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PERSONA JURÍDICA Se denomina persona jurídica o persona moral a una figura jurídica que permite la existencia de un individuo dotado de derechos y obligaciones, pero que no es un ciudadano, sino una institución, organización o empresa que persigue un fin social con o sin fines de lucro. Esta figura es relativamente reciente en materia de derechos. No tiene equivalente directo en el derecho romano, pues ellos pensaban las sociedades de modo ligeramente distinto, pero sí comprendían la existencia de “personae vice fingitur”, es decir, instituciones que llevaban a cabo labores similares a las de las personas físicas. Posteriormente, durante el medioevo, se habló de “congregatio y comunitas” para referirse a las asociaciones voluntarias de los individuos. La primera mención a una persona jurídica propiamente dicho surgirá a finales del siglo XVIII, de acuerdo a dos tendencias: la Revolución Francesa y la Escuela Histórica del Derecho. Persona jurídica y persona natural Las personas jurídicas y las personas naturales son diferentes a muchos niveles, a pesar de ser ambas figuras legales que implican la atención de ciertos deberes y el disfrute de ciertos derechos. De hecho, las personas jurídicas pueden estar compuestas por personas naturales o por otras personas jurídicas, mientras que una persona natural corresponde necesariamente a un ciudadano. Tipos de persona jurídica 1. Personas jurídicas de Derecho Público. Aquellas que representan a las entidades del Estado y que velan por sus intereses, teniendo aplicación dentro del territorio del país y para los ciudadanos que en él habitan, divididos a su vez en Personas Jurídicas de Derecho Público Interno (acción dentro del país) y Personas Jurídicas de Derecho Público Externo (acción fuera del país). 1. Personas jurídicas de Derecho Privado. Aquellas que representan intereses particulares, regulados por códigos de comercios específicos: asociaciones, empresas, cooperativas, sociedades civiles mercantiles, etc. Sea que estas tengan fines de lucro, o no.
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