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SEGUROS AMBIENTALES 1 -Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente son, equilibrado, apto para el desarrollo humano… -…y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras y tiene el deber de preservarlo… -El daño ambiental generará, prioritariamente, la obligación de RECOMPONER, según lo establezca la ley… -La Nación se encuentra facultada para dictar normas de presupuestos mínimos de protección, a ser cumplidos en todo el territorio de la Nación. •Ley 25.670: Para la gestión y eliminación de PCB •Ley 25.675: Ley general del ambiente. •Ley 25.688: Para la preservación de las aguas •Ley 25.831: Para garantizar el derecho a la información pública •Ley 25.916: Parar la gestión integral de residuos domiciliarios. CONGRESO DE LA NACION LEYES DE PRESUPUESTOS MINIMOS •Art. 41 CN: AMBIENTE BIEN COLECTIVO TUTELADO POR EL ESTADO 2 Art. 27: Establece las normas que regirán los hechos o actos jurídicos, lícitos o no, que por acción u omisión causen DAÑO AMBIENTAL DE INCIDENCIA COLECTIVA. -Se define DAÑO AMBIENTAL: Toda alteración que modifica negativamente el ambiente, sus recursos, el equilibrio de los ecosistemas o los bienes o valores colectivos. DAÑO AMBIENTAL LEY 25.675: Ley General del Ambiente 3 LEY 25.675: Ley General del Ambiente Artículo 22: Toda persona, física o jurídica, pública o privada, que realice actividades riesgosas, para el ambiente, los ecosistemas y sus componentes, debe contratar un SEGURO de cobertura Con ENTIDAD SUFICIENTE para garantizar el financiamiento de la RECOMPOSICIÓN del daño que pudiera producir Asimismo según el caso y las responsabilidades, podrá integrar un FONDO DE RESTAURACIÓN AMBIENTAL que posibilite acciones de recuperación 4 Art. 28: El que causa un daño ambiental, será OBJETIVAMENTE RESPONSABLE de su RESTABLECIMIENTO al estado anterior a su producción. En caso de no ser técnicamente factible, la indemnización sustitutiva que determine la justicia ordinaria interviniente, DEBERÁ DEPOSITARSE EN EL FONDO DE COMPENSACIÓN AMBIENTAL. Art. 30: Quienes pueden reclamar y pedir la reparación del daño. •Estado Nacional, Provincial y Municipal •Damnificado directo •Defensor del pueblo •ONG´s de defensa ambiental LEY 25.675: Ley General del Ambiente 5 ¿Qué es un seguro? El concepto de "seguro" puede ser analizado desde el principio de contraprestación. Es un contrato mediante el cual, el Asegurador, a cambio de una prestación económica llamada "prima" se hace cargo de los daños que puedan sucederle a unos objetos predeterminados por el Asegurado, en caso de que acontezca alguno de los siniestros descritos en la póliza (Larramendi). 6 LEY 25.675: Ley General del Ambiente Seguro con entidad suficiente Garantizar el financiamiento de la recomposición del daño Integrar un fondo de restauración ambiental 7 Resolución 177/07 y Resolución 303/07 Resolución 1639/07 •Articular mecanismos para implementar los seguros ambientales. •Establecer criterios específicos en materia ambiental para la determinación de la –entidad suficiente- de la suma asegurada. •Establecer metodologías y procedimientos aceptables para la adecuada individualización del daño asegurado. •Aceptar el autoseguro: solvencia económica y financiera. En está resolución se sustituyen los anexos de las resoluciones anteriores sobre el listados de rubros, la categorización de industrias y actividades de servicios según NCA. SE MANTINE LA FÓRMULA PARA EL CALCULO DE MMES Y NCA Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación 8 Marco legislativo actual ART. 41 CN LEY 25.675 LEY 7.070 9 Resolución 234/09 Unidad provincial de implementación de Sistemas de Manejos de Riesgos y Seguros Ambientales (UPISMA) Considera los Art. 22, 27, 28 y 30 de la LEY 25.675 y sus disposiciones creando una unidad legal y técnica para efectivizar los cometidos de las resoluciones establecidas por el Congreso Nacional. Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable de SALTA 10 Se utiliza el algoritmo que se presenta en la resolución Nº 1398/2008 – SAyDS , para el calculo de MMES •Monto Básico: valor básico de la prima sin ajuste por vulnerabilidad y materiales peligrosos •D:existencias de materiales peligrosos y de eliminación programada •V: factor de vulnerabilidad MMES= MONTO BÁSICO x V x D Metodología para el cálculo del seguro 11 AjustenCorrelacióNCAOMONTOBASIC **)( 2 • NCA= Nivel de Complejidad Ambiental. • Correlación= Factor de Correlación en pesos moneda nacional =$400 • Ajuste= Factor de ajuste por variación de costos de logística e infraestructura existente para las operaciones de recomposición, propios del lugar de emplazamiento de la instalación. Hasta tanto no se encuentre determinado por la autoridad ambiental local, se considera Ajuste = 1. Metodología para el cálculo del MB 12 MMES= MONTO BÁSICO x V x D LoDiRiERRuinicialNCA AjSGAAjSPinicialNCANCA 1. PRIMERA CATEGORIA (hasta 11 puntos inclusive) 2. SEGUNDA CATEGORIA (12 a 25 puntos inclusive) 3. TERCERA CATEGORIA (mayor de 25) Categorías de Riesgo Ambiental Metodología para el cálculo de NCA (Nivel de complejidad ambiental) 13 MMES= MONTO BÁSICO x V x D Rubro (Ru) SEGÚN RESOLUCIÓN 1639/07 ANEXO I se dividen en tres grupos con la siguiente escala de valores: •Grupo 1 = valor 1 •Grupo 2 = valor 5 •Grupo 3 = valor 10 Efluentes y Residuos (ER): La calidad (y en algún caso, cantidad) de los efluentes y residuos que genere el establecimiento se clasifican como de tipo 0, 1, 2, 3 ó 4 Metodología para el cálculo de NCA (nivel de complejidad ambiental) 14 MMES= MONTO BÁSICO x V x D RESOLUCION 1639-07 SAYDS (Categorizacion de industrias).pdf RESOLUCION 1639-07 SAYDS (Categorizacion de industrias).pdf Riesgo (Ri): Se tendrán en cuenta los riesgos específicos de la actividad, que puedan afectar a la población o al medio ambiente circundante, asignando 1 punto por cada uno, a saber: - Riesgo por aparatos sometidos a presión; - Riesgo acústico; - Riesgo por sustancias químicas; - Riesgo de explosión; - Riesgo de incendio. Dimensionamiento (Di): La dimensión del establecimiento tendrá en cuenta la dotación de personal (0-4), la potencia instalada (0-3) y la superficie (0-3). Metodología para el cálculo de NCA 15 MMES= MONTO BÁSICO x V x D Localización (Lo): La localización del establecimiento, tendrá en cuenta la zonificación municipal y la infraestructura de servicios que posee. Metodología para el cálculo de NCA LoDiRiERRuinicialNCA 16 MMES= MONTO BÁSICO x V x D AjSGAAjSPinicialNCANCA AjSP: Ajuste por manejo de sustancias particularmente riesgosas en determinadas cantidades, Valor = 2 (dos). Aplicable a actividades industriales y de servicios que verifiquen el manejo de las sustancias y en cantidades que superen los umbrales indicados en el Apéndice del ANEXO II de la resolución 1639/07. AjSGA: Ajuste por demostración de un sistema de gestión ambiental establecido, Valor = 4 (cuatro). Aplicable a aquellas organizaciones que cuenten con una certificación vigente de sistema de gestión ambiental, otorgada por un organismo independiente debidamente acreditado y autorizado para ello. DETERMINA CATEGORÍA DE RIESGO DE LA ORGANIZACIÓN Metodología para el cálculo de NCA AjSGAAjSPinicialNCANCA 17 MMES= MONTO BÁSICO x V x D Metodología para el cálculo de NCA NCA (con ajuste) 1. PRIMERA CATEGORIA (hasta 11 puntos inclusive) 2. SEGUNDA CATEGORIA (12 a 25 puntos inclusive) 3. TERCERA CATEGORIA (mayor de 25) LAS EMPRESAS ENCARGADAS DEL TRANSPORTE DE SUSTANCIAS PELIGROSAS ENTRAN DIRECTAMENTE EN LA 3º CATEGORÍA AjSGAAjSPinicialNCANCA 18MMES= MONTO BÁSICO x V x D MMES= MONTOBÁSICO x V x D Para el cálculo de factores de vulnerabilidad, se describen