Descarga la aplicación para disfrutar aún más
Vista previa del material en texto
2 AGENTES DE RETENCIÓN Son todos los empleadores del Sector Público y Privado que paguen o acrediten a sus dependientes, por cualquiera de los conceptos señalados en el Inciso d) del Artículo 19 Título II del Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado de la Ley Nº 843 (Texto Ordenado Vigente), se consideran ingresos alcanzados a: Normativa: Ley 843, Título II; D.S. 21531, D.S. 3890, RND 10-0030-15 y RND 101900000010 • Sueldos • Salarios • Jornales • Sobre sueldos • Horas extras • Categorizaciones • Participaciones • Emolumentos • Primas • Premios • Bonos • Dietas • Gratificaciones • Bonificaciones • Comisiones • Compensaciones en dinero o en especie, • Viáticos • Gastos de representación • Toda retribución ordinaria o extraordinaria, suplementaria o a destajo OBJETO DE LA NORMATIVA La RND 101900000010 de 05 de junio de 2019 establece el Reglamento para la Aplicación del Procedimiento del DS N° 3890, a objeto de: • Reglamentar el envío de la Planilla Tributaria V.2, • Declaración del Formulario 608 V.3, • Traslado del saldo a favor del dependiente RC-IVA de las Personas Naturales en relación de Dependiencia, en casos de desvinculación, para su consideración como pago a cuenta del RC-IVA, en la siguiente fuente laboral del dependiente. ALCANCE DE LA NORMATIVA Alcanza a los: - Dependiente (Personas Naturales), y - Agentes de Retención del RC-IVA. PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DEL DECRETO SUPREMO N° 3890 3 PLAZO DE ENVÍO DE LA INFORMACIÓN La Planilla Tributaria V.2 y el Formulario 608 V.3 se deben enviar mensualmente, de acuerdo a la terminación de su NIT 0HASTA EL 13 DE CADA MES 2HASTA EL 15 DE CADA MES 4HASTA EL 17 DE CADA MES 6HASTA EL 19 DE CADA MES 8HASTA EL 21 DE CADA MES 1HASTA EL 14 DE CADA MES 3HASTA EL 16 DE CADA MES 5HASTA EL 18 DE CADA MES 7HASTA EL 20 DE CADA MES 9HASTA EL 22 DE CADA MES PROCEDIMIENTO PARA EL DEPENDIENTE El Servicio de Impuestos Nacionales habilitó dos Certificaciones sobre el saldo a favor del dependiente el cual está disponible en la Oficina Virtual los cuales son: • Certificado de Saldo a Favor del Dependiente RC-IVA, en el cual se establecerá el Saldo a Favor del Dependiente RC-IVA (actualizado al último día hábil a la obtención del certificado). • Certificado de Uso de Saldo a Favor del Dependiente RC- IVA, mismo que establecerá el Crédito Fiscal utilizado con su anterior agente de retención como pago a cuenta del RC-IVA, resultante de los ingresos percibidos en relación de dependencia, con posterioridad a la desvinculación. • El saldo a utilizar del Crédito Fiscal RC-IVA señalado precedentemente se actualizará al último día hábil del mes anterior a la obtención del Certificado. Para obtener los certificados el dependiente debe seguir los siguiente pasos - Ingresar a la Oficina Virtual, acceder a la opción Dependientes RC-IVA y hacer clic en Registrar Usuario a) Creación de Usuario de la Oficina Virtual 1 VIDEO TUTORIAL 4 - Consignar el código de Dependiente, Número de Documento de Identidad y Fecha de Nacimiento, posteriormente hacer clic en el botón Continuar. - Crear un Usuario y una Contraseña ( debe contener minimamente una letra mayúscula, una minúscula y un número ej. Maria2019) - Consignar el código Captcha y pulsar sobre la opción Registrar donde la Oficina Virtual le confirmará su registro - Ingresar a la Oficina Virtual, acceder a la opción Dependientes RC-IVA con el usuario y contraseña. - Hacer Clic sobre la opción Certificado de Traslado RC IVA o Certificado de Uso RC IVA, según corresponda. b) Solicitud de Certificado 5 Importante • El “Certificado de Saldo a Favor del Dependiente RC-IVA” podrá ser verificado por el “nuevo empleador”, ingresando a la opción Consultas Públicas de la Oficina Virtual (Ver página 14). • Los saldos de un dependiente no podrán trasladarse a otros dependientes. • Si se hubiese efectivizado el traslado del Saldo a Favor del Dependiente RC-IVA, y el mismo hubiese sido considerado por el “nuevo empleador”, el trabajador ya no podrá utilizar ese saldo como pago a cuenta del impuesto al RC-IVA resultante de los ingresos percibidos en su primera fuente de trabajo. - La Oficina Virtual le generará una ventana emergente con la información del certificado. - Para generar el Certificado de Saldo A Favor del Dependiente RC-IVA o el Certificado de uso de Saldo pulsar sobre la opción GENERAR CERTIFICADO e imprimirlo - Consignar el NIT del anterior Agente de Retención y monto de Crédito Fiscal a Utilizar (cuando corresponda). - Pulsar sobre la opción CONSULTAR 6 IMPORTANTE 1.- El “Código de Dependiente RC-IVA” generado debe ser registrado en la Planilla Tributaria V.2. 2.- El Código del Dependiente es único, independientemente del Agente de Retención, sin tener en cuenta el lapso de desvinculación laboral. 3.- Para aquellos dependientes que tengan un NIT (activo o inactivo), este número se ultilizará como Código de Dependiente PROCEDIMIENTO AGENTE DE RETENCIÓN El Agente de Retención debe realizar lo siguiente: a) Generación Código Dependiente RC-IVA El Empleador generará un “Código de Dependiente RC-IVA” para cada trabajador, debiendo a este efecto ingresar a la opción “Generación Código de Dependiente RC-IVA” de su Oficina Virtual y registrar de manera manual o masiva la siguiente información: a) Tipo de Documento de Identidad; b) Número de Documento de Identidad; c) Complemento del Documento de Identidad (cuando corresponda); d) Primer Apellido; e) Segundo Apellido (cuando corresponda); f) Nombres; g) Fecha de Nacimiento; h) Dirección del Domicilio del Dependiente; i) Número de Teléfono del Dependiente; j) Número de Celular del Dependiente: k) Correo Electrónico (personal). 2 VIDEO TUTORIAL 7 Para obtener el Código de Dependiente el Agente de Retención debe realizar el siguiente proceso: 1.- Acceder a la Oficina Virtual, con sus respectivas credenciales, del sitio web www.impuestos.gob.bo 2.- Seleccionar la opción Trámites Tributarios y en el Menú derecho seleccionar la opción RC IVA Dependiente. 