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15 sistema financiero mexicano

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FACULTAD DE CONTADURÍA Y CIENCIAS ADMINISTRATIVAS 
FINANZAS I 
SISTEMA FINANCIERO MEXICANO 
 
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INTRODUCCIÓN 
 
Debido al incremento de las transacciones económicas en todo el mundo y a 
través de todos los tiempos, estas han adquirido cierta complejidad y a su vez se ha 
requerido el surgimiento de nuevas herramientas que permitan que dichas 
transacciones sean realizadas por los entes económicos que las requieran. 
 
Las Finanzas son la herramienta para obtener fondos y los métodos para 
administrar y asignar dichos fondos. 
 
Las finanzas se aplican en cualquier situación que implique una decisión acerca 
de la obtención y aplicación del dinero. 
 
Por esto podemos aseverar que las finanzas son el arte de allegarse el dinero 
para un propósito determinado obteniendo el máximo rendimiento. 
 
Las Finanzas en nuestro país, tanto públicas como privadas, se constituyen por 
medio del Sistema Financiero Mexicano. 
 
 
 
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SISTEMA FINANCIERO MEXICANO 
Podemos definir al sistema financiero: 
 
El sistema financiero mexicano está constituido por un conjunto de leyes, 
reglamentos, organismos e instituciones que generan, captan, administran, orientan y 
dirigen, tanto el ahorro como la inversión, y financiamiento dentro de un marco legal de 
referencia, en el contexto político - económico que brinda nuestro país. 
 
Asimismo, constituye el gran mercado donde se contactan oferentes y 
demandantes de recursos monetarios. 
 
En la estructura del Sistema Financiero Mexicano, la autoridad máxima sigue 
siendo la Secretaria de Hacienda y Crédito Público en lo concerniente a la rectoría del 
sistema y su fiscalización a través de la Administración Especial de Auditoria Fiscal. 
 
El Banco de México regula el funcionamiento del sistema financiero; y la 
inspección y vigilancia corresponde a: 
 
I.- Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV). 
II.- Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.(CNSF) 
III.- Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro. (CONSAR) 
IV.- Comisión Nacional de Defensa de los Usuarios de los Servicios Financieros 
(CONDUSEF) 
 
Así se produce la conformación de tres grandes bloques, que son supervisados 
por cada una de las Comisiones respectivamente, identificados como: 
 
a) Organizaciones Bancarias, Financieras y Bursátiles, 
b) Organizaciones de Seguros y Fianzas, y 
c) Sociedades de Inversión Especializada de Fondos para el Retiro (SIEFORE) y 
las Administradoras de Fondos de Retiro (AFORE), 
 
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BANXICO
C.N.S.F.
BANCA DE DASARROLLO BANCA COMERCIAL
ORGANIZACIONES BANCARIAS ORGANIZACIONES BURSATILES ORGANIZACIONES AUXILIARES
C.N.B.V C.O.N.S.A.R.
S.H.C.P.
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Para efectos de nuestro curso, las Instituciones participantes en el Sistema 
Financiero Mexicano, las vamos a clasificar en: 
 
 
Instituciones Reguladoras: 
• Secretaria de Hacienda y Crédito Público (SHCP). 
• Banco de México (BANXICO). 
• Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV). 
• Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.(CNSF) 
• Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro. (CONSAR) 
• Comisión Nacional de Defensa de los Usuarios de los Servicios 
Financieros (CONDUSEF) 
 
 
Organismos Autorregulatorios: 
• Las Bolsas de Valores 
• Las Contrapartes Centrales 
• Las Asociaciones Gremiales de Intermediarios del mercado de valores y 
• Prestadores de Servicios vinculados al Mercado de Valores reconocidos 
por la C.N.B.V. 
 
 
Instituciones Operativas: 
• Banca Comercial. 
• Casas de Bolsa. 
• Operadoras de Sociedades de Inversión. 
 
 
Instituciones de Apoyo: 
• Bolsa Mexicana de Valores (BMV). 
• S.D. INDEVAL, S.A. de C.V. 
• Asociación Mexicana de Intermediarios Bursátiles (AMIB). 
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• Calificadoras de Valores. 
• Valuadoras de Sociedades de Inversión. 
 
 
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A) ORGANISMOS DE REGULACIÓN, SUPERVISIÓN Y CONTROL 
 
En este apartado se revisan las atribuciones de las cinco principales 
instituciones reguladoras del sistema financiero mexicano: 
 
Secretaría de Hacienda y Crédito Público 
 
El máximo órgano administrativo para el sistema Financiero Mexicano es la 
Secretaría de Hacienda y Crédito Público. 
 