los siguientes factores )..Pr*1( EntornoCostauaespejodeagDistFreaticaoftoTipoSustraV Metodología para el cálculo del MMES 19 MMES= MONTO BÁSICO x V x D Metodología para el cálculo del MMES Considerando: [mbns]: metros bajo el nivel del suelo A: Arcillas, suelos residuales/limos/loess/arcillas lutitas B: Arenas/limolitas/tobas volcánicas/formaciones ígneas metamórficas y volcánicas/areniscas C: Gravas coluviales/calizas blandas/ suelo no consolidado (sedimentos) D: Consolidado de rocas porosas o compactas/Desconocimiento del tipo de sustrato 1 Excluyendo instalaciones con actividad en área costera que incluya carga y descarga de materiales por agua. El factor se considerará cero para valores superiores a 100 y/o entornos sin actividad costera. 2 Considera actividades costeras que incluyen carga y descarga de materiales por agua (ej. astilleros, instalaciones preparadas o con muelles para realizar carga y descarga de materiales por agua). En este caso se considera incluida la distancia al agua. 3 Según categorización de la Jurisdicción 4 Declarada como tal por normativa nacional o provincial o municipal 5 El factor se considerará cero en ausencia de área residencia o área protegida 20 MMES= MONTO BÁSICO x V x D Para el cálculo de factores de existencias de materiales peligrosos y de eliminación programada: EPMPD 1 MP = MP sup. + MP ent. + MP aq EP = EP sup. + EP ent. + EP aq Coeficientes de materiales peligrosos Coeficientes de sustancias o compuestos de eliminación programada Metodología para el cálculo del MMES 21 MMES= MONTO BÁSICO x V x D Metodología para el cálculo de MP MP = Sumatoria de factores adimensionales evaluados según la ecuación que corresponden a materiales peligrosos MP sup. = Factor adimensional correspondiente a la cantidad total (x), volumen total en m3 de todos los materiales peligrosos existentes sobre superficie MP ent. = Factor adimensional correspondiente a la cantidad total (y) volumen total en m3 de todos los materiales existentes bajo superficie . MP aq. = Factor adimensional correspondiente a la cantidad total (z) volumen total en m3 de todos los materiales existentes en contacto con agua o sumergida 22 MMES= MONTO BÁSICO x V x D MP = MP sup. + MP ent. + MP aq Metodología para el cálculo de MP MP = MP sup. + MP ent. + MP aq MP sup. = 0,5 x 0,2 MP ent .= y 0,2 MP aq. = 1,5 z 0,2 23 MMES= MONTO BÁSICO x V x D Metodología para el cálculo de EP EP = Sumatoria de factores adimensionales evaluados según la ecuación correspondiente para los materiales peligrosos de eliminación programada EP ent = Factor adimensional correspondiente a la cantidad total existente z’ correspondiente a las toneladas de sustancias o compuestos de eliminación programada por normativa nacional por debajo de superficie EP sup. = Factor adimensional correspondiente a la cantidad total existente y’ correspondiente a las toneladas de sustancias de eliminación programada por normativa nacional, por encima de los niveles permisibles establecidos en dicha normativa dispuestas sobre superficie. 24 MMES= MONTO BÁSICO x V x D EP = EP sup. + EP ent. + EP aq Metodología para el cálculo de EP EP = EP sup. + EP ent. + EP aq EP sup. = x´ 0,2 EP ent .= y´ 0,2 EP aq. = 3 z´ 0,2 25 MMES= MONTO BÁSICO x V x D MMES= MONTOBÁSICO x V x D Metodología para el cálculo del MMES MONTO BASICO= (NCA)2 * Correlación * Ajuste NCA= NCA(Inicial) + AjSP - AjSGA NCA(Inicial) = Ru + ER+ Ri +Di +Lo D=(1+MP+EP) V=(1+(Tipo Sustrato * Prof. Freática) + Dist. Espejo de Agua + Costa+ Entorno 26 Trabajo Práctico N° 11 Cálculo del Seguro Ambiental para la UNSa 27 Seguro ambiental.xlsx Seguro ambiental.xlsx Seguro ambiental.xlsx Seguro ambiental.xlsx Seguro ambiental.xlsx Seguro ambiental.xlsx Seguro ambiental.xlsx Seguro ambiental.xlsx Seguro ambiental.xlsx
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