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Resumen Ps Jurídica

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Ps Jurídica
Ps Jurídica
 Comprende el estudio, explicación, evaluación, prevención, asesoramiento y tratam de los
fenómenos ps, conductuales y relacionales que inciden en el comportamiento legal de los S
 Función
 Aplicar los ppios psicosociales a la regulación de la vida social
 Ayudar al sist de justicia en la tarea de determinación de la verdad de los hechos
 Contribuir al funcionamiento de las org jurídicas
 Diagnosticar y evaluar la existencia de caract ps imp xa el sist jurídico
 Rehabilitar y reinsertar socialmente
 Rol del ps jurídico
o Estudio--> Evaluación, investigación, dx
o Tratamiento--> Intervención terapéutica individual y colectiva, tratam penitenciario,
intervención preventiva, rehabilitación
o Asesoramiento--> Capacitación, consultoría, evaluación o info, mediación, asesoría sobre
programas, medidas y tratam 
 Ámbitos de aplicación de la ps jurídica
 Ps Forense: Aplica sus conoc y hallazgos en la toma de decisiones de la Sala judicial
 Ps Judicial: Estudia los factores extrajudiciales que influyen en las decisiones de los órganos
judiciales
 Ps Penitenciaria 
 Ps Criminal de la prevención del delito: Los proc psicosociales influyen en la génesis,
desarrollo y mantenimiento de la conducta criminal
 Ps de la Victimización criminal: Efectos provocados x un hecho criminal en la víctima, el
tratam a ser aplicado y acciones de prevención 
 Ps Policial y Militar
 Resolución de conflictos
 Centros Correccionales
 Ps Forense —> Es la rama de la ps que busca esclarecer la conducta y estado psíquico de los
implicados en un hecho delictuoso con el obj de contribuir a la correcta administración de
justicia. Es un instrumento auxiliar de la adm de la justicia, está al servicio del poder judicial
del estado, está orientada hacia la aplicación de la ley y auxilia a no expertos al mom de
tomar decisiones sobre probl concretos.
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Ps. Jurídica
El ps actua como asesor, consultor de las personas encargadas de tomar decisiones (juez,
tribunal). Tiene una finalidad institucional distinta a la de la ps clínica y la de otros ámbitos,
ya que sus objetivos éticos están determinados x la ley.
 Funciones del ps forense: Asesoramiento, dx y asistencia
 En el ámbito del derecho
 Derecho penal--> Informa sobre la capac cogn del acusado y el nivel de implicación en proc
delictivo
 Derecho civil--> Informa sobre probl ps, deficiencias y trast psicopatológicos,
incapacidades
 Derecho de trabajo--> Informa sobre incapac ps, trast y secuelas
 Rol del ps forense
 Actúa como auxiliar del derecho aportando datos respecto al comportamiento en el
escenario legal y describiendo el estado ps 
 Como especialista y experto, siempre debe dar rtas a la ? planteada x el operador de justicia
y no apartarse de lo solicitado
 Nunca debe hacer consideraciones sobre la responsabilidad penal de o de los procesados
 Debe utilizar instrumentos de medición
 Solo debe emitir opiniones fundadas en sus hallazgos
 Rol judicial del profesional
 Testigo calificado: Tiene conc y experiencia, x ello se le llama al proc judicial xa que
refiera todo lo conocido
 Perito: Emite un dictamen de acuerdo a un minucioso examen, que son exteriorizados a
través de un informe a los ptos litigiosos. Es nombrado formalmente x el juez
 Asesor o consultor: Ps asesora a una de las partes o al juez a fin de ayudar en el proc
decisional del veredicto
 Peritaje ps
 Perito—> Es el especialista conocedor, práctico o versado en una cs, arte u oficio cuyos
servicios son utilizados x el juez xa que lo ilustre en el esclarecimiento de un hecho que
requiere de conoc especiales científicos o técnicos
 Peritaje—> Es el examen y estudio encomendado x la autoridad judicia, que realiza el perito
sobre el tema controversial, xa informar o dictaminar con la sujeción a lo dispuesto x la ley
 Prueba pericial—>Es la qe surge del dictamen de los peritos, que son personas llamadas a
informar antes el juez o tribunal, x razón de sus conoc especiales y siempre que sea nec tal
dictamen
 Peritaje ps—> Es el estudio riguroso del tema encomendado xa producir una explicación
consistente. Esa act se informará en un documento que refleje los procedimientos llevados a
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Ps. Jurídica
cabo xa la realización del estudio, explicando los métodos y medios empleados, asi como los
fundamentos de sus conclusiones 
 El objetivo es el de proporcionar a las autoridades judiciales que intervienen en una causa
o expediente, las pruebas periciales, científicas y técnicas nec xa una correcta
administración de justicia
 Evaluación directa: Dictamen ps o pericia ps es aquella intervención que fue ordenada x
la autoridad judicial
 Evaluación indirecta: Informe ps o psicodx que fue presentado x una de las partes como
prueba documental, o bien autorizado x el juez xa que una persona ajena a la litis realice
la tarea de un perito que no se designó
Dictamen ps—> Caracterísiticas: Claridad, precisión, objetividad, veracidad, honestidad, no
expedirse sobre el delito, y no confundir la labor pericial con la labor judicial
Perito
Perito—> Docto, experimentado, práctico en una ciencia o arte. Designa al S que es llamado por
la Justicia para dictaminar sobre hechos cuya apreciación no puede ser llevada a cabo sino por
aquel que es poseedor de tales nociones muy especializadas. Existen infinidad de peritos según la
ciencia de la cual son expertos: peritos médicos, contadores, mecánicos, psicólogos, etc.
El perito ps—> Es el profesional de la ps que es designado en un proceso judicial, con el fin de
asesorar sobre aspectos vinculados a los conoc que posee. Es un auxiliar de la justicia y es un
tercero ajeno al hecho que se investiga. Asesora al magistrado judicial desde su saber.