3.- En la siguiente pantalla pulsar sobre el icono GENERACIÓN CÓDIGO DEPENDIENTE. En la opción Generación Código Dependiente, podrá realizar el cargado Individual y/o Masivo de la información de los dependientes. i) Registro Manual (Carga individual) Para registrar la información de los dependientes de manera individual debe seguir los siguientes pasos: 1. Elegir la opción Registro Manual. 2. Registrar los datos de manera individual de los dependientes y pulsar sobre el ícono añadir (+) 3. Una vez registrados todos los dependientes hacer clic sobre la opción PROCESAR y CÓDIGOS. 8 RECOMENDACIONES En el Campo Tipo de Documento de Identidad, sólo debe considerar las siguientes abreviaturas: CI Cédula de Identidad PAS Pasaporte CEX Cédula de Extranjería RUN Registro Único Nacional Si el dependiente tiene un solo apellido, se deberá registrar como Primer Apellido y la casilla de segundo apellido dejar vacio, Si el dependiente no tiene Número de Teléfono Fijo y/o Correo Electrónico deberán consignar el valor cero (0), No se debe consignar en ninguna columna el caracter punto y coma ( ; ). En el archivo con extención .csv el separador de listas debe ser (;) punto y coma ii) Registro Masivo ( Registro desde Archivo) Para registrar la información de los dependientes de manera masiva debe seguir los siguientes pasos: 1. Elegir la opción Registro Desde Archivo. 2. Pulsar sobre la opción Seleccionar Archivo, en la ventana emergente adjuntar un archivo excel con extensión .csv con el nombre DEP_NIT_FECHA DE ENVÍO (ejemplo : DEP_1234567012_20190902) el cual debe contener la siguiente información: 3. Una vez cargado el archivo en extensión .csv sin títulos hacer clic sobre la opción PROCESAR y CÓDIGOS. 4. Tanto para el registro manual y masivo pulsar la opciónconstancia de envió que le mostrara la cantidad de casos aceptados, observados y procesados, posteriormente hacer clic en Códigos para descargar un archivo con los códigos generados para cada dependiente 5. Si el sistema genera la observación de posible duplicado ingresar a la opción errores y verificar los datos del dependiente, en el caso que se encuentren correctos debe enviar nuevamente la información solo de los dependientes observados. TIPO_DOC NUMERO_DOC COMPLEMENTO_ DOC PRIMER_ APELLIDO SEGUNDO_ APELLIDO NOMBRES FECHA_ NAC DIRECCION TELEFONO CELULAR CORREO_ ELECTRONICO De 2 hasta 3 caracteres. De 2 hasta 9 caracteres De 2 hasta 3 caracteres De 2 hasta 15 caracteres De 2 hasta 15 caracteres De 2 hasta 30 caracteres dd/mm/ aaaa (10 caracteres) Desde 5 hasta 200 caracteres 7 Caracteres 8 Caracteres De 10 hasta 50 caracteres Alfabético Numérico Alfanumérico Alfabético Alfabético Alfabético Fecha Alfanumérico Numérico Numérico Alfanumérico IMPORTANTE Para volver a descargar los códigos de dependiente debe ingresar a la opcion Buscar por número de envío 9 b) Consolidación Formulario 110 V.3 Los dependientes podrán registrar el Crédito Fiscal contenido en las Facturas, Notas Fiscales o Documentos Equivalentes en el Formulario 110 V.3, a efectos de beneficiarse como pago a cuenta del RC – IVA o acumular un saldo a favor de Crédito Fiscal para el siguiente periodo, para este fin debe presentar a su empleador el Formulario 110 V.3 en formato físico y digital en un archivo con extensión .dec generado por el Aplicativo Facilito, Modulo Agente. Las Personas en relación de dependencia podrán presentar Facturas, Notas Fiscales o Documentos Equivalentes en el Formulario 110 V.3, incluso cuando estos tengan un ingreso menor a los 4 Salarios Mínimos Nacionales. Generación archivo consolidado .dec La consolidación del Formulario 110 V.3 se efectúa a través del Módulo Agente de Retención V1.0.0.0 del Aplicativo Facilito. Para efectuar la consolidación de los Formularios 110 V.3 de los dependientes, el Agente de Retención debe considerar lo siguiente: • Tener actualizado el módulo Agente del Aplicativo Facilito V1.0.0.0. • Tener registrados mínimamente a los dependientes que presentan el Formulario 110 V.3 en el módulo Agente del Aplicativo Facilito • Tener los Formularios 110 V.3 físicos. • Tener los Formularios 110 V.3 digital en un archivo con extensión .dec generado por el dependiente utilizando el Aplicativo Facilito. Para efectuar la consolidación de los Formularios 110 V.3 debe realizar los siguientes pasos: • Ingresar Aplicativo Facilito con el usuario y contraseña del Agente de Retención, hacer clic sobre la opción Agente en la barra superior del Aplicativo. • Pulsar sobre la opción de CARGAR F-110 DEPENDIENTES .dec VIDEO TUTORIAL 10 • Seleccionar el periodo de presentación (MES / AÑO) y pulsar sobre la opción BUSCAR. • En la ventana emergente hacer clic sobre la opción Si, • Buscar el Formulario 110 V.3 del dependiente y pulsar sobre la opción Abrir. • En la pantalla de REGISTRO INICIAL debe consignar la fecha del formulario 110 V.3 presentado por el dependiente, la cantidad de facturas y el total de Crédito Fiscal presentado por el dependiente (estos datos deben obtenerlo del Formulario 110 V.3 físico), posteriormente pulsar sobre la opción VALIDAR, en el caso que el formulario no tenga observaciones debe hacer clic en ACEPTAR. • Una vez concluida la captura de todos los Formularios 110 de los dependientes debe ingresar a la opción GENERAR ARCHIVO DEC, en esta opción debe seleccionar el periodo y gestión de presentación (MES / AÑO) ) y hacer clic sobre la opción BUSCAR. 11 • En la pantalla de GENERACIÓN DE ARCHIVO CONSOLIDADO F-110 debe verificar el reporte generado por el sistema, si está de acuerdo con la información debe hacer clic en la opción Confirme la CANTIDAD de FORMULARIOS 110 de sus Dependientes para enviar si los datos son correctos. • Finalmente, el aplicativo le generará el archivo consolidado con extensión .dec para ser remitido por la Oficina Virtual. IMPORTANTE En caso que esté obligado a remitir la Planilla Tributaria V.2 y ninguno de los dependientes haya presentado el Formulario 110 V.3 debe generar un archivo sin movimiento. 