Descarga la aplicación para disfrutar aún más
Vista previa del material en texto
NORMAS JURIDICAS Dra. Maria Elena Sottano maria.sottano@docentes.frm.utn.edu.ar LEYES NATURALEZA Enunciativas, inmodificables Constantes, generales Causalidad SER HACER medicina, ingeniería, educación Son verdaderas leyes, no se imponen a la conducta CULTURA DEBER SER OBRAR NORMATIVAS IMPUTATIVAS OBLIGATORIAS LIBRE ALBEDRIO DRA. MARIA ELENA SOTTANO COMPORTAMIENTO HUMANO NORMAS DEL DEBER SER NORMAS RELIGIOSAS: Heterónomas, obligatorias, adhesión interna. Castigo reservado después de la muerte. NORMAS MORALES: perfección de sí mismo. Universales, inmutables, autónomas, sanción interna, sentirse mal NORMAS SOCIALES: reglas de conducta no escrita, heterónomas, no requieren adhesión interna, varían por tiempo y lugar. NORMAS JURIDICAS: bilaterales, obligatorias, normativas, libre albedrío, heterónomas, no requieren adhesión interna. ELEMENTOS DE LA NORMA JURÍDICA coerción sanción coacción DRA. MARIA ELENA SOTTANO CLASIFICACION DEL DERECHO NATURAL: Deviene de la naturaleza humana y se conoce por al razón universal inmutable. POSITIVO Vigente. OBJETIVO Existente. SUBJETIVO Facultad de exigir de otro una determinada conducta. ABSOLUTO RELATIVO DRA. MARIA ELENA SOTTANO RAMAS DEL DERECHO PÚBLICO CONSTITUCIONAL ADMINISTRATIVO PENAL PROCESAL CIVIL Y PENAL INTERNACIONAL PÚBLICO PRIVADO PRIVADO CIVIL COMERCIAL TRABAJO RURAL DRA. MARIA ELENA SOTTANO CLASIFICACION DE LOS DERECHOS CIVILES EXTRAPATRIMONIALES: Derechos de la personalidad(nombre, domicilio, vida) Derechos de familia (conyugales, asistencia) PATRIMONIALES: Reales Creditorios Intelectuales DRA. MARIA ELENA SOTTANO CLASIFICACION DE LOS DERECHOS CIVILES CCCN 1. DERECHOS DE LA PERSONALIDAD 2.DERECHOS SOBRE EL CUERPO HUMANO: No tienen valor comercial, sino afectivo, terapéutico, solo pueden ser disponibles por su titular, y según lo dispongan leyes especiales, (ley ablación de órganos, trasplante) 3.DERECHOS DE LAS COMUNIDADES INDIGENAS: Tienen derecho a la posesión y propiedad de las tierras que ocupan (art.75 inc 17 CN) 4.La persona humana es inviolable y tiene derecho al reconocimiento y respeto a la dignidad. Se afecta la dignidad por: .Lesiones a su intimidad personal o familiar .Honor o reputación .Imagen o identidad .Menoscabo a su dignidad personal 5. DERECHO A LA IMAGEN: Se necesita el consentimiento para reproducir su imagen. Salvo: Que participe de actos públicos. Interés científico y se tomen los recaudos para evitar un daño innecesario Ejercicio regular de informar acontecimientos de interés general DRA. MARIA ELENA SOTTANO
Compartir