Hay distintos tipos de peritos: 
1. Perito Oficial: Es el profesional que trabaja en relación de dependencia con la justicia. Puede
desempeñarse en el Cuerpo Médico Forense o en algún juzgado. Participa de los casos en los
cuales se lo requiere
2. Perito de Oficio: Su actuar en la justicia es a través de una designación para actuar sólo en un
juicio determinado, por lo cual es convocado por el juez.
3. Perito de Parte: Pueden trabajar en un estudio jurídico e incorporan un informe en el
expediente o aquellos que son nombrados por el juez a pedido de alguna de las partes para
que pueda intervenir dentro del proceso judicial.
4. Consultor Técnico: Son profesionales que presencian la entrevista y luego podrán elevar un
cuestionamiento del informe presentado por el perito de oficio. En los peritajes del fuero civil
y flia en la jurisdicción de la justicia nacional
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Ps. Jurídica
La función pericial es imperativa. Hay tiempos que se deben respetar tanto para acatar el llamado
de nombramiento como para expedirse o para dar explicaciones posteriores. De lo contrario, el
perito puede ser removido.
El P tiene que poseer idoneidad y ética (actuar con objetividad, imparcialidad, independencia y
honestidad). Tiene la obligación de conocer en profundidad las características, conceptos y
operaciones del sistema jurídico en el que actúa.
Al P se le requiere un dictamen técnico o práctico para obtener la verdad sobre lo que se
investiga. El primer paso es saber qué se nos demanda y cuáles los puntos de pericia.
Al ppio de la entrevista, se le debe explicar al peritado el motivo por el que será evaluado y el
requisito de su voluntariedad e implicancia en dicha situación o contexto para la aceptación de
las pruebas a las que deberá someterse. Debe saber que los rtados del examen no son
confidenciales, que la exploración no supone un tratamiento y que él no está obligado a
responder a las preguntas.
Secreto profesional—> Ley de Ejercicio Profesional de la Ps: Art 8
 Los profesionales que ejerzan la psicología están obligados a: 
 “Proteger a los examinados, asegurándoles que las pruebas y rtados que obtenga se utilizarán
de acuerdo a normaséticas y profesionales”.
 “Guardar el más riguroso SP sobre cualquier prescripción o acto que realizare en
cumplimiento de sus tareas específicas, así como de los datos o hechos que se les comunicare
en razón de su actividad profesional sobre aspectos físicos, psicológicos o ideológicos de las
personas”.
Ppios Generales:
A. Respeto por los derechos y la dignidad de las personas: Respetarán el derecho de los
individuos a la privacidad, confidencialidad, autodeterminación y autonomía.
B. Competencia: Reconocer las fronteras de sus competencias particulares y las limitaciones de
su pericia. 
C. Compromiso profesional y científico: Asumir sus responsabilidades profesionales
D. Integridad: Promover la integridad del quehacer científico, académico y de práctica de la ps 
E. Responsabilidad Social: Asumir su responsabilidad profesional y científica hacia la
comunidad y la sociedad en que trabajan y viven. 
Ppios éticos:
I. Legislación vigente: Obligación de conocer detalladamente la legislación vigente
II. Consentimiento informado: Debe informar al S a entrevistar cuál es su rol, quién ordena el
estudio, cuáles son las características del mismo y su obligación de efectuar un informe a la
autoridad competente.
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Ps. Jurídica
III. Secreto profesional: Los ps jurídicos quedan exceptuados del SP y están obligados a informar
a la autoridad competente, cuando la conducta del entrevistado pueda implicar riesgo para sí
o para terceros. La existencia de una causa justa para el hecho de revelar excluye la ilicitud
por parte del profesional. 
IV. Con respecto a la administración de las pruebas psicológicas: El ps es el único prof
capacitado xa administrar las pruebas ps. Debe conocer la confiabilidad y validez científica
de las mismas. Es el ps quien debe elegir las pruebas que considere para responder a la
demanda. Los protocolos originales deben quedar bajo custodia del ps
V. Con respecto a la confección de los informes: Deberá abstenerse de emitir juicios de valor
sobre la persona evaluada. Sólo se expresará en los informes aquellos aspectos de la
personalidad del entrevistado que tengan estrecha relación con el objeto de la evaluación. La
función del psicólogo jurídico es facilitar los conocimientos especializados para que el
magistrado los valore en la elaboración de la misma. 
VI. Con respecto a las intervenciones con niños; niñas y/o adolescentes: Evitar su
revictimización a través de la actuación profesional.
VII. Con respecto a la relación con los colegas y/u otros profesionales que actúen en el ámbito del
proceso judicial: Deberá mantener vínculos profesionales de diferentes disciplinas
VIII. Con respecto a la divulgación y publicidad: Debe tenerse presente la prohibición de dar a
publicidad el conocimiento que se haya obtenido de los casos evaluados
Integración Diagnóstica
La ps Forense se desarrolla dentro del ámbito jurídico específico y/o en sus órganos
dependientes y se caracteriza por tener técnicas propias que la convierten en una cs auxiliar
específica. La práctica del Psicólogo Forense surge de una demanda del campo jurídico, para
realizar asesoramientos, diagnósticos y otras intervenciones en relación con el circuito judicial.
Formación del ps forense: Fundamental integrar y articular los conoc básicos de los aspectos
procesales del derecho público y privado con la ps clínica, psicopatología y técnicas ps.
Las funciones son asesoramiento, dx y asistencia.
Centros de acción:
 Tarea pericial—> La fción es asesorar al jez. Se trata de diagnosticar la personalidad, las
caract emocionales del S, antecedentes personales y fliares. El propósito es rescatar la
singularidad de cada caso. 
 Tarea institucional—> Fción es diagnosticar y asistir 
Problemáticas sobre las que actúa:
 Fuero Penal: Delito, violencia, abuso sexual
 Fuero Civil: Situaciones fliares críticas (violencia, abandono, separación, divorcio), casos de
patologías y disfunciones psíquicas, problemáticas psicosociales, proc de adopción, proc de
restitución de menores, asesoramiento en caso de daño psíquico, reinserción social,
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Ps. Jurídica
asesoramiento y asistencia a fliares de internados
Perito—> Expero idóneo xa ofecer una conclusion o dx sobre los aspectos puntuales de
asesoramiento requerido x el juez. Debe realizar una prueba pericial cdo la apreciación de los
hechos controvertidos requiere de conoc especiales en alguna cs, arte, industria o act
especializada. El requisito tener título universitario. 
