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DERECHO PÚBLICO ciencias juridicas

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Contenido
DERECHO PÚBLICO	1
1.	Principio de legalidad	2
2.	Principio de imperio	2
Ramas del derecho público	2
•	Derecho constitucional	2
•	Derecho administrativo	2
•	Derecho internacional público	3
•	Derecho penal.	3
•	Derecho procesal	3
•	Derecho laboral	3
•	Derecho financiero.	3
•	Derecho tributario	4
•	Derecho electoral	4
Diferencia entre derecho público y privado	4
DERECHO PÚBLICO
Se conoce como derecho público a una parte de los ordenamientos jurídicos cuyas normas atañen al poder público y sus relaciones con los individuos, las organizaciones y consigo mismo, siempre que éste se ejerza como representación de los intereses del Estado.
Dicho en otras palabras, se trata de la rama del derecho positivo que ordena las relaciones de subordinación y supraordenación entre el Estado (representado por la Administración Pública) y los particulares, así como entre los distintos organismos que componen al Poder Público.
Por lo tanto, el derecho público es también parte del ordenamiento jurídico construido por las sociedades para regir su propio funcionamiento, y al que toda ella elige someterse.
El derecho público puede variar enormemente de acuerdo a la nación que rige, pero en líneas generales se rige por dos principios rectores:
1.	Principio de legalidad. Establece que toda acción de los poderes públicos debe estar inscrita necesariamente en el orden jurídico vigente, es decir, debe contar con seguridad jurídica, conforme a su jurisdicción y naturaleza. Es decir: el Estado no puede violar las leyes.
2.	Principio de imperio. Establece que toda relación entre el Estado y los particulares se ejerce desde una situación de desigualdad en la que el primero tiene el dominio (imperium) por lo que estará ejerciendo una potestad pública. Es decir: el Estado es la autoridad.
Ramas del derecho público
Las ramas del derecho público suelen ser las siguientes:
•	Derecho constitucional. Aquella rama que atañe a la interpretación de los textos jurídicos de la Constitución y otros ordenamientos por escrito que son fundamentales en la construcción del Estado.
•	Derecho administrativo. Aquella que regula la administración pública y modula el funcionamiento y las relaciones entre los diversos organismos que componen el Estado.
•	Derecho internacional público. Atañe a las relaciones entre los distintos Estados-Nación del planeta: sus planes conjuntos, sus acuerdos e intercambios económicos, sus disputas fronterizas, etc.
•	Derecho penal. Tiene que ver con la capacidad punitiva del Estado, es decir, su capacidad para castigar a quienes violen la ley y para ejercer la coacción sobre los ciudadanos entre quienes impera.
•	Derecho procesal. Regula los mecanismos y procedimientos del Estado en lo referente al modo en que ejerce su poder, garantizando los derechos mínimos y la proporción en todo momento.
•	Derecho laboral. Aquella rama vinculada con el marco legal que regula el trabajo para garantizar su dignidad, legalidad y justa retribución, así como los derechos y deberes de trabajadores, patronos, sindicatos, etc.
•	Derecho financiero. Regula los procesos de gasto público, para garantizar la transparencia y buen proceder del Estado en su utilización de los fondos públicos.
•	Derecho tributario. Aquel que tiene que ver con los impuestos, tributos y otras formas de recaudación fiscal, que el Estado emplea para autofinanciarse.
•	Derecho electoral. Se encarga de normar los procedimientos de sucesión del poder y reemplazo de gobernantes a todo nivel, en cualquiera de los poderes públicos.
Diferencia entre derecho público y privado
La diferencia entre derecho público y privado data de los años antiguos del Derecho Romano, cuando se impuso la necesidad de discernir entre los asuntos jurídicos vinculados con los particulares (Derecho Privado) y aquellos que atañen a la “Res Pública”, es decir, la “cosa” pública del Estado (Derecho Público).
Ambas ramas se distinguen, por ende, en su ámbito de acción: cuando se trate de asuntos que involucran a particulares o incluso al Estado actuando como uno de ellos (operaciones comerciales, sucesiones, propiedad privada, etc.) hablaremos de derecho privado; cuando se trate del Estado y de las reglas de convivencia y del pacto social (orden público, fondos públicos, funcionamiento del Estado, etc.) hablaremos de derecho público.

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