Logo Studenta

GESTION SOCIAL UNIDAD III COMUNAS Y CONSEJOS COMUNALES PDF

¡Estudia con miles de materiales!

Vista previa del material en texto

Profesor: Estudiantes: 
Javier Herrera Cabeza, Carmen C.I.:23.519.168 
 Castillo, Katherine C.I.:18.227.160 
 Corales, Alexander C.I. 27.700.123 
 Franco, Adalgisa C.I:13.752.915 
 González, Nilselys C.I.:26.605.839 
 
 
 
 
Enero_2023 
Introducción 
En Venezuela a partir de 1999 se han instaurado cambios social y 
organizativos a raíz de la Constituyente y consecuente reforma Constitucional 
de 1999, los cuales han logrado que se tenga una integración más sólida como 
un país libre, democrático y participativo, a su vez se ha dado poder al 
pueblo en una forma participativa y democrática. Implicando el estímulo 
sostenido por parte del Estado a la mayor pluralidad de organizaciones sociales 
y productivas, el respeto a sus desarrollos para que avancen con mayores 
niveles de participación autónoma en la gestión pública y adquieran 
crecientes capacidades de control sobre esta. 
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999, en lo 
sucesivo CRBV, persigue crear controles sociales efectivos sobre la gestión del 
Estado y en este esfuerzo las formas democráticas de gobierno, la 
representación y la participación 
En vista de ello ha garantizado y se dio un vuelco a la gestión pública, 
provocando una transición de una democracia representativa a una democracia 
participativa y protagónica, lo cual impulso un proceso de aprendizaje y 
construcción social con los actores involucrados en las políticas públicas, y la 
apropiación del Poder Popular como un paradigma para la gestión local a 
través de accesorios jurídicos como lo han sido la Ley de Consejos Comunales 
y la Ley de Comunas, para así permitir legalmente la conformación de los 
consejos comunales y comunas, los cuales se traducen en mecanismos de 
expresión de la participación ciudadana. 
Es así como desde el año 2006 en Venezuela el proyecto socialista 
avanza, promoviéndose la creación de los Consejos Comunales, para dar el 
salto organizativo del pueblo a Comunas en el año 2010, la cual en esa nueva 
organización social, la Comuna, se concibió como la primera célula 
revolucionaria en el proceso para construir el Estado comunal. 
 
Los consejos comunales 
Son instancias de participación, articulación e integración entre los 
ciudadanos, ciudadanas y las diversas organizaciones comunitarias, 
movimientos sociales y populares, que permiten al pueblo organizado ejercer el 
gobierno comunitario y la gestión directa de las políticas públicas y proyectos 
orientados a responder a las necesidades, potencialidades y aspiraciones de 
las comunidades, en la construcción del nuevo modelo de sociedad socialista 
de igualdad, equidad y justicia social, en el marco constitucional de la 
democracia participativa y protagónica. 
 