Prueba pericial—> Es el medio x el que S ajenas a las partes (peritos) perciben, verifican
hechos y los pone en conoc del juez y dan su opinión fundada sobre la interpretación y
apreciación de los mismos, a fin de formar la convicción. También, es el trabajo realizado x el
P. Tiene que realizarse con audiencia de las partes, los consultores técnicos y los letrados.
Técnicas de exploración y dx
 Criterio de selección—> Motivo de causa, aspectos que el juez nec que se establezcan, ptos
de pericia, impresión contratransferencial, y seleccionar técnicas que conoce y sabe
administrar.
 Más utilizadas:
 Entrevista semidirigida 
 Entrevista vincular
 Test gestáltico visomotor de Bender
 Tests Proyectivos Gráficos: HTP, DFH, T de la persona bajo la lluvia, FKA y FKP, TF de
Corman, T de sí mismo, dibujo libre, del concepto más desagradable
 Test de láminas: TAT, TRO, CAT y Pata Negra
 Test de Manchas: Zulliger y Rorschach
 Escalas: MMPI-2 y MMPI-A, SCL-90, DTS, BDI, Escala de sucesos de vida
 Test de frases incompletas: SACKS, LEVY, ROTTER
 Neuropsi: Toulouse, Wisconsin
 Inteligencia: Wechsler, Raven
Daño Psíquico y Daño Moral
 Daño
Habrá daño siempre que se causare a otro algún tipo de perjuicio susceptible de apreciación
pecuniaria, o directamente en las cosas de su dominio o directam x el mal hecho a su persona o a
sus derechos o facultades
 Daño Moral
Es la lesión o afección íntima del damnificado, los padecimientos que experimenta, la
incertidumbre sobre su restablecimiento, y los agravios que se configuren en el ámbito espiritual
de la víctima. Es una percepción ccte del perjuicio y sufrimiento.
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Ps. Jurídica
Se altera su tranquilidad, confianza, hábitos de vida, agraviándoselo y afectando ciertos atributos
de la personalidad del S. 
Cdo el perito detecto los sentimientos, debe incluirlos en el dictamen, ya que podrán ser tenidos
en cuenta x el juez en el mom de regular el daño moral
 Daño Psíquico
Perturbación transitoria o permanente del equilibrio espiritual preexistente, de carácter
patológico, producida x un hecho ilícito que genera, en quien la padece, la posibilidad de
reclamar una indemnización x tal concepto a quien la haya ocasionado o debe responder a ella.
Risso= Es un síndrome psiquiátrico coherente (enf psíquica), novedosa en la biografía,
relacionado causal o concausalmente con el evento de autos (accidente, enf, delito), que ha
ocasionado una disminución de las aptitudes psíquicas previas (incapac), que tiene carácter
irreversible o al menos jurídicamente consolidado.
Constituye una enf, entonces es dx desde la ps y la psiquiatría
Lo traumático es la vivencia frente al hecho. La forma en la que el psiquismo trabajó esa
experiencia. Tiene que haber una patología y a veces la patología es novedosa. Produce una
incapac parcial y el S tiene que enfermar de algo
Lo estructural nunca es causado por. Puede ser que el hecho desencadene la patología, pero lo
estructural ya estaba.
Se puede pensar como las series complementarias—> Constitución sexual + Acontecimiento
infantil y la disposición de la libido = Etiología de las neurosis + Acontecimiento accidental
Las concausas siempre van a existir. Lo disruptivo es el hecho.
Determinación del DP:
 Nexo causal directo—> Establecer si existe un vínculo causal entre el hecho dañosoy el DP.
El hecho produce o causa la alteración psicopatológica actual
 Nexo concausal indirecto—> El daño es agravado como rtado de una predisposición
preexistente o de una complicación sobreviniente existe concausa o concausalidad. El S tiene
la alteración antes del acto.
Concausa—> Si los trast previos han sido de significativa imp y vienen entorpeciendo el
desarrollo vital desde mucho tiempo atrás, podrá decirse que el hecho traumático agravó, aceleró
o evidenció una enf que ya existía y que ésta constituye una verdadera concausa preexistente
Causa—> Ante pérdidas irreparables (muerte de un hijo, amputaciones), los aspectos
preexistentes del S pierden peso xq ante semejante trauma cualquier persona podría enfermar a
causa de eso. Si una situación traumática es in-elaborable, es en sí misma generadora de enf
Incapac del DP—> Es la falta de salud a causa de un hecho ilícito. El trast detectado debe
ocasionar algún grado de incapac respecto de las aptitudes psíquicas previas. Es el aspecto
mensurable del daño y orienta al juez acerca del monto de la indemnización. 
 Daño Físico
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Ps. Jurídica
Cdo hay lesiones físicas y psíquicas, es difícil diferenciar lo psíquico de lo somático, xq una
alteración psíquica puede repercutir en el área somática y los daños físicos pueden alterar el
equilibrio psíquico. La afección psíquica no está condicionada x las lesiones físicas sino x la
vivencia personal frente al hecho.
 Trauma
Lo genera un suceso imprevisto, cuya intensidad supera la tolerancia y posibilidad de control
yoico.
Aspecto económico—> Acontecimiento intenso e imprevisto + Incapac del sistema xa responder
adecuadamente —> Produce trast y afectos patógenos en la org psíquica
La Práctica Pericial Ps en la Prov de Bs As
 Estructura del poder judicial de la prov de Bs As: Según Ley 13837
1. La Suprema Corte de Justicia
2. El tribunal de Casación Penal
3. Las cámaras de Apelación en lo Civil y Comercial, de Garantías en lo penal y en lo
Contencioso Administrativo
4. Los jueces de Primera Instancia
5. Los tribunales en lo Criminal
6. Los tribunales del trabajo
7. Jueces de paz
8. El juzgado notarial
9. El cuerpo de magistrados suplentes 
 División Territorial: Hay departamentos judiciales que determinan la competencia de un
cierto grupo de tribunales frente a la división política en partidos. Hay 18 dptos judiciales.
