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DOI: http://doi.org/10.7769/gesec.v14i2.1680 ISSN: 2178-9010 Revista GeSec São Paulo, SP, Brasil v. 14, n.2 , p. 2024-2042,2023 Criptoactivos: desafíos contables desde las orientaciones del CINIIF en un contexto actual Cryptoassets: desafios contábeis da orientação IFRIC em um contexto atual Joelma Cordeiro Candido1 Resumen El objetivo de este trabajo consistió en presentar recomendaciones para la registración contable de los criptoactivos, considerando las orientaciones del Consejo de Interpretación de las Normas de Información Financiera (en adelante, CINIIF), en vista que hasta la fecha el organismo emisor no ha incluido en su agenda el estudio de emisión de una norma específica para guiar la registración de estas actividades. Para alcanzar el objetivo propuesto se realizó un análisis de las Normas Internacionales de Contabilidad emitidas hasta la fecha y de los pronunciamientos y normativas internas que emite algunos Estados, contrastando con el parecer de la doctrina. Se concluye que la naturaleza de los CA es adaptable a varios tipos de transacciones que van más allá de Intangibles mantenido para la venta y materias primas cotizadas, porque en el campo práctico existe un número creciente de entidades que poseen CA como un mecanismo de inversión y medios de pago, para estos casos los estándares propuestos no pueden aplicarse, entonces es necesario una revisión conceptual de las normas existentes o la emisión de una nueva guía para orientar el tratamiento contable de los CA. Palabras clave: Criptoactivos. Contabilidad. Intangibles. Inventarios. 1 Doctoranda en Derecho y Ciencias Sociales, Escuela Internacional de Doctorado de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (EIDUNED), Programa de Derecho y Ciencias Sociales, C. de Bravo Murillo, 38, 28015, Madrid, Espanha, E-mail: jcordeiro9@alumno.uned.es Orcid: https://orcid.org/0000-0003-2173-4241 http://doi.org/10.7769/gesec.v14i2.1 mailto:jcordeiro9@alumno.uned.es https://orcid.org/0000-0003-2173-4241 Criptoactivos: desafíos contables desde las orientaciones del CINIIF en un contexto actual Revista Gestão e Secretariado (GeSec), São Paulo, SP, v. 14, n. 2, 2023, p. 2024-2042. 2025 Resumo O objetivo deste documento foi apresentar recomendações para o registro contábil de criptoassets, considerando as diretrizes do Financial Reporting Interpretations Board (doravante, IFRIC), dado que até o momento o órgão emissor não incluiu em sua agenda o estudo da emissão de uma norma específica para orientar o registro dessas atividades. A fim de alcançar o objetivo proposto, foi feita uma análise das Normas Internacionais de Contabilidade emitidas até o momento e dos pronunciamentos e regulamentos internos emitidos por alguns Estados, contrastando com a opinião da doutrina. Conclui-se que a natureza do CA é adaptável a vários tipos de transações que vão além dos Intangíveis detidos para venda e mercadorias listadas, pois no campo prático há um número crescente de entidades que possuem CA como mecanismo de investimento e meio de pagamento, para estes casos as normas propostas não podem ser aplicadas, então é necessária uma revisão conceitual das normas existentes ou a emissão de um novo guia para orientar o tratamento contábil do CA. Palavras-chave: Cryptoassets. Contabilidade. Intangíveis. Inventários. Introducción Los Criptoactivos (en adelante, CA) provocaron un impacto disruptivo en la economía mundial, pues han desarrollado un ecosistema financiero descentralizado, accesible, de bajo coste operativo al no depender de intermediarios, hay quienes justifican que los CA es una oportunidad para los Estados que tienen altos índices de inflación, en los cuales la inclusión al sistema financiero centralizado es de difícil acceso para sectores más vulnerables. No obstante, la carencia de regulación y la falta de una guía estándar por parte de los organismos emisores de las normas de información financiera internacional, supone un reto para los registradores contables. Resultase que, la tenencia y utilización de estos CA será cada vez más recurrente en la gestión empresarial, por tanto, requiere de la interpretación contable para el correcto reconocimiento de las transacciones vinculadas a los CA. Entonces resulta imperioso conocer la naturaleza de los CA, el fin que persigue su tenedor, las características de la operatividad que desarrolla el poseedor de dichos CA, y luego analizar a qué clasificación se podría exponer en las partidas contables, de forma que refleje la realidad económica del ente. Para ello, cada ente deberá evaluar el mecanismo por el cual fue adquirido o incorporado dichos bienes a su patrimonio y luego establecer los criterios de registración, Criptoactivos: desafíos contables desde las orientaciones del CINIIF en un contexto actual Revista Gestão e Secretariado (GeSec), São Paulo, SP, v. 14, n. 2, 2023, p. 2024-2042. 2026 medición y exposición que les serán aplicables para exponer de forma razonable. Por tanto, se requiere de información fiable, objetiva y libre de sesgos. La ausencia de una norma contable para guiar el tratamiento de los CA justifica el objetivo de este estudio, se propone realizar un estudio bibliográfico a partir de las NIC- NIIF, emitidas por el IASB y la propuesta del Comité de Interpretación de las Normas de Información Financiera contrastando con el parecer de la doctrina y así formular recomendaciones referentes al tratamiento contable. Contabilidad: una Noción General de su Alcance en Cuanto a Políticas Adoptadas en la Registración de los Criptoactivos La permanencia de las empresas en un mercado cada vez más competitivo, globalizado, con recursos escasos y la proliferación de normativas en diversos ámbitos, requiere del agente económico su fiel cumplimiento, sin dejar de lado el objetivo principal que es la obtención de resultados