12 ; 123 0 Paz .csv c) Planilla Tributaria V.2 A partir del periodo mayo 2019, los agentes de retención se encuentran obligados a remitir la Planilla Tributaria V.2 a través de la Oficina Virtual de manera mensual cuando: • Su Planilla Tributaria genere un saldo a favor del dependiente • Su Planilla Tributaria genere un saldo a favor del Fisco (impuesto a retener) • Uno de sus dependientes haya presentado el Formulario 110 V.3 Cuando el Empleador se encuentre obligado a enviar la Planilla Tributaria V.2 debe remitir la información de la totalidad de los dependientes. La fecha de vencimiento para el envío de la Planilla Tributaria V.2. es de manera mensual de acuerdo al último dígito del NIT (Ver pagína 3). La Planilla Tributaria V.2 se elabora a partir de un excel guardado como .csv delimitado por comas con el siguiente nombre: PLA_NIT_AAAA_MM.csv considerando lo siguiente: El archivo .CSV no debe contener títulos, totales u otras columnas no establecidas. Usar como separador de listas el punto y coma (;) Se pueden consignar números enteros o decimales (dos decimales) El separador de miles debe ser coma (,) y el separador de decimales debe ser punto (.) Las columnas de nombres, primer apellido y segundo apellido no deben contener espacios ni caracteres especiales como por ejemplo el caracter: punto(.), guion (-), coma (,), etc. En el caso que la columna Impuesto RC-IVA este en cero (0) la siguiente columna (13% de dos Salarios Mínimos Nacionales) se consigna cero (0). En el caso que uno de los dependientes tenga solo apellido materno este debe ser considerado como primer apellido. VIDEO TUTORIAL 13 LLENADO PLANILLA El A ge nt e de R et en ci ón (E m pl ea do r) a pa rt ir de l m es d e m ay o, c uy o ve nc im ie nt o es e n ju ni o de l 2 01 9, p re se nt a la P la ni lla Tr ib ut ar ia V .2 c on so lid an do e n el la la in fo rm ac ió n de l t ot al d e lo s de pe nd ie nt es , y e n ba se a e sa in fo rm ac ió n pr es en ta ra el F or m ul ar io 6 08 V .3 . La P la ni lla T rib ut ar ia V .2 , tie ne la s ig ui en te in fo rm ac ió n: KE RO LL U S .R .L . PL A N IL LA T RI BU TA RI A V .2 Po r A go st o 20 19 Pe rio do d e de cl ar ac ió n, N om br es y a pe lli do s de pe nd ie nt es , e n ca so d e no te ne r d os a pe lli do s, de ja r l a co lu m na d e se gu nd o ap el lid o va ci o, n o co ns ig na r c er o “0 ” R eg is tr ar e st ad o de lo s de pe nd ie nt es (I= In co rp or ac io n V =V ig en te D =d es vi nc ul ad o) G es tió n 20 19 es B s2 12 2 * 2 = 42 44 . Im pu es to n et o m en os F -1 10 13 % d e fa ct ur as pr es en ta da s, cu an do s ea m ay or a ce ro (0 ) Sa ld o a fa vo r de l d ep en di en te re gi st ra do e n la co lu m na X d e la Pl an ill a Tr ib ut ar ia de l m es a nt er io r Su m at or ia s al do a fa vo r d el de pe nd ie nt e y M an te ni m ie nt o de va lo r C ua nd o el s al do a fa vo r de l F is co s ea m ay or a l sa ld o ut ili za do re gi st ra r sa ld o a fa vo r d el Fi sc o m en os e l s al do ut ili za do M ul tip liq ue la b as e im po ni bl e po r 1 3% , Im pu es to R C -IV A m en os 13 % d e 2 SM N . C ua nd o lo s 2 SM N s ea n m ay or es al im pu es to R C -IV A s e re gist ra rá c er o (0 ) Año Per io- do Cód igo dep end ien te RC -IV A No mb res Pri me r Ape llid o Seg und o Ape llid o Nú me ro d e Doc um ent o de Ide ntid ad Tip o d e Doc u - me nto “No ved ade s (I= Inc orp o- rac ion V= Vig ent e D=d esv in- cul ado )” Mo nto de ing res o net o Dos (2) sal ario s min imo s nac io - nal es no imp oni - ble s “Im por te suj eto a imp ues to (ba se imp oni ble ) “ Imp ues to RC -IV A “13 % d e dos (2) Sal ario s Min imo s Nac ion ale s “ “Im pue sto Ne to RC -IV A” F-1 10 13% de fac tur as pre sen tad as Sal do a fav or d el Fis co Sal do a fav or d el dep en- die nte Sal do a fav or d el dep end ien - te p erio do ant erio r Ma nte nim ien to de val or d el sal do a fa vor del de pen die n - te d el p erio do ant erio r Sal do a fa vor del pe riod o ant erio r act ual iza do Sal do util iza do Im - pue sto RC -IV A ret e - nid o Sal do de Cré dito Fis cal a fav or d el dep end ien te par a e l m es sig uie nte a b c d e f g h i j k l=j- k (s i j> k) m= l*0 .13 n o=m -n (si m> n) p q=o -p (si o>p ) r=p -o (si p>o ) s t u=s +t v=u (si u<= q)|v =q (si q<u ) w= q-v (si q>v ) x=r +u- v 201 9 8 492 746 801 8 AG UIL AR GU ZM AN AR MA ND O 492 746 8 CI V 127 06, 55 424 4 846 2,5 5 110 0,1 3 551 ,72 548 ,41 0 548 ,41 0 554 5,5 7 5,7 4 555 1,3 1 548 ,41 0 500 2,9 201 9 8 705 109 101 1 CA SAS PAR ICO LLO JOR GE 705 109 1 CI V 418 9,9 0 424 4 0 0,0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 201 9 8 109 922 701 4 WA LTE R AYA VIR I TO RR ELI O 109 922 7 CI V 941 6,8 3 424 4 517 2,8 3 672 ,47 551 ,72 120 ,75 0 120 ,75 0 0 0 0 0 120 ,75 0 201 9 8 370 642 201 4 CA STR O RU IZ SAN DR A 370 642 2 CI V 181 91, 51 424 4 139 47, 51 181 3,1 8 551 ,72 126 1,4 6 104 8 213 ,46 0 313 76, 96 32, 46 314 09, 42 213 ,46 0 311 95, 96 201 9 8 663 438 201 7 ILL AN ES LLA NO S RO BER T 663 438 2 CI V 527 6,6 3 424 4 103 2,6 3 134 ,24 551 ,72 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 201 9 8 343 693 301 3 MA RC A MA NG UI LOU RD ES 343 693 3 CI V 120 45, 24 424 4 780 1,2 4 101 4,1 6 551 ,72 462 ,44 0 462 ,44 0 733 1,2 7 7,5 8 733 8,8 5 462 ,44 0 687 6,4 1 201 9 8 181 629 501 1 SO SA LUQ UE RA UL 181 629 5 CI V 844 8,0 7 424 4 420 4,0 7 546 ,53 551 ,72 0 0 0 0 779 3,6 2 8,0 6 780 1,6 8 0 0 780 1,6 8 201 9 8 108 113 901 0 MA RG OT H CH AM OS O GO NZ A - LES 108 113 9 CI V 141 92, 58 424 4 994 8,5 8 129 3,3 2 551 ,72 741 ,60 154 3 0 801 ,4 264 8,8 5 2,7 4 265 1,5 9 0 0 345 2,9 9 TO TA LES 844 67, 31 339 52 505 69, 41 657 4,0 3 386 2,0 4 313 4,6 6 259 1 134 5,0 6 801 ,4 546 96, 27 56, 58 547 52, 85 122 4,3 1 120 ,75 543 29, 94 La P la ni lla tr ib ut ar ia d eb e se r p re se nt ad a en fo rm a ob lig at or ia a p ar tir d el m es d e M AY O 2 01 9. E N L O S M ES ES Q UE N O E XI ST IE RA D AT O S EN L A PL AN IL LA T RI BU TA RI A, N O S E PR ES EN TA RÁ D IC H A IN FO RM AC IÓ N . G es tió n 20 19 , Bs 55 2 si la ba se im po ni bl e es c er o (0 ) re gi st ra r c er o (0 ) O bt en id a a tr av és