Financieros Básicos) y la Sección 12 (Otros Temas relacionados con los Instrumentos Financieros) especifican los requerimientos de información financiera para los instrumentos financieros. Un instrumento financiero es un contrato que da lugar a un activo financiero de una entidad y a un pasivo financiero o a un instrumento de patrimonio de otra. La NIIF para las PYMES ofrece dos opciones para la contabilización de los instrumentos financieros:
La aplicación de los requerimientos de ambas secciones 11 y 12 en su totalidad, o la aplicación de los requerimientos de reconocimiento y medición de la NIC 39 Instrumentos Financieros: Reconocimiento y Medición (de las NIIF completas) y los requerimientos de información de las Secciones 11 y 12.
Independientemente de las opciones anteriores que decida adoptar una entidad, también debe aplicar la Sección 22 Pasivos y Patrimonio que establece los principios para clasificar los instrumentos financieros como pasivos o como patrimonio, y trata la contabilización de los instrumentos de patrimonio emitidos para individuos u otras partes que actúan en capacidad de inversores en instrumentos de patrimonio (es decir, en calidad de propietarios) (IASC, 2009).
1.1. DEFINICION DE PASIVO FINANCIERO
La propia definición de pasivo financiero lo diferencia del resto de pasivos, porque tienen que surgir de relaciones contractuales, diferenciándose de las obligaciones que surgen por otras razones como las legales, tácitas o implícitas.
Los pasivos financieros nacen de obligaciones contractuales de entrega o intercambios de dinero u otros instrumentos financieros, es decir, de obligaciones puramente económicas. Pero también pueden surgir en determinadas circunstancias cuando la obligación sea de entrega de instrumentos de patrimonios propios. Los pasivos financieros serán aquellos instrumentos financieros que, en su totalidad o algunas partes de acuerdo con su realidad económica, supongan para la entidad una obligación contractual directa o indirecta de entregar efectivo u otro activo financiero o de intercambiar activos o pasivos financieros con terceros en condiciones potencialmente desfavorables (Enrique, 2016).
1.2. DEFINICION DE INSTRUMENTO FINANCIERO
Un instrumento financiero es un contrato que da lugar a un activo financiero de una entidad y a un pasivo financiero o a un instrumento de patrimonio de otra.
Son ejemplos de instrumentos financieros los que normalmente cumplen ciertas condiciones:
(a) Efectivo.
(b) Depósitos a la vista y depósitos a plazo fijo cuando la entidad es la depositante, por ejemplo, cuentas bancarias.
(c) Obligaciones negociables y facturas comerciales mantenidas.
(d) Cuentas, pagarés y préstamos por cobrar y por pagar.
(e) Bonos e instrumentos de deuda similares.
(f) Inversiones en acciones preferentes no convertibles y en acciones preferentesy ordinarias sin opción de venta.
(g) Compromisos de recibir un préstamo si el compromiso no se puede liquidar por el importe neto en efectivo (NIF Para Las Pymes, 2009).
Podemos decir que, el concepto de instrumento financiero en las normas internacionales se apoya en dos elementos esenciales:
1. Detrás de un instrumento financiero existe un contrato o negocio jurídico, no necesariamente escrito, con consecuencias económicas que las partes tienen poca o ninguna opción de evitar. En este sentido, los créditos u obligaciones con la administración pública no tienen la consideración de instrumento financiero por no existir tal relación contractual.
2. Existen dos partes involucradas que van a registrar simultáneamente un mismo contrato. El inversor lo registrará como activo financiero y el emisor lo hará como pasivo financiero si conlleva obligación de pago o, en caso contrario, como instrumento de patrimonio. Si estamos registrando un único contrato desde dos ópticas distintas, es lógico pensar que el tratamiento contable que se debe otorgar al contrato debe seguir patrones simétricos para garantizar la máxima coherencia de la norma.
2. ELEMENTO PRINCIPAL DEL INSTRUMENTO FINANCIERO, “ EL CONTRATO”
El carácter contractual de los instrumentos financieros daría lugar a que obligaciones derivadas de cumplimientos de la norma fiscal o laboral no tengan esta consideración. Sin embargo, cuando media un acuerdo expreso entre la entidad y la administración correspondiente, como el caso de un aplazamiento, el pasivo en cuestión sí tendría el carácter de financiero.
Estos contratos pueden establecer obligaciones de intercambio de instrumentos financieros que en su inicio puedan tener un valor nulo. Tal sería el caso de un acuerdo de entregar en el plazo de un año 10 acciones de la compañía X recibiendo a cambio 20 acciones de la entidad Y, cuando el valor razonable es de 1 utilidad marginal (Um) y 0,5 Um, respectivamente. Pero, hasta su vencimiento, el valor de estas acciones puede variar, de tal forma que para una parte del contrato se esté asumiendo un pasivo financiero. Esto ocurriría si el precio de X aumenta respecto a la cotización Y. En definitiva, esta parte de la definición hace referencia a los contratos de derivados (Norma NIIF para las PYMES, 2015).
3. CLASIFICACION DE LOS PASIVOS FINANCIEROS
· Cuentas por pagar
· Préstamos
· Obligaciones financieras – Tales como: Bonos, obligaciones emitidas buscando apalancamiento
Los Instrumentos de capital se encuentran representados por las acciones ordinarias emitidas.
· Débito por operaciones comerciales: proveedores y acreedores varios.
· Deudas con entidades de crédito: préstamos, descuentos de efectos, parte dispuesta de las pólizas de crédito etc.
· Obligaciones y otros valores negociables.
· Derivados con valoración desfavorable para la empresa
· Deudas con características especiales (Enrique, 2016).
Pasivos circulantes o a corto plazo
Son aquellas obligaciones que deben cancelarse en un plazo menor a un año. En el balance, deben ubicarse en el orden de su exigibilidad:
· Obligaciones bancarias
· Cuentas por pagar a proveedores
· Otras cuentas por pagar
· Prestaciones sociales por pagar
· Impuestos por pagar
· Asignaciones a proyectos
Pasivo fijo o a largo plazo, en esta categoría se ubican las obligaciones que deben cubrirse en un plazo mayor a un año.
· Documentos por pagar
· Cuentas por pagar
· Asignaciones a proyectos
Otros pasivos
Al igual que los activos, la clasificación: Otros pasivos, se refiere a los pasivos que no se clasifican como corrientes, ni como a largo plazo, tales como: préstamos sin interés, ni fecha específica de cancelación; y alquileres o arrendamientos cobrados por anticipado.
De acuerdo con las categorías de pasivos estudiadas, los pasivos totales de una organización son:
Pasivos totales= Pasivos Corrientes+ Fijos +otros pasivos.
3.1. SECCION 11 Y 12 DE LA NIFF PARA PYMES
La Sección 11 Instrumentos Financieros Básicos y la Sección 12 Otros Temas relacionados con los Instrumentos Financieros tratan del reconocimiento, baja en cuentas, medición e información a revelar de los instrumentos financieros (activos y pasivos financieros). La Sección 11 se aplica a los instrumentos financieros básicos y es relevante para todas las entidades. La Sección 12 se aplica a otros instrumentos financieros y transacciones más complejas. Si una entidad solo realiza transacciones con instrumentos financieros básicos, la Sección 12 no será aplicable. Sin embargo, incluso las entidades que solo tienen instrumentos financieros básicos considerarán el alcance de la Sección 12 para asegurarse de que están exentas (NIF Para Las Pymes, 2009).