económicos. Para lograr estos retos, necesitan de herramientas para auxiliar a los tomadores de decisiones, que entre las ofertas existentes, puedan optar por las que mejores resultados económicos y financieros se traduzcan, esto es, necesitan de informaciones relevantes en tiempo oportuno y que sean capaces en incidir positivamente en la toma de decisiones de múltiples usuarios (Martins Antunes, 2019, p.9). En este contexto, la contabilidad tiene por objeto medir el patrimonio de una entidad, el cual está compuesto por el conjunto de bienes, derechos y obligaciones, Dicho esto, debe registrar las operaciones realizadas con los CA, luego exponer las informaciones actualizadas y compatibles con la realidad del ente. Para que haya uniformidad y de cierta forma ayudar en la comprensión de la lectura de los informes, que son los resultados del proceso contable, el Comité Internacional de Estándares de Contabilidad (en adelante, IASC) creado en 1973, formula y publica de carácter autónomo las normas internacionales de contabilidad (en adelante, NIC), estas son elaboradas bajo los más altos niveles de calidad para ser adoptadas mundialmente y con ello lograr la comparabilidad y transparencia para los usuarios de la información contable (Do carmo, 2020, p.26). Con el afán de lograr una convergencia entre las normas emitidas por el IASC (de mayor aceptación a nivel mundial) con las normas emitidas por el Commite on Accouting Procedures de Estados Unidos denominado GAAP (Generally Accepted Accouting Principles), en la reunión de Londres de 2001 el IASC se convierte en IASB (Internacional Accounting Standars Board), desde entonces las guías emitidas por este organismo pasan a Criptoactivos: desafíos contables desde las orientaciones del CINIIF en un contexto actual Revista Gestão e Secretariado (GeSec), São Paulo, SP, v. 14, n. 2, 2023, p. 2024-2042.2027 ser identificadas como Normas Internacionales de Información Financiera (en adelante, NIIF), las cuales se vuelven a clasificar entre NIIF Plenas y NIIF PYMES (Béjar Malpartida, 2019, p.75). Las 25 NIC y 17 NIIF, componen el marco conceptual para la elaboración de los Estados Financieros (en adelante, EEFF), los cuales deben ser realizados sobre la base de la acumulación o devengo contable, se considera que son practicados sobre un negocio en marcha y deben reflejar los efectos financieros en grupos o categorías, los cuales son: activos, pasivos, patrimonio, ingresos y egresos. Luego, para que una partida sea reconocida en los EEFF, esta debe cumplir con la definición de una de estas categorías mencionadas, siempre que la entidad pueda recibir beneficios económicos futuros y estas puedan ser medidas con fiabilidad (Béjar Malpartida, 2019, p.77). El desafío que presentan los CA de cara a la correcta registración y exposición en los EEFF está dado por la falta de un estándar formulado por los organismos emisores como el IASB que sirva de guía a nivel mundial, tal como son las NIC, NIIF Plenas y NIIF PYMES que son aplicadas por más de una centena de países. Al respecto, el Comité de Interpretaciones de Informes Financieros Internacionales (en adelante, CINIIF) con sede en Londres recibió una veintena de cartas conteniendo comentarios de diversas partes interesadas. El 21 de junio de 2019 concluyó en un documento su interpretación sobre las tenencias de criptomonedas, por ello se aclara que, el tratamiento de las criptomonedas no fue incluido en la agenda de establecimiento de estándares del comité y que el documento refleja un pensamiento y no una norma (IFRS Foundation, 2019). Lo que se destacó por los medios de comunicación, es que los estándares establecidos por comité son acatados, en vista que las NIIF son adoptadas por aproximadamente 144 jurisdicciones (Organización Interamericana de Ciencias Económicas, 2019). Análisis de la Propuesta del Comité de Interpretación de las Normas de Información Financiera (CINIIF) Basada en la NIC-NIIF Partiendo del principio general que adopta las NIIF que toma en consideración la sustancia sobre la forma y de acuerdo a la estructura conceptual, los CA deben ser clasificados como activos, en vista que, son recursos controlados por la entidad, derivados de hechos pasados y que de ellos se espera obtener beneficios futuros (IFRS Fundation, 2022). El reto que se plantea es en cuanto a la clasificación de las partidas, la valoración y exposición (como ya se ha mencionado en los epígrafes anteriores), el cumplimiento de esta Criptoactivos: desafíos contables desde las orientaciones del CINIIF en un contexto actual Revista Gestão e Secretariado (GeSec), São Paulo, SP, v. 14, n. 2, 2023, p. 2024-2042. 2028 etapa consiste en la adopción de políticas contables, para ello es necesario analizar la existencia de una norma que aborda la cuestión específica, en concordancia con lo que dispone la NIC-08 Políticas Contables, Cambios en Estimaciones Contables y Errores, esta norma prescribe que, en ausencia de un estándar NIIF aplicable a un hecho específico, la gerencia puede adoptar a su juicio políticas contables que resulte en información relevante y fiable (IASB, 2022). El Australian Accouting Standards Boards (en adelante, AASB) ( 2016), fue el primer organismo contable que emitió comunicados al respecto del tratamiento contable de los criptoactivos, en 2016 el Consejo realiza un estudio bibliográfico a partir de las NIC- NIIF, emitidas por el IASB, luego evalúa que los CA deben ser reconocidos en los Estados Contables, ahora bien, ¿cómo?: caja, activos financieros, inventarios o intangibles, expone un amplio considerando sobre cada posible tratamiento basándose en las NIC-NIIF existentes y concluye que la solución sería que el IASB emitiera una norma específica para las criptomonedas considerando la especificidad de su definición y naturaleza. En la reunión del Comité de Interpretaciones NIIF (en