d e la O fic in a V irt ua l, R eg is tr ar so lo la p ar te nú m er ic a de l D oc um en to d e Id en tid ad . To ta l in gr es os de l p er ío do m en os lo s ap or te s de A FP s In gr es o ne to g ra va bl e m en os lo s 2 SM N . Si e l m on to d e In gr es o es m en or o ig ua l a 2 S M N re gi st ra r c er o (0 ), en la s co lu m na s M , N y O . C as ill a 69 3 de F- 11 0 V. 3 de lo s de pe nd ie nt es , s i el d ep en di en te n o pr es en ta F -1 10 V. 3 re gi st ra r ce ro (0 ) F -1 10 1 3% de fa ct ur as pr es en ta da s m en os Im pu es to ne to , c ua nd o se am ay or a ce ro (0 ) Si e l s al do a fa vo r d el fi sc o es m ay or a l sa ld o de l p er io do a nt er io r a ct ua liz ad o re gi st ra r e l s al do d el p er io do a nt er io r ac tu al iz ad o Si e l s al do d el p er io do a nt er io r ac tu al iz ad o es m ay or a l s al do a fa vo r d el fis co re gi st ra r a l s al do a fa vo r d el fi sc o R eg is ta r c ua nd o el sa ld o a fa vo r d el de pe nd ie nt e m as el s al do a fa vo r ac tu al iz ad o se a m ay or al s al do u tli liz ad o C I = C éd ul a de Id en tid ad , C EX = C éd ul a de Id en tid ad de E xt ra nj er o, P A S = Pa sa po rt e y R U N = R eg is tr o Ú ni co N ac io na l M an te ni m ie nt o de v al or : SF Sa ld o a Fa vo r m es an te rio r -1 TRIBUTARIA V.2 14 d) Verificación de certificado RC-IVA Cuando el dependiente presente un certificado de uso de Saldo a Favor y Certificado de Saldo a Favor debe verificar éste realizando el siguiente proceso: - Ingresar a la Oficina Virtual y acceder al Portal de Trámites Tributarios con sus credenciales - Hacer clic en la opcion RC-IVA Dependientes en el menu derecho del portal de Tramites Tributarios - Acceder al icono verificación Certificados RC-IVA Dependiente - Seleccionar el Tipo de certificado a verificar - Consignar el Código de Dependiente, NIT del Anterior Agente de Retención, Codigo de Certificación y Código de Seguridad - Pulsar sobre la opción BUSCAR 15 e) Envio de la información RC-IVA Para el envío de la información al SIN debe realizar el siguiente procedimiento: - La Oficina Virtual le mostrará un reporte de la certificación donde debe verificar los datos de la certificación - Ingresar a la Oficina Virtual y acceder al Portal de Trámites Tributarios con sus credenciales - Hacer clic la opción RC- IVA Dependientes del menú derecho del Portal de Tramites Tributarios. - Acceder al icono Confirmación Envío de la Información RC-IVA 16 - Seleccionar el mes y año de presentación de la información, cargar el archivo CSV de la Planilla Tributaria V.2 y el archivo .dec consolidado de los formularios 110 V.3 - Hacer clic sobre el botón ENVIAR - En el caso de tener observaciones descargar el archivo de errores pulsando sobre la opción Detalle De Errores. 17 - En el caso que no tenga ningúna observación la Oficina Virtual le indicará que El cargado de la planilla fue exitosa y le generará la Constancia de Presentación Información Agente de Retención RC-IVA V.1 Facilito. IMPORTANTE Cuando el Agente de Retención detecte errores o inconsistencias en la información consolidada de: - Los Formularios 110 V.3 - La Planilla Tributaria V.2 Deberán realizar un nuevo envío de ambos archivos debidamente corregidos en el plazo de treinta (30) días corridos a partir de la fecha de vencimiento del envío, pasado este plazo se incurrirá en Incumplimiento a Deberes Formales. Rectificatoria (Corrección de envío de la información) 18 f) Llenado Formulario 608 V.3 Para llenar el Formulario 608 V.3, se debe copiar los importes totales de la Planilla Tributaria V.2 a las casillas correspondientes del formulario. El Agente de Retención (Empleador) presentará el Formulario 608 V.3, de forma mensual consolidando la información del total de los dependientes y de corresponder los montos retenidos hasta su fecha de vencimiento, la cual corresponde a la terminación del Número de Identificación Tributaria (NIT). A partir del periodo mayo 2019, los agentes de retención deben enviar el Formulario 608V.3 a través de la Oficina Virtual de manera mensual cuando: • Su Planilla Tributaria genere un saldo a favor del dependiente • Su Planilla Tributaria genere un saldo a favor del Fisco (impuesto a retener) Total de la Columna Monto de Ingreso Neto de la Planilla Tributaria. Total de la Columna Salarios Mínimos Nacionales No Imponibles de la Planilla Tributaria. Total de la columna impuesto RC-IVA de la planilla Tributaria Viene de la columna j Viene de la columna k Viene de la columna mViene de la columna l Viene de la columna q Viene de la columna p Viene de la columna o Total de la Columna Mantenimiento de Valor del Saldo a Favor del Dependiente de la Planilla Tributaria Viene de la columna u Suma de las Casillas 635 y 648 Total de la Columna Impuesto Neto RC-IVA de la Planilla Tributaria. Total de la Columna F-110 de Facturas Presentadas de la Planilla Tributaria. Total de la Columna Saldo a Favor del Fisco de la Planilla Tributaria. Viene de la columna s Total de la Columna Saldo a Favor del Dependiente del Periodo Anterior de la Planilla Tributaria. Total de la Columna Importe Sujeto a Impuestos de la Planilla Tributaria. Total de la Columna 13% de los Salarios Mínimos Nacionales de la Planilla Tributaria. Viene de la columna n Importe sujeto a impuesto (Base Imponible) según planilla salarial Impuesto Neto RC-IVA según planilla salarial 202 2591 5 13% de dos (2) Salarios Mínimos Nacionales 8 Monto de ingreso neto 3862 2 Dos (2) salarios mínimos nacionales no imponibles 26 33952 4 Impuesto RC - IVA según planilla salarial 2000 DETERMINACIÓN DEL SALDO A FAVOR DEL FISCO O DEL CONTRIBUYENTE Cód. Casilla I M P O R T E 1 13 84467 3 6 27 1215 50569 3135 6574 7 Form 110 (C693); 13 % de Facturas presentadas 215 Saldo a favor del Fisco según planilla salarial 2001 1345 C 650 1224 15 54330 Saldo del periodo anterior actualizado (C635 + C648); Si > 0 13 11 57 Saldo Utilizado 12 54753649 Mantenimiento de Valor del saldo a favor del dependiente del periodo anterior. 