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Poder legislativo

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UNIVERSIDAD DE CARABOBO 
 FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y SOCIALES 
 ESCUELA DE ECONOMIA 
 CAMPUS BARBULA 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Trabajo de investigación de los poderes públicos 
nacionales 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Bárbula, Julio 2023 
 
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999) 
 Es el documento vigente que contiene la Ley fundamental del país, dentro 
de cuyo marco deben ceñirse todos los actos legales. En ella se generan las 
instituciones, derechos y deberes fundamentales. Fue redactado por la 
Asamblea Constituyente de Venezuela, conformada por 128 constituyentes, 
elegidos por votación popular con ese objetivo fundamental. Se sometió a 
consulta popular su aprobación, por primera vez en toda la historia de 
Venezuela, el 15 de diciembre de 1999, recibiendo la aprobación con el 
71,21% de los votos (2.820.556), el rechazo del 28,79% (1.141.792), y con la 
abstención del 54,06% (4.876.782). El 15 de febrero de 2009 fue introducida 
la enmienda Nro.1, la cual modificó los artículos 1, 160, 162, 174, 192 y 230 
relativos a los gobiernos de cada estado municipio al mandato de los 
diputados de la asamblea nacional y el período y posibilidad de reelección 
del Presidente de la República. 
 El texto de la Constitución se compone de un preámbulo de 350 artículos 
y disposiciones finales y transitorias organizadas de la siguiente manera: 
1) Principios Fundamentales 
2) Espacio Geográfico Y La División Política 
3) Derechos Humanos Y Garantías De Los Deberes 
4) Poder Público 
5) Organización Del Poder Público Nacional 
6) Sistema Socioeconómico 
7) Seguridad De La Nación 
8) Protección De La Constitución 
9) Reforma Constitucional 
 
Poder legislativo 
 Está constituido por la Asamblea Nacional compuesta por diputados 
elegidos por voto popular. Su función principal es crear modificar y aprobar 
leyes que regulen la vida en sociedad. A demás de administrar el 
presupuesto del Estado. Las legislaturas forman parte importante de la 
mayoría de los gobiernos; en el modelo de separación de poderes, se 
contrasta con las ramas ejecutiva y judicial del Estado y a la vez es 
responsable de controlar sus acciones en consonancia con las disposiciones 
constitucionales. 
 El poder legislativo de la República Bolivariana de Venezuela es 
representado por la Asamblea Nacional, el poder en el país es unicameral 
desde la entrada en vigencia de la Constitución actual en 1999. 
Anteriormente desde 1811 el poder legislativo de Venezuela estuvo 
conformado por dos cámaras (Cámara de Diputados y la Cámara de 
Senadores) la cual se encuentra conformada por 277 diputados que son 
electos por un sistema mixto de representación popular y voto directo sobre 
una base poblacional del 1,1% de la población total del país, más tres 
diputados electos de forma directa por cada entidad federal y tres 
representantes de las comunidades indígenas a nivel nacional, para un 
período de cinco años. De su seno la Asamblea Nacional elige por mayoría 
simple cada año a su Presidente que ejerce la jefatura del poder legislativo. 
 La Asamblea Nacional se encarga de la formación y aprobación de leyes. 
Adicionalmente, es el órgano encargado de la elección de los Magistrados 
del Tribunal Supremo de Justicia (poder judicial), de los Rectores del Consejo 
Nacional Electoral (poder electoral) y del Fiscal General, el Contralor General 
y el Defensor del Pueblo (poder ciudadano). 
 La sede oficial de la Asamblea Nacional es el palacio Federal Legislativo 
ubicado en el centro de la ciudad de Caracas específicamente en la avenida 
universidad diagonal a la plaza Bolívar en el distrito capital el palacio Federal 
Legislativo es un edificio de Gran valor arquitectónico institucional y político 
uno de los legados del primer gobierno del general Antonio Guzmán Blanco 
(1870-1878) en su apuro de modernizar la ciudad capital. 
Poder electoral 
 La creación de un poder electoral surge como respuesta a 
cuestionamientos de diversos ámbitos de la vida estatal sobre la 
organización de los procesos electorales y sus resultados, lo que provocó su 
falta de credibilidad. Considerando esto, la formación de una organización 
electoral fuerte basada en una estructura moderna y la definición e 
implementación de reglas claras, asegurando procesos electorales 
transparentes, técnico, preciso e imparcial, que dieron confianza respecto de 
la opinión almacenada por el sistema electoral, eligiendo ciudadanos. Este 
poder electoral organiza y controla, desde el punto de vista institucional, todo 
lo relacionado con las elecciones para cargos públicos mediante sufragio 
universal, directo y secreto; así como la facultad de realizar elecciones 
sindicales, sindicatos y organizaciones de la sociedad civil que así lo 
soliciten. 
 Lo anterior tiene por objeto conformar una nueva estructura organizativa, 
que se sustenta y fundamenta en la autonomía funcional presupuestaria, la 
diversidad de la organización de las elecciones y por supuesto, la 
transparencia y rapidez en las operaciones de votación y escrutinio. Todo lo 
anterior nos prepara para la implementación de cambios importantes a nivel 
de procesos de trabajo, estructuras y recursos humanos, que nos permitirán 
crear y asegurar una organización electoral moderna que sea capaz de 
incorporar e implementar de manera efectiva los cambios legales y 
tecnológicos, temas que nos permitan posicionarnos al nivel de los 
organismos electorales más avanzados de América Latina, mientras que los 
temas electorales son planificados y tratados con la trascendencia del Poder 
Público Nacional.

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