adelante, CINIIF), celebrada en Londres en el mes de junio del año 2019, el cual define a las criptomonedas como un intangible a efectos de registración contable en vista que puede ser comercializada de forma individualizadas o separadas del ente. Por cierto, esta interpretación generó muchas dudas y propició la abertura de un debate y con ello el CINIIF recibió varias cartas (las que fueron mencionadas precedentemente) en las que sus emisores trazaron la posibilidad de estos CA ser contabilizado como inventario (Organización Interamericana de Ciencias Económicas, 2019). Luego de las consideraciones de la reunión de Londres y del análisis realizado sobre la forma como se aplican las NIC- NIIF a las tenencias de los CA, en el mismo mes el CINIIF emite un documento interpretativo sobre la cuestión, en su análisis reconoce la diversidad de CA y versa sobre aquellos que cumplen estas características: i) Que su existencia y registro este validado por una red distribuida (en adelante, DLT) y que utilice el sistema de criptografía. ii) No esté emitida ni regulada por autoridad pública. iii) No genera un pasivo contra un tercero(IFRS Foundation, 2019). Esto es, los CA que fungen como medio de pago, este documento de por sí no analiza el tratamiento de los demás Criptoactivos que no reúnen las características mencionadas como Criptoactivos: desafíos contables desde las orientaciones del CINIIF en un contexto actual Revista Gestão e Secretariado (GeSec), São Paulo, SP, v. 14, n. 2, 2023, p. 2024-2042. 2029 es el caso de los Tokens no Fungibles (en adelante, NFT’s2), que sus albores data de 2017 y alcanza su auge a principios de 2021 (Arturi, 2021; Arturi, 2021). 3.1 Registro de los CA Bajo los Estándares de la NIC 38. “Intangibles” De acuerdo a la naturaleza de los CA3, la interpretación del CINIIF concluye que son intangibles a efectos de la registración contable, según dispone la NIC 38 Activos Intangibles, que lo define como un activo identificable, no monetario y que no tiene aspecto físico, el párrafo 12 de la NIC 38 establece que un activo es identificable si es separable de la entidad y si de él surge derechos legales o contractuales, o sea, si de él pueda generar beneficios futuros. En adición a esto, es separable en cuanto pueda ser escindido de la entidad ya sea por venta, dado en explotación, transferencia o arrendado. En cuanto a la ausencia de sustancia física, está dada por la inmaterialidad del bien o sea no tiene forma física tangible.(IFRS Foundation, 2019). Según Sainz (2018), los CA pueden comercializarse de forma separada de la entidad y esperar beneficios de esta operación, así como, sus valores son volátiles no pueden ser considerado monetarios estos y no tienen una representación física tangible, por lo expuesto considera que los CA pueden clasificarse bajo la partida de intangible sujetos a la NIC 38. En este orden de ideas Venter (2016), a través del documento de la AASB considera que los CA cumplen la definición de activo intangible, sin embargo, sostiene que la registración bajo el estándar de la NIC 38 no proporciona información financiera útil. Dada estas características de los CA y su aproximación con la definición de intangibles, el siguiente desafío es en cuanto a la medición y la revelación de la información en los EEFF. Siguiendo el entendimiento del CINIIF, se remite al último apartado del documento, el cual dispone los requerimientos de información a revelar en cuanto a la tenencia de los CA y caso que la empresa disponga a registrarlo como un intangible deberá seguir los lineamientos dispuestos en la NIC 38. Sin embargo, en primer término es necesario establecer los criterios de medición y reconocimiento de estos CA, por consiguiente, se remite primeramente a los párrafos 18 a 67 de la NIC 38 (IFRS Foundation, 2019).2 Es un certificado digital registrado en un banco de datos descentralizado de forma auténtica y exclusiva, cuyos derechos están representados por el conjunto de promesas fijadas sobre la luz del principio de la autonomía de la voluntad de las partes, especificadas en forma digital a través de un protocolo de programación auto ejecutable en el banco de datos (Paiva Gomes & Paiva Gomes, 2021). 3 Aquellos que cumplen con los requisitos mencionados en el primer epígrafe del documento. Criptoactivos: desafíos contables desde las orientaciones del CINIIF en un contexto actual Revista Gestão e Secretariado (GeSec), São Paulo, SP, v. 14, n. 2, 2023, p. 2024-2042. 2030 3.1.1 Reconocimiento y medición Para el reconocimiento de un activo como intangible, la entidad debe demostrar que este activo cumple los requerimientos establecidos por el estándar de la NIC 38 y según la interpretación del CINIIF los CA cumplen con la definición de la norma contable dispuesto en los párrafos 8 a 17 que se ha esbozado en el tópico precedente, luego es necesario analizar los criterios que establece el estándar para su reconocimiento. En primer término, una entidad solo podrá reconocer un intangible si es probable que de él se genere beneficios futuros a la entidad y, si es posible medir su costo de forma fiable. Dicho esto, la tenencia de CA por parte de una entidad se estima que será con la intención de obtener beneficios a través de su valoración, venta o de los rendimientos que puede obtener por medio de las operaciones financieras descentralizadas (En adelante, DEFI, por su sigla en inglés), estas serán las razones que mejor pueda fundamentar la gerencia de una entidad como dispone los párrafos 22 y 23 de la NIC 38. Luego, es necesario establecer las formas por las cuales una entidad reconoce un intangible, inicialmente la NIC 38 expone tres formas. Sin embargo, presentamos cuatro formas y cada una presenta sus particularidades en cuanto al reconocimiento y medición. 