3.2. ACREEDORES COMERCIALES Y OTRAS CUENTAS POR PAGAR
Comprende el valor de las obligaciones por concepto de adquisición de bienes o servicios para la fabricación o comercialización de los productos para la venta, en de­sarrollo de las operaciones relacionadas directamente con la explotación del objeto social, tales como materia prima, materiales, combustibles, suministros, contratos de obra y compras de energía, bien sea con terceros o con partes vinculadas.
Las obligaciones con proveedores representadas en moneda extranjera se deben expresar en términos de la moneda funcional, utilizando la tasa de cambio vigente en la fecha del cierre. La tasa de cambio vigente es la tasa repre­sentativa del mercado certificada por la Supe­rintendencia Bancaria, incluyendo aquí proveedores que sean empresas del grupo, empresas asociadas y empresas con otro tipo de vinculación económica o funcional.
Por su parte, en el rubro de otras cuentas por pagar se agrupan las obligaciones por conceptos diferentes a deudas con partes vinculadas, obligaciones financieras y proveedores. Comprende, entre otros conceptos, avances y anticipos recibidos, acreedores varios, ingresos recibidos por anticipado, depósitos recibidos para terceros y empaques y envases a devolver a proveedores (NIIF Para Las Pymes, 2009).
4. BONOS E INSTRUMENTOS DE DEUDA SIMILARES
Los instrumentos de deuda son una serie de herramientas mediante los que una compañía, organismo o institución consiguen financiación. Para ello, la entidad emite un instrumento de deuda que un comprador adquiere, aportando así financiación a la entidad. Como contraprestación, la entidad se compromete, dado que es una obligación financiera, a devolver la cantidad prestada en un periodo determinado. Para ello, también se acuerda una rentabilidad, la cual se pagará al tenedor de la deuda como rendimiento por la prestación.
Los instrumentos de deuda más conocidos son los bonos, las letras o los pagarés. Todas ellas se negocian en los mercados financieros. De esta forma, su titularidad puede ir alternándose en función de la actuación de los compradores (Morales, 2020).
Bonos cupón cero
Los bonos cupón cero son aquellos que no pagan cupón de interés y el emisor se compromete a devolver el capital al vencimiento del bono. La tasa de interés que el emisor paga queda implícita en el precio de descuento al que se emite el bono. Usualmente estos títulos son emitidos por la tesorería de los distintos gobiernos y son operados por tasa de descuento.
Bonos a tasa de interés fija y flotante
Con excepción de los bonos cupón cero, el resto de los títulos de deuda realizan pagos periódicos en concepto de intereses con el objeto de retribuir al inversor por el préstamo del capital. En este sentido, la tasa de referencia para el pago de la renta puede ser una tasa fija o variable.
El bono a tasa de interés fija, son aquellos que acuerdan una determinada tasa cuando son emitidos. En este mismo sentido existen bonos con tasa de interés fija pero que se aumenta a medida que transcurre el tiempo (tasa fija escalonada). Este es el caso de algunos bonos Brady tales como los bonos "Par" emitidos por los mercados emergentes.
Bonos amortizables durante la vida del bono / al vencimiento (bullet)
Los bonos que amortizan capital durante el plazo de existencia son aquellos que van devolviendo parte del capital prestado en cuotas.Por tanto, además de los intereses, el bono puede pagar un monto extra de amortización.
Los bonos amortizables al vencimiento, tal como lo indica el nombre, devuelven el capital prestado al final del período de vida del bono.
Bonos convertibles (convertible bond)
Son aquellos títulos de deuda privada que además del derecho a percibir un interés y la amortización del principal, incorporan una opción de adquisición o suscripción de acciones de la entidad emisora. La opción de compra de acciones puede ser a un precio fijo o variable y puede realizarse en una fecha determinada o en sucesivos momentos de la vida del título.
El coeficiente de conversión suele depender de la cotización de las acciones subyacentes durante un cierto período anterior a la fecha de conversión, aplicándose un descuento que varía según cada caso.
Bonos con opción de recompra (callable bond)
Es un bono que puede que presenta la opción de ser recomprado por la sociedad emisora a un precio fijado y en fechas preestablecidas. Este tipo de bonos es ampliamente utilizado en los mercados internacionales, dado que tiene la ventaja para el emisor de que si los tipos de interés bajan puede recomprar la antigua emisión y lanzar al mercado otra con un tipo de interés menor para sustituirla.
Bonos con opción de reventa (putable bond)
Son bonos emitidos a largo plazo en los que el tenedor del bono tiene el derecho a recomprar, pasado determinado tiempo, bonos de acuerdo con las pautas establecidas en las condiciones de emisión del título.
Plazo de los bonos
El plazo de los bonos para el pago de capital no debe ser inferior a un (1) año contado a partir de la Fecha de Emisión, entendiendo como el día hábil siguiente a la publicación del aviso de oferta pública. El vencimiento de los bonos debe ser determinado por el emisor de los valores. Son regularmente de mediano y largo plazo.
¿Quiénes los pueden emitir?
Los pueden emitir empresas privadas o públicas, en general todas las entidades que tengan capacidad legal para hacerlo. (Art. 6.4.1.1.1 del Decreto 2555 de 2010). Los establecimientos de crédito cuentan con inscripción automática en el RNVE. (Art. 5.2.2.1.2 Decreto 2555 de 2010).
Clase de bonos
Los bonos son susceptibles de ser emitidos, por igual valor al nominal, por encima o por debajo del valor nominal del título:
· A la par: cuando el valor de venta es igual al valor nominal del título. 
· Con descuento: cuando el valor de venta es menor al valor nominal.
· Con prima: cuando el valor de venta es mayor al valor nominal.
 Bonos a la par 
Los bonos y las obligaciones a la par son aquellos cuyo valor nominal es el que se devuelve al poseedor del título a su fecha de vencimiento. También cuando se fija el precio de los bonos/obligaciones, bien sea por los gestores o por la prensa financiera, los precios se expresan generalmente como un porcentaje del valor a la par o del nominal del bono u obligación. Podemos decir que, la emisión a la par es una emisión de títulos por su valor nominal, siendo el valor nominal el precio pagado por el título valor (letra de cambio, acción, obligación, título de deuda pública, etc) cuando inicialmente lo ha vendido el emisor.
También lo podemos definir como la cantidad que hay que entregar para la adquisición de un título determinado, que cuando el precio pagado es igual al valor nominal, diremos que el título está cotizado a la par. La emisión, por tanto, puede ser sobre el par, si la cantidad que hay que pagar es superior al valor nominal del título, a la par, si ambas cuantías coinciden y bajo el par, si hay que entregar una cuantía inferior al valor nominal.
 Bonos con descuento
Es un tipo de emisión de bonos que se realiza con un descuento sobre el valor nominal y el interés es la diferencia entre el precio al que se compra y su valor nominal.
El descuento es un menor valor pagado por el inversionista, sobre el valor nominal del bono, porque su tasa de interés que devengará durante la vida del bono es menor la tasa que ofrece el mercado de bonos o el sector financiero, pero que de todas maneras se le reconoce, cuando recupera en el precio de la redención del bono por su valor nominal en el momento del pago. Por consiguiente, el descuento sobre bonos constituye un mayor valor de los intereses pagados sobre los bonos y se deben amortizar mensualmente, llevando al finalizar de cada período a un mayor valor del Gasto por intereses en el estado de resultados.