Ley de los consejos comunales 
La Ley Orgánica de los Consejos Comunales fue publicada en la Gaceta 
Oficial N° 39.335 de fecha 28 de diciembre de 2009, esta Ley deroga la Ley de 
los Consejos Comunales sancionada el 7 de abril de 2006 y publicada en la 
Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 5.806, 
Extraordinario de fecha 10 de abril de 2006 y todas las demás disposiciones 
legales que colidan con la presente Ley. La Nueva Ley Orgánica de los 
Consejos Comunales se encuentra estructurada en Capítulos, contando así 
con VII Capítulos y un total de 61 Artículos, una disposición derogatoria, nueve 
disposiciones transitorias y una disposición final. 
La presente ley tiene por objeto regular la constitución, conformación, 
organización y funcionamiento de los consejos comunales como una instancia 
de participación para el ejercicio directo de la soberanía popular y su relación 
con los órganos y entes del Poder Público para la formulación, ejecución, 
control y evaluación de las políticas públicas, así como los planes y proyectos 
vinculados al desarrollo comunitario. 
Conformación, instancias entre otras 
Según los Artículos 19 hasta el 37 de la Ley de los consejos comunales, 
se encuentran estructurado de la siguiente manera: 
 Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas: Máxima instancia de 
participación y decisión de la comunidad organizada, conformada por la 
integración de personas con cualidad jurídica, según la ley que regule la 
forma de participación, para el ejercicio directo del poder y protagonismo 
popular, cuyas decisiones son de carácter vinculante para la comunidad, 
las distintas formas de organización, el gobierno comunal y las 
instancias del Poder Público, de acuerdo a lo que establezcan las leyes 
que desarrollen la constitución, organización y funcionamiento de los 
autogobiernos comunitarios, comunales y los sistemas de agregación 
que de éstos surjan. 
Esta estará conformada por ciudadanos (as) mayores de los 15 años y 
sus decisiones serán tomadas por la mayoría de los asistentes siempre que 
cuente con un quórum mínimo de 30 % en primera convocatoria y 20% en la 
segunda convocatoria. 
Tendrán como funciones aprobar el ámbito geográfico del consejo 
comunal, aprobar la creación de comités de trabajo, elegir y revocar sus 
voceros y voceras, elegir y revocar los integrantes de la comisión electoral, 
aprobar el Plan Comunitario de desarrollo integral y demás planes a favor de la 
comunidad, hacer cumplir el ciclo comunal, aprobar proyectos de comunicación 
alternativa, educación ,salud, cultura, recreación, deportes, hábitat y vivienda 
entre otros, evaluar gestión de las unidades que hacen vida en el consejo 
comunal, aprobar normas de convivencia de la comunidad, aprobar la solicitud 
de transferencia de Servicios , entre otras. 
A los fines de su funcionamiento, el Consejo Comunal está integrado por las 
siguientes instancias: 
 Colectivo de Coordinación Comunitaria: Es la instancia de 
articulación, trabajo conjunto y funcionamiento, conformado por los 
voceros y voceras de la Unidad Ejecutiva, Unidad Administrativa y 
Financiera Comunitaria y la Unidad de Contraloría Social del Consejo 
Comunal. 
 Unidad Ejecutiva: Es la instancia del Consejo Comunal encargada de 
promover y articular la participación organizada de los habitantes de la 
comunidad, organizaciones comunitarias, los movimientos sociales y 
populares en los diferentes comités de trabajo; se reunirá a fin de 
planificar la ejecución de las decisiones de la Asamblea de Ciudadanos 
y Ciudadanas, así como conocer las actividades de cada uno de los 
comités y de las áreas de trabajo. 
Estará conformada por los siguientes comités (C) de trabajo: c. salud, c. 
tierra urbana, c vivienda y hábitat, c. economía comunal, c. seguridad y 
defensa, c. medios alternativos comunitarios, c. recreación y deportes, c. de 
alimentación, c. mesas de agua, c. energía y gas, c de protección social de 
niños y adolescentes, c. de personas con discapacidad, c. educación, c. de 
igualdad de género y aquellos que la comunidad considere necesario. 
Las funciones estarán enmarcadas en los estatutos de los C.C y en el 
reglamento de la presente Ley (por cierto no existe) y algunas de sus funciones 
son. Ejecución de las decisiones de las asambleas de ciudadanos, 
organización de un sistema informativo comunitario interno, Coordinar, 
organizar y poner en funcionamiento los planes de trabajo en conjunto con la 
Unidad de Administración Financiera y Contraloría Social, promoción de la 
participación de los CC en la elaboración de políticas públicas, a través de 
presentación de propuestas a los entes del Poder Público, promover la 
creación de las milicias bolivarianas, emitircartas de residencias, entre otras. 
 Unidad Administrativa y Financiera Comunitaria: es la instancia del 
Consejo Comunal que funciona como un ente de administración, 
ejecución, inversión, crédito, ahorro e intermediación financiera de los 
recursos y fondos de los consejos comunales, de acuerdo a las 
decisiones y aprobaciones de la Asamblea de Ciudadanos y 
Ciudadanas, privilegiando el interés social sobre la acumulación de 
capital. Estará integrada por cinco habitantes de la comunidad, electos o 
electas. 
Sus funciones son: ejecución de las decisiones de la asamblea de 
ciudadanos, elaboración de registros contables, rendición trimestral del informe 
de gestión, prestación de servicios financieros a la comunidad, entre otras que 
se encuentran en la L.O.C.C. 
La responsabilidad: cada vocero y vocera incurrirán en responsabilidad 
civil, penal y administrativa por acción u omisión que alteren el destino de los 
recursos del C.C. 
 Unidad de Contraloría Social: es la instancia del Consejo Comunal 
para realizar la evaluación de la gestión comunitaria y la vigilancia de las 
actividades, recursos y administración de los fondos del Consejo 
Comunal. Estará integrada por cinco habitantes de la comunidad electos 
o electas, a través de un proceso de elección popular por la asamblea 
de ciudadanos. 
Tendrán las funciones contenidas en la C.R.B.V, L.O.C.C., estatutos y 
otros ordenamientos jurídicos inherentes a la función de control y fiscalización 
de bienes de la comunidad. La Unidad de Contraloría Social tiene como deber 
la coordinación del ejercicio de sus funciones con los órganos del poder 
ciudadano. 
Así mismo existen otros que conforman los consejos comunales, como lo son: 
 Comisión Electoral Permanente: Viene a ser aquella unidad 
encargada de organizar y conducir en forma permanente los procesos 
de elección y revocatoria de los voceros del consejo comunal, y las 
consultas sobre los aspectos relevantes de la comunidad y las 
decisiones de la Asamblea de ciudadanos, está conformada por cinco 
ciudadanos habitantes de la comunidad, y su duración es de dos años. 
Sus funciones son: elaborar y mantener actualizado el registro electoral 
conformado por los habitantes de la comunidad mayores de quince años, 
elaborar y custodiar el material electoral, coordinar el proceso electoral desde 
la votación, escrutinios, totalización de la comunidad. 
 