1- Adquisición Independiente: La entidad reconoce un intangible por adquisición independiente cuando prevé la generación de beneficios futuros aunque no sea preciso el momento y, en cuanto a medición fiable del costo, este aspecto no presenta riesgos porque los CA podrán ser reconocidos por los costos de adquisición de los Exchange4 o de particulares, porque así dispone el párrafo 24, que los intangibles inicialmente se reconocen por su costo (IFRS, 2008b). La forma de hallar la composición del costo de un activo intangible por adquisición independiente, por remisión al párrafo 27 de la NIC 38, será siempre el costo del activo más los gastos inherentes, menos los descuentos comerciales o rebajas, también se adiciona los costos directamente atribuibles a la preparación del activo para su uso previo, para el caso de los CA puede adicionarse al precio pagado al vendedor la comisión que cobran las plataformas de negocios o Exchange. En la visión de Sainz (2018), los intangibles son susceptibles de contabilizar por valor razonable si hay un mercado activo, sin embargo, esta no es la realidad de todos los CA, pues 4 Son empresas dedicadas a la intermediación entre compradores y vendedores con el fin de dinamizar el negocio de los CA y ofrecer más opciones a los operadores, como contraprestación generalmente perciben una comisión sobre la transacción realizada en sus plataformas de negocios. Criptoactivos: desafíos contables desde las orientaciones del CINIIF en un contexto actual Revista Gestão e Secretariado (GeSec), São Paulo, SP, v. 14, n. 2, 2023, p. 2024-2042. 2031 no todos están cotizados en mercados transparentes, de acuerdo a este modelo los CA deben medir inicialmente al costo y subsecuentemente a valor razonable menos la amortización acumulada y las pérdidas por deterioro, como los CA no tienen una vida útil definida no son objeto de amortización, no obstante son susceptibles de percibir variaciones en su precio y estas variaciones deberán reconocerse como ganancias y pérdidas como otros resultados integrales en el estado de resultado. Luego se advierte que, es inusual que se revalúen los intangibles, debido que no son muchos los mercados de activos que comercien esta clase, no obstante, según la NIC 36 (que dispone sobre el deterioro del valor de los activos), establece que una pérdida por deterioro debe reconocerse inmediatamente en los resultados, salvo que, el activo este reconocido por el valor revaluado, en este caso la pérdida se reconoce como una disminución del revalúo, dicho esto, se colige que el método de valor revaluado no es satisfactorio, ni intuitivo y resulta complicado para intangibles,(IFRS, 2008a). 2- Combinación de Negocios: es la otra forma de adquirir un intangible, que en este caso el costo será el valor razonable a la fecha de la operación y por remisión a la NIIF 13, el valor razonable debe reflejar la expectativa del ente en obtener beneficios económicos futuros del activo adquirido de forma separada de la plusvalía, siempre que cumpla con la definición de activo y que sea identificable, separable y surja beneficios futuros hacia la entidad adquiriente. Las transacciones de combinación de negocios que tengan en su patrimonio el reconocimiento de la existencia de CA, estarán bajo este estándar siempre que cumpla con los requerimientos mencionado, no obstante, debido a la transparencia y la disponibilidad de los precios de cotización en mercados activos, los cuales proporcionan información fiable de su valor, por lo que refuerza la posibilidad de que la entidad adquiriente lo valore de forma razonable y sea posible estimar los beneficios que fluirán de su tenencia en transacciones futuras. 3- Permuta: este mecanismo es una de las formas que una entidad puede reconocer un nuevo intangibles, en un contexto aplicable a los CA, pues la entidad podrá intercambiar entre la gran diversidad de CA existente en el mercado, la cuestión que se plantea en este apartado es la medición y en este caso el párrafo 45 de la NIC 38 dispone que será a valor razonable, excepto que, no se puede medir con fiabilidad el CA entregado y el recibido o porque la transacción no se identifica como comercial. En caso de no poder medir con fiabilidad el valor razonable se tendrá en cuenta el valor en libros para el registro. En consecuencia, una permuta es comercial si se dan los criterios del párrafo 46, pues requiere Criptoactivos: desafíos contables desde las orientaciones del CINIIF en un contexto actual Revista Gestão e Secretariado (GeSec), São Paulo, SP, v. 14, n. 2, 2023, p. 2024-2042. 2032 que haya diferencias sustanciales en la proyección de los flujos y variación de las cifras de la entidad como consecuencia del intercambio. 4- Generación interna: para el reconocimiento de un intangible por el proceso de generación propia la norma requiere que cumpla los requisitos de medición inicial de un activo intangible. Sin embargo, presenta dificultades en establecer en qué momento surge este activo, que probablemente generará beneficios futuros a la entidad y, cuáles erogaciones imputarle, que no sean gastos de mantenimiento o plusvalía generada por la tenencia del activo (Ruddenklau et al, 2019). El párrafo 57 dispone de requerimientos para que la entidad pueda reconocer un intangible de generación propia, la entidad debe demostrar el cumplimiento de cada uno de ellos, los cuales son: a) Que, al concluir el proceso de generación, el activo pueda ser utilizado o vendido. b) Que la intención de la entidad haya sido para el uso o venta del intangible. c) Que el intangible tenga capacidad de uso o venta. d) La entidad debe demostrar la forma como el intangible va generar beneficios, la existencia del mercado y el uso o utilidad para la empresa. e) Disponibilidad de recursosadecuados para el desarrollo, utilización y venta. f) Capacidad para medir de forma fiables los costos implicados durante el desarrollo. En este aspecto, los CA cumplen con los requerimientos normativos en virtud que el entendimiento del CINIIF reconoce a los CA como intangibles. Por tanto, según Ruddenklau, et al.