 Bonos con prima
Son aquellos bonos que se emiten con prima de emisión o, lo que es lo mismo, con un sobreprecio sobre su valor nominal.
También se conocen como bonos sobre el par, esto implica que un pago sobre la par significa pagar más por un activo financiero de lo que vale contablemente. Este pago adicional, llamado prima, se realiza cuando el inversor entiende que ese título financiero vale más de lo que se establece en los libros de contabilidad.
En una emisión de bono con prima, el emisor abonará una diferencia entre el valor de reembolso y el valor nominal que se conoce como prima de reembolso. Por otro lado, el inversor pagará una prima de emisión sobre el valor nominal. En este caso en cuestión, para que la colocación sea atractiva, el emisor tendrá que ofrecer una rentabilidad atractiva para que el inversor pueda estar interesado en adquirir ese título.
 Representante de los tenedores
El representante de los bonos necesariamente debe ser un banco, corporación financiera o sociedad fiduciaria, quienes constituyen garantías para el pago de los intereses y la redención de los títulos. Ahora bien, los bonos se venden de contado, por esta razón no existen cuentas para registrar bonos a crédito, porque cuando el representante de los tenedores informa de la venta de los bonos es porque ha consolidado la venta de un paquete de bonos. 
El nombramiento del representante de los tenedores de bonos deberá registrarse en la Cámara de Comercio y su remuneración será pagada por la entidad emisora.
Emisión de bonos 
La emisión de bonos es utilizada por la empresa para financiar los proyectos de inversión o capital de trabajo, mediante un préstamo a un grupo de inversionistas a quienes se les reconoce una tasa de interés.
4.1. ACCIONES PREFERENTE REGISTRADAS COMO PASIVO
El artículo 381 del Código de Comercio y el artículo 10 de la Ley 1258 del 2008 mencionan que en las sociedades por acciones se pueden emitir tanto “acciones ordinarias” como “acciones privilegiadas” o preferenciales. Para el caso de estas últimas, el numeral 22.5 de la NIIF para Pymes indica que tales acciones se tratarán como un pasivo y no como patrimonio. Ahora bien, si alguna sociedad anónima pertenece al Grupo 2 de la Convergencia a NIIF y por tanto debe aplicar el Marco Normativo de la NIIF para Pymes –Decreto 3022 de diciembre del 2013– es importante tener presente que de acuerdo con el mismo las acciones preferenciales o “preferentes” se deben reconocer como un pasivo y no como un patrimonio.
Lo anterior se sustenta en lo dispuesto en la Sección 22 de la NIIF para Pymes y más exactamente en su numeral 22.5 literal c). Allí se lee:
Los siguientes son ejemplos de instrumentos que se clasifican como pasivos en lugar de como patrimonio:
Un instrumento se clasificará como un pasivo si obliga a la entidad a realizar pagos al tenedor antes de la liquidación, como un dividendo obligatorio, si la NIIF establece entonces que las acciones preferenciales figuraría como un pasivo en lugar de como patrimonio, cada entidad deberá evaluar el impacto que esto le represente frente a temas tan delicados como el de incurrir o no en la causal de liquidación por acumulación de pérdidas que reduzcan el patrimonio neto por debajo del 50% del “capital suscrito” (artículo 457 del Código de Comercio y artículo 34 de la Ley 1258). O el de deber continuar apropiando o no la “Reserva legal” la cual debe ascender por lo menos al 50% del capital suscrito (artículo 452 del Código de Comercio) (NIF Para Las Pymes, 2009).
5. DERIVADOS
No son pasivos financieros directos, sino que se derivan de una relación o deun acuerdo al que llegan dos partes en el momento en que firman un contrato, la cual se basa en el intercambio de activos bajo unas condiciones específicas. Una de esas condiciones es justamente el pago de compromisos con la otra parte.
Los instrumentos están sujetos al resto de requerimientos de la norma, Además, esta Norma se aplica a los derivados que estén implícitos en dichos instrumentos:
● Instrumentos financieros, contratos y obligaciones derivados de transacciones con pagos basados en acciones, a las que se aplica la NIIF 2 Pagos Basados en Acciones salvo en los siguientes casos:
● Contratos que entren dentro del alcance de los párrafos 8 a 10 de esta Norma, a los que es de aplicación la misma,
● Los párrafos 33 y 34 de esta Norma, que serán aplicados a las acciones propias en cartera adquiridas, vendidas, emitidas o liquidadas, que tengan relación con planes de opciones sobre acciones para los empleados, planes de compra de acciones por empleados y todos los demás acuerdos de pagos basados en acciones (Enrique, 2016)
Por otra parte, un derivado implícito es un componente de un contrato híbrido, en el que también se incluye un contrato anfitrión que no es un derivado –con el efecto de que algunos de los flujos de efectivo del instrumento combinado varíen de forma similar a un derivado sin anfitrión. Un derivado implícito provoca que algunos o todos los flujos de efectivo que de otra manera serían requeridos por el contrato se modifiquen de acuerdo con una tasa de interés especificada, el precio de un instrumento financiero, el de una materia prima cotizada, una tasa de cambio de moneda extranjera, un índice de precios o de tasas de interés, una calificación u otro índice de carácter crediticio, o en función de otra variable, que en el caso de no ser financiera no sea específica para una de las partes del contrato. Un derivado que se adjunte a un instrumento financiero pero que sea contractualmente transferible de forma independiente o tenga una contraparte distinta a la del instrumento, no es un derivado implícito sino un instrumento financiero separado.
5.1. NIC 39 RECONOCIMIENTO MEDICION Y SECCION 11 Y 12 PARA REVELACION
 La NIC 39 establece normas para la contabilización y presentación de información de casi todos los tipos de instrumentos financieros. Los ejemplos típicos incluyen dinero en efectivo, depósitos, deuda y valores de renta variable (bonos, letras del tesoro, acciones…), derivados, préstamos y cuentas por cobrar y muchos otros.
 La NIC 39 también enumera explícitamente lo que está fuera de su alcance y por lo tanto usted debe mirar a otras normas como orientación, por ejemplo, participaciones en subsidiarias, asociadas, etc.
 Debido a la complejidad general de la NIC 39, decidí dividir este resumen en varios bloques lógicos.
 Clasificación de los activos y pasivos financieros
 NIC 39 clasifica los activos financieros en cuatro categorías principales:
 Activos financieros a valor razonable con cambios en resultados: un activo financiero que es ya sea:
· Clasificados como mantenidos para negociar, o
· A partir del reconocimiento inicial, es designado por la entidad como a valor razonable con cambios en resultados .
Activos financieros mantenidos hasta el vencimiento: activos financieros no derivados con pagos fijos o determinables y vencimiento fijo que la entidad tiene la intención efectiva de mantenerlos hasta su vencimiento, salvo:
· Aquellos designados a valor razonable con cambios en resultados en el reconocimiento inicial.
· Los designados como disponibles para la venta y
· Aquellos que cumplen con la definición de préstamos y cuentas por cobrar.
Préstamos y partidas a cobrar: activos financieros no derivados con pagos fijos o determinables que no cotizan en un mercado activo que no sea:
· Los que la entidad tiene la intención de vender inmediatamente o en el corto plazo (la cartera de negociación).