Es una dependencia gubernamental centralizada, integrante del Poder Ejecutivo 
Federal, cuyo titular es designado por el Presidente de la República. De acuerdo con lo 
dispuesto por la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y por su 
Reglamento Interior, está encargada, entre otros asuntos, de: 
 
• Instrumentar el funcionamiento de las instituciones integrantes del Sistema 
Financiero Nacional. 
• Promover las políticas de orientación, regulación y vigilancia de las actividades 
relacionadas con el Mercado de Valores. 
• Autorizar y otorgar concesiones para la constitución y operación de sociedades 
de inversión, casas de bolsa, bolsas de valores y sociedades de depósito (S.D. 
INDEVAL que, a la fecha, funge como un depósito centralizado de valores). 
• Sancionar a quienes violen las disposiciones legales que regulan al Mercado de 
Valores por conducto de la CNBV. 
• Salvaguardar el sano desarrollo del Mercado de Valores. 
• Designar al Presidente de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores. 
• Proponer, dirigir y controlar la política del gobierno federal en materia financiera, 
fiscal, de gasto público, crediticia, bancaria, monetaria, de divisas, de precios y 
tarifas de bienes y servicios del sector público, de estadística, geografía e 
informática. 
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• Controlar, vigilar y asegurar el cumplimiento de las disposiciones fiscales, en el 
cobro de impuestos, contribuciones, derechos, productos y aprovechamientos 
federales. 
• Contratar créditos internos y externos a cargo del gobierno federal. 
• Dirigir y coordinar la elaboración e integración del Plan Nacional de Desarrollo y 
los programas regionales y especiales que le encomiende el Ejecutivo Federal. 
• Proponer al ejecutivo Federal el programa sectorial del ramo y aprobar los 
programas institucionales de las entidades paraestatales del sector coordinado, 
conforme lo establece la Ley de Planeación. 
• Presentar al Ejecutivo Federal los proyectos de iniciativas de leyes o decretos, 
así como los proyectos de reglamentos, decretos, acuerdos, y órdenes relativos 
a los asuntos de la competencia de la SHCP y del sector paraestatal coordinado. 
• Proponer el proyecto de presupuesto de la SHCP, el de los ramos de deuda 
pública y de participaciones a entidades federativas y municipios, así como el del 
sector paraestatal coordinado. 
• Presentar para su aprobación ante la H. Cámara de Diputados, previo acuerdo 
del Presidente de la República, la iniciativa de Ley de Ingresos y el proyecto de 
Presupuesto de Egresos de la Federación, correspondientes al año calendario, 
en cumplimiento con la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público 
Federal. 
• Dirigir la formulación de la Cuenta Anual de la Hacienda Pública Federal y 
someterla a la consideración del Presidente de la República, para su 
presentación ante la H. Cámara de Diputados. 
• Planear, coordinar y evaluar el sistema bancario mexicano, respecto de la banca 
de desarrollo y las instituciones de banca múltiple en las que el Gobierno 
Federal tenga el control por su participación accionaria. 
• Ejercer las atribucionesque le señalen las leyes en lo referente a banca múltiple, 
seguros y fianzas, valores, organizaciones auxiliares del crédito, sociedades, 
mutualistas de seguros y casas de cambio. 
• Informar al Congreso del a Unión sobre el estado que guarde la administración 
de la SHCP y el sector coordinado, y concurrir cuando se le cite para la 
discusión de una ley o el estudio de un asunto concerniente a su ramo. 
 
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Banco de México (BANXICO) 
 
Organismo de carácter Público Descentralizado, con personalidad jurídica y 
patrimonio propios. Es el banco central de la nación. Fue creado por la ley del 15 de 
agosto de 1925 y constituido por escritura pública el 1 de septiembre de ese mismo 
año. Se trata de una entidad separada de la administración central, que goza de plena 
autonomía técnica y orgánica y, creada por la ley para la realización de atribuciones del 
estado, que consisten en funciones de regulación monetaria, crediticia y cambiaria; es 
decir, su objetivo prioritario es procurar la estabilidad del poder adquisitivo de la 
moneda nacional. 
El tema de la autonomía del banco de México ha cobrado mayor importancia a 
raíz de las medidas que se tomaron para apoyarla y que se sustentan en tres principios 
básicos: 
 