(2019), el momento que se deberá reconocer los CA derivados del proceso de minado (que es el que se ajusta a la clasificación de generación interna) en los registros contables bajo este estándar, es cuando los procesos de cómputos matemáticos complejos logran validar las transacciones y cerrar un nuevo bloque de datos en la cadena, entonces el validador o minero recibe la recompensa con cierta cantidad de CA. Así las cosas, se da por sentado que la entidad que realiza el proceso de minado de CA cumple satisfactoriamente estos requerimientos dispuestos por la norma en los incisos mencionados. Luego, en cuanto a la capacidad e medir los costes de forma fiables, no presenta complicaciones, pues la entidad podrá reconocer todos los costos directamente asociados al proceso de minando, tales como, depreciación de las máquinas, energía eléctrica, nómina, honorarios y otros, excepto los gastos mencionados en el párrafo 67 de la norma. Criptoactivos: desafíos contables desde las orientaciones del CINIIF en un contexto actual Revista Gestão e Secretariado (GeSec), São Paulo, SP, v. 14, n. 2, 2023, p. 2024-2042. 2033 3.1.2 Revelación En lo que atañe a la información a revelar la NIC 38 párrafos 118 al 128, establece que la entidad deberá revelar de forma individualizada cada clase de activos ya sea los de generación propia y los demás, se entiende que, para el caso de los CA, la generación propia son los que se obtiene del proceso de minado, y los demás, queda patente que sería a través de la enajenación o permuta. Luego establece pautas de valoración para determinados casos, sin embargo, centrémonos en el párrafo 118. e.) que establece la obligación de conciliar los valores en libros al inicio y cierre del periodo y exponer los incrementos o decrementos de los intangibles en la clasificación propuesta, generación propia y los que resultan de la enajenación o permuta. Por consiguiente, el inciso ii) que aborda el tratamiento de los Intangibles mantenidos para la venta conforme a la NIIF 5 y, en lo concerniente a las pérdidas por deterioro y su posterior reversión, deberán ser informadas de conformidad con las pautas fijadas por la NIC 36 (IFRS, 2008b). Por disposición del párrafo 122.a) de la NIC 38, la entidad deberá revelar información sobre los valores en libros de los activos intangibles que no tienen vida útil definida y las razones por la que se basa la entidad para clasificarlo como tal (considerando los factores enunciados en el párrafo 90) (IFRS, 2008b). De acuerdo con la naturaleza de los CA, estos se clasificarían como de vida útil indefinida, lo que no significa infinito, pues en algunos casos puede tener una edición limitada como es el Bitcoin, sin embargo, fraccionada hasta 0.8 decimales y de acuerdo al protocolo no está sujeto a una fecha de expiración (Nieto, 2017). Lo mismo ocurre con otros CA como el Etéreo, que no tiene un tope de emisión sino un límite anual de minado (Buterin , s.f.), entonces las razones a exponer será acorde a los referidos protocolos de cada criptoactivo. En adición a lo expuesto, el párrafo 122. d), establece el deber de revelar el valor en libros de aquellos activos que tienen una restricción, o están garantizando un pasivo. Al día de hoy se ha producido algunos bloqueos5 en las Wallets por diversas razones, y también los medios dieron a conocer operaciones de préstamos6 financieros respaldados en CA, luego están las operaciones en el sistema DEFI7, en estos casos la entidad debe clasificar e informar 5 A la fecha que se escriben esta línea una de las mayores Exchange del mundo Binance, según los medios de prensa ha procedido a bloquear fondos de sus usuarios (Distefano, 2022). 6 El banco estadounidense anunció una línea de crédito respaldada por Bitcoin, son préstamos de los cuales los tomadores adquieren dejando como garantía cierta cantidad de esta criptomoneda en específico (Pompliano, 2022). 7 Es un término que se utiliza para referirse a las operaciones financieras descentralizadas que realizan las partes interesadas sin intermediarios basadas en contratos inteligentes desarrollados y ejecutados sobre un registro distribuidos (DLT) o más conocido como blockchain (Coinbase, 2022). Criptoactivos: desafíos contables desde las orientaciones del CINIIF en un contexto actual Revista Gestão e Secretariado (GeSec), São Paulo, SP, v. 14, n. 2, 2023, p. 2024-2042. 2034 estos eventos de forma individualizada a fin de dotar de confiabilidad a la información revelada (IFRS, 2008b). En cuanto a la revelación de los activos mantenidos para la venta de acuerdo con el objetivo de la NIIF 5, deberán ser presentados de forma separada en el Balance, al igual que los resultados que generen de la transacción en el Estado de Resultado, luego el párrafo 6 establece que una entidad solo podrá clasificar un activo no corriente como mantenido para la venta, si a través de la venta pueda recuperar su valor en libros, en vez de su uso continuo y si le es posible atribuir estos requisitos: a) El activo debe estar disponible para la venta inmediata y la venta debe ser altamente probable. b) La entidad a través de su equipo debe estar comprometida en materializar la operación de venta, que sea a un precio razonable y que el tiempo esperado no sea superior a un año, salvo que el retraso estuviera fuera del control de la entidad (IFRS, 2004). Tratándose de los CA, la gerencia de la entidad no tendría limitaciones en clasificar y revelar bajo este estándar, dado que se puede considerar como venta las operaciones de permuta, es decir el cambio de un CA por el dinero Fiat o por el intercambio de bienes y servicio, así como las transacciones entre CA. Cabe mencionar que cuando una entidad adquiere un activo no corriente con el único propósito de venderlo será