· Aquellos designados a valor razonable con cambios en resultados en el reconocimiento inicial.
· Los designados como disponibles para la venta.
· Aquellos para los que el titular puede no recuperar sustancialmente toda su inversión, excepto que sea por deterioro del crédito (disponible para la venta).
Activos financieros disponibles para la venta: activos financieros no derivados designados como disponibles para la venta o que no se clasificaron en ninguna otra de las 3 categorías anteriores.
Los pasivos financieros se clasifican en dos categorías principales:
Pasivos financieros a valor razonable con cambios en resultados: un pasivo financiero que es ya sea:
· Clasificados como mantenidos para negociar, o
· A partir del reconocimiento inicial, es designado por la entidad como a valor razonable con cambios en resultados .
Otros pasivos financieros valorados a costo amortizado utilizando el método del interés efectivo.
Sin embargo, no importa cómo se clasifica inicialmente el instrumento financiero, la NIC 39 permite a las entidades designar inicialmente el instrumento a valor razonable con cambios en resultados (pero el valor razonable se debe medir de forma fiable).
La clasificación inicial de los activos y pasivos financieros es crítica debido a su posterior medición.
5.2. PASIVOS FINANCIEROS AL VALOR RAZONABLE CON CAMBIO A RESULTADO
Una entidad puede, en el momento del reconocimiento inicial designar de forma irrevocable un pasivo financiero como medido a valor razonable con cambios en resultados cuando lo permita el párrafo 4.3.5, o cuando hacerlo así, dé lugar a información más relevante, porque: 
· se elimine o reduzca significativamente alguna incongruencia en la medición o en el reconocimiento (a veces denominada “asimetría contable”) que de otra forma surgiría al utilizar diferentes criterios para medir activos o pasivos, o para reconocer las ganancias y pérdidas de estos sobre bases diferentes .
· un grupo de pasivos financieros o de activos financieros y pasivos financieros, se gestiona y su rendimiento se evalúa según la base del valor razonable, de acuerdo con una estrategia de inversión o de gestión de riesgos documentada, y se proporciona internamente información sobre ese grupo, sobre la base del personal clave de la gerencia de la entidad (según se define en la NIC 24 Información a Revelar sobre Partes Relacionadas), como por ejemplo la junta directiva y el director ejecutivo de la entidad (véanse los párrafos B4.1.33 a B4.1.36).
En la NIC 39 Una entidad presentará una ganancia o pérdida sobre un pasivo financiero designado como a valor razonable con cambios en resultados de acuerdo con el párrafo el párrafo 4.3.5 que establece que si un contrato contiene uno o más derivados implícitos y el anfitrión no es un activo dentro del alcance de esta Norma, una entidad puede designar el contrato híbrido en su totalidad como a valor razonable con cambios en resultados a menos que el derivado o derivados implícitos no modifiquen de forma significativa los flujos de efectivo, o que al considerar un hibrido similar se prohíbe la separación del derivado implícito s, tal como una opción de pago anticipada implícita en un préstamo que permita a su tenedor reembolsar por anticipado el préstamo por aproximadamente su costo amortizado., de la forma siguiente:
· El importe del cambio en el valor razonable del pasivo financiero que sea atribuible a cambios en el riesgo crediticio de ese pasivo deberá presentarse en otro resultado integral 
 (b) el importe restante del cambio en el valor razonable del pasivo se presentará en el resultado del periodo a menos que el tratamiento de los efectos de los cambios en el riesgo crediticio del pasivo descritos en (a) crearan o aumentaran una asimetría contable en el resultado del periodo 
En la NIIF 12 Al final de cada periodo sobre el que se informa, una entidad medirá todos los instrumentos financieros que queden dentro del alcance de la Sección 12 al valor razonable y reconocerá los cambios en el valor razonable en el resultado excepto en que algunos cambios en el valor razonable de los instrumentos de cobertura en una relaciónde cobertura designada deban reconocerse inicialmente en otro resultado integral, también los instrumentos de patrimonio sin cotización pública y cuyo valor razonable no pueda medirse de otra forma con fiabilidad sin esfuerzo o costo desproporcionado.
6. INVERSIONES MANTENIDAS HASTA EL VENCIMIENTO
En las inversiones mantenidas hasta el vencimiento se pueden incluir los valores representativos de deuda, con una fecha de vencimiento fijada, cobros de cuantía determinada o determinable, que se negocien en un mercado activo y que la empresa tenga la intención efectiva y la capacidad de conservarlos hasta su vencimiento".
VALORACIÓN INICIAL. - Las inversiones mantenidas hasta el vencimiento se valorarán inicialmente por su valor razonable, que, salvo evidencia en contrario, será el precio de la transacción, que equivaldrá al valor razonable de la contraprestación entregada más los costes de transacción que les sean directamente atribuibles (comisiones, corretajes, impuestos y cualquiera otro gasto de formalización).
VALORACIONES POSTERIORES. -Las inversiones mantenidas hasta el vencimiento se valorarán por su coste amortizado. Los intereses devengados se contabilizarán en la cuenta de pérdidas y ganancias, aplicando el método del tipo de interés efectivo.
7. PASIVOS FINANCIEROS :ACREEDORES COMERCIALES SECCION 11 Y 12 PARA NIIF(22,23), MEDICION POSTERIOR Y EL COSTO AMORTIZADO
Al final de cada periodo sobre el que se informa, una entidad medirá los instrumentos financieros de la siguiente forma, sin deducir los costos de transacción en que pudiera incurrir en la venta u otro tipo de disposición. 
Los instrumentos de deuda que cumplan las condiciones de un instrumento de deuda (como una cuenta, pagaré o préstamo por cobrar o pagar) se medirán al costo amortizado utilizando el método del interés efectivo. ´
 Los instrumentos de deuda que se clasifican como activos corrientes o pasivos corrientes se medirán al importe no descontado del efectivo u otra contraprestación que se espera pagar o recibir
Los compromisos para recibir un préstamo que cumplan las condiciones de instrumentos financieros básicos 
Las inversiones en acciones preferentes no convertibles y acciones ordinarias o preferentes sin opción de venta se medirán según los dispuesto en el párrafo 11.27 al 11.32 del valor razonable
7.1. Costo amortizado y método del interés efectivo
El costo amortizado de un activo o un pasivo financieros en cada fecha de presentación es el neto del importe al que se mide en el reconocimiento inicial el activo o el pasivo financieros, menos los reembolsos del principal; la amortización acumulada, utilizando el método del interés efectivo, menos en el caso de un activo financiero, cualquier reducción por deterioro del valor o incobrabilidad.
Los pasivos financieros que no tengan establecida una tasa de interés, y no estén relacionados con un acuerdo que constituye una transacción de financiación y que se clasifiquen con pasivos corrientes se medirán inicialmente a un importe no descontado de acuerdo con la medición inicial 
El método del interés efectivo es un método de cálculo del costo amortizado de un pasivo financiero y de distribución del ingreso por intereses o gasto por intereses a lo largo del periodo correspondiente. La tasa de interés efectiva es la tasa de descuento que iguala exactamente los flujos de efectivo futuros por pagos o cobros estimados a lo largo de la vida esperada del instrumento financiero o, cuando sea adecuado, en un periodo más corto, con el importe en libros del activo financiero o pasivo financiero. Para calcular la tasa de interés efectiva se mira el importe en libros del pasivo financiero según su medición inicial y también estimara los flujos de dinero teniendo en cuenta las condiciones contractuales del instrumento y las perdidas crediticias en las que se haya incurrido y se tenga conocimiento.
