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Resumen de los mecanismos internacionales de respeto de los derechos humanos

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Resumen de los mecanismos internacionales de respeto de los derechos humanos 
Toda persona puede señalar un problema relativo a los derechos humanos a la atención de las Naciones Unidas, y así lo
hacen cada año miles de particulares de todas partes del mundo.
 A. ¿QUÉ ES UN MECANISMO DE CONTROL? 
Se trata de un conjunto de procedimientos puestos en marcha por las organizaciones internacionales para controlar el 
respeto a los Derechos Humanos, en ausencia de un poder judicial propiamente dicho, poder que no va en contra de las 
soberanías nacionales. La Corte Europea de los Derechos Humanos recientemente instituida constituye la excepción.
 B. ¿CUÁLES SON LOS ÓRGANOS QUE EFECUTAN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTROL? 
1. Comités o comisiones de expertos: comisiones de investigación, de conciliación y órganos investidos de un 
poder casi judicial (por ejemplo, el Comité de Derechos Humanos instituido por el Pacto Internacional relativo a 
los Derechos Civiles y Políticos).
2. Órganos políticos: compuestos por representantes de los Estados (p.e., la Comisión de Derechos Humanos 
de las Naciones Unidas)
3. Órganos judiciales: tribunales compuestos por jueces independientes (p.e., la Corte Europea de los 
Derechos Humanos)
 C. ¿CUÁLES SON LOS PODERES DE ESTOS ÓRGANOS? 
1. Poder de debatir (p.e., Asamblea General, Comisión de Derechos Humanos)
2. Poder de investigación dirigida por un experto independiente (p.e., Relator especial)
3. Poder de tomar decisiones: comprobación formal de una violación de los Derechos Humanos.
 D. ¿CUÁLES SON LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTROL INSTITUIDOS? 
1. Procedimientos no-contenciosos: tienen por objetivo asegurar que los Estados observen los compromisos 
internacionales independientemente de las causas por las cuales se puedan llegar a violar los Derechos 
Humanos:
Informes: la más antigua y la más importante de estas técnicas. Los tratados y convenciones ratificados por los 
Estados implican, dentro de su contenido, que los mismos Estados deben darse cuenta de la manera como debe
respetarse la redacción de un informe.
Estudios: los estudios sobre la situación de los Derechos Humanos que un órgano de control emprende por su 
propia iniciativa cuando se tiene conocimiento que en un determinado país la situación de los Derechos 
Humanos se deteriora.
2. Procedimientos contenciosos: se presenta un procedimiento contencioso cuando un Estado es llamado a 
responder por violaciones de los Derechos Humanos, sea por la demanda de otro Estado, o por la demanda de 
un individuo.
La acusación estatal: (Estado contra Estado). Esta puede estar dirigida a un organismo especializado, instituido
por un tratado internacional relativo a los Derechos Humanos.
La acusación individual: es el acto de un individuo que entabla una demanda contra su propio Estado por una 
violación de los derechos y las libertades. Es obligatorio que el Estado demandado haya aceptado el derecho de 
la demanda individual (por ejemplo, aceptando un texto especial como un Protocolo Facultativo). 
http://www.droitshumains.org/uni/Formation/03ProcContr_e.htm#Ancre%23Ancre%00

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