clasificado bajo este estándar desde el momento de su adquisición, si se cumple la condición de ser altamente probable la venta (IFRS, 2004). Estas condiciones fijadas por el estándar de la NIIF 5, no son de cumplimiento imposible para aquellas entidades que obtienen los CA del proceso de minado o por la propia adquisición para la venta, pues en todo tiempo hay comprador y vendedor, además que a la fecha que se escribe estas líneas el porcentaje de la población que adoptan los CA como medio de pago va en ascenso a cada año de forma exponencial (Mena Roa, 2022). En base a las consideraciones expuestas y del análisis del CINIIF, se infiere que la tenencia de CA independiente de la forma de incorporación al estado patrimonial de la entidad el tratamiento contable puede ser registrado bajo la partida de Intangibles y en todo caso a juzgar por el propósito del ente en cuanto a su tenencia podrá incluirla en la partida de activos intangibles mantenidos para la venta y su tratamiento contable deja de ser abordado por la NIC 38 y pasa a ser analizado bajo los estándares de la NIC 2 que analizamos en la secuencia. Criptoactivos: desafíos contables desde las orientaciones del CINIIF en un contexto actual Revista Gestão e Secretariado (GeSec), São Paulo, SP, v. 14, n. 2, 2023, p. 2024-2042. 2035 3.2 Registro de los CA Bajo los Estándares de la NIC 2. “Inventario” Como resultado de las cartas recibidas y los comentarios en ellas el CINIIF consideró la opción de registrar los CA como inventario bajo los estándares de la NIC 2, cuando estos sean mantenidos para la venta en el curso normal de la actividad del ente, pues en estas circunstancias losCA mantenidos por la entidad son inventarios. Entre los fundamentos expuestos por el CINIIF para considerar a los CA como inventario, deriva de su entendimiento que una entidad puede mantener CA para la venta como parte de las actividades ordinarias de la entidad o también el ente puede actuar como intermediario por cuenta propia o de terceros entre la compra y venta de los CA, habida cuenta, la entidad deberá registrar las operaciones bajo el estándar de la NIC 2 (IFRS Foundation, 2019). Para Veter (2016), la correcta registración surge del análisis de cómo será utilizado el activo en la entidad que lo detenta, de acuerdo con esta premisa analizamos el concepto de inventario proporcionado por la norma, que según el párrafo 6 dispone que, los inventarios son activos que posee la entidad para ser vendido en el curso de las operaciones ordinarias, incluye los activos en proceso de producción, los materiales y suministros que serán consumidos en el proceso productivo o en la prestación de servicios. Luego el apartado de alcance determina a que tipos de inventarios la NIC 2 no es aplicable, como el caso de los corredores de bolsa8 que comercian materia prima cotizadas y miden sus inventario a valor razonable menos costo de venta, los párrafos 4 y 5 aclaran que estos inventarios se excluyen solo de los requerimientos de la medición establecidos en la NIC 2 (IFRS, 2011). 3.2.1 Reconocimiento y Medición El párrafo 9 de la NIC 2 dispone que, los inventarios deberán medirse al costo o al valor neto realizable, el que fuera menor y, para hallar esta composición nos remitimos a los párrafos 10 al 33 que establecen como deben ser medidos o valorados los inventarios. El costo de los inventarios comprende los desembolsos derivados de su adquisición, transformación, así como otros costos necesarios que se incurran hasta su puesta en condiciones de venta. En cuanto al costo de adquisición, este comprenderá el valor de la compra más los gastos y costos directamente vinculados excepto los impuestos susceptibles 8 Se consideran intermediarios de acuerdo al alcance de la norma, aquellos que realizan operaciones de compra y venta por sí o por medio de terceros para obtener ganancias procedentes de la fluctuación de los precios. Criptoactivos: desafíos contables desde las orientaciones del CINIIF en un contexto actual Revista Gestão e Secretariado (GeSec), São Paulo, SP, v. 14, n. 2, 2023, p. 2024-2042. 2036 de recupero, descontado las rebajas y otras reducciones en el precio de los bienes. Por consiguiente, en las operaciones de adquisición de CA, el costo estará representado por el valor del CA más las comisiones que perciben los Exchange por el uso de los servicios de su plataforma (IFRS, 2011). En cuanto a los costos de transformación, serán imputados todos aquellos directamente relacionados con la producción, entiéndase materias primas, mano de obra directa, en adición a estos están los costos indirectos tantos fijos como variables. Para el caso de CA, el costo de producción debe ser medido por aquellas entidades que llevan a cabo la actividad de minería y por ende imputarán como costo el consumo de energía eléctrica, que sería uno de los más expresivos en términos de valores, luego la depreciación de las máquinas e instalaciones y los Costos de personal ocupado a la gestión de generación de CA, cabe resaltar que, si la entidad ha optado por reconocer como un intangible, no aplicará los estándares de esta norma (IFRS, 2011). Por consiguiente, el párrafo 13 dispone de la forma de distribuir los costos indirectos fijos a los costos de transformación basados en la capacidad normal9 de producción, en este orden, el coste indirecto fijo no será variable a las unidades de producción cuando la entidad opere en baja, independiente del volumen producido o de la capacidad ociosa de la entidad, contrario sensu, cuando ocurra periodos de superávit de producción los costes indirectos fijos podrán ser reducidos por unidad, luego los Costes indirectos no distribuidos se imputarán como gasto del periodo (IFRS, 2011). Cuando en el proceso productivo existiere más de un tipo de producto y los costos de transformación de cada tipo no sea posible identificar o individualizar a cada tipo de producto, el costo total podrá ser distribuido de entre el total de la producción tomando bases uniformes y proporcionales. Para distribuir los costos en la generación de criptoactivos se podrá hacer por promedio de producción o de acuerdo a las unidades generadas en determinados ciclos de producción. Referente al método de costo, considerando la naturaleza de los CA, su tratamiento estará sujeto al estándar del párrafo 23 de la NIC 2, que la entidad podrá seguir el método primera entrada primera salida (en adelante, FIFO, por su sigla en inglés), o bien el de costo promedio ponderado, una vez optado por uno de los métodos dispuesto, la entidad deberá ser uniforme en su tratamiento del sistema de costeo. 