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INFORME-MADAGASCAR-actualizado

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REPÚBLICA DE MADAGASCAR 
Capital	
   Antananarivo.	
  
Forma de 
Gobierno	
  
República unitaria. 
Régimen presidencialista. 
Constitución de 2010.	
  
Población	
   - 23.201.926 (CIA, julio 2014 est) 
- 20.714.000 (El estado del mundo 2012) 
- 20.696.070 (INSTAT, Institut National de la Statistique) 
Esperanza de vida	
   65,2 años (CIA 2014 est.) 
64,72 años (IDH 2013)	
  
IDH	
   0,498 (IDH 2013)	
  
PIB per cápita	
   1.000$ (CIA 2013 est.)	
  
 
 
La República de Madagascar, la cuarta isla del mundo en extensión, se localiza 
en Océano Índico suroccidental, a la altura de Mozambique. Varios pequeños islotes 
también forman parte del Estado. Su población estimada es de 23.201.926 habitantes 
(CIA, julio 2014 est.). La esperanza de vida es de 64,72 años (IDH 2013). De acuerdo 
con el último informe de Naciones Unidas, publicado en 2014, el Índice de Desarrollo 
Humano de Madagascar es 0,498, lo que coloca al país en la posición 155 de los 187 
países con datos comparables y lo sitúa por debajo de la media regional de 0,502. La 
evolución que ha tenido el IDH en Madagascar es ascendente, en el año 2000 este 
índice era de 0,428. 
El 52% de la población practica cultos animistas. Las siguientes religiones con 
mayor presencia en país son: el cristianismo (45%) y el islam (7-10%). 
 La comunidad malgache está	
   formada por 18 etnias oficiales: Mérina (26%), 
Betsileo (12%), Betsimisaraka (15%), Zafisoro, Antaisaka, Antandroy (5%), Mahafaly, 
Bara, Antanosy, Antakarana, Antaimoro, Antaifasy, Antambahoaka, Tsimihety 	
   (7%), 
Tanala, Bezanozano, Sihanaka y Sakalava ( 6%) 
Contexto económico: 
La agricultura (incluidas la pesca y la silvicultura), es uno de los pilares de la 
economía de la República de Madagascar, pues representa más de una cuarta parte del 
PIB y emplea al 80% de la población. 
En los últimos años, las exportaciones de prendas de vestir se dispararon gracias 
al acceso libre de impuestos a EE.UU. Sin embargo, el incumplimiento por parte de 
Madagascar de los requisitos de la African Growth and Opportunity Act (AGOA) dio 
lugar a la terminación del acceso libre de impuestos en el país en enero 2010, dando 
esto lugar a una fuerte caída en la producción textil. 
Resultan especialmente preocupantes la deforestación y la erosión que sufre el 
país, la cual, además, se ve agravada por el uso de la leña como principal fuente de 
combustible. 
La crisis política, que comenzó	
   a principios de 2009, ha sido especialmente 
perjudicial para la economía del país. El turismo bajó	
  más de un 50% durante 2009 en 
comparación con el año anterior y; además, muchos inversores se resisten a entrar en un 
ambiente de inversión incierto. 
El crecimiento fue débil entre 2010 y 2012, aunque se espera que la expansión 
en los sectores minero y agrícola contribuya a un mayor crecimiento en los próximos 
años. 
Contexto político: 
Acontecimientos recientes: 
 El 17 de marzo de 2009, el presidente Marc Ravalomanana, elegido 
democráticamente, dimitió	
   entregando el gobierno a los militares, quienes, a su vez, 
otorgaron la presidencia el líder opositor y alcalde de Antananarivo Andry Rajoelina, 
quien encabeza la Alta Autoridad de Transición. En agosto de 2009 se alcanzó	
   un 
acuerdo para el reparto del poder y se estableció	
  un período de transición de 15 meses 
que concluiría con unas elecciones generales en 2010. 
La Unión Europea, la Comunidad de Desarrollo de África Austral (SADC) y la 
Unión Africana, se negaron a reconocer al nuevo Gobierno. Esta última organización, 
de hecho, suspendió	
  la membresía de Madagascar el 20 de marzo de 2010. 
El 17 de septiembre de 2010, gracias a la mediación de la SADC, 15 partidos 
políticos (incluyendo los afines a Andry Rajoelina y a Marc Ravalomanana), firmaron 
en Antananarivo la “Hoja de Ruta del la SADC para la salida de la crisis”. Mediante tal 
acuerdo, entre otros aspectos, se establece: por un lado, el mantenimiento de Andry 
Rajoelina como Presidente de la Transición hasta la celebración de elecciones 
presidenciales y legislativas y; por otro, el compromiso por parte del Presidente de la 
Transición y del depuesto de no concurrir a ellas. 
A finales de 2012, aún no se habían celebrado las elecciones generales. 
Finalmente, la primera y segunda vuelta de las mismas tuvieron lugar en octubre y 
diciembre de 2013, respectivamente. 
Sistema político: 
 La Constitución vigente en la República de Madagascar fue aprobada por 
referéndum el 17 de noviembre de 2010 y promulgada el 11 de diciembre del mismo 
año. 
 