Comunas y su ámbito territorial 
Las comunas es un conglomerado social de varias comunidades 
organizadas en Consejos Comunales del poder popular territoriales que poseen 
una memoria histórica compartida, usos, costumbres y rasgos culturales que 
los identifican, con intereses comunes, con claros y definidos ejes territoriales 
diversos, agrupadas entre sí con fines político-administrativos, que persiguen 
un modelo de sociedad colectiva de equidad y de justicia, y que comparten un 
Plan de Gobierno Común creado a partir de los planes comunales de cada 
Consejo Comunal del poder popular. 
Los Consejos Comunales, son la célula básica de la comuna y 
mantendrán su identidad, territorialidad y su organización originaria. Dicho lo 
anterior se puede expresar que las comunas es una agrupación de personas 
que se reúnen en Consejos Comunales (agrupaciones escogidas por los 
habitantes de un sector determinado), que se organizan por el bien común de 
una localidad, región o municipio a escala nacional. 
La conformación y constitución de las comunas se realizara por iniciativa 
popular a través de la agregación de comunidades organizadas, atendiendo a 
condiciones históricas, integración, rasgos culturales, usos, costumbres y 
potencialidades económicas, el ámbito geográfico donde se constituya la 
Comuna, pudiendo coincidir o no con los límites políticos administrativos de los 
estados, municipios o dependencias federales, sin que ello afecte o modifique 
la organización político-territorial establecida en la Constitución de la República; 
correspondiendo dicha iniciativa de constitución a los consejos comunales y 
organizaciones sociales que hagan vida activa en las comunidades 
organizadas. 
Entonces el ámbito territorial de una comuna, se establece que está 
conformada por las poligonales o áreas geográficas de los Consejos 
Comunales del poder popular. 
La comunidad organizada define el ámbito geográfico de la Comuna a 
partir del establecimiento de las relaciones sociales en el mismo, de los usos y 
costumbres. La definición de dicho ámbito implica el inicio del proceso de 
configuración del territorio comunal sobre el cual el poder popular va a hacer 
ejercicio de la soberanía y del autogobierno, mediante a participación de las 
asambleas parlamentarias y la elección de los voceros y voceras por parte de 
la población que habita dicho ámbito. 
 
Ley de comunas 
La Ley Orgánica de las Comunas fue publicada en la Gaceta Oficial 
N°6.011 extraordinarios del 21 de diciembre de 2010. Se encuentra 
estructurada en 8 Títulos, 7 Capítulos, 66 Artículos, 2 Disposiciones 
Transitorias y 6 Disposiciones Finales. 
 
La presente ley tiene por objeto “desarrollar y fortalecer el Poder 
Popular, estableciendo las normas que regulan la constitución, conformación, 
organización y funcionamiento de la Comuna, como entidad local donde los 
ciudadanos y ciudadanas en el ejercicio del Poder Popular, ejercen el pleno 
derecho de la soberanía y desarrollan la participación protagónica mediante 
formas de autogobierno para la edificación del estado comunal, en el marco del 
Estado democrático y social de derecho y de justicia” (art 1) 
 
Están sujetas a la aplicación de esta Ley, las organizaciones 
comunitarias, las comunidades organizadas y todas las instancias del Poder 
Popular debidamente constituidas, así como las personas naturales y jurídicas, 
tanto de derecho público como privado, que se relacionen con las comunas. 
 