Al calcular la tasa de interés efectiva, una entidad amortizará cualquier comisión relacionada, cargas financieras pagadas o recibidas costos de transacción y otras primas o descuentos a lo largo de la vida esperada del instrumento, excepto en los casos que siguen. Para los pasivos financieros con tasas de interés variable y su reestimación periódica de los flujos de efectivo para reflejar cambios en las tasas de interés de mercado altera la tasa de interés efectiva.
Cuando se hace estimaciones de pagos o cobros se debe ajustar el importe en libros del pasivo financiero para reflejar los flujos reales y estimados ya revisados. Este calculo se realiza computando el valor presente de los flujos estimados y utilizando la tasa efectiva original del instrumento financiero
8. ESTABLECER EL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Y FUNCIONES.
El Manual de Funciones y Procedimientos es un instrumento administrativo que requiere toda organización, el cual permita el mantenimiento de los recursos y controlar sus actividades, mediante la emisión de lineamientos y políticas de las empresas con relación al giro propio de sus actividades, ya sea a la producción de bienes o de servicios; este documento enfoca principalmente a la administración de los recursos humanos, principal componente de la estructura organizacional, ya que a través del desempeño y aporte cotidiano en el trabajo, permitirá el cumplimiento de objetivos y metas, así también, contribuyan al mejoramiento y desarrollo de la empresa. El Manual de Funciones, es un instrumento de trabajo que emite un conjunto de normas y tareas que deben realizar todos quienes conforman la empresa y que desarrollan actividades específicas, en su elaboración debe estar basado de acuerdo a los respectivos procedimientos, sistemas, normas y que resumen el establecimiento de guías y orientaciones para desarrollar las rutinas o labores cotidianas.
 El Manual de funciones, describe de manera básica las ocupaciones de los diferentes puestos, sin entrar en detalles, ya que esto se trata específicamente en el manual de procedimientos establecido para la empresa, se deben describir brevemente cada una de las funciones, las responsabilidades básicas, los límites y la esencia del cargo. Además, incluye la identificación del cargo, la dependencia a la que pertenece, el número de cargos y el cargo de su jefe inmediato. Finalmente, se describe cuáles serían los requisitos del perfil para cada uno de los cargos, para poder realizar una adecuada selección de personal tomando en cuenta los estudios, experiencia y conocimientos. 
Con respecto, al Manual de Procedimientos, se puede señalar que es un instrumento administrativo que apoya el trabajo diario de las diferentes áreas de una empresa. Estos manuales describen en forma sistemática, tanto las acciones como las operaciones que deben seguirse para el adecuado funcionamiento de la empresa. Además, con los manuales puede hacerse un seguimiento adecuado y secuencial de las actividades ya establecidas en orden lógico y en un tiempo definido.
Contenido del manual de procedimiento 
1. Título: se indicará la razón de ser de acuerdo con el contenido, en forma breve y concisa. 
2. Código: de acuerdo con los centros de costos.
3. Introducción: explicación general del procedimiento.
4. Organización: estructura micro y macro de los procedimientos de la empresa.
5. Descripción del procedimiento:
· Objetivos del procedimiento.
· Base legal: normas aplicables al procedimiento de orden gubernamental o internas, requisitos, documentos y archivos.
· Descripción rutinaria del procedimiento u operación y sus participantes. 
· Graficas o diagrama de flujo del procedimiento.
6. Medidas de seguridad, prevención y autocontrol, aplicables y orientadas a los procedimientos, para evitar desviaciones. 
7. Informes: económicos, financieros, estadísticos, de labores y autocontrol. 
8. Supervisión, evaluación, examen y autocontrol de oficinas encargadas del control, con sus recomendaciones para lograr mejoramiento continuo y calidad. 
Quienes deben utilizar el manual 
Todos los empleados de la empresa deberán consultar permanentemente este manual para conocersus actividades y responsabilidades.
Los jefes de las diferentes unidades porque podrán evaluar objetivamente el desempeño de sus subalternos.
Los organismos de control tanto a nivel interno como externo, que facilitan la medición del nivel de cumplimiento de los procedimientos y sus controles que han sido establecidos para prevenir pérdidas o desvíos de bienes y recursos. 
Responsabilidad de los jefes de las áreas frente al manual
Corresponderá a los jefes de áreas funcionales, frente a los Manuales de procedimiento: 
· Dirigir su diseño, establecimiento, aplicación y control.
· Propender por el cumplimiento y actualización de los manuales establecidos.
8.1. PROCEDIMIENTO DE CAUSACION DE FACTURAS DE COMPRA
La contabilidad de causación es aquella contabilidad en la que los hechos económicos se registran en el momento en que suceden, sin importar si hay una erogación o un ingreso de dinero inmediato como consecuencia de la realización del hecho económico.
La contabilidad de causación se basa en el principio de causación, que en NIIF se conoce como principio de devengo.
La contabilidad por causación reconoce la realización de los hechos económicos en el momento mismo en que surgen los derechos o las obligaciones derivados del negocio jurídico realizado, sin llegar a esperar a que esos derechos y obligaciones se hagan efectivos.
Una cosa es adquirir una obligación y otra bien distinta es cumplirla, luego, la contabilidad de causación reconoce la existencia de esa obligación en el momento mismo en que nace, así no se haya cumplido con ella.
PROCESO GESTIÓN FINANCIERA PROCEDIMIENTO CAUSACIÓN DE OBLIGACIONES PARA PAGOS A TERCEROS
1. Objetivo: Realizar la causación contable y el control de la ejecución de pagos de las
obligaciones contraídas por la entidad.
2. Alcance: El procedimiento inicia con la recepción de documentos para el proceso de pago de todas las
dependencias, proveedores y contratistas, terminando con la programación de pago. Este procedimiento
aplica para el nivel central y territorial
3. Definiciones: SIIF: Sistema Integrado de Información Financiera. Herramienta modular autorizada que integra y estandariza el registro de la gestión financiera pública con el fin de propiciar una mayor eficiencia en el uso de los recursos de la nación y de sus entidades descentralizadas y de brindar información oportuna y confiable.
Registro Presupuestal R.P Es la operación mediante la cual se perfecciona el compromiso y se afecta en
forma definitiva la apropiación, garantizando que ésta no será desviada en ningún otro fin. En esta
operación se debe indicar claramente el valor y el plazo y las prestaciones a que haya lugar.
3. Generalidades del procedimiento: Parte integral de la Cadena presupuestal. Los documentos requeridos para trámite de pagos dependen del tipo de pago a realizar y de la naturaleza del contratista (Natural, Jurídica, Régimen Común o Simplificado).
4. 
En caso de contratos del 2009 se revisa la base de datos de contratos, y para años anteriores se revisa la carpeta con antecedentes y documentos recibidos, verifica pagos realizados, verifica estado de cuenta, actualiza fechas de pago en el SIIF, imprime la obligación, da visto bueno y pasa al Coordinador del Grupo de Contabilidad. En caso de nómina y facturas de servicios públicos revisa los documentos soporte.
