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Definición de Igualdad

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Definición de Igualdad 
1. Respeto y reconocimiento de derechos, garantías y responsabilidades ante la ley 
y el trato privado-particular sin ningún tipo de discriminación por género, raza, 
religión o condición social. 
2. Cálculos o valores matemáticos que resultan equivalentes. 
3. Propiedades de una cosa cuyas, funciones, formas y/o dimensiones que se 
corresponden con otra, sea de modo singular o como parte de un conjunto o sistema. 
 
Igualdad en el contractualismo 
La noción de la igualdad ha sido una cuestión central para la filosofía política de 
Occidente desde sus orígenes. Para el contractualismo clásico —desarrollado por 
Thomas Hobbes (1588-1679), John Locke (1632-1704) y Jean Jacques Rousseau (1712-
1778)—, el concepto de la igualdad natural de los hombres se hallaba a la base del 
pacto social, en virtud del cual se fundamenta el Estado moderno. En la obra de 
Hobbes, la noción de igualdad entre los hombres en el estado de naturaleza se define 
por la semejanza de sus facultades, tanto físicas como mentales; así como por su 
derecho a todas las cosas, es decir, el derecho a usufructuar los bienes naturales sin 
restricción de ningún otro hombre. En el caso de Locke, la igualdad se manifiesta 
también ante la ley natural, frente a la cual deben responder todos los individuos. 
En el caso de Rousseau, el filósofo toma la igualdad del estado de naturaleza como 
punto de partida de la génesis de la desigualdad creada por los hombres en el seno 
de la sociedad. Los seres humanos, por naturaleza, nacen libres e iguales; pero, al 
asociarse y comenzar a depender entre sí, constituyen relaciones de desigualdad. El 
objeto del contrato social es contener tales desigualdades, en la medida en que cada 
hombre concede todo su poder a la voluntad general. 
Así, puede afirmarse que, para los tres filósofos, el principio de igualdad es 
correlativo al principio de libertad: los hombres son, por naturaleza, iguales, ya que 
no deben obediencia a ningún poder distinto de su propia razón y, por ello, son 
también libres. 
La idea ilustrada de igualdad como ideal de la 
Revolución Francesa 
La idea de la igualdad será uno de los pilares fundamentales del movimiento de la 
Ilustración, desarrollado en Europa, hacia los siglos XVII, XVIII y XIX; cuya tradición 
recoge la herencia contractualista. La relación entre el derecho y la fuerza aparece, 
en el contexto ilustrado, como uno de los problemas centrales para el pensamiento 
y, en este sentido, la pregunta por la igualdad se plantea en estrecha relación con la 
pregunta por la naturaleza de la justicia. El resultado de la afirmación de los 
derechos divinos de las castas nobles, bajo el sistema jurídico del Antiguo Régimen, 
era la desigualdad necesaria entre los hombres; por lo tanto, desde la perspectiva 
ilustrada, debía hallarse un fundamento de la libertad humana como una cualidad 
esencial, cuyo fundamento no podía ser teológico. 
En el contexto de la Francia revolucionaria, la liberación del hombre respecto de los 
antiguos poderes feudales-estamentales exigía una declaración de los derechos del 
hombre, en tanto individuo, de carácter inalienable. En consecuencia, la igualdad 
ante la ley era entonces comprendida en la clave del derecho de cada ser humano, 
por su misma condición humana, y no en virtud del don divino. El fin de la 
comunidad política, en adelante, debía ser la garantía del libre ejercicio de los 
derechos del hombre. De allí, la Revolución Francesa asumirá, como su proclama 
principal: “Libertad, Igualdad, Fraternidad”. 
Así, en el año 1798, la Asamblea Nacional Constituyente francesa sanciona la 
Declaración de los derechos del Hombre y del Ciudadano, cuyo legado será 
recogido, más tarde, en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, 
aprobada por la Organización de las Naciones Unidas en 1948, tras la Segunda 
Guerra Mundial. 
 
Igualdad formal e igualdad material 
El principio de la igualdad como derecho reviste dos aspectos diferentes: por un 
lado, la igualdad formal, es decir, la igualdad ante las normas; y, por otro lado, la 
igualdad material, referida al acceso real a la satisfacción de las necesidades básicas 
de los seres humanos, asociada a la distribución de los recursos económicos de un 
Estado. Para que la igualdad formal sea efectiva, de modo tal que los derechos 
humanos de los individuos sean garantizados efectivamente, la igualdad material 
debe ser asegurada. No obstante, en la mayoría de los Estados modernos, bajo el 
régimen de producción capitalista, la amplia desigualdad económica al interior de 
las sociedades deriva en la imposibilidad de que un importante sector de la 
población a escala mundial pueda llevar a cabo proyectos de vida en forma 
autónoma, al carecer de los recursos básicos para acceder, de hecho, al ejercicio 
fáctico de la libertad.

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