Hay dptos que abarcan más de un partido
 Tribunales Descentralizados: El fundamento de su creación es el alto índice de litigiosidad
que pueden alcanzar otras ciudades ubicadas fuera del asiento ppal
 Fueros: Laboral, Civil y Comercial, Contencioso Adm, Seguridad Social, Criminal
 Recorrido de una causa
Las causas se inician ante los juzgados de 1ra instancia. Ante la disconformidad, las partes
pueden apelar ante la cámara respectiva. Si aún no están conformes, pueden interponer un
recurso extraordinario ante la Suprema corte.
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Ps. Jurídica
Los juzgados de primera instancia son unipersonales, salvo en los fueros laboral y flia en el que
hay cuerpos colegiados.
Los de segunda instancia son colegiados y su fción es revisar las resoluciones que discten los
jueces
 Tareas del ps xa con la justicia
 Ps Tarantes: Se nos puede requerir informe mensual u ocasional respecto a nuestros ptes.
 Psdx en forma particular: Puede realizarse xa ser presentado como informe de parte
prelitigioso o en el litigio, pero no como pericial, sino como informe psicodx o ps
 El abogado a veces solicita evaluación de un representado xa determinar si es conveniente o
no una pericia ps
 Como perito de parte: Evaluar a las partes implicadas en el proc penal
 Como consultores técnicos: Se puede presentar informe de parte previo y luego concurrir a la
pericial de oficio que es realizada x un perito de lista
 Como perito de oficio: Auxiliares del juez. No debemos ser parciales
Historia Criminológica
La historia criminológica se realiza cuando se recibe el Cómputo y Testimonio de Sentencia o
cuando un interno procesado decide incluirse en el Régimen de Ejecución Anticipada Voluntario
de la Pena (REAVP)
Los distintos informes de la Historia Criminológica son los siguientes: Antecedentes fliares,
relac con el mundo fliar y extrafliar, instrucción (estudios), trabajo, pasado criminológico,
informe legra, informe ps, informe somatopsíquico, génesis de la conducta delictiva
Programa del trat individual: Salud psicofísica, educación, trabajo, asistencia religiosa, relac
fliares y soc
DX y Métodos clínicos – criminológicos 
Un dx tiene que ser revisado a lo largo del tiempo ya que es una hipótesis. Por eso, en los
informes psicológicos decimos dx presuntivo. Los informes psicológicos y somatopsíquicos de
una historia criminológica se actualizan cada DOS años.
Primeramente, tenemos que distinguir entre personalidad de base, estructura (psicosis, neurosis o
perversión) y rasgos.
Personalidad de base, estructura (que es utilizado por el psicoanálisis) y trastornos (utilizado en
el Manual de Psiquiatría DSM IV) son parámetros o un conjunto de características estables,
inmodificables con el tiempo).
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Ps. Jurídica
Cuando hablamos de rasgo de personalidad decimos que una característica determinada
sobresale o predomina. Entonces nos referimos a: rasgos obsesivos, histéricos, fóbicos,
psicopáticos, perversos.
Los Servicios Criminológicos son los encargados de estudiar las conductas y actitudes de los
delincuentes. Se arriba a un diagnóstico presuntivo y también se realiza una
hipótesis de los factores tanto endógenos como exógenos que influyeron en la conducta delictiva.
Para ello, los Servicios Criminológicos realizan una serie de informes interdisciplinarios que
conforman la HC
Entrev y test ps
Los profesionales del Servicio Criminológico usamos entrevistas dirigidas, por ejemplo, el
informe somatopsíquico, y entrevistas semidirigidas en las cuales se realizan preguntas de
carácter orientativo, pero se deja que el sujeto se pueda explayar.
Hay también distintos tipos de Tests: Gráficos o Verbales, Proyectivos y Psicométrico, de
inteligencia, de habilidades.
Cuadros psicopatológicos – Perfiles Criminales 
1. Canibal: Ritual a través de la ingesta= tomar el alma del enemigo. El fin NO es la
alimentación.
El canibalismo está asociado a la esquizofrenia. Hay que intervenir inmediatamente con las
pericias psicológicas y psiquiátricas.
2. Seriales: En Arg pueden estar asociados al delito contra la integridad sexual o a delitos contra
la propiedad.
3. Spread Killer
4. Mutilaciones: Comportamiento criminológico de cortar a las víctimas.
Algunos de los diagnósticos posibles: Trastorno Antisocial de la Personalidad, Trastorno límite
de la personalidad, Psicopatías, Psicóticos
Delincuentes Psicóticos
Los psicóticos generalmente inimputables y se alojan en unidades de asistencia médica que les
brindan tratamiento psicológico y psiquiátrico. Mientras estén alojados en una Unidad Médica,
se suspende la progresividad del régimen penitenciario.
Tipos de Establecimientos
 Cerrados = Supervisión continua.
 Semiabiertos = Supervisión moderada.
 Abiertos = Supervisión atenuada
Las clases de supervisión se ven tanto en el trato como así también en las características edilicias
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Ps. Jurídica
Patronato de Liberados
Es la última instancia por la que deben pasar los presos en su proceso a la libertad. Son
fundamentales para bajar las altas tasas de reincidencia.
Tiene como función hacer todo lo posible para que el liberado no vuelva a reincidir. Si al
detenido se le brinda un tratamiento social serio y responsable, con contenido humano y apoyo
material, es muy probable que se reduzca la incursión en el delito.
Cuando el detenido sale en libertad tiene demandas concretas: alojamiento, alimento, vestimenta,
elementos de higiene y medicamentos. El entorno social es especialmentehostil con los
detenidos, y por lo general la presencia de antecedentes penales dificulta seriamente el acceso a
un empleo.
Los patronatos funcionan con "serias deficiencias respecto de los programas para facilitar el
acceso al trabajo, la educación, y otras políticas sociales". 