648 14 Impuesto RC-IVA retenido según planilla salarial 909 121 Saldo de Crédito Fiscal a favor del dependiente para el mes siguiente según planilla salarial 592 16 Retención RC-IVA de pagos en el periodo a Desvinculados y otros 748 847 9 Saldo a favor del Dependiente según planilla salarial 634 801 10 Saldo a favor de los dependientes periodo anterior 635 54696 Viene de la columna r Total de la Columna Saldo a Favor del Dependiente de la Planilla Tributaria. Viene de la columna t Viene de la columna v Total de la Columna Saldo Utilizado de la Planilla Tributaria. Viene de la columna w Total de la Columna Impuesto Retenido de la Planilla Tributaria. Viene de la columna x Total de la Columna Saldo de Crédito Fiscal del Dependiente para el mes siguiente de la Planilla Tributaria. Retención del RC-IVA por ingresos pagados a ex dependientes posterior a su desvinculación. 19 NOTA Debe registrar los importes en números enteros sin decimales DATOS DEL SUJETO PASIVO O TERCERO RESPONSABLE 28 Imputación de crédito en valores (Sujeto a verificación y confirmación por parte del S.I.N.) 677 0 29 Pago en efectivo ((C746 +748) - C677); Si > 0 576 968 27 Saldo de pagos disponible para el periodo siguiente (C643)(Se traslada al siguiente periodo a la casilla C640 del F-608) 747 0 COMPENSACIÓN O PAGO DE LA DEUDA TRIBUTARIA (EN EFECTIVO Y/O VALORES Y/O SIGMA) 26 Saldo definitivo a favor del fisco (C955) 746 968 G F JURO LA EXACTITUD DE LA PRESENTE DECLARACIÓN Artículo N° 22 y Artículo N° 78 Parágrafo I de la Ley N° 2492 Código Tributario Boliviano Firma del sujeto pasivo o tercero responsable Aclaración de firma : C.I. : 8882 8881 Importe pagado vía SIGMA/SIGEP Fecha de confirmación de pagoN° de Cbte. de pagoN° C-31 8880 882 127 130 Total número de dependientes Total Formularios 110 recibidos en el periodo que se liquida 30 31 32 8 2 Kerollu S.R.L. 2563114789 Una vez llenado el RUBRO C - Determinación del Saldo a favor del Fisco o del Contribuyente, procedemos al llenado de la información de los saldos después de la compensación de pagos a cuenta 0 21 20 Saldo de pagos disponible después de la compensación ((C622 + C640-C909);Si > 0)+ ((C623-C748);Si>0) 643 0 18 Pagos a cuenta realizados en F-608 Original y/o rectificatoria y/o en Boletas de Pago; por el periodo fiscal que se liquida a Desvinculados y otros. 623 0 23 Intereses sobre el tributo omitido Actualizado 938 0 24 Multa por Incumplimiento a Deberes Formales por presentación Fuera de Plazo 954 622 0 25 Saldo Definitivo a Favor del Fisco (C996+C925+C938+C954); Si > 0 955 968 17 Pagos a cuenta realizados en F-608 Original y/o rectificatoria y/o en Boletas de Pago; por el periodo fiscal que se liquida en Planilla Tributaria Saldo de pagos disponible del periodo anterior a compensar (C747 del F-608 del periodo anterior)19 640 Saldo de impuesto a favor del Fisco ((C909-C622-C640);Si>0)+((C748-C623);Si>0) 996 968 LIQUIDACIÓN DEL ADEUDO TRIBUTARIO, MULTAS Y SANCIONES 22 Actualización de Valor sobre el monto declarado en la casilla (C996) 925 0 0 E D SALDOS DESPUES DE LA COMPENSACIÓN DE PAGOS A CUENTA Sumatoria del RC-IVA retenido menos los pagos a cuenta y saldo periodo anterior a compensar Sumatoria Impuesto a favor del fisco más accesorios y multas si corresponde Se consigna el saldo a favor del Fisco. Impuesto a pagar en efectivo (suma casillas 746 y 748) VIDEO TUTORIAL 20 0 DATOS DEL SUJETO PASIVO O TERCERO RESPONSABLE 650 1224 21 Importe sujeto a impuesto (Base Imponible) según planilla salarial 20 Saldo de pagos disponible después de la compensación ((C622 + C640-C909);Si > 0)+((C623-C748);Si>0)643 0 15 54330 Impuesto Neto RC-IVA según planilla salarial Saldo del periodo anterior actualizado (C635 + C648); Si > 0 18 Pagos a cuenta realizados en F-608 Original y/o rectificatoria y/o en Boletas de Pago; por el periodo fiscal que se liquida a Desvinculados y otros. 623 0 13 202 2591 5 13% de dos (2) Salarios Mínimos Nacionales 11 8 57 Monto de ingreso neto 3862 9 Saldo a favor del Dependiente según planilla salarial 634 801 23 Intereses sobre el tributo omitido Actualizado 938 0 24 Multa por Incumplimiento a Deberes Formales por presentación Fuera de Plazo 954 622 0 25 Saldo Definitivo a Favor del Fisco (C996+C925+C938+C954); Si > 0 955 968 Saldo Utilizado 127 8 C.I. : Firma del sujeto pasivo o tercero responsable 28 Imputación de crédito en valores (Sujeto a verificación y confirmación por parte del S.I.N.) 677 0 29 Pago en efectivo ((C746 +748) - C677); Si > 0 576 968 2 Dos (2) salarios mínimos nacionales no imponibles 26 33952 4 Impuesto RC - IVA según planilla salarial 2000 27 Saldo de pagos disponible para el periodo siguiente (C643)(Se traslada al siguiente periodo a la casilla C640 del F-608) 747 0 8882 8881 32 Total Formularios 110 recibidos en el periodo que se liquida 130 2 JURO LA EXACTITUD DE LA PRESENTE DECLARACIÓN Aclaración de firma : Artículo N° 22 y Artículo N° 78 Parágrafo I de la Ley N° 2492 Código Tributario Boliviano 31 Total número de dependientes DETERMINACIÓN DEL SALDO A FAVOR DEL FISCO O DEL CONTRIBUYENTE Cód. Casilla I M P O R T E 1 13 84467 N° DE ORDEN 518 537 521 DATOS BÁSICOS DE LA DECLARACIÓN JURADA QUE RECTIFICA Cód. NÚMERO DE RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Cód. FORMULARIO VERSIÓN Cód. NÚMERO DE ORDEN 1234567890 NOMBRE Y APELLIDOS O RAZON SOCIAL DEL SUJETO PASIVO PERIODO MENSUAL DD.JJ. ORIGINAL FOLIO Mes Año Cód. . USO ENTIDAD FINANCIERA O COLECTURÍA 534 NIT 3 6 12 54753 27 1215 649 50569 3135 10 Saldo a favor de los dependientes periodo anterior 635 54696 6574 7 Form 110 (C693); 13 % de Facturas presentadas Mantenimiento de Valor del saldo a favor del dependiente del periodo anterior. 