Los soportes para la acusación de obligaciones se reciben dentro del horario de trabajo establecido por la Entidad
8.2. AUTORIZACION DE PAGO DE FACTURAS A LOS PROVEDORES
En Contabilidad de proveedores, además de aprobar facturas para procesarlas, puede aprobar por separado facturas de compra y facturas de costos para pago. La información de auditoría acerca de la aprobación de facturas se almacena.
En la sesión Parámetros de ACP), puede seleccionar los tipos de factura para los que es necesario aprobar el pago.
Puede indicar que se necesita una autorización de pago especial para estos tipos de facturas de compra:
· Facturas de costo y facturas de tarjeta de compra
· Facturas relacionadas con órdenes
· Autofacturas
· Facturas internas
Si se necesita una autorización de pago, se aplican estas reglas:
· Para facturas de costo, si crea y aprueba una factura de costo en Entrada de factura de compra (tfacp2600m000), y está autorizado para aprobar el importe de la factura de costo para pago, LN establecerá la factura automáticamente en Aprobadas para pago.
· Para facturas relacionadas con órdenes, tras aprobar la diferencia de precio y crear transacciones de costos adicionales, también debe aprobar la factura para pago un usuario autorizado.
· Las facturas relacionadas con órdenes para las que seleccione la casilla de verificación Factura aprobada en la sesión Autorizar facturas de compra) también deben aprobarse en la sesión Conciliar/Aprobar facturas de compra Pará. poder aprobar una factura para pago, el estatus de la factura debe ser Aprobado.
· Para extractos de tarjetas de compra con recepción directa, LN calcula las diferencias de precio. Debe aprobar las diferencias de precio que sobrepasen las tolerancias definidas.
· Si está autorizado para aprobar, tanto la diferencia de precio como el pago, si aprueba la diferencia de precio y el costo adicional en la sesión Autorizar facturas de compra (tfacp1142m000), LN establecerá la factura automáticamente en Aprobadas para pago.
· Si selecciona la casilla de verificación Seleccionar facturas no aprobadas para su pago en la sesión Parámetros de CMG (tfcmg0100s000), puede aprobar una factura para pago si el estatus de la factura no es Aprobado. LN comprueba el valor de este parámetro en la compañía contable en la que se haya creado la factura.
Facturas de compra
En la sesión Seleccionar facturas para pago (tfcmg1220m000) del módulo Tesorería, las facturas de compra sólo pueden seleccionarse si se cumplen las siguientes condiciones:
La factura tiene el estatus Aprobado.
El campo Aprobadas para pago de la factura es Sí o No aplicable.
No existe ningún motivo de bloqueo vinculado a la factura.
8.2.1. RESPONSABLES DE AUTORIZACONES DE PAGOS
8.2.2. ALCANCE.
Inicia con la entrega en Contabilidad de la autorización de pago, con sus anexos presupuestales y administrativos del gozo del bien o servicio recibido a satisfacción o, de los soportes de depósitos provisionales a favor de terceros, el respectivo pago al beneficiario o prestador del servicio por parte de la Dirección Administrativa de Tesorería y finaliza con la evaluación de las actividades y la toma de acciones pertinentes. 
RESPONSABLES. El Líder del Área Contable y el director Administrativo de Tesorería son los responsables de velar por la correcta ejecución, aplicación y actualización que requiera este procedimiento.
 Responsable, Líder del Área Contable: Recibe las autorizaciones de pago de las diferentes Secretarías. 
1. Revisa que los soportes contables y tributarios cumplan los requisitos y estén completos. 
2. Realiza la aprobación o rechazo de las autorizaciones de pago, en el módulo de presupuesto de egresos - Ordenes de pago, donde elige el número de autorización y revisa que todos los datos estén correctamente registrados, y aprueba o rechaza según el caso; Si rechaza, escoge en el sistema causales de devolución y explica en el espacio observaciones y devuelve los anexos de la solicitud por medio del archivo Municipal, para que la dependencia encargada comience de nuevo el trámite; de lo contrario procede a elaborar la orden de pago. 
3. Elabora e imprime la Orden de Pago, en el módulo de presupuesto de egresos-Ordenes de pago, con base en el número de autorización previamente aprobada e incluyendo los números de facturas a pagar o número de contrato, fecha inicial, fecha de vencimiento, valor, descuentos, IVA.
Responsable, Auxiliar administrativo o personal de apoyo (contabilidad): Con base en los documentos de la Orden de pago se evalúa la necesidad de liquidar impuestos según el tipo y la cuantía del contrato, y de conformidad con la normatividad vigente. En el Módulo de Otros ingresos, son liquidados los impuestoscorrespondientes, ya sea de pro-cultura, contribución especial, estampilla adulto mayor o estampilla pro-hospital; imprime la cuenta de cobro y la remite al auxiliar o personal de apoyo de causaciones.
Responsable, Auxiliar administrativo o personal de apoyo(contabilidad): Contabiliza diariamente en el módulo de cuentas por pagar la causación de las órdenes de pago realizadas. Si es necesario ajustar imputaciones, hace las modificaciones o inclusiones de cuentas y terceros; registra las deducciones correspondientes a los siguientes conceptos: 
a) Impuesto de Industria y comercio
b) Procultura 
c) Contribución Especial 
d) Estampilla Pro-Hospital 
e) Retención en la Fuente Renta
f) Retención en la Fuente IVA 
g) Estampilla Adulto mayor 
Deducciones por libranzas o embargos a contratistas, empleados u obreros.
Responsable, Auxiliar administrativo o personal de apoyo(contabilidad): Remite las órdenes causadas al contador para su revisión, identifica la orden de pago en el módulo de cuentas por pagar del sistema Financiero, la contabiliza y firma, saca el listado de órdenes contabilizadas; y entrega órdenes y listado a la Dirección de Tesorería.
Responsable, Auxiliar administrativo (Tesorería): Revisa los soportes respectivos según el concepto a pagar y de acuerdo con los requisitos correspondientes: Si los soportes no cumplen con los requisitos establecidos se devuelve la orden, al área de contabilidad con la observación respectiva. Si los soportes cumplen, se procede a la programación de pago.
Responsable, director administrativo de Tesorería: Selecciona la cuenta por pagar según fecha de vencimiento, la fuente de financiación y la disponibilidad de recursos, para su programación de pagos.
Responsable, Auxiliar administrativo (Tesorería): En el módulo de egresos del sistema financiero, identificar el número de la orden de pago, se elabora el comprobante de egreso y prepara el pago en el portal del banco correspondiente. Los pagos o transferencias electrónicas se realizan en dos momentos: preparación y aprobación. La preparación está a cargo del auxiliar administrativo de Tesorería, quien constata número de cuenta, banco, Nit o cedula del tercero y valor a pagar, una vez registrada dicha información, procede a trasladarla al director administrativo.
Responsable, director administrativo de Tesorería: Procede a revisar y aprobar la transferencia o generar cheque en casos excepcionales. El proceso finaliza adjuntando el soporte de pago exitoso de la banca virtual. Si el pago se realiza con cheque se anuncia verbalmente al beneficiario y se efectúa la entrega en la ventanilla de Tesorería, previa identificación y firma del comprobante de egreso. Los soportes de pago reposaran en los legajos identificados cronológicamente, en el Archivo Municipal.