Programas de Tratam en Cárceles
Características:
1. Que se sustenten en un modelo conceptual sólido. Esto es, que se fundamenten en alguna
teoría explicativa de la conducta delictiva suficientemente comprobada.
2. Que se trate de programas cognitivo-conductuales.
3. Que sean estructurados, claros y directivos. 
4. Que el tratamiento se aplique con integridad en mom previstos
5. Se relaciona con la efectividad la mayor duración e intensidad de los programas.
6. Que se dirijan a cambiar los estilos de apje y habilidades de los delincuentes.
7. Resultan más efectivos los programas multifacéticos, esto es, aquellos que incorporan en su
desarrollo diversas técnicas de tratamiento.
Los beneficios (salidas transitorias, libertad condicional y libertad asistida) son tratados por el
Consejo Correccional el que está compuesto por los Jefes de cada una de las áreas que
conforman el Tratamiento Penitenciario: Criminología, Asistencia Social, Educación, Médico-
Asistencial, Trabajo y Seguridad Interna. Cada una de estas áreas presenta un informe del interno
en cuestión en donde subrayan si ha evolucionado o no en su tratamiento, a lo largo de la
condena. Con estos datos se elabora el Acta de Consejo Correccional con un resumen de los
informes vertidos por cada una de las áreas y luego se arriba a una conclusión al respecto. 
En lo que se refiere específicamente a aquellos internos condenados por delitos contra la
integridad sexual hay dos áreas en donde se hace mayor hincapié a la hora de tratar un beneficio:
 Área Social: Se trata de que el interno no vuelva al mismo lugar o esté muy cerca del lugar
donde se cometieron los hechos, sobre todo en aquellos en los que el delito fue cometido a
nivel intrafamiliar. Se tiene especial consideración en que el causante haya podido generar
nuevos vínculos o ver si algún otro miembro de su familia lo puede recibir.
 Área Médico Asistencial: Se le da un valor preponderante al tratam ps realizado y su
evolución. Como en general estos sujetos no son “conflictivos”, en las otras áreas del
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Ps. Jurídica
tratamiento puede suceder que un sujeto que posee CONDUCTA DIEZ Y CONCEPTO
CINCO por ejemplo, tenga un Acta de Consejo Correccional que se expide en FORMA
NEGATIVA a la hora de tratarle una libertad. Esta situación se da porque en el momento de
evaluar el “afuera” lo que primó fue su escasa evolución en el tratamiento psicológico. 
Por último, el concepto de pronóstico de reinserción social: Cabe destacar que en los informes
criminológicos hay un requerimiento a hablar de ello. Desde el momento que el S es condenado,
cuando el Servicio Criminológico realiza la Historia Criminológica, en el último informe de esta
que es la Génesis de la Conducta Delictiva en la cual se llega a una hipótesis de la multiplicidad
de factores que incidieron en la actividad delictiva/transgresora del sujeto, se concluye un
Pronóstico de Reinserción Social el cual puede ser: favorable, dudoso, muy dudoso, altamente
dudoso o desfavorable. Igualmente, es difícil poder “predecir” cuál será la conducta del sujeto
frente a las presiones y amenazas del afuera y si podrá poner en práctica la totalidad de las
herramientas aprendidas. En definitiva, es difícil evaluar el comportamiento futuro en el afuera
estando puertas adentro.
Rol del ps en el ámbito carcelario
En el ámbito carcelario, existen dos grandes ramas en las cuales un psicólogo puede
desempeñarse:
1. Criminología
En cuanto a la criminología, el trabajo es interdisciplinario ya que el ps participa dentro de un
servicio criminológico y se encarga fundamentalmente de lo que se denomina tratam
penitenciario. Dentro de un Servicio Criminológico hay psicólogos, psiquiatras, abogados,
licenciados en criminalística, sociólogos. También, se cuenta con un Servicio Social, Área
Educación, Área Trabajo, Área Seguridad Interna y Área Médico Psicológica. Todas las áreas
nombradas conforman el tratamiento penitenciario. El interno es abordado por cada área en
particular y se desempeña en cada una de ellas:
-Área Educación: Todos los internos cursan estudios de grado y/o talleres de formación
profesional. También esta área se encarga de la recreación: deportes, organiza eventos, etc.
-Área Trabajo: Se lo incluye, dentro de las posibilidades, en algún taller.
-Área Seguridad Interna: Se encarga del cumplimiento de las normas carcelarias
-Área Social: Se encarga de conocer los referentes del interno, quiénes lo visitan, si no lo visita
nadie se trata de buscar algún referente. Los que no tienen DNI lo pueden tramitar por medio de
esta vía. Sería imp trabajar con la flia pero no se hace.
-Área Médico- Psicológica: Es obligatorio que los internos puedan recurrir a las distintas
especialidades médicas. Los ps que atienden a los internos en forma de programas de tratam
espec y de forma individual son los ps a quienes les ha tocado el área de sanidad
2. SANIDAD
Psicofísica: Tratam ps que pueden hacer los int pero no es obligación. Las únicas áreas que son
obligatorias son la seguridad y el trabajo. Es obligación que curse la primera en educación si no
la terminaron. 
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Ps. Jurídica
Se hacen diferentes psicoterapias. Sanidad es muy amplio y dentro se encuentran los ps.
El ps va a hacer un trat focalizado en que el S se haga cargo de sus conductas delictivas y lograr
un cambio. Hay que adecuar las terapias
Pasos del interno cuando lo detienen:
 Es visto x las áreas del servicio penitenciario. El área de criminología hace el protocolo de
riesgo. Va a dar riesgo la conflictividad, suicidio y fuga. No es exacto, sino que es una
aproximación
 Va con los directores de los distintos módulos y lo entrevistan. Deciden a qué unidad
residencial va a ir. Cada unidad aloja a un perfil, pero primero pasa x la unidad de ingreso.
Algunos se quedan en la unidad de ingreso xq no hay lugar
 Los procesados se quedan en las unidades de Bs As xq tienen que ir a los juzgados a declarar.