1. Dar libertad para que la institución determine el monto y manejo de su propio 
crédito. Se establece que ninguna autoridad podrá ordenar al banco central 
conceder financiamiento. 
2. Proteger la autonomía de criterio de las personas encargadas de su 
conducción. Estas personas son inamovibles de sus puestos, excepto por la 
comisión de faltas graves. Con el propósito de aislarlas de presiones de 
intereses, se dispone que no podrán desempeñar, con algunas excepciones, 
ningún otro empleo, cargo o comisión. Se señala que las personas que 
dirigen el banco prestarán sus servicios por periodos cuya duración y 
escalonamiento provean al ejercicio autónomo de las funciones de la 
institución. Así, se impide que el Poder Ejecutivo pueda nombrar en un plazo 
breve a la totalidad o a la mayoría de los integrantes de los organismos 
encargados de su conducción, protegiendo de esta manera a la institución de 
presiones que pudieran comprometer la consecución de su objetivo 
prioritario. 
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3. Establecer normas relativas a la administración de la institución, en donde se 
sustente la autonomía del banco. De no ser autónomo, podría estar sujeto a 
presiones mediante restricciones administrativas injustificadas. 
 
Actualmente se rige por la Ley del Banco de México publicada el 23 de 
diciembre de 1993 correspondiéndole desempeñar las siguientes funciones: 
 
En el artículo 3º de la ley del Banco de México se contemplan sus funciones, 
entre las cuales destacan las siguientes: 
 
• Regular la emisión y circulación de la moneda, los tipos de cambio en relación 
con las divisas extranjeras, la intermediación y los servicios financieros, así 
como los sistemas de pago. 
• Operar con las instituciones de crédito como banco de reserva y acreditante de 
última instancia. 
• Prestar servicios de tesorería al gobierno federal y actuar como agente 
financiero del mismo. 
• Fungir como asesor del gobierno federal en materia económica y, 
particularmente, financiera. 
• Participar en el Fondo Monetario Internacional y en otros organismos de 
cooperación financiera internacional o que agrupen a bancos centrales. 
• Operar con los organismos mencionados en el párrafo anterior, con bancos 
centrales y con otras personas morales extranjeras que ejerzan funciones de 
autoridad en materia financiera. 
 
La autonomía del Banco Central impide que el poder público emplee crédito del 
Banco Central para financiar su gasto, como sustituto de los impuestos o de la emisión 
de bonos. Endeudarse con terceros resulta más costoso que hacerlo con el Banco 
Central , ya que hay que pagarles la tasa de interés del mercado. 
 
Siendo el Banco de México una de las principales fuentes de información 
económica, es importante tener presente que cuenta con numerosas publicaciones. 
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 Publicaciones mensuales: Indicadores económicos, Carpeta y separadores, 
Remesa mensual, Acervo histórico electrónico de precios. Índice de precios e 
indicadores del sector externo. 
 Publicaciones anuales: las más importantes son el Informe anual y un reporte en 
inglés. The Mexican Economy. 
 Publica, asimismo, abundante información en formato digital. 
 
 
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Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) 
 
La Comisión Nacional Bancaria y de Valores es un órgano desconcentrado de la 
Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con autonomía técnica y facultades 
ejecutivas en los términos de la propia Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de 
Valores. 
 
La Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores fue publicada en el Diario 
Oficial de la Federación el día 28 de abril de 1995, y entró en vigor el 1º de mayo del 
mismo año. 
 
La Comisión tiene por objeto supervisar y regular, en el ámbito de su 
competencia, a las entidades financieras, a fin de procurar su estabilidad y correcto 
funcionamiento, así como mantener y fomentar el sano y equilibrado desarrollo del 
sistema financiero en su conjunto, en protección de los intereses del público. También 
tiene como finalidad supervisar y regular a las personas físicas y morales, cuando 
realicen actividades previstas en las leyes relativas al sistema financiero. 
 
Por entidades financieras se entiende a las sociedades controladoras de grupos 
financieros, instituciones de crédito, casas de bolsa, especialistas bursátiles, 
sociedades de inversión, almacenes generales de depósito, uniones de crédito, 
arrendadoras financieras, empresas de factoraje financiero, Sociedades de ahorro y 
préstamo, casas de cambio, sociedades financieras de objeto limitado, instituciones 
para el depósito de valores, instituciones calificadoras de valores, sociedades de 
información crediticia, así como otras instituciones y fideicomisos públicos que realicen 
actividades financieras y respecto de las cuales la Comisión ejerza facultades de 
supervisión. 
 