648 215Saldo a favor del Fisco según planilla salarial 2001 1345 14 Impuesto RC-IVA retenido según planilla salarial 909 121 33 882Importe pagado vía SIGMA/SIGEP Fecha de confirmación de pagoN° de Cbte. de pagoN° C-31 8880 COMPENSACIÓN O PAGO DE LA DEUDA TRIBUTARIA (EN EFECTIVO Y/O VALORES Y/O SIGMA) 26 Saldo definitivo a favor del fisco (C955) 746 968 Saldo de Crédito Fiscal a favor del dependiente para el mes siguiente según planilla salarial 592 17 Pagos a cuenta realizados en F-608 Original y/o rectificatoria y/o en Boletas de Pago; por el periodo fiscal que se liquida en Planilla Tributaria 16 Retención RC-IVA de pagos en el periodo a Desvinculados y otros 748 847 Saldo de pagos disponible del periodo anterior a compensar (C747 del F-608 del periodo anterior)19 640 Saldo de impuesto a favor del Fisco ((C909-C622-C640);Si>0)+((C748-C623);Si>0) 996 968 LIQUIDACIÓN DEL ADEUDO TRIBUTARIO, MULTAS Y SANCIONES 22 Actualización de Valor sobre el monto declarado en la casilla (C996) 925 0 0 A B C G RÉGIMEN COMPLEMENTARIO DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO - AGENTES DE RETENCIÓN F - 608 V.3 ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA F E D SALDOS DESPUES DE LA COMPENSACIÓN DE PAGOS A CUENTA Kerollu S.R.L. 2563114789 2563114789 08 2019 21 PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DEL DECRETO SUPREMO Nº 3890 La Paz, 05 de junio de 2019 VISTOS Y CONSIDERANDO: Que el Artículo 64 de la Ley N° 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, establece que la Administración Tributaria se encuentra facultada para emitir normas reglamentarias administrativas de carácter general a efectos de la aplicación de las normas tributarias. Que el Artículo 19 de la Ley Nº 843 (Texto Ordenado Vigente) crea el Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado (RC-IVA) estableciendo los conceptos que constituyen ingresos gravados a efectos del citado impuesto. Que el Artículo 8 del Decreto Supremo Nº 21531 de 27 de febrero de 1987, Reglamento del Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado (RC-IVA) establece los procedimientos, plazos y formas para el pago del precitado impuesto. Que el Decreto Supremo N° 3890 de 1 de mayo de 2019 modifica el Artículo 8 del Decreto Supremo N° 21531 de 27 de febrero de 1987 que reglamenta el Régimen Complementario al Valor Agregado (RC-IVA), estableciendo que en los casos de desvinculación, el saldo del crédito fiscal proveniente de la imputación como pago a cuenta de la alícuota correspondiente al IVA contenido en las facturas, notas fiscales o documentos equivalentes presentados, podrá ser utilizado en la siguiente fuente laboral. Que la Resolución Normativa de Directorio Nº 101900000009 de 10 de mayo de 2019 estableció el procedimiento para la aplicación del Decreto Supremo Nº 3890 de 01 de mayo de 2019. Que es necesario adecuar los aspectos técnicos tributarios a efectos de la aplicación del Decreto Supremo N° 3890 de 01 de mayo de 2019. Que conforme al Inciso p) del Artículo 19 del Decreto Supremo Nº 26462 de 22 de diciembre de 2001, Reglamento de aplicación de la Ley Nº 2166 del Servicio de Impuestos Nacionales, el Presidente Ejecutivo en uso de sus atribuciones y en aplicación del Inciso a) del Numeral 1 de la Resolución Administrativa de Directorio Nº 09-0011-02 de 28 de agosto de 2002, se encuentra autorizado a suscribir Resoluciones Normativas de Directorio. POR TANTO: El Presidente Ejecutivo a.i. del Servicio de Impuestos Nacionales, en uso de las facultades conferidas por el Artículo 64 de la Ley N° 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, y las disposiciones precedentemente citadas, RESUELVE: Artículo 1. (Objeto).- Reglamentar el envío de la Planilla Tributaria V.2, presentación de la Declaración Jurada del Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado (RC-IVA) Agentes de Retención Formulario 608 V.3 y el traslado del saldo a favor del dependiente RC-IVA de las personas naturales en relación de dependencia en casos de desvinculación, para su imputación como pago a cuenta del RC-IVA, en la siguiente fuente laboral en calidad de dependiente. Artículo 2. (Alcance).- La presente Resolución alcanza a personas naturales en relación de dependencia y Agentes de Retención del RC-IVA. Artículo 3. (Envío de la Planilla Tributaria V.2, Formularios 110 V.3 y declaración del Formulario 608 V.3).- I. Los empleadores en calidad de Agentes de Retención del RC-IVA, deben elaborar y enviar en forma mensual hasta la fecha de vencimiento del RC-IVA de acuerdo al último dígito del NIT, a través de la opción “Envío de la Información RC-IVA” de la Oficina Virtual del Portal Web del Servicio de Impuestos Nacionales www. impuestos.gob.bo, lo siguiente: a) La información de los saldos a favor del fisco y/o saldos a favor del dependiente, de la totalidad de sus trabajadores dependientes, generada a través de la Planilla Tributaria V.2 con el siguiente formato: (PLA_NIT_AAAA_ MM.csv), b) La información consolidada en archivo con formato (.dec) de los Formularios 110 V.3 del periodo generado a través del Módulo Agente de Retención RC-IVA V.1 Facilito. II. Los Agentes de Retención no están obligados a enviar la Planilla Tributaria V.2 siempre que en el periodo fiscal a liquidar sus dependientes no hubieren presentado el Formulario 110 V.3 y éstos tampoco tuvieren saldos a su favor o saldos a favor del fisco. III. Los Agentes de Retención están obligados a presentar la Declaración Jurada Formulario 608 V.3 de forma mensual por los impuestos retenidos y/o saldos a favor de los dependientes hasta la fecha de vencimiento del RC-IVA de acuerdo al último dígito del NIT, debiendo pagar el impuesto retenido en la misma fecha. Artículo 4. (Presentación de facturas o documentos equivalentes por dependientes).- Toda persona natural en relación de dependencia podrá presentar sus facturas o documentos equivalentes a través del Módulo Formulario Electrónico F-110 V.3 Facilito al Agente de Retención en la forma y plazos dispuestos en normativa vigente. Artículo 5. (Traslado de saldo a favor del dependiente RC-IVA).