 Condenados: El testimonio de sentencia va al servicio criminológico y hacen la historia
criminológica. Hay que armar un programa de tratam
 Se elige la fase 
Tratamiento Penitenciario:
Objetivo: Asimilación cultural de las normas de conductas valiosas y al desarrollo de sus
posibilidades potencialmente provechosas para sí y para otros, a fin de neutralizar sus tendencias
asociales.
El tratamiento es el conjunto de actividades terapéutico asistenciales dirigidas directamente a
colaborar en el proceso de reinserción social, contemplando aspectos voluntarios y obligatorios.
A partir de la ley 24660, Ley de Ejecución de la pena Privativa de la Libertad, que comenzó a
regir el 16/07/96, el tratamiento es individualizado y programado de acuerdo a las características
personales de cada interno, integrado por un conjunto de acciones que le brinden oportunidades
de cambio observables en la evaluación de su evolución la que dependerá de la modificación de
aquellos aspectos o rasgos de personalidad directamente relacionados con la actividad delictiva,
se manifestará en la conducta global del interno, el acrecentamiento de su confianza y de los
niveles de responsabilidad individual para acceder a ámbitos de mayor libertad.
EJECUCIÓN DE LA PENA PRIVATIVA DE LA LIBERTAD
Ley 24.660 y su Reforma: Ley N° 27.375 (promulgada en fecha 28/07/2017)
o ARTICULO 1º —S pueda reinsertarse adecuadamente comprendiendo las causas y
consecuencias de sus actos.
o ARTICULO 5º — El tratamiento del condenado deberá ser programado, individualizado y
obligatorio respecto de las normas que regulan la convivencia, la disciplina y el trabajo. Todaotra actividad que lo integre tendrá carácter voluntario. 
o ARTICULO 6º — El régimen penitenciario se basará en la progresividad: cerrado,
semiabierto y abierto
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Ps. Jurídica
o ARTICULO 11 bis. - La víctima tendrá derecho a ser informada y a expresar su opinión ante
el juez sobre cualquier planteo en el que se pueda decidir la incorporación de la persona
condenada 
o ARTICULO 12. — El régimen penitenciario aplicable al condenado, cualquiera fuere la pena
impuesta, se caracterizará por su progresividad y constará de: Período de observación;
Período de tratamiento; Período de prueba; Período de libertad condicional.
o ARTICULO 13. — El período de observación consiste en el estudio médico-psicológico-
social del interno y en la formulación del dx y pronóstico criminológicos. 
o ARTICULO 14. — El período de tratamiento será progresivo y tendrá por obj el
acrecentamiento de la confianza depositada en el interno y la atribución de responsabilidades.
El periodo de tratamiento se desarrollará en tres (3) etapas o fases:
 Fase 1. Socialización: Propuesto por el organismo técnico-criminológico tendiente a
consolidar y promover los factores positivos de la personalidad del interno y a modificar o
disminuir sus aspectos disvaliosos. Supervisión continua (Establecimiento cerrado)
 Fase 2. Consolidación: Se iniciará una vez que el interno haya alcanzado los objetivos fijados
en el programa de tratamiento para la fase 1. Consiste en la incorporación del interno a un
establecimiento semiabierto en el que tendrá lugar una supervisión atenuada. 
 Fase 3. Confianza: Consiste en otorgar al interno una creciente facultad de autodeterminación
a fin de evaluar la medida en que internaliza los valores esenciales para una adecuada
convivencia social, conforme a la ejecución del programa de tratamiento. Establecimiento
abierto
o ARTICULO 15. — El periodo de prueba consistirá en el empleo sistemático de métodos de
autogobierno y comprenderá sucesivamente: a) La incorporación del condenado a un
establecimiento abierto, semiabierto o sección independiente de éste, que se base en el
principio de autodisciplina; b) La posibilidad de obtener salidas transitorias del
establecimiento; c) La incorporación al régimen de semilibertad. 
Prueba pericial en el fuero penal
Derecho penal= Se investiga para:
 Determinar si los hechos son constitutivos de delito
 Determinar y sancionar a sus responsables los cuales tienen grado de implicancia. Pueden ser
autores, coautores, cómplices, encubridores. 
PROBAR es hacer conocidos para el Juez los hechos controvertidos y dudosos y darle certeza de
su modo preciso de ser. Es la actividad dirigida a recoger y practicar las pruebas que permitirán
fundar la decisión que se debe adoptar. En el campo penal, probar es una tarea investigativa
dirigida a descubrir y verificar todos los datos necesarios para reconstruir el hecho punible y
descubrir al autor o autores y establecer su responsabilidad. 
La prueba no pretende arribar a la verdad sino sólo crear certeza (convencimiento) en el Juez. 
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Ps. Jurídica
In de la prueba = dejarle al Juez el convencimiento o la certeza de los hechos punibles así como
la responsabilidad de sus autores, lo que le permitirá adoptar su decisión.
 Actividad probatoria involucra:
 Verdad: Se persigue en el proceso penal es la históricamente ocurrida, denominada verdad
material o, mejor, verdad real. Verdad es la adecuación entre la idea que se tiene de un objeto
y lo que ese objeto es en realidad. 
 Certeza: Firme convicción de estar en posesión de la verdad. Es conocimiento seguro y claro
de alguna cosa. Puede ser: Positiva (firme creencia de que algo existe) y Negativa (firme
creencia de que algo no existe)
 Duda: Es una oscilación. El intelecto es llevado hacia el sí y luego hacia el no, sin poder
quedarse en ninguno de estos extremos.
 Probabilidad: Habrá probabilidad, en cambio, cuando la coexistencia de elementos positivos
y negativos permanezca, pero los elementos positivos sean superiores en fuerza a los
negativos. 
 Improbabilidad: Cuando los elementos negativos sean superiores a los positivos. 
 Pericia: Es una apreciación técnica acerca de los hechos. La actividad de los peritos consiste
en ser un medio para estudiar y analizar las pruebas a través de un examen de objetos o
situaciones relacionadas con el hecho que se investiga.