Para el cumplimiento de sus objetivos la Comisión Nacional Bancaria y de 
Valores cuenta con las facultades que le otorgan las leyes relativas al sistema 
financiero, así como su propia Ley, las cuales se ejercen a través de los siguientes 
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órganos: Junta de Gobierno, Presidencia, vicepresidencias, Contraloría Interna, 
Direcciones Generales y demás unidades administrativas necesarias. 
 
En el artículo 4º de la ley se establece que a la Comisión Nacional Bancaria y de 
Valores le corresponde, entre otras facultades, la siguientes: 
 
• Supervisar a las autoridades, a las personas físicas y demás personas morales, 
cuando realicen actividades previstas en las leyes relativas al sistema financiero. 
• Emitir la regulación prudencial a que se sujetarán las entidades. 
• Dictar normas de registro de operaciones aplicables a las entidades. 
• Establecer los criterios a que se refiere el artículo 2º de la Ley de Mercado de 
Valores, así como aquellos de aplicación general en el sector financiero acerca 
de los actos y operaciones que se consideren contrarios a los usos mercantiles, 
bancarios o bursátiles o sanas prácticas de los mercados financieros y dictar las 
medidas necesarias para que las entidades ajusten sus actividades y 
operaciones a las leyes que les sean aplicables, a las disposiciones de carácter 
general que de ella deriven y a los referidos usos y sanas prácticas.• Fungir como órgano de consulta del gobierno federal en materia financiera. 
• Dar atención a las reclamaciones que presenten los usuarios y actuar como 
conciliador y árbitro, así como proponer la designación de árbitros en conflictos 
originados por operaciones y servicios que hayan contratado las entidades con 
su clientela, de conformidad con las leyes correspondientes. 
• Autorizar la constitución y operación, así como determinar el capital mínimo, de 
las entidades que supervisa. 
• Ordenar la suspensión de operaciones de acuerdo con lo dispuesto en esta ley. 
• Intervenir administrativa o gerencialmente en las entidades, con objeto de 
suspender, normalizar o resolver las operaciones que pongan en peligro su 
solvencia, estabilidad o liquidez, o aquellas violatorias de las leyes que las 
regulan o las disposiciones de carácter general que de ellas deriven. 
• Celebrar convenios con organismos nacionales e internacionales con función de 
supervisión y regulación similares a las de la Comisión, así como participar en 
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foros de consulta y organismos de supervisión y regulación financieras en los 
ámbitos nacional e internacional. 
• Autorizar y vigilar los sistemas de compensación, de información centralizada, 
clasificación de valores y otros mecanismos tendientes a facilitar las operaciones 
o a perfeccionar el mercado de valores. 
 
 
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Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF) 
 
“La Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, se creó el 3 de enero de 1990 
como un órgano desconcentrado de la SHCP y goza de las facultades y atribuciones 
que le confiere la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, la 
Ley Federal de Instituciones de Fianzas, así como otras leyes, reglamentos y 
disposiciones administrativas aplicables al mercado asegurador y afianzador mexicano. 
Su misión es garantizar al público usuario de los seguros y las fianzas, que los 
servicios y actividades que las instituciones y entidades autorizadas realizan, se 
apeguen a lo establecido por las leyes.” 
 
En el artículo 68 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas se establecen las 
siguientes facultades y deberes para esta Comisión: 
 
• Actuar como cuerpo de consulta de la SHCP, en los casos que se refieran al 
régimen afianzador y en los demás que la ley determine. 
• Hacer estudios y sugerencias a la SHCP, con respecto al régimen afianzador. 
• Coadyuvar con la SHCP en el desarrollo de políticas adecuadas , para la 
asignacion de responsabilidades y aspectos financieros en relación con las 
operaciones del sistema. 
• Proveer las medidas que estime necesarias para que las instituciones de fianzas 
cumplan con las responsabilidades contraídas con motivo de las fianzas 
otorgadas. 
• Imponer sanciones administrativas por infracciones a las leyes que regulan las 
actividades, instituciones y personas sujetas a su inspección y vigilancia, así 
como a las disposiciones que emanen de ella. 
 