Responsables, Líderes de Proceso Líderes SIGSA: Registrar las oportunidades de mejoramiento de acuerdo con el proceso de Evaluación de Resultados y Mejoramiento de la Gestión, realizando seguimiento a la eficacia de las acciones implementadas.
8.2.3. UTILIZACION DE SELLOS FECHADORES Y CANCELADOS
Este tipo de sello automático ayuda a la empresa a organizar el registro de su documentación comercial, financiera, administrativa o sanitaria. El sello fechador incorpora en él piezas móviles que permiten modificar la fecha y marcarla así en la superficie que se elija. Por su parte, el sello numerador modifica secuencialmente la marcación y hace que el sellado sea más sencillo.
Además, el sello pueda personalizarse al completo. Por lo que puede añadirse al sello fechador el logo de la empresa, la información fiscal o aquello que se desee. Finalmente, el diseño elegido queda recogido en una placa que podemos adaptar a los tamaños y formas que los clientes necesiten.
¿Para qué sirve el sello fechador?
El fechador se emplea normalmente para llevar un control de entrada y salida de documentos, mercancías, stock… Es la herramienta de oficina ideal para tener un buen control de la facturación y la contabilidad. Ya que permite a los trabajadores numerar las facturas que entran, o que salen de la oficina. Así como ordenar de una manera sencilla, rápida y barata, todo tipo de documentos en papel. Por lo que también es una buena opción para llevar una organización más ordenada de las facturas de hogar, documentos. O bien todos los papeles con los que trabajan a diario los autónomos o empresas online. Se trata de una manera profesional de fichar cada documento y conocer la fecha exacta de emisión o recepción. Esto, a su vez, sirve para registrar el día en el que se recibió la documentación por la empresa o institución. Ya que esta fecha puede requerirse para corroborar plazos que establezca la ley. Tal y como ocurre con documentos legales: Sentencias, divorcios, presupuestos, cotizaciones, emisión y vigencia de estos.
¿En qué negocios puede ser útil tener sellos fechadores?
son sellos que suelen encontrarse en negocios e instituciones como farmacias, notarias, ayuntamientos, despachos de abogados, colegios o todo tipo de establecimientos comerciales.
La cancelación del Certificado de Sello Digital: tiene como consecuencia la imposibilidad de emitir facturas electrónicas e incluso que el Servicio de Administración Tributaria determine que el contribuyente simula operaciones.
supuestos de cancelación.
Una de las principales novedades que se dieron en la reforma fiscal del año 2014, lo es que, en el Código Fiscal de la Federación, en específico, en el artículo 17-H, fracción X se facultó a las autoridades a cancelar discrecionalmente el Certificado de Sello Digital cuando:
a. Detecten que los contribuyentes, en un mismo ejercicio fiscal omitan la presentación de tres o más declaraciones consecutivas o seis no consecutivas, previo requerimiento de la autoridad para su cumplimiento.
b. Durante el procedimiento administrativo de ejecución no localicen al contribuyente o éste desaparezca.
c. En el ejercicio de sus facultades de comprobación, detecten que el contribuyente no puede ser localizado; éste desaparezca durante el procedimiento, o bien se tenga conocimiento de que los comprobantes fiscales emitidos se utilizaron para amparar operaciones inexistentes, simuladas o ilícitas.
d. Aun sin ejercer sus facultades de comprobación, detecten la existencia de una o más infracciones previstas en los artículos 79, 81 y 83 de este ordenamiento, y la conducta sea realizada por el contribuyente titular del certificado.
9. ARQUEO DE FACTURAS POR PAGAR CONTRA REGISTRO EN LIBROS
Se debe comparar del arqueo de la factura de los pasivos con el registro en los libros y que estos a su vez coincidan.
10. PROCEDIMIENTO PARA DETERMINAR SI EXISTE FINANCIACION IMPLICITA U OCULTA (PLAZOS QUE EXCEDE EN LA POLITICA CONTABLE)
En casi todos los casos, los instrumentos financieros se medirán, en el reconocimiento inicial, a su precio de transacción. Sin embargo, si un acuerdo de compra o venta contiene una transacción de financiación implícita (por ejemplo, permite pagos diferidos “sin intereses”), la entidad inicialmente debe medir el activo financiero o pasivo financiero al valor presente de los pagos futuros descontado a una tasa de interés de mercado correspondiente a un instrumento de deuda similar (es decir, el valor presente del precio de transacción).
 El instrumento de deuda similar debe ser semejante en lo que respecta a la moneda de transacción, plazo de financiación, calificación crediticia del prestatario, tasa de interés que el prestatario, en circunstancias normales, pagaría sobre dicho tipo de transacción de financiación y otros factores. 
La mayoría de las transacciones de financiación implícitas en las operaciones de compra o venta se realizarán a una tasa de interés de mercado (es decir, se puede afirmar que la transacción se realiza en condiciones de independencia mutua); en especial, si las llevan a cabo partes no relacionadas y que actúan para obtener el mayor beneficio propio. 
 En los casos en que se otorgue un préstamo a una tasa de mercado correspondiente a un préstamosimilar, la entidad deberá medir inicialmente el instrumento de deuda al precio de transacción (generalmente, el efectivo que se intercambió por adelantado). Un ejemplo de una transacción que puede financiarse a una tasa de interés que no sea una tasa de mercado es el caso en que una entidad controladora concede un préstamo a una subsidiaria y la primera entidad le cobra a la segunda una tasa de interés menor que la que cobraría un tercero no relacionado sobre el mismo préstamo.
 Al ofrecer una tasa de interés reducida a su subsidiaria, la entidad controladora está brindando una financiación implícita, además del préstamo subyacente. Por lo tanto, en este caso, el precio de transacción no se aproxima al valor presente de los pagos futuros descontado a la tasa de mercado adecuada.
Cuando un préstamo no se otorga a una tasa de mercado correspondiente a un préstamo similar, la entidad inicialmente reconoce el préstamo al valor presente de los pagos futuros descontado a una tasa de interés de mercado para un instrumento de deuda similar. Si un pasivo financiero debe pagarse por completo cuando se reclama su cancelación (por ejemplo, puede ser el caso en que no se especifica una fecha de reembolso), no debe descontarse (es decir, se reconoce por el importe total por pagar cuando se reclama la cancelación sin descuento (véase el ejemplo 54)). En las mediciones posteriores, se seguirá reconociendo por el importe total pendiente sin descuento.
•	La financiación implícita se reconoce cuando el plazo del contrato es superior a un año y el valor es material. Por ejemplo, si la entidad concede un préstamo a un empleado con un plazo superior a un año, pero este valor no es material, no es necesario reconocer la financiación implícita, pues no brindaría información útil. Caso contrario tendría lugar si el valor es material, pues debe reconocerse el gasto por interés usando una tasa similar a la de mercado.
•	Si una entidad normalmente vende mercancía con un plazo de 3, 6 o 12 meses, y eso es común en el curso normal de sus negocios, no es necesario calcular la financiación implícita. El párrafo 11.14 (a) del Estándar para Pymes señala que en instrumentos de deuda corrientes no deben descontarse por efectos de la financiación implícita.
•	Es importante establecer cuando existe una financiación implícita es clave- El precio pagado al proveedor difiere del precio de este en condiciones normales de crédito de los bienes adquiridos. En este caso la diferencia del precio debe registrarse como gastos por intereses.