- I. En caso de desvinculación del trabajador, el saldo a favor del dependiente RC-IVA con mantenimiento de valor, proveniente de las facturas o documentos equivalentes declarados, podrá ser utilizado en la siguiente fuente laboral. II. A efecto de lo dispuesto en el parágrafo anterior, en base a la información de la Planilla Tributaria V.2 declarada por los Agentes de Retención, el dependiente obtendrá el “Certificado de Saldo a favor del dependiente RC-IVA”, ingresando a la opción habilitada para el efecto en el Portal Web del Servicio de Impuestos Nacionales. El “Certificado de Saldo a favor del dependiente RC- IVA” establecerá el saldo a favor del dependiente RC- IVA actualizado al último día hábil del mes anterior a la obtención del Certificado, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 19 del Decreto Supremo Nº 21531. III. El saldo consignado en el “Certificado de Saldo a favor del dependiente RC-IVA” será registrado por el empleador RESOLUCIÓN NORMATIVA DE DIRECTORIO N° 101900000010 R-0011-01 22 en la columna “Saldo a favor del dependiente del periodo anterior” de la Planilla Tributaria V.2 en el periodo fiscal a declarar. IV. Los datos contenidos en el “Certificado de Saldo a favor del dependiente RC-IVA” podrán ser verificados por el empleador ingresando a la opción habilitada para el efecto en el Portal Web del Servicio de Impuestos Nacionales. Artículo 6. (Uso del Saldo a favor del Dependiente RC- IVA en la anterior fuente laboral).- I. En tanto no exista traslado del saldo a favor del dependiente RC-IVA a la siguiente fuente laboral, éste podrá ser utilizado de forma total o parcial como pago a cuenta del impuesto al RC-IVA resultante de los ingresos percibidos por el ex trabajador dependiente con posterioridad a su desvinculación,emergentes de su relación de dependencia. II. Para la aplicación de lo dispuesto en el parágrafo anterior, el ex trabajador dependiente obtendrá el “Certificado de Uso de Saldo a favor del Dependiente RC- IVA”, ingresando a la opción habilitada para el efecto en el Portal Web del Servicio de Impuestos Nacionales. El “Certificado de Uso de Saldo a favor del Dependiente RC-IVA” establecerá el monto del crédito fiscal utilizado como pago a cuenta del RC-IVA, resultante de los ingresos percibidos emergentes de su relación de dependencia, mismo que será deducido por la Administración Tributaria para la determinación del saldo a favor del dependiente RC-IVA final. El saldo a utilizar del Crédito Fiscal RC-IVA señalado precedentemente se actualizará al último día hábil del mes anterior a la obtención del Certificado. III. El ex trabajador dependiente presentará a su anterior empleador el “Certificado de Uso de Saldo a favor del Dependiente RC-IVA” como respaldo del pago del RC- IVA resultante de los ingresos percibidos emergentes de su relación de dependencia con posterioridad a la desvinculación. IV. Los datos contenidos en el “Certificado de Uso de Saldo a favor del Dependiente RC-IVA” podrán ser verificados por el ex empleador ingresando a la opción habilitada para el efecto en el Portal Web del Servicio de Impuestos Nacionales. Artículo 7. (Registro del Dependiente en la Administración Tributaria y Control de Saldos de Crédito Fiscal).- I. A efectos de la aplicación de los Artículos 5 y 6 de la presente Resolución, el dependiente deberá registrase como usuario de Portal Tributario del Servicio de Impuestos Nacionales. II. La Administración Tributaria efectuará el control del saldo de Crédito Fiscal RC-IVA y el cálculo del mantenimiento de valor del saldo del ex trabajador dependiente, desde el momento de su desvinculación hasta la obtención del “Certificado de Uso de Saldo a favor del Dependiente RC-IVA” y/o “Certificado de Saldo a favor del Dependiente RC-IVA”. Artículo 8. (Código Dependiente RC-IVA).- I. El empleador y/o Agente de Retención, generará un “Código de Dependiente RC-IVA” para su asignación a cada trabajador, debiendo a este efecto ingresar a la opción “Generación Código de Dependiente RC-IVA” de su Oficina Virtual y registrar la siguiente información: a) Tipo de Documento de Identidad; b) Número de Documento de Identidad; c) Complemento del Documento de Identidad (cuando corresponda); d) Primer Apellido; e) Segundo Apellido (cuando corresponda); f) Nombres; g) Fecha de Nacimiento; h) Dirección del Domicilio del Dependiente; i) Número de Teléfono del Dependiente; j) Número de Celular del Dependiente: k) Correo Electrónico (personal). II. El “Código de Dependiente RC-IVA” generado y asignado por el empleador a cada dependiente, deberá ser registrado en la Planilla Tributaria V.2 a enviar a la Administración Tributaria en la forma medios y plazos establecidos para el efecto. DISPOSICIONES ADICIONALES Primera.- Se aprueba el Módulo Agente de Retención RC-IVA V.1 Facilito para el envío consolidado de los Formularios - 110 V.3 del periodo de la totalidad de dependientes. Segunda.- Se aprueba la Planilla Tributaria V.2, para la determinación del Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado (RC-IVA) de los dependientes, de acuerdo al Anexo I adjunto a la presente resolución. Tercera.- Se aprueba la Declaración Jurada del Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado – Agentes de Retención Formulario 608 V.3. Cuarta.- Se modifica el Artículo 12 de la RND Nº 10- 0030-15 de 06 de noviembre de 2015, modificada por la Resolución Normativa de Directorio Nº 101800000014 de 25 de mayo de 2018 con el siguiente texto: “Artículo 12. (Corrección de envío de la información).- Cuando los sujetos pasivos o terceros responsables detecten errores o inconsistencias en la información consolidada de los Formularios 110 V.3 y/o la Planilla Tributaria V.2; deberán realizar un nuevo envío de ambos archivos debidamente corregidos en el plazo de treinta (30) días corridos a partir de la fecha de vencimiento del envío. Vencido dicho plazo se incurrirá en incumplimiento a deberes formales.” Quinta.- Se modifica el Artículo 16 de la Resolución Normativa de Directorio Nº 10-0030-15 de 06 de noviembre de 2015, modificada por la Resolución Normativa de Directorio Nº 101800000014 de 25 de mayo de 2018 con el siguiente texto: “Artículo 16. (Designación).- Se designa a los empleadores o Agentes de Retención como Agentes de Información, debiendo consolidar la información electrónica del F-110 Formulario para la presentación de Facturas proporcionada por sus dependientes, utilizando el aplicativo Módulo Agente de Retención RC-IVA V.1 Facilito, y remitir mensualmente a la Administración Tributaria a través del sitio web www.impuestos.gob. bo en la misma fecha de presentación de la Declaración Jurada RC-IVA Agente de Retención.” Sexta.