Por su parte, la Ley General de Instituciones y sociedades Mutualistas de 
Seguros, establece en su artículo 108, que la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas 
tiene las siguientes facultades: 
 
• Realizar la inspección y vigilancia que conforme a las leyes le competen. 
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• Fungir como órgano de consulta de la SHCP, tratándose del régimen asegurador 
y en los demás casos que las leyes lo determinen. 
• Imponer sanciones administrativas por infracciones a las leyes que regulan las 
actividades, instituciones y personas sujetas a su inspección y vigilancia, así 
como a las disposiciones que de ella emanen. 
• Emitir las disposiciones necesarias para el ejercicio de las facultades que la ley 
le otorga y para el eficaz cumplimiento de la misma, así como de las reglas y 
reglamentos que con base en ellas se expidan, y coadyuvar mediante la 
expedición de disposiciones e instituciones y sociedades mutualistas de 
seguros, y las demás personas y empresas sujetas a su inspección y vigilancia, 
con las políticas que en esa materia competen a la SHCP, siguiendo las 
instrucciones que reciba la misma. 
• Presentar opinión a la SHCP sobre la interpretación de esta ley y demás 
relativas en caso de duda con 
• Respecto a su aplicación. 
• Hacer estudios que le encomienden y presentar al a SHCP, las sugerencias que 
estime adecuadas para perfeccionarlos, así como cuantas mociones o 
ponencias relativas al régimen asegurador estime procedente enviar a dicha 
Secretaría. 
• Coadyuvar con la SHCP en el desarrollo de políticas adecuadas para la 
selección de riesgos técnicos y financieros en relación con las operaciones 
practicadas por el sistema asegurador, siguiendo las instrucciones que reciba 
esta Secretaría. 
• Intervenir, en los términos y condiciones que esta ley señala, en la elaboración 
de los reglamentos y reglas de carácter general a la que la misma se refiere. 
• Formular anualmente los presupuestos que someterá a la autorización de la 
SHCP. 
• Rendir un informe anual de sus labores a la SHCP. 
• Proveer las medidas que estime necesarias para que las instituciones y 
sociedades mutualistas de seguros cumplan con los compromisos contraídos en 
los contratos de seguros celebrados. 
 
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Nota: Esta Comisión no participa directamente en el Mercado de Valores, puesto 
que el organismo gubernamental que actúa en él es la Comisión Nacional Bancaria y 
de Valores. Sin embargo, se consideró prudente incluir a esta autoridad, ya que su 
participación es importante al momento de regular a quienes intervienen en dicho 
mercado (Grupos Financieros.) 
 
 
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Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR) 
 
Órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito 
Público, con autonomía técnica y facultades ejecutivas con competencia funcional 
propia en los términos de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro. 
 
La CONSAR tiene como compromiso regular y supervisar la operación adecuada 
de los participantes del nuevo sistema de pensiones. Su misión es la de proteger el 
interés de los trabajadores, asegurando una administración eficiente y transparente de 
su ahorro, que favorezca un retiro digno y coadyuve al desarrollo económico del país. 
 
Sus funciones se encuentran desglosadas en la ley de los Sistemas de Ahorro 
para el Retiro publicada el 23 de mayo de 1996. 
 
Es importante tomar en cuenta que actualmente el SAR, es un sistema de ahorro 
complementario al esquema de pensiones vigente en la Ley del Seguro Social hasta el 
1ro. de julio de 1997, mientras que el Nuevo Sistema de Pensiones, como su nombre lo 
indica, será substitutivo de las pensiones que venía otorgando el Instituto Mexicano del 
Seguro Social (IMSS). 
 
Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de los Servicios 
Financieros 
 
La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de los 
Servicios Financieros (CONDUSEF) es un organismo público descentralizado cuyo 
objeto es promover, asesorar, proteger y defender los derechos e intereses de las 
personas que utilizan o contratan un producto o servicio financiero ofrecido por las 
instituciones financieras que operan dentro del territorio nacional, así como también 
crear y fomentar entre los usuarios una cultura adecuada respecto de las operaciones y 
servicios financieros. 
 
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La CONDUSEF se rige por lo dispuesto en la Ley deProtección y Defensa al 
Usuario de Servicios Financieros. 
 
Instituto para la Protección del Ahorro Bancario 
 
El Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (IPAB) es un organismo 
descentralizado de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica y 
patrimonio propios, creado con fundamento en la Ley de Protección al Ahorro Bancario. 
 
La Ley de Protección al Ahorro Bancario, publicada en el Diario Oficial el 19 de 
enero de 1999, tiene como objetivos principales establecer un sistema de protección al 
ahorro bancario, concluir los procesos de saneamiento de instituciones bancarias, así 
como administrar y vender los bienes a cargo del IPAB para obtener el máximo valor 
posible de recuperación. 
 
 
 
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B) INTERMEDIARIOS FINANCIEROS 
 
Instituciones que actúan como mediadores entre aquellos quienes desean recibir 
recursos y quienes desean invertirlos, logrando con eso transformar plazos, montos, 
riesgos y reducir costos. 
 