El peritaje es un medio de prueba personal y documental.
 Artículos del Código Penal
 Art. 34 No son punibles:
1º. El que no haya podido en el momento del hecho, ya sea por insuficiencia de sus facultades,
por alteraciones morbosas de las mismas o por su estado de inconciencia, error o ignorancia de
hecho no imputables, comprender la criminalidad del acto o dirigir sus acciones.
2º. El que obrare violentado por fuerza física irresistible o amenazas de sufrir un mal grave e
inminente;
3º. El que causare un mal por evitar otro mayor 
4º. El que obrare en cumplimiento de un deber o en el legítimo ejercicio de su derecho
5º. El que obrare en virtud de obediencia debida
6º. El que obrare en defensa propia o de sus derechos
7º. El que obrare en defensa de la persona o derechos de otro
Los tribunales fijarán la condenación de acuerdo con las circunstancias atenuantes o agravantes
particulares a cada caso y de conformidad a las reglas del artículo siguiente.
Art. 41:
1) La naturaleza de la acción y de los medios para ejecutarla y la extensión del daño y del peligro
causados; 
2) La edad, la educación, las costumbres y la conducta precedente del sujeto, 
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Ps. Jurídica
3) La calidad de los motivos que lo determinaron a delinquir, especialmente la miseria o la
dificultad de ganarse el sustento propio necesario y el de los suyos, 
4) La participación que haya tomado en el hecho, 
5) Las reincidencias en que hubiera incurrido y los demás antecedentes y condiciones
personales, 
6) Los vínculos personales, la calidad de las personas
7) Las circunstancias de tiempo, lugar, modo y ocasión que demuestren su mayor o menor
peligrosidad
Fción del perito en el fuero penal
DX y evaluación de personas implicadas en procesos penales que servirá de asesoramiento a los
Jueces y Tribunales, para determinar las circunstancias que puedan modificar la responsabilidad
criminal, daño moral, secuelas psíquicas, etc. 
 Inimputabilidad: Inimputable es un sujeto que porta enfermedad psíquica grave que le impide
tener conciencia de sus actos, por lo tanto, desconoce sus consecuencias. 
 Peligrosidad: Probabilidad de que un individuo pueda cometer o vuelva a cometer un delito.
Peligrosidad para pronunciarse en términos pronósticos sobre el comportamiento de un
sujeto. Es un juicio de valor subjetivo, aunque se basa en principios científicos y en
antecedentes de la persona. 
Estudio Mac Arthur:
La investigación en cuatro dominios específicos: 
1. Claves disposicionales: Se vinculan con las variables demográficas, cognitivas y de la
personalidad (estas dos últimas con la instrumentación de técnicas psicodiagnósticas). 
2. Factores históricos: Implican la información general sobre la historia social de la persona
específica e información sobre la historia de violencia de la misma.
3. Dominio contextual: Analiza los factores de la situación en la que se encuentra el individuo en
cuestión, que pueden llegar a potenciar o incrementar el riesgo de violencia o disminuirlo. 
4. Factores clínicos: Son aquellos que aumentan el riesgo de violencia, como por ejemplo el
abuso de sustancias psicotóxicas o los diagnósticos de trastorno de la personalidad. 
5. Con ello entronca la utilización de un árbol de decisiones multidisciplinar para la delimitación
de los niveles de riesgo.
Ley penal de menores
Cuando los S menores a 18 años cometen un delito, se les aplica una ley diferente a los adultos.
No pueden recibir una pena si tienen menos de 16 años. No pueden ser privadosde libertad en
establecimientos xa adultos. 
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Ps. Jurídica
La ley penal juvenil es un conjunto de normas que se aplican cdo un niño o adolescente comete
un delito. Los menores de 16 años no son punibles (no se les puede aplicar penas). Tampoco son
punibles los menores de 18 años que hayan cometido delitos con penas menores a 2 años.
Los menores de 16 años hasta 18 años con penas mayores a 2 años. La imposición de la pena
requiere: que haya sido declarada su responsabilidad penal, que haya cumplido 18 años, que haya
sometido un tratam tutelar no menor a un año. El juez decide la pena.
El objetivo es favorecer el mejor desarrollo de la personalidad del menor e integrarlo cdo llegue
a su máxima capac, en las mejores condiciones físicas, intelectuales, emotivas y morales a la
vida social. Implica un abordaje multirdireccional, interdisciplinario y transdisciplinario.
Menores de 16 años que cometen un delito El juez debe ordenar un conj de medidas sobre el
niño. Poner el niño bajo custodia y decidir lo que crea conveniente xa protegerlo, limitar la
responsabilidad parental de los padres del niño y poner al niño bajo la guardia de alguien. 
16 – 18 años que comete un delito Se lo somete a un proc penal juvenil y queda bajo la
disposición del juez. Se los somete a tratam tutelar que son las medidas que adopta el juez xa
proteger al menor. Puede incluir tratam ps. Pueden ser alojados en institutos de menores. 
Las medidas tutelares implican una fción asistencial que el Estado cumple xa subvenir nec de la
minoridad. Se aplica a menores en riesgo psicosocial. El fin es la protección integral de la
minoridad en situación de conflicto. Se ordenan en ciertos casos: abandono o peligro material o
moral, menores que han cometido un acto tipificado como el delito, y casos de menores que han
sido víctimas de delito.
Cdo el adolescente cumple 18 años El juez le puede aplicar la pena que corresponde o
reducirla si no tiene antecedentes o una rta positiva al tratam titular. A los menores no se los
considera reincidentes.
Ley 23.737
Los estupefacientes, psicotrópicos y demás sust susceptibles de producir dependencia física o
psíquica. 
Art 5: Reprime la siembra, cultivo, producción, extracción, preparación, almacenamiento,
transporte, entrega suministro
- Modificación 19/08/16  Cdo x escasa cant y si está destinada xa consumo personal, el hecho
no será punible
- Modificación del Art 15 Las hojas de coca en su estado natural destinado a la masticación, o
la infusión no serán consideradas estupefacientes.