Conclusión 
Luego de todo lo planteado se puede acotar que los Consejos 
Comunales nacieron en Venezuela como un instrumento del Poder Popular 
para construir una sociedad de equidad y justicia social. Lo cual en la práctica 
significa que el pueblo organizado se moviliza para resolver necesidades 
sociales (alimentación, transporte, telecomunicaciones, vivienda y hábitat) y 
concretar aspiraciones de participación protagónica de las comunidades, 
especialmente de aquellas empobrecidas, atomizadas, desarticuladas y 
marginadas. 
Por otro lado Las Comunas permiten al pueblo organizado asumir 
directamente la gestión de las políticas y proyectos, orientados a responder las 
necesidades, debilidades, fortalezas y potencialidades de las comunidades. 
Esta organización permite la construcción entre los habitantes de una 
comunidad, afrontando problemas comunes en lo económico en lo social, en lo 
político y en lo cultural, desarrollando proyectos de hábitat, complejos agros 
productivos, industriales, vialidad, núcleos de desarrollo endógeno, centros 
recreacionales, entre otros, para dar la mayor participación al pueblo en la 
distribución del presupuesto de la nación. 
La Ley de los Consejos Comunales y la Ley de Comunas, establece a 
todas las etapas del proceso jurídico relativo a la conformación, integración, 
organización y funcionamiento. Mediante ellos el pueblo organizado (diversas 
organizaciones comunitarias, grupos sociales, ciudadanos y ciudadanas) 
ejercen de manera directa la gestión de políticas públicas y los proyectos 
encaminados a la satisfacción de necesidades y aspiraciones de las 
comunidades en la construcción de una sociedad de equidad y justicia social. 
En síntesis ambos representan mecanismos de participación ciudadana 
y de gestión de políticas públicas. Actualmente el 70% del país está en 
comunas, con tres mil 641 de ellas y más de 49 mil consejos comunales, por lo 
que en cada calle, barrio y comunidad hay una asamblea de ciudadanos, lo 
cual indica que está presente la democracia participativa.Referencias web 
 Consejos comunales y comunas [Documento en Línea] Disponible en: 
https://www.clubensayos.com/Acontecimientos-Sociales/Consejos-
comunales-y-comunas/5165948.html Consultada: 24/01/2023 a las 
09:30 am 
 Ley de los Consejos Comunales [Documento en Línea] Disponible en: 
https://www.acnur.org/fileadmin/Documentos/BDL/2008/6641.pdf 
Consultada: 24/01/2023 a las 08:30 am 
 SANC-LEY-ORGANICA-COMUNAS-13-12-10 [Documento en Línea] 
Disponible en: 
http://www.superior.consejos.usb.ve/sites/default/files/LEY_ORGANICA_
COMUNAS_13_12_10.pdf Consultada: 24/01/2023 a las 02:00 pm 
 Socialismo y comunas en Venezuela [Documento en Línea] Disponible 
en: https://nuso.org/articulo/socialismo-y-comunas-en-venezuela/ 
Consultada: 24/01/2023 a las 06:30 pm 
 Trabajo De Comunidad, Comunas Y Consejos Comunales [Documento 
en Línea] Disponible en: 
https://es.calameo.com/read/00633974948650150bf23 Consultada: 
24/01/2023 a las 10:31 am 
 Venezuela: ¿Qué es una Comuna? [Documento en Línea] Disponible en: 
https://www.elciudadano.com/latinoamerica/venezuela/que-es-la-
comuna/03/25/ Consultada: 24/01/2023 a las 12:30 pm 
 
https://www.clubensayos.com/Acontecimientos-Sociales/Consejos-comunales-y-comunas/5165948.html
https://www.clubensayos.com/Acontecimientos-Sociales/Consejos-comunales-y-comunas/5165948.html
https://www.acnur.org/fileadmin/Documentos/BDL/2008/6641.pdf
http://www.superior.consejos.usb.ve/sites/default/files/LEY_ORGANICA_COMUNAS_13_12_10.pdf
http://www.superior.consejos.usb.ve/sites/default/files/LEY_ORGANICA_COMUNAS_13_12_10.pdf
https://nuso.org/articulo/socialismo-y-comunas-en-venezuela/
https://es.calameo.com/read/00633974948650150bf23
https://www.elciudadano.com/latinoamerica/venezuela/que-es-la-comuna/03/25/
https://www.elciudadano.com/latinoamerica/venezuela/que-es-la-comuna/03/25/

Otros materiales