Los intermediarios financieros deben de contar con la autorización de la SHCP 
para organizarse e iniciar operaciones. 
 
Actualmente en México operan los intermediarios financieros siguientes: 
 
1. Instituciones de banca múltiple 
2. Instituciones de banca de desarrollo 
3. Sociedades financieras de objeto limitado 
4. Entidades de ahorro y crédito popular 
5. Sociedades de inversión 
6. Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) 
7. Instituciones de seguros 
8. Instituciones de fianzas 
9. Arrendadoras financieras 
10. Empresas de factoraje financiero 
11. Almacenes generales de depósito 
12. Casas de cambio 
13. Uniones de crédito 
14. Grupos financieros 
 
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Sistema bancario (instituciones de crédito) 
 
 ¿Qué es un banco? 
Institución que realiza operaciones de banca, es decir es prestatario y 
prestamista de crédito; recibe y concentra en forma de depósitos los capitales captados 
para ponerlos a disposición de quienes puedan hacerlos fructificar. 
 
¿Cómo está conformada la banca mexicana? 
Banca: Se denomina con este término a la actividad que realizan los bancos 
comerciales y de desarrollo en sus diferentes modalidades que conforman el sistema 
bancario y constituyen instituciones de intermediación financiera. Esto es que 
admiten dinero en forma de depósito, otorgando por ello un interés (tasa pasiva), para 
posteriormente, en unión de recursos propios, conceder créditos, descuentos y otras 
operaciones financieras por las cuales cobra un interés (tasa activa), comisiones y 
gastos en su caso. 
 
1.-Instituciones de Banca Múltiple 
Las instituciones de banca múltiple, son sociedades anónimas facultadas para 
realizar operaciones de captación de recursos del público a través de la creación de 
pasivos directos y/o contingentes, para su colocación en el público. Estas 
operaciones se denominan servicios de banca y crédito. 
 
Actualmente la SHCP ha autorizado para organizarse y operar a las siguientes 
instituciones de banca múltiple: 
 
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 ABN/AMRO Bank México, S.A . 
 American Express Bank México, 
S.A. 
 Banamex, S.A. 
 Banca Afirme, S.A. 
 Banca Mifel, S.A. 
 Banco Azteca, S.A. 
 Banco Autofin, S.A. 
 Banco Compartamos, S.A. 
 Banco Credit Suisse First Boston 
(México), S.A. 
 Banco Del Bajio, S.A. 
 Banco Inbursa, S.A. 
 Banco Interacciones, S.A. 
 Banco Invex, S.A. 
 Banco JP Morgan, S.A. 
 Banco Mercantil del Norte, S.A. 
 Banco Monex,S.A. 
 Banco Regional de Monterrey, 
S.A. 
 Banco Santander, S.A. 
 Banco Ve Por Más, S.A. 
 Bank of America México, S.A. 
 Bank of Tokio Mitsubishi México, 
S.A. 
 Bansi, S.A. 
 Barclays Bank, México, S.A. 
 BBVA Bancomer, S.A. 
 BBVA Bancomer Servicios, S.A. 
 Deutsche Bank México, S.A. 
 GE Capital Bank, S.A . 
 HSBC México, S.A. 
 ING Bank (México), S.A. 
 IXE Banco, S.A. 
 Scotiabank Inverlat, S.A.
 
 
2.-Instituciones de Banca de Desarrollo 
Entidades de la Administración Pública Federal con personalidad jurídica y 
patrimonio propios conocidas como Sociedades Nacionales de Crédito, cuyo fin es el 
de soportar el desarrollo de diferentes sectores productivos del país conforme a los 
lineamientos del Plan Nacional de Desarrollo . Las Instituciones de Banca de Desarrollo 
son supervisadas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), y reguladas 
por la Ley de Instituciones de Crédito (LIC) y, en su caso, por sus leyes orgánicas. 
 
Las instituciones de banca de desarrollo tienen por objeto financiar proyectos 
prioritarios para el país. 
 
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Actualmente en México existen 7 Bancos de Desarrollo. 
 Nacional Financiera SNC 
 Banco del Ejército SNC 
 Banco Nacional de Comercio Exterior SNC 
 Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos SNC 
 Banco de Ahorro Nacional y Servicios Financieros SNC 
 Sociedad Hipotecaria Federal SNC 
 Financiera Rural 
 
Nacional Financiera 
Dedicada en la hora actual a brindar apoyos financieros, de capacitación y de 
asistencia técnica a las micro, pequeñas y medianas empresas del país, Nafin tiene 
como estrategia básica el fomento a las cadenas productivas y el desarrollo de redes 
de proveedores y la atención de las necesidades de los estados y regiones de menor 
desarrollo, en función de sus vocaciones y su dotación de recursos. 
 