Art 16: Cdo el condenado x cualquier delito dependiera física o psíquicamente de
estupefacientes, puede recibir tratam. El juez determinará cual será el tratam que podrá
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Ps. Jurídica
aplicársele preventivamente al procesado cdo prestare su consentimiento xa ello o si existiere
peligro que se dañe a sí mismo o a los demás
El servicio penitenciario federal o provincial deberá arbitrar los medios xa disponer en cada
unidad un espacio xa la rehabilitación. Hay tratam xa adicciones de carácter grupal pero las
plazas son insuficientes.
Adicciones
Tenemos que pensar un doble dx:
1. La relación de la persona con la droga uso, abuso o dependencia
2. Patología de base la enf ps que se esconde detrás de la droga y emergerá cdo el S logre la
abstinencia
Hay dos obj terapéuticos: abstinencia (dejar de drogarse) y cura. Nos encontramos con la
personalidad de base y podemos realizar un dx más acertado.
La drogadicción es un fenómeno que atraviesa distintas variables: biológicas, ps, familiares,
sociales, político – culturales, espirituales, etc x eso hay que entenderlo desde una visión de
totalidad.
Variables:
 Social La adicción es todo aquello que se impone compulsivamente, que no lo elijo, ni lo
disfruto. Un axioma cultural es “el dolor o sufrimiento son malos” “sentirse bien es bueno”.
También, están los mensajes de publicidades.
 Biológica
 Tolerancia: El organismo se adapta y ya no responde de la misma manera a la cant
recibida x lo que exige volúmenes cada vez mayores xa obtener el efecto deseado.
 Dependencia física: El org presenta modificaciones del comportamiento y otras reacciones
que ocasionan tomar la droga en forma continua
 Síndrome de abstinencia: Conj de signos y síntomas físicos psíquicos que pueden aparecer
como consecuencia de la supresión del consumo de una droga que produzca dependencia
 Sobredosis: Cantidad y calidad de sust no resistidas x el org que la ingiere
 Flashback: Sist de rebote químico. En gral, los ácidos como el lisérgico, producen un
efecto alucinógeno que duro x mucho tiempo
 Familiar Pueden ser flias muy exigentes y sobreprotectoras o las que son distantes. Este
tipo se flia tienen serios inconvenientes en la puesta de límites como orientar, contener,
promover, guiar y no sólo prohibir. Los límites: tener claro el porqué, elegir el límite de
acuerdo al conflicto, y acordar con el otro progenitor. El trabajo con la flia consiste en ayudar
a los padres a ponerle límites a sus hijos y a ordenar la vida fliar. Poner límites se asocia a
contener, orientar, promover, persuadir y guiar
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Ps. Jurídica
Etapas del drogadependiente en su grupo de consumidores
1. Etapa de enamoramiento del grupo de la droga: La droga es un medio hacie el grupo Se
consume en grupo y pasar el tiempo es el fin del grupo. Es un intento de escapar del
aburrimiento y la soledad. Cto menos contenedora es la flia y ctos menos recursos yoicos
tenga el joven, más patológica va a ser la relac con los miembros del grupo
2. Etapa de resquebrajamiento: Camino hacia la enf El abuso produce conflictos vinculares.
Comienza a tener más imp la droga que el grupo. Se puede producir una fractura grupal
3. Etapa de aislamiento: El grupo es un medio xa la droga Se consume en soledad. Cdo uno
puede estar aislado, en grupo o solo. No se disfruta la droga, sino que se la padece, pero el
consumo se impone. 
No todos los jóvenes llegan a esta etapa. Depende de los mec de control, fortaleza yoica, una
flia atenta y contenedora.
Drogas
Pueden ser legales o ilegales; y estimulantes, depresoras o alucinógenas.
 Estimulantes: Provocan sensación de aceleramiento y excitación. Ej: cocaína, anfetaminas,
café
 Depresoras: Lentifican, sedan provocan sueño. Ej: tranquilizante, alcohol, opio
 Alucinógenas: Alteran la percepción sensorial provocando fantasías, visiones, pesadillas. Ej:
marihuana, ácido lisérgico, etc.
Hay gran consumo de drogas legales: 
 Tabaco: Es la droga más dañina
 Alcohol: Causa probl serios en los adolescentes y es la puerta xa el consumo de drogas
ilegales
 Psicofármacos: Es muy alta en nuestro país
Marihuana: Puede considerarse un sedante hipnótico.
 Efectos físicos Produce un aumento temporal del latido cardíaco, cong de la conjuntiva
que da un enrojecimiento en los ojos x la dilatación de los vasos sanguíneos, daña el buen
pulso y produce tambaleamiento. Los fumadores desarrollar una menor capac pulmonar
 Efectos ps Actúa sobre la corteza cerebral (áreas de la mov de los miembros, órganos
sensoriales y comportamiento). Se altera la percepción de la visión, el sonido y el tacto,
afecta el estado de ánimo y la interacción social
Cocaína: Es un estimulante del sist nervioso central. Tiene un efecto anestésico local. 
 Efectos físicos Produce euforia, estimulación, disminución de la fatiga, alteración de la
vigilia x la acción excitadora de la cocaína.
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Cdo se consume en grande dosis, presenta rigidez muscular, psicosis paranoica y
comportamiento violento
Pasta base: Es la pasta básica de la cocaína que produce un efecto muy intenso y una
dependencia de extrema gravedad. Altera el juicio. Se produce una liberación de las inhibiciones
y los adictos presentan agresividad, reacciones de pánico y depresión. Las altas dosis crean una
sensación de fortaleza mental, poder personal y muscular produciendoalucinaciones visuales,
auditivas y táctiles
Psicofármacos: Cdo se consumen en grandes dosis y se combinan con alcohol, general una
sensación de omnipotencia que se busca xa delinquir. 
Pegamento: Produce confusión emntal poco duradera. X su bajo costo, durabilidad y fácil acceso
se convierte en una de las sust + usadas
Heroína y éxtasis: Son estimulantes
Ácidos: LSD, Ketamina. Son drogas alucinógenas
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