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RESUMEN FINAL Psicología Jurídica

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Psicología Jurídica
CAPITULO 1
EL NIÑO LOBO
Es el niño que ha vivido aislado o ha tenido poco y nada de experiencia del comportamiento 
humano. Estos niños tienen una gran dificultad para adquirir lenguaje, caminar erguidos, son poco 
sensibles al calor y al frio. Duermen cuando anochece y se despiertan al alba. Tienen visión 
nocturna. Prefieren la compañía de otros animales, imitan sus sonidos, olfatean comida, comen 
carne cruda. Pudieron haber sobrevivido por el cuidado de animales salvajes o domésticos.
Víctor: (Niño de Aveyron) encontrado en un bosque en el sur de Francia. Cuando lo encontraron 
creyeron que era sordo, con el cuidado de un médico y una ama de llaves, llego a poder 
comunicarse con algunas palabras y la bipedestación.
Hesse: Primer caso, encontrado en un bosque en Alemania.
Amala y Kamala: hermanas de 8 y 2 años, encontradas en un bosque en la India.
Genie: los padres la encerraron en una habitación de la casa y la mantuvieron oculta, sin tener 
contacto con ella, en LA, USA.
Nena encontrada en un gallinero en Portugal.
Se puede ver la importancia de la interacción y una convivencia con reglas sociales para el 
desarrollo de la personalidad. Se puede ver el maltrato infantil, la incapacidad de los padres para 
ejercer su función. 
Se plantea la necesidad de un Estado capaz de contener difíciles situaciones al igual de poder 
prevenirlas. Se ve la indefensión de la criatura humana al nacer y en el caso que no exista un 
holding social, que no llego a pertenecer a la cultura y civilización.
También plantea la necesidad de una sociedad y reglas que a través hábitos costumbres y leyes 
que posibiliten al ser humano adquirir la dignidad de ser personas.
Historias ficticias: fundación de roma acompañada de la leyenda de Rómulo y remo. Peter pan, 
Tarzan. 
En general logran pocos adelantos, desde el punto de vista del lenguaje, de la adaptación social y 
de la postura, dependiendo del tiempo que paso desde la separación, que también importara la 
calidad de la rehabilitación prestada. Luego de que han sido hallados, se puede ver que han tenido
una corta sobrevida. Su esperanza de vida a disminuido en la medida que se han desadaptado de 
su hábitat.
CAPITULO 8
CONDUCTAS INADAPTADAS Y DELICTIVAS
IMPUTABILIDAD: es cuando el autor de la conducta típica antijurídica pudiendo actuar conforme al
derecho no lo hizo y eso lo trasforma en culpable, responsable e imputable. La culpabilidad es un 
reproche de naturaleza jurídica. El estudio de imputabilidad corresponde a un juez. El perito 
psicólogo deberá entregar su saber al magistrado quien reuniendo distintos elementos de prueba 
lo establecerá a su mejor saber y entender. El informe pericial no es vinculante.
PROBATION: No toda persona que comete algún delito es condenada a vivir temporariamente en 
el penal. Probation es una ley que se promulgo, es la suspensión de juicio a prueba para aquellos 
delitos de acción pública que tienen prevista pena de prisión cuyo máximo no excede los tres años.
El imputado podrá acceder a la probation siempre y cuando no tenga antecedentes de 
incumplimiento de otras penas y así realizar de forma correcta la tarea comunitaria fijada por las 
comunidades. La probation es de gran interés porque admite oportunidades, da al afectado una 
tarea reparatoria, agiliza el proceso judicial, descongestiona cárceles, colabora con la conciencia 
de reflexión. 
MEDIACION PENAL: se trata que las partes (acusado y victima) puedan reunirse y consensuar 
alguna forma reparatoria del daño infringido. Tiene como características: voluntariedad, 
imparcialidad, neutralidad, gratuidad y confidencialidad. 
PASOS DE LA MEDIACION PENAL: 
1) Invitación de las partes para la realización de la mediación según el consentimiento y 
derivación del fiscal.
2) Reunión de antecedentes y entrevistas con cada una de las partes para humanizar el 
encuentro, generar contacto personal y confianza, explicar el procedimiento. 
3) Encuentro entre las partes. Hay un discurso de apertura. Se establece el encuadre y el 
procedimiento a seguir. También la regla de confiabilidad, dialogo respetuoso. Se aclaran 
las dudas.
4) El mediador solicita a las partes distintas propuestas que puedan conducir a la solución del
conflicto. Cada parte expone su pretensión frente a la otra.
5) La construcción de un convenio con lo pautado. El contrato tendrá forma de acta, las 
firmas de las partes intervinientes y del mediador, fecha y lugar en donde se realizar, 
datos personales, etc.