9 Capacidad normal de producción, es la producción esperada en condiciones normales teniendo en cuenta el promedio de varios periodos de producción en condiciones normales Criptoactivos: desafíos contables desde las orientaciones del CINIIF en un contexto actual Revista Gestão e Secretariado (GeSec), São Paulo, SP, v. 14, n. 2, 2023, p. 2024-2042. 2037 En cuanto al valor neto realizable, según el párrafo 6 de la NIC 2, “es el precio estimado de venta de un activo en el curso normal de la operación, menos los costos estimados para terminar su producción y los necesarios para llevar a cabo la venta”, luego el párrafo 30 dispone que las estimaciones del valor neto realizable debe basarse en información fiable al momento de realizar la valoración del inventario, considerando las variaciones que puedan producirse directamente vinculadas al precio o costo en fechas posteriores al cierre del balance (IFRS, 2011). Para hacer las estimaciones del valor neto realizable la norma requiere el propósito para el cual se mantienen los activos, tal sería el caso que una entidad con tenencia de CA, disponga a realizar operaciones financieras descentralizadas garantizadas con los CA, entonces el valor neto realizable será el valor de la operación a la cual están garantizando. La otra opción es, cuando la entidad realiza pruebas de participación (prof of stake)10, en este caso el valor neto realizable será la el valor el precio estimado de venta, menos los costos de venta y el valor de la apuesta en la prueba de participación de la cadena de bloque, en todo caso es necesario seguir los lineamientos dispuestos en el párrafo 31 (IFRS, 2011). En consecuencia, la figura de los Exchange es la misma de los corredores de bolsa, pues intermedian entre la compra y venta de los CA, por tanto, en lo que respecta a los CA que poseen y de los actúa como intermediario podrá medirlos a valor razonable menos los costos de ventas, también deberán reconocer las diferencias que se generen entre el reconocimiento inicial en libros y al cierre en el resultado del periodo que se produzcan (Ruddenklau et al, 2019). Por tanto, la medición a valor razonables para Venter (2016), es la más adecuada siguiendo los preceptos del Marco Conceptual, en cuanto a comparabilidad, trazabilidad y comprensibilidad para los usuarios externos de la información financiera, y si el mercado se convirtiera en inactivo la NIIF 13 proporcionará una guía sólida. Ante todo lo expuesto, en la opinión de Venter (2016), no está claro que los CA deban registrarse bajo los estándares de la NIC 2 o la NIC 38, tampoco que los Exchange deban excluir los preceptos referentes a la medición de la NIC 2, bajo el argumento que sus operaciones es asimilable a las transacciones de los corredoresde bolsa de materias primas. A pesar de reconocer que muchos doctrinarios decantaron su interpretación favorable a la registración como inventario para el caso de los Exchange. Asevera que esto no resuelve el 10 Es cuando un tenedor de CA decide bloquear ciertas cantidades a través de un contrato inteligente en la cadena de bloques, para poder participar como validador de transacciones en una determinada red de bloques y como contraprestación recibe de la red una recompensa, si la validad de forma incorrecta con datos inexactos o fraudados como consecuencia es penalizado y pierde la apuesta (Napoletano & Curry, 2022). Criptoactivos: desafíos contables desde las orientaciones del CINIIF en un contexto actual Revista Gestão e Secretariado (GeSec), São Paulo, SP, v. 14, n. 2, 2023, p. 2024-2042. 2038 vacío, pues queda pendiente de clarificarse el tratamiento que se daría para los que mantienen los CA como un medio de inversión. Otra brecha que necesita zanjarse desde la perspectiva del estudio realizado por el AASB, es en cuanto a la falta de definición específica de mercadería, para arrojar luz al concepto se remitió a los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados, el cual se refiere a las materias primas como productos intercambiables en un mercado activo y no hace distinción si son bienes tangibles o intangibles, por ello aduce que los CA podrían considerarse una mercadería (Venter, 2016). Si analizamos desde una perspectiva jurídica la cuestión genera controversia, pues el término mercadería conforma el grupo de conceptos jurídicos indeterminados. Dicho esto, Pedro F. Silva Ruiz (2000), citado por Núñez Pacheco (2013), se remite a la Convención de Viena que tampoco define, sino que esta excluye del concepto a ciertos elementos, en consecuencia hace un análisis de las disposiciones de la Convención de la Haya de 1964 y, a través de los preceptos de esta Convención infiere que mercaderías es un bien mueble corporal con valor patrimonial propio o no y que está en alguna etapa de circulación en el mercado. 