Asimismo, promueve el desarrollo de los mercados financieros y funge como 
agente financiero del gobierno federal. Es también la institución fiduciaria más grande 
del país, administrando actualmente a más de 300 fideicomisos de diferentes sectores, 
y realiza proyectos de inversión que estimulan la generación de empleo. 
 
La institución colabora con las empresas para enfrentar los retos de desarrollo y 
crecimiento. La apertura de la economía mexicana ha significado la transformación 
acelerada de un mercado en el que la planta productiva nacional requiere desarrollarse 
y mantenerse en condiciones similares a las de sus competidores en el exterior. 
 
Ante esta nueva realidad, la modernización y el cambio estructural de la industria 
del país constituye una necesidad inmediata. Nacional Financiera contribuye a la 
promoción de empresas más competitivas que asuman los compromisos y aprovechen 
las oportunidades que ofrece el futuro.(Pero conseguir un crédito de parte de ellos; es 
difícil) 
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281 
 
 
 
A disposición del sector empresarial y a través de intermediación financiera 
cuentan con: capacitación y asistencia técnica, conformadas por bancos, uniones de 
crédito, empresas de factoraje, arrendadoras, fondos de fomento, universidades, 
instructores, consultores, jubilados y capacitadores. 
 
Banco Nacional del Ejército, la Fuerza Aérea y la Armada 
El artículo 3º. de la Ley Orgánica del banco nacional del Ejército, la fuerza Aérea 
y la Armada consigna que este banco es una institución de banca de desarrollo y que 
tiene por objeto otorgar apoyos financieros a los miembros del Ejército, la Fuerza Aérea 
y la Armada mexicanos; son sus facultades: 
 
• Apoyar financieramente a los miembros de las fuerzas armadas, para el ejercicio 
de sus profesiones o actividades productivas, incompatibles con la función 
militar. 
• Actuar como agente financiero de las empresas y sociedades con las que opere. 
• Administrar los fondos de ahorro y de trabajo de los militares. 
• Propiciar acciones conjuntas de financiamiento y asistencia con otras 
instituciones de crédito, fondos de fomento, fideicomisos, organizaciones 
auxiliares del crédito y con los sectores social y privado.Por otro lado, son sus funciones: 
 
• Realizar las operaciones y presentar los servicios propios del as instituciones de 
banca múltiple. 
• Otorgar créditos a los miembros del Ejército, fuerza Aérea y Armada mexicanos 
que se encuentren en servicio activo o en situación de retiro, siempre y cuando 
estén percibiendo haberes con cargo al erario federal. 
• Emitir bonos bancarios de desarrollo para fomentar el desarrollo del mercado de 
capitales y la inversión institucional, y que serán susceptibles de colocarse entre 
el gran público. 
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282 
 
 
• Financiar la adquisición, construcción, ampliación y reparación de casas-
habitación, para los miembros de las fuerzas armadas. 
• Efectuar preferentemente con los militares y personas morales de los cuales 
aquellos formen parte, las demás operaciones activas y pasivas de La ley 
reglamentaria del servicio público de banca y crédito autorizadas para las 
instituciones de banca de desarrollo. 
• Efectuar el servicio de pago por concepto de haberes de retiro y pensión. 
 
Banco Nacional de Comercio Exterior 
El artículo sexto de la Ley Orgánica del Banco Nacional de Comercio Exterior 
establece que la finalidad de esta institución es procurar la eficiencia y la competitividad 
del comercio exterior, comprendiendo la preexportación, exportación, importación y 
sustitución de importación de bienes y servicios, son sus facultades: 
 
• Otorgar apoyos financieros 
• Otorgar garantías de crédito y las usuales en el comercio exterior. 
• Proporcionar información y asistencia financiera a los productores, 
comerciantes, distribuidores y exportadores, en la colocación de artículos y 
prestación de servicios en el mercado internacional. 
• Cuando sea de interés promover las exportaciones mexicanas podrá participar 
en el capital social de empresas de comercio exterior, consorcios de exportación 
y en empresas que otorguen seguro de crédito al comercio. 
• Promover, encauzar y coordinar la inversión de capitales a las empresas 
dedicadas a la exportación. 
• Dar apoyos financieros a los exportadores indirectos, y en general al aparato 
productivo exportador, a fin de optimizar la cadena productividad de bienes o 
servicios exportables. 
• Cuando sea de interés promover las exportaciones mexicanas podrá otorgar 
apoyos financieros a las empresas comercializadoras de exportación, consorcios 
y entidades análogas de comercio exterior. 
• Propiciar acciones conjuntas de financiamiento y asistencia en materia de 
comercio exterior con otras instituciones de crédito, fondos de fomento, 
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283 
 