6) Seguimiento del convenio para su efectivo cumplimiento. (Se puede pedir un informe del 
profesional)
ACTO PEDAGOGICO: Porque ayuda los litigantes al uso de la palabra y a la cooperación para la 
autocomposición de conflictos evitando la violencia. Permite una nueva manera de enfrentar los 
problemas.
La ley penal en nuestro país se promulgo en el 2006 en enero en bsas. 
ANTECEDENTES DE LA MEDIACION PENAL: en el VORP en la década del 70 en USA y Canadá. En 
USA, fue practicadas por menonitas, cuáqueros y unitaristas.
RAC: Es un método alternativo de resolución de conflictos, se utiliza en algunas partes del país, 
para los delitos de menor intensidad. (Amenazas, abandono de persona, exhibiciones obscenas, 
matrimonios ilegales, picada de autos, discriminación).
JUSTICIA RETRIBUTIVA : 
 Infracción a la ley como delito
 Tener pruebas objetivas de la conducta transgresora
 Se expropia del conflicto
 Basado en el pasado
 Obj: Reconstruir lo sucedido
 Juicios públicos, comunidad observadora.
JUSTICIA RESTAURATIVA:
 Ayuda atraves de un equipo profesional interdisciplinario
 Se dialoga, se busca una forma de satisfactoria de resolución
 Autorregulación y autocontrol
 Ve al delito como un conflicto social que está instalado
 Asumir responsabilidades en un acto libre, autónomo y adulto
 Elaboración de un futuro común
TAREA PASTORAL: La pastoral penitenciaria ha estado presente en cárceles cumpliendo la tarea de
la devolución de la dignidad. La pastoral no solo ha colaborado con los presos, sino que también 
con sus familiares, acompañándolos en el proceso condenatorio y luego en la reinserción. La 
iglesia cumple un rol importante en la sociedad esparciendo semillas de conciencia y la necesidad 
de políticas públicas que busquen soluciones para personas débiles, indefensas, marginadas, 
presas.
Los agentes pastorales suelen utilizar la parábola del Hijo Prodigo del evangelio, san Lucas para 
transmitir el concepto de arrepentimiento y perdón. Esta enseñanza representa el 
arrepentimiento, la enmienda, la corrección, la falta. La iglesia recrea en cada detenido la figura de
Jesus.
TAREA ARTISTICA: En las cárceles se recibe apoyo voluntario de artistas que donan tiempo y 
trabajo para estimular y desarrollar habilidades entre los internos. Organizan festivales para 
esparcimientos y concursos con premios que permiten elevar el autoestima y reconocimiento. El 
arte es muy rico para el crecimiento emocional, su práctica posibilita la expresión, comunicación 
imaginación.
El arte terapeuta debe manejar distintas técnicas/ramas hasta encontrar el mejor canal de 
expresión del sujeto a sensibilizar, importa la estimulación del sujeto no la técnica que se usa. El 
arte terapeuta es un facilitador de comunicación y un explorador de sentimientos. El objetivo es 
aprender a usar la creatividad para resolver problemas. Para alcanzar su rehabilitación, el interno 
deberá enfrentar su falta, sus sentimientos encontrados, ser conciente del dolor ajeno y resumir la
responsabilidad de sus acciones.
INSTRUCCIÓN FORMAL: La educación debería ser una de las preocupaciones del sistema 
penitenciario, dado que es fundamental para el crecimiento, desarrollo y futura inclusión social. La
mayoría posee un nivel escolar muy bajo, su falta de educación podría ser la causa de su desenlace
delictivo.
DEPORTES Y VALORES: El deporte cumple papel muy importante en la educación porque enseña a 
actuar con reglas y objetivos. Estimula a ganar y enseña a perder.Es practicado como placer y 
como descarga, como desarrollo corporal. En todo momento alienta al trabajo, a la convivencia y 
al esfuerzo.
CAPITULO 10
LEY PENITENCIARIA NACIONAL 24.660
Es la ejecución de la Pena Privativa de la libertad, de carácter Nacional, promulgada en 1996. Su 
finalidad es que el condenado adquiera la capacidad de comprender y respetar la ley procurando 
una adecuada inserción social, promoviendo la comprensión y apoyo de la sociedad.
Pasos en el tratamiento penitenciario:
1) Periodo de observación: se realiza un estudio individualizado médico, psicológico y social, 
formulando un diagnóstico y pronóstico.
2) Periodo del tratamiento: el condenado va ganando atenuación de las restricciones de la 
pena a través del cambio de sección en el mismo establecimiento o por traslado a otro.