3.2.2 Revelación Las entidades que registren sus operaciones con CA como inventario deberán revelar en sus estados financieros las siguientes informaciones: a) Políticas contables adoptadas para la medición y costeo de los CA. b) Cifras totales y parciales de CA en existencias, según la clasificación adoptada por la entidad, que debe ser acorde a la naturaleza de los mismos. c) El valor en libros de los inventarios a valor razonables menos costo de venta, para los que realizan operaciones de intermediación en la comercialización de los CA, por remisión al párrafo 3.b de la norma. d) El importe de las diferencias de los valores en libros inicial y al cierre, que dieron origen al aumento o rebaja del valor de los CA, así como la reversión de estas diferencias que fueron reconocidas en las partidas de resultado en el ejercicio que ocurrieron. e) El valor en libros de aquellos que fueron dado en garantía en una operación DEFI o fueron bloqueados para realizar Proof of stake (IFRS, 2011). La registración de los CA, tanto como Inventario o como Intangibles no está exento de críticas y problemas de interpretación en la práctica, pues el abordaje del CINIIF no previó Criptoactivos: desafíos contables desde las orientaciones del CINIIF en un contexto actual Revista Gestão e Secretariado (GeSec), São Paulo, SP, v. 14, n. 2, 2023, p. 2024-2042. 2039 otros estándares bajo los cuales ampararse los poseedores de CA. Habida cuenta, que la naturaleza de los CA es adaptable a varios tipos de transacciones que van más allá de Intangibles mantenido para la venta y materias primas cotizadas, porque en el campo práctico existe un número creciente de entidades que poseen CA como un mecanismo de inversión y medios de pago, para estos casos los estándares propuestos no pueden aplicarse, entonces es necesario una revisión conceptual de las normas existentes o la emisión de una nueva guía para orientar el tratamiento contable de los CA. Conclusiones y recomendaciones De los elementos analizados cabe destacar las siguientes conclusiones: 1- Que los CA, conforman un nuevo grupo de activos digitales, partiendo de la tecnología de la cual emerge y de sus características y funcionalidades, cuya conceptualización aún se halla en formación por las posiciones encontradas entre los doctrinarios y los organicismos que se han pronunciado al respecto. ENTIDAD INVENTARIOS INTANGIBLES EFECTIVOS O EQUIVALENTES INSTRUMENTOS FINANCIEROS CLASIFICACI ÓN PROPIA Decisión de Agenda del Comité de Interpretaciones del IASB (CINIIF) NIC 2, Inventario, para aquellos que tengan como objeto de venta el curso de las actividades ordinarias “Exchange”, la valuación sería el costo o el valor neto realizable, el menor de ellos, y valor razonable según la NIIF 13, para aquellos que tienen un mercado activo. El comité consideró que los CA cumplen con la definición dada por NIC 38. Activos Intangibles, y, para los mineros, la valuación será al costo de incorporación o valor revaluado, es este caso debe reconocer las diferencias entre valor inicial en libros y el valor revaluado en las partidas de resultado en el ejercicio que se generan. No considera efectivo o equivalentes porque los CA no cumplen con la definición de dinero efectivo o equivalentes. Concluye que los CA, no son instrumentos financieros porque no cumplir con la definición dispuesta en el párrafo 11 de la NIC 32. Activo Financiero. El tratamiento contable de los CA no fue agregado a la agenda de fijación de estándares, por ello el documento emitido por el órgano es una interpretación y no se considera una norma contable. Tabla 01: conclusiones sobre el tratamiento contable sugerido por el CINIIF Fuente: Elaboración propia a partir del análisis de las NIC-NIIF Del análisis realizado, resulta imperioso que el CINIIF vuelva a incluir en su agenda el tratamiento contable de los CA, principalmente por el crecimiento exponencial que viene Criptoactivos: desafíos contables desde las orientaciones del CINIIF en un contexto actual Revista Gestão e Secretariado (GeSec), São Paulo, SP, v. 14, n. 2, 2023, p. 2024-2042. 2040 demostrando en los últimos años. Por ello, se considera oportuno exponer algunas recomendaciones sobre la cuestión planteada: NORMA APLICABLE JUSTIFICACIÓN NIC 07. Caja Y Bancos En una cuenta individualizada que identifique claramente que se refiere a un CA, aplicable en los casos que la entidad tenga en su propiedad CA cuyo valor de mercado está en paridad con alguna moneda de curso legal, o sea está lastreada en reservas que mínimamente garantizan su estabilidad de precios, tales como las stablecoins. NIC 38. Intangibles. Requiere de una adecuación conceptual, en cuanto a los intangibles mantenidos como inversión, de tal modo que permita su valoración a valor razonable, ya que los modelos de medición presentes en la NIC 38 no proporciona información suficiente para los usuarios externos. NIC 2. Inventarios En una partida que sea específica para los criptoactivos, teniendo en cuenta que estos no son materia prima y no todos tienen un mercado activo. NIC 32 Activos Financieros Bajo este estándar podría registrarse aquellos que la entidad esté operando en mercados activos y realizando operaciones a futuro. Tabla 02: Recomendaciones basadas en el estudio analítico del caso planteado Fuente: elaboración propia, a partir del análisis de los documentos emitidos por los diversos organismos y de los comentarios de los doctrinarios. Referencias Arturi, G. (11 de abril de 2021). El arte NFT sigue al alza:¿Qué es y qué obras tiene entre manos? Recuperado el 08 jun. 2022, de Forbes México: https://www.forbes.com.mx/forbes-life/arte-nft-criptomonedas-burbuja-internet/ Béjar Malpartida, Y. R. A. L. M. y W. P. R. M. (2019). Análisis legal, contable y tributario de las posibles transacciones a ser realizadas con criptomonedas por personas naturales en Perú. Esan Graduate School Of Business. https://repositorio.esan.edu.pe/handle/20.500.12640/1623. Coinbase. (10 de jun de 2022). Coimbase.com. Recuperado el 10 de jun de 2022, de Coimbase.com: https://www.coinbase.com/es-LA/learn/crypto-basics/what-is-defi. Distefano, B. (08 de Jun. de 2022). CRIPTONOTICIAS. 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