11. PRESENTACION DE LOS ESTADOS FINANCIEROS POR GRUPO DE CORRIENTE Y NO CORRIENTE
Según, (Gaitan, 2012) se deben clasificar como activos y pasivos corrientes (circulantes) los de corto plazo que no superen su disponibilidad o exigibilidad más de un año y no corrientes (no circulantes) los de largo plazo superiores a un año o de carácter permanente. Si la presentación en función de su liquidez permite una información más confiable y relevante se debe optar por esa opción en especial los estados financieros referidos a las entidades o cooperativas financieras. (NIC 1.56).
 Es decir, se debe mostrar para cada elemento incluido en el activo o en el pasivo corriente, que incluya cantidades cuya liquidación o cobro se espere realizar antes y después de doce meses respecto a la fecha de cierre del balance, y activo o en el pasivo no corriente, cualquier cantidad que se espere recuperar o pagar en más de doce meses.
Activos corrientes
 Un activo se debe clasificar como corriente o circulante, cuando: • La expectativa de realización se logre, se ponga a la venta o se consuma en el ciclo normal de explotación de la entidad.
• Se reciba en dación en pago y se mantenga para negociarlo lo más pronto posible.
 • Se espera que se realice en los doce meses siguientes a la fecha del balance.
 mínimos en un año • Que incluya efectivo o activos equivalentes al efectivo que no estén restringidos. (NIC 1.66). Todos los demás activos se clasifican como activos no corrientes. 
Pasivos corrientes
 Un pasivo se debe clasificar como corriente o circulante, cuando:
 • La expectativa es que se espera se liquide en el ciclo normal de explotación de la entidad. 
• Se mantenga principalmente por motivos de negociación. 
• Se espera que se liquide dentro de los doce meses siguientes a la fecha del balance
• La entidad no tenga el derecho incondicional de diferir el pago de este pasivo durante los doce próximos meses como mínimo. (NIC 1.69). Todos los demás pasivos se clasifican como pasivos no corrientes. Algunas notas especiales para seguir:
 • Los impuestos anticipados y los impuestos diferidos no se pueden clasificar como activos y pasivos corrientes, respectivamente. (NIC 12.5-6). 
• Deuda a largo plazo renegociada. Una entidad clasificará una deuda financiera como pasivo corriente, cuando venza en el período de un año desde la fecha del balance, aunque:
El plazo original fuera superior a un año.
Se haya firmado entre la fecha del balance y la fecha de formulación de los estados financieros un acuerdo para la refinanciación a largo plazo, o para el aplazamiento de los pagos. (NIC 1.7).
 • Un pasivo corriente puede ser clasificado como no corriente si la entidad espera y tiene la intención de refinanciarlo y liquidarlo a largo plazo mediante cualquier tipo de línea crediticia disponible y existente. (NIC 1.7
11.1. POR ORDEN DE LIQUIDEZ Y REVELACION.
La entidad debe presentar sus activos corrientes y no corrientes, y sus pasivos corrientes y no corrientes, como categorías separadas en su estado de situación financiera, excepto cuando una presentación basada en el grado de liquidez proporcione una información fiable que sea más relevante. Cuando se aplique tal excepción, todos los activos y pasivos se presentarán de acuerdo con su liquidez aproximada (ascendente o descendente).
En la mayoría de las situaciones una presentación corriente / no corriente proporciona información útil a los usuarios, especialmente les permite predecir la situación financiera de la entidad en el corto plazo, por el análisis de los activos y pasivos corrientes, y la denominada razón corriente.
Esta presentación es más útil que la presentación en orden de liquidez, en la mayoría de las entidades. La presentación por orden de liquidez es útil en entidades cuyos activos de largo plazo no son materiales para la actividad de la entidad, tales como entidades financieras y algunas entidades de servicios, entre otras.
Al clasificar los activos y pasivos corrientes, la entidad debe tener en cuenta los requerimientos de los párrafos 4.5 al 4.8 del Estándar para Pymes, los cuales establecen lo siguiente:
Un activo se clasifica como corriente cuando:
a. Se espera realizarlo o se tiene la intención de venderlo o consumirlo en el ciclo normal de operación.
b. Se mantiene principalmente con fines de negociación.
c. Se espera realizar dentro de los doce meses siguientes desde la fecha sobre la que se informa.
d. Se trata de efectivo o un equivalente al efectivo, salvo que su utilización esté restringida y no pueda ser intercambiado ni utilizado para cancelar un pasivo por un periodo mínimo de doce meses desde de la fecha sobre la que se informa.
· Todos los demás activos se clasifican como no corrientes. Cuando el ciclo normal de operación no se pueda identificar claramente, se presumirá que es de doce meses.
· Un pasivo se clasifica como corriente cuando:
· Se espera liquidarlo en el transcurso del ciclo normal de operación de la entidad.
· Se mantiene el pasivo principalmente con el propósito de negociar.
· El pasivo debe liquidarse dentro de los doce meses siguientes a la fecha sobre la que se informa.
· La entidad no tiene un derecho incondicional para aplazar la cancelación del pasivo durante, al menos, los doce meses siguientes a la fecha sobre la que se informa.
· Todos los demás pasivos se clasifican como no corrientes.
CONCLUSIÓN
Finalmente, la evolución de los mercados de bonos es el principal termómetro para medir la salud de una economía en tanto en cuanto reflejael nivel general de confianza y credibilidad de los inversores hacia las políticas macro de los diferentes países y gobiernos y, además, como hemos visto, tiene una incidencia clara y notoria en la valoración del resto de activos. Por todo ello, como inversores y como ciudadanos libres e informados conviene que le demos una gran importancia a los bonos. 
Podemos decir que, un bono representa para la empresa emisora una promesa escrita de pago de un valor determinado y la cancelación periódica de intereses y se utiliza cuando las necesidades de fondo de una empresa exceden la posibilidad de su obtención a través de un solo préstamo, la empresa acude a la emisión de bonos.
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
· Enrique, O. C. (2016). Pasivos Financieros. AECA, 1-57.
· ASC, F. (2009). Formación Sobre La Niif Para Las Pymes. IASC Foundation, 1-109.
· Morales, F. C. (2020). Instrumentos de deuda. 1-4.
· NIF Para Las Pymes. (2009). Instrumentos Financieros, 1-15.
· MORALES CASAS, Francisco. Fundamentos de la actividad y los negocios bancarios. Análisis Institucional Legal y operativo de la banca y su entorno. Jurídica Radar Ediciones. Tercera edición. 2005 
· RENGIFO, Ramiro. Títulos Valores. Señal Editora. Décima Primera Edición. Medellín. 2005.
· RENGIFO, Ramiro. La Fiducia. Legislación Nacional y Derecho Comparado. Fondo Editorial Universidad Eafit. Segunda Edición. Medellín. 2001.
· Colombia. Ministerio De Desarrollo Económico. Decreto 257 de 2001, febrero 19, por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 550 de 1999, en lo relacionado con el régimen de los bonos de riesgo. Bogotá. Ministerio De Desarrollo Económico De Colombia. 2001.
· KPMG (2012). Las NIIF comentadas. Guía práctica de KPMG para comprender las Normas Internacionales de Información Financiera. Madrid: Thomson Reuters Aranzada
· Fierro, Á. M. (2009). Contabilidad de pasivos. Ecoe Ediciones
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