 De acuerdo con la Constitución de 2010, el Presidente es elegido por voto 
popular para un mandato de cinco años, cabiendo la posibilidad de ser elegible para un 
segundo. El Primer Ministro es elegido por el Presidente, a propuesta de la Asamblea 
Nacional. Las últimas elecciones se celebraron en diciembre de 2013. En ellas salió	
  
elegido presidente Hery Martial Rakotoarimanana Rajaonarimampianina, quien ostenta 
el cargo desde enero de 2014. Las próximas elecciones tendrán lugar en 2018. 
 
 El Poder Legislativo lo forman la Asamblea Nacional y el Senado. Los 
miembros de la Asamblea Nacional son elegidos mediante sufragio universal directo 
para un mandato de 5 años. Dos tercios de los senadores son elegidos por las Asambleas 
Regionales, cuyos miembros son elegidos por sufragio universal. El tercio restante es 
nombrado por el Presidente. El mandato de los senadores es igualmente de 5 años. 
Tanto las reglas del escrutinio respecto de la Asamblea Nacional, como las de 
designación de los senadores, han sido establecidas mediante una ley orgánica. 
 
 La Constitución contempla la existencia de un Tribunal Constitucional. 
 
Los principales partidos políticos del país son: Fuerza Nueva por Madagascar, 
(liderado por Hery Rakotoarimanana y respaldado por el Presidente de la Transición) y 
AVANA (liderado por Louis Robinson). 
 