3) Periodo de prueba: el interno puede incorporarse a establecimiento abierto o sección 
independiente con auto-disciplina y obtener salidas transitorias o incorporarse a un 
régimen de semi libertad.
4) Periodo de libertad condicional: se concede ante la proximidad de la pena, debe ser 
fundado en la conducta.
Se recibe un programa intensivo para la reinserción del individuo a la sociedad y a lo familiar.
Los jóvenes entre 18 y 21 deberán tener otro espacio o bien estar claramente separados. Un 
interno entre 21 y 25 por buena conducta podrá permanecer hasta los 25 en el recinto de 
adultos jóvenes.
CRIMINOLOGIA: es el estudio del crimen y delito – delincuente. Disciplina múltiple y valorativa. 
Tiene objetos y discursos dispares y heterogéneos. Es una ciencia empírica e interdisciplinaria que 
se ocupa del estudio del crimen, de la persona del delincuente, la víctima y el control social del 
comportamiento delictivo.
Criminología tradicional se ocupaba del criminal de manera más biologicista, más adelante se tenía
en cuenta las anomalías psíquicas de la personalidad en el ofensor. Recién la segunda mitad del 
siglo XX se comienza a atender a la “pareja penal”, en la que se vio la participación de la víctima en
la comisión del delito.
VICTIMOLOGIA: disciplina nueva, autónoma, con objeto, método y fin propio. Tomo gran 
importancia con el surgimiento de los derechos humanos luego de la segunda guerra mundial y el 
holocausto. Se busca la comprensión de la víctima, su prevención y estrategias de intervención. 
Apuntaría a satisfacer sus necesidades y derechos. Hasta aquel momento nadie tenía en cuenta a 
la víctima a la hora de un ordenamiento procesal penal. 
Naciones Unidas define a las víctimas: personas que individualmente o colectivamente han sufrido
daños físicos o mentales, perdida financieras, abuso de poder.
CLASIFICACION DE TIPOS DE VICTIMAS MELDENSOHN
 Victima totalmente inocente (la ideal)
 Victima por ignorancia (por desconocimiento se produce un daño a sí mismo, mujer que se
hace un aborto y muere por complicaciones en la operación)
 Victima por imprudencia
 Victima voluntaria (tan culpable como el delincuente)
 Victima imaginaria
 Victima agresora
 Victima provocadora (mas culpable que el autor)
TIPO DE VICTIMAS NEUMAN:
 Victimas individuales: actitud victimal (inocentes y resistentes) culposas (provocadoras y 
colaboradoras) y dolosa (suicidio y estafa)
 Victimas grupales: victimas familiares (niños y mujeres maltratadas), victimas colectivas 
(nación, comunidad social), víctimas de la sociedad (ancianos, minusválidos, marginados, 
enfermos, exiliados) y victimas supranacional (invasión, ataques de soberanía)
OTRA CLASIFICACION:
 Victimización primaria: proceso por el cual una persona, sufre de modo directo o indirecto,
daños físicos o psíquicos derivados de un hecho delictivo o acontecimiento traumático.
 V. Secundaria: provocada por las instituciones a cargo de la prevención y persecución del 
delito y administración de la justicia.
 V. terciaria: se debe a un funcionamiento patológico del sistema.
 Cuarto grado de vict. : debido a delitos estigmatizantes con difusión de prensa.
 Quinto grado de vict. : se utiliza a la víctima con fines externos, se la manipula.
SIMULACION POR CASULLO: proceso psíquico caracterizado por la decisión conciente más o 
menos directa, con la intención de engañar a alguien, manteniendo el engaño con la ayuda de un 
esfuerzo continúo durante un tiempo prolongado. Se dan tres condiciones: voluntad de conciente 
fraude, imitación de trastornos psicológicos o síntomas, y beneficio para el simulador.
Engaño (Roger): todo el intento del sujeto en distorsionar o exagerar sobre si mismo.
-SIMULACION POR LA ASOC. DE PSIQUIATRIA AMERICANA: exageración conciente e intencional de 
síntomas físicos y psicológicos. Los FACTICIDIOS son iguales solo que si hay una patología mental 
de base.
-DEFENSIVIDAD: negación o minimización cc e intensional de síntomas físicos y psicológicos.
-RESP AZAROSA: el sujeto no se compromete y pone suficiente dedicación.
-RESP HONESTA: intento sincero de responder pero que muestra pobre comprensión y percepción 
de los temas dando respuestas poco validas.
-RESP HIBRIDA: respuesta honesta en términos generales pero en algunas áreas tiene 
contestaciones altamente defensivas.
-MMPI2:

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