- Se modifican los sub numerales 3.9, 3.10 y 3.11 del Numeral 3 del Anexo I, Régimen General de la RND Nº 10-0033-16 de 25 de noviembre de 2016, de acuerdo al siguiente texto: 3.9 No envío de la información RC-IVA (Planilla Tributaria en la versión vigente y F-110) a través de los medios y formatos establecidos por la Administración Tributaria, por periodo fiscal (Agentes de Retención). 500 UFV Se podrá reducir la multa en el 50% si el contribuyente presenta la información hasta los 20 días siguientes de notificado con el acto administrativo que inicia el procedimiento sancionador 1000 UFV Se podrá reducir la multa en el 50% si el contribuyente presenta la información hasta los 20 días siguientes de notificado con el acto administrativo que inicia el procedimiento sancionador 23 3.10 Envío de la información RC-IVA (Planilla Tributaria en la versión vigente y F-110) fuera de plazo a través de los medios y formatos establecidos por la Administración Tributaria, por periodo fiscal (Agentes de Retención). 100 UFV 200 UFV 3.11 Envío de la información rectificada (Planilla Tributaria versión vigente y F-110) por corrección de errores o inconsistencias, fuera del plazo establecido en normativa específica por periodo fiscal (Agentes de Retención). 50 UFV 100 UFV DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- De conformidad con el inciso d) del Artículo 8 del Decreto Supremo Nº 21531 modificado por el Decreto Supremo Nº 3890 de 01 de mayo de 2019, el saldo a favor del dependiente RC-IVA acumulado al 31 de mayo de 2019 generado por los trabajadores dependientes desvinculados en el periodo fiscal mayo/2019, podrá ser utilizado en la siguiente fuente laboral, cumpliendo el procedimiento establecido en el Artículo 5 de la presente resolución. Segunda.- La Administración Tributaria a solicitud de los Agentes de Retención RC-IVA que cuenten con doscientos cincuenta (250) o más dependientes, generará el “Código de Dependiente RC-IVA” de sus trabajadores, debiendo a este efecto presentar en formato digital Excel.csv (NOMBRE DEL ARCHIVO: DEP_NIT_FECHA DE ENVÍO (DD/MM/AAAA).csv) la información requerida en el Artículo 8 de la presente Resolución ante la Gerencia de Tecnologías de Información y Comunicación del Servicio de Impuestos Nacionales o Gerencias Distritales o GRACO de su jurisdicción hasta el día 24 de junio de 2019. Tercera.- El agente de retención deberá elaborar la planilla tributaria del mes de mayo 2019 en el formato aprobado por la presente Resolución (Planilla Tributaria V.2) y efectuar la presentación y pago del RC-IVA a través del Formulario 608 V.3. Declaración Jurada del Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado – Agentes de Retención, considerando el último dígito del NIT, según lo establecido en el Decreto Supremo Nº 21531 modificado por el Decreto Supremo Nº 3890. Cuarta.- La información de la Planilla Tributaria V.2 correspondiente al mes de Mayo 2019 deberá ser presentadahasta la fecha de vencimiento para la presentación de la Planilla Tributaria V.2 correspondiente al mes de junio de 2019. Quinta.- El “Certificado de Saldo a Favor del Dependiente” y el “Certificado de uso de Saldo a Favor del Dependiente RC-IVA” estarán disponibles a partir del 30 de julio de 2019. DISPOSICIONES ABROGATORIAS Y DEROGATORIAS Primera.- Se abroga la Resolución Normativa de Directorio Nº 101900000009 de 10 de mayo de 2019. Segunda.- I. Se derogan los Numerales 5 y 6 del Artículo 6 de la Resolución Normativa de Directorio Nº 10-0030- 15 de 06 de noviembre de 2015, modificada por la Resolución Normativa de Directorio Nº 101800000014 de 25 de mayo de 2018. II. Se deroga la Disposición Adicional Tercera de la Resolución Normativa de Directorio Nº 10-0030-15 de 06 de noviembre de 2015. III. Se deroga el Numeral 12 del Instructivo 2 de la Resolución Administrativa Nº 05-0040-99 del 13 de agosto de 1999. DISPOSICIÓN FINAL Única.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación. Regístrese, publíquese y cúmplase. Fdo. Presidente Ejecutivo Servicio de Impuestos Nacionales Año Per iodo Cód igo dep end ient e RC- IVA Nom bres Prim er Ape llido Seg und o Ape llido Núm ero de Doc ume nto de Iden tida d Tipo de Doc ume nto Nov eda des (I=In corp orac ión V=V igen te D=D esv incu lado ) Mo nto de ingr eso net o Dos (2) sala rios mín imo s nac iona les n o imp onib les Imp orte suje to a imp ues to (bas e im pon ible ) Imp ues to RC-I VA 13% de dos (2) Sala rios Mín imo s Nac iona les Imp ues to N eto RC-I VA F-11 0 13% de fact uras pre sen tada s Sald o a favo r de l Fisc o Sald o a Fav or d el Dep end ient e Sald o a favo r de l dep end ient e per iodo an teri or Man teni mie nto de v alor del sald o a fa vor del dep end ient e de l per iodo ant erio r Sald o de l per iodo ant erio r actu aliza do Sald o U �liz ado Imp ues to R C-IV A rete nido Sald o de Cré dito Fisc al a fav or d el dep end ient e pa ra e l mes sigu ient e a b c d e f g h i j k l=j-k (si j>k) m=l *13% n o=m -n (s i m> n) p q=o -p (s i o> p) r=p- o (s i p> o) s t u=s +t v=u (si u<= q); v=q (si q<u ) w=q -v (s i q> v) x=r+ u-v 201 9 5 111 111 111 ANA PER EZ PER EZ 111 110 1C I V 11.0 00 4.24 4 6.75 6 878 552 327 150 177 0 45 3 48 48 129 0 201 9 5 222 222 222 MA RIA PAE Z PAZ 123 456 7C I I 3.50 0 4.24 4 0 0 0 0 200 0 200 30 1 31 0 0 231 201 9 5 333 333 333 JOS E MED RAN O MEN A 234 567 8C I D 7.00 0 4.24 4 2.75 6 358 552 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 201 9 5 444 444 444 JUA NITA QUI SPE SAN CHE Z 562 314 8C I V 12.0 00 4.24 4 7.75 6 1.00 8 552 457 400 57 0 100 5 105 57 0 48 201 9 5 555 555 555 JUA N MEN ESE S OLIV ER 114 580 1C I V 15.0 00 4.24 4 10.7 56 1.39 8 552 847 0 847 0 60 4 64 64 783 0 201 9 5 666 666 666 AND REA OCH OA SEG UND O 333 330 1P AS V 22.0 00 4.24 4 17.7 56 2.30 8 552 1.75 7 0 1.75 7 0 2.00 0 15 2.01 5 1.75 7 0 258 ANE XO I Lore m ip sum PLA NILL A TR IBU TAR IA V .2
Compartir