Derechos Humanos: 
 En materia de derechos humanos, Madagascar ha ratificado los siguientes 
tratados: la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o 
Degradantes (CAT), el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (CCPR)
 , la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación 
contra la Mujer (CEDAW) , la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas 
las Formas de Discriminación Racial (CERD), el Pacto Internacional de Derechos 
Económicos Sociales y culturales (CESCR), la Convención sobre los Derechos del 
Niño (CRC), el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño 
relativo a la participación de niños en los conflictos armados (CRC-OP-AC) y el 
Protocolo Facultativo de la Convención de los Derechos del Niño relativo a la venta de 
niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía (CRC-OP-SC). 
Respecto de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las 
Formas de Discriminación Racial (CERD), la República de Madagascar, en lo 
concerniente al artículo 22, hace la siguiente reserva: “El Gobierno de la República de 
Madagascar no se considera obligado por lo dispuesto en el artículo 22 de la 
Convención, por el cual cualquier controversia entre dos o más Estados Partes con 
respecto a la interpretación o aplicación de la Convención es, a petición de cualquiera 
de las partes en la controversia, remitido a la Corte Internacional de Justicia para que 
decida, y afirma que, en cada caso, el consentimiento de todas las partes en una 
controversia de este tipo es necesario para la remisión de la controversia a la Corte 
Internacional”. 
 En lo relativo al artículo 13 del Pacto Internacional de Derechos Económicos 
Sociales y culturales (CESCR), la República de Madagascar hace la siguiente reserva: 
“El Gobierno de Madagascar se reserva el derecho de aplazar la aplicación del 
artículo 13, párrafo 2, del Pacto, en particular en la medida en que se refiere a la 
educación primaria, ya que, si bien el Gobierno malgache aceptaplenamente los 
principios consagrados en la dicho párrafo y se compromete a adoptar las medidas 
necesarias para aplicarlas en su totalidad a la mayor brevedad posible, los problemas 
de aplicación, y en particular las implicaciones financieras, son tales que la plena 
aplicación de los principios de que se trata no se puede garantizar en esta etapa”. 
Participación en Organizaciones Internacionales: 
Conforme a lo dispuesto en el art. 36.2 del Estatuto de la Corte 
Internacional de Justicia, Madagascar reconoce, con reservas, la jurisdicción 
de la CIJ. 
 Es un Estado Parte del Estatuto de Roma de la CPI desde su 
ratificación el 14 de marzo de 2008. 
Además, Madagascar participa en las siguientes Organizaciones 
Internacionales: ACP, AfDB, AU , CD, COMESA, EITI (candidato), FAO, 
G-77, IAEA, IBRD, ICAO, ICC (Comité	
  Nacional), ICRM, IDA, IFAD, IFC, 
IFRCS, ILO, IMF, IMO, InOC, Interpol, IOC, IOM, ISO (observador), ITSO, 
ITU, ITUC (ONG), MIGA, NAM, OIF, OPCW, PCA, SADC, UN, UNCTAD, 
UNESCO, UNHCR, UNIDO, UNWTO, UPU, WCO, WFTU (ONG), WHO, 
WIPO, WMO, WTO 
Otros datos de interés: 
 En enero de 2014, la Unión Africana decidió	
   volver a admitir a Madagascar 
como miembro de la Organización tras tener en cuenta los esfuerzos realizados por el 
pueblo y el Estado para poner fin a la larga crisis sufrida desde que se produjese el 
golpe de Estado que motivó	
  su suspensión. 
 
Bibliografía: 
− http://www.exteriores.gob.es/Documents/FichasPais/MADAGASCAR_FICHA
%20PAIS.pdf 
− INSTAT: 
http://www.instat.mg/index.php?option=com_content&view=article&id=33&Ite
mid=56 
− El estado del mundo 2012. Anuario económico geopolítico mundial, AA.VV. 
Ed. Akal 
− CIA world fact book: https://www.cia.gov/library/publications/the-world-
factbook/geos/ma.html 
− IDH: http://hdr.undp.org/en/countries/profiles/MDG 
 http://hdr.undp.org/sites/all/themes/hdr_theme/country-notes/MDG.pdf 
− Ministerio de Cultura y Patrimonio (Etnias) : 
http://www.mcp.gov.mg/patrimoine/ethnie-de-madagascar/ 
− Constitución de la República de Madagascar de 2010: http://mjp.univ-
perp.fr/constit/mg2010.htm#3 
− Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos: 
http://www.unhchr.ch/tbs/doc.nsf/newhvstatusbycountry?OpenView&Start=1&
Count=250&Expand=104#104 
http://www.unhchr.ch/tbs/doc.nsf/73c66f02499582e7c1256ab7002e2533/f52ad5
dc0abe63adc1256a9b00493bfc?OpenDocument 
− http://www.icj-
cij.org/jurisdiction/index.php?p1=5&p2=1&p3=3&code=MG 
− http://www.icc-
cpi.int/en_menus/asp/states%20parties/african%20states/Pages/african
%20states.aspx 
− Decisión de la Unión Africana para la readmisión de Madagascar como miembro 
de la organización: 
http://www.au.int/en/sites/default/files/EX%20CL%20Dec%20783-
812%20(XXIV)%20_E.pdf [EX.CL/Dec.788(XXIV)]

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