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Tp Penal economico 4

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Trabajo Práctico
N. º4
DERECHO PENAL ECONOMICO
Alumna:
DNI: 
Fecha de entrega:
27/11/2023
1. Colocada en el rol de fiscal:
· ¿Es posible imputar al dueño del sitio web mencionado el lavado de
activos?
Es posible imputar al mencionado dueño del sitio web de bitcoins, aceptando dólares en formato de contrarrembolso. 
El art. 303 de nuestro Código Penal afirma que cualquiera fuere la forma de poner en circulación en el mercado dinero se considera lavado de activos.
· ¿Qué incidencia tienen las disposiciones de la UIF?
La única incidencia sería que la disposición 300/2014 de la UIF encasilla y enumera con claridad lo que podría ser usado como la metodología para lograr lavado de activos a través de las criptomonedas.
· ¿Cuáles son los hechos, su calificación legal y la participación del mismo?
Los hechos son: 
1. La existencia de lavado de activos en argentina, compuesta por mexicanos lideres y argentinos para facilitar el lavado. 
2. La idea fue exportar la droga hacia Europa camuflada. 
3. Introducir al mercado los activos ilícitos.
4. Lograr introducir los activos a argentina a través de un tradder de criptomonedas.
5. El tradder liquidaba los bitcoins de su propia billetera y aceptaba los dólares en forma de contrarrembolso para evitar el sistema bancario tradicional y regulado.
En mi opinión, la calificación legal seria, lavado de activos. En donde encontramos los tipos de participaciones divididos en:
· Coautores, que sería el conjunto de personas que ideo el plan, lo ejecutaron y lo diagramaron.
· Un cooperador ejecutivo necesario, que es el dueño del sitio web de las criptomonedas, para así lograr introducir el dinero ilícito de manera licita y sin regulación a través del Bitcoin.
2. ¿Es posible imputar a los cabecillas de la organización y los demás sujetos
mencionados (abogados, contadores, despachantes de aduana y personas que
gerenciaban empresas) el delito de lavado de activos?
Se puede imputar a los cabecillas de la organización y a los demás cooperadores por el delito de lavado de activos, ya que el lavado de activos se refiere a toda organización criminal que, mediante un delito como el narcotráfico en este caso, busca un medio para que el dinero obtenido ilícitamente obtenga la apariencia como que fue conseguido lícitamente.
¿Cuáles son los hechos, su calificación legal y la participación de los mismos?
Los hechos en puntos fuertes es el narcotráfico, y el lavado de activos.
Su calificación legal (dos opciones): Narcotráfico en sí o también lavado de activos. Por su parte, el lavado de activos encuadraría a todas las personas que estuvieron implícitas en el crimen. 
El Narcotráfico según la Ley N° 23.737. Art. 5 Inc. B) C) D) “Comercie con estupefacientes, precursores químicos o cualquier otra materia prima para su producción o fabricación o los tenga con fines de comercialización, o los distribuya, o dé en pago, o almacene o transporte”.
En cuestión de la participación criminal y en este caso en específico, encuadraría todo en lavado de activos, en donde encontraremos a los coautores ya que fue un grupo que actuó en conjunto para lograr el delito, y tenemos el cooperador ejecutivo necesario, que, sin él, no se pudo haber dado el hecho del lavado de activos.
∙ 3) ¿Cómo resolvería la existencia de empresas involucradas en los ilícitos,
teniendo en cuenta la responsabilidad penal de las personas jurídicas
contemplada en el sistema penal argentino y en la doctrina?
En este caso resolvería juzgando a la persona jurídica en sí, pero también valorando y realizando un procesamiento y juicio por la actuación de cada individuo que participo del hecho delictivo en formato individual, es decir, la persona jurídica en este caso esta creada para tales operaciones ilícitas, entonces debería ser juzgada como empresa en conjunto ya, pero luego como segundo paso en mi opinión, seria juzgar individualmente a cada participe del hecho delictivo ya sea que se haya ejecutado con beneficios hacia ellos o no.
REFERENCIAS:
https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/ley-23737-138/actualizacion
https://www.argentina.gob.ar/uif/lavado-de-activos
https://www.argentina.gob.ar/justicia/derechofacil/leysimple/responsabilidadpenal-de-las-personas-juridicas
http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/230000-234999/231930 /norma.htm
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