 
fideicomisos, organizaciones auxiliares del crédito y con los sectores social y 
privado. 
• Podrá ser agente financiero del gobierno federal en lo relativo a la negociación, 
contratación y manejo de créditos del exterior, ya sea que éstos sean otorgados 
por instituciones del extranjero, privadas, gubernamentales e 
intergubernamentales. 
• Participar en la negociación y, en su caso, en los convenios financieros de 
intercambio compensado o de créditos recíprocos, que señale la SHCP. 
• Estudiar políticas, planes y programas en materia de fomento al comercio 
exterior y su financiamiento, y someterlos a la consideración de las autoridades 
competentes. 
• Fungir como órgano de consulta de las autoridades competentes, en materia de 
comercio exterior y su financiamiento. 
• Colaborar en las actividades inherentes a la promoción del comercio exterior, 
como difusión, estudio de productos y servicios exportables, sistema de venta, 
apoyo a la comercialización y organización de productores, comerciantes, 
distribuidores y exportadores. 
• Contribuir en la promoción de la oferta exportable. 
• Cuando se le solicite podrá actuar como conciliador y árbitro en las controversias 
en que intervienen importadores y exportadores con domicilio en la República 
Mexicana. 
 
Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos 
El artículo 6º. de la Ley Orgánica del Banco Nacional de Obras y Servicios 
Públicos establece que su finalidad es procurar la eficiencia y competitividad de los 
sectores encomendados en el ejercicio de su objeto, son sus principales facultades: 
 
• Coadyuvar, en el ámbito de su competencia, al fortalecimiento del pacto federal 
y del municipio libre en los términos del artículo 115 constitucional para lograr el 
desarrollo equilibrado del país y la descentralización regional o sectorialmente o 
prioritarias. 
• Promover y financiar la dotación de infraestructura, servicios públicos y 
equipamiento urbano. 
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284 
 
 
• Financiar y proporcionar asistencia técnica a los municipios, para la formulación, 
administración de reservas territoriales y ecológicas. 
• Otorgar asistencia técnica y financiera, para la mejor utilización de los recursos 
crediticios y el desarrollo de las administraciones locales. 
• Apoyar los programas de vivienda y el aprovechamiento racional del suelo 
urbano. 
• Financiar el desarrollo de los sectores de comunicaciones y transportes. 
• Propiciar acciones conjuntas de financiamiento y asistencia con otras 
instituciones de crédito, fondos de fomento, fideicomisos, organizaciones de 
crédito, fondos de fomento, fideicomisos, organizaciones auxiliares de crédito y 
con los sectores social y privado. 
 
Financiera Rural 
Es un organismo público descentralizado coordinado por la SHCP cuyo objetivo 
principal consiste en canalizar recursos financieros, asistencia técnica, capacitación y 
asesoría al sector rural. 
 
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285 
 
 
Organizaciones y Actividades Auxiliares de Crédito 
 
3.-Sociedades Financieras de Objeto Limitado (Sofoles) 
Son sociedades a anónimas facultadas por la Ley de Instituciones de Crédito 
para captar recursos públicos a través de la colocación de instrumentos inscritos en el 
Registro Nacional de Valores e Intermediarios y otorgar créditos para una determinada 
actividad o sector. A partir del 18 de marzo de 2006 el otorgamiento de crédito, así 
como la celebración de arrendamiento o factoraje financiero podrán realizarse en forma 
habitual y profesional por cualquier persona sin requerir autorización del Gobierno 
Federal para ello. 
 
Aquellas sociedades anónimas que en sus estatutos sociales contemplen 
expresamente como objeto social principal la realización habitual y profesional de uno o 
más de las actividades que se indican en el párrafo anterior, se considerarán como 
sociedades financieras de objeto múltiple (Sofomes) y podrán ser reguladas o no 
reguladas, sujetándose o no a la supervisión de la CNBV, dependiendo de si mantienen 
o no vínculos patrimoniales con instituciones de crédito o sociedades controladoras de 
grupos financieros. 
 
Actualmente las Sofoles se clasifican, de acuerdo con el tipo de crédito que 
otorgan en: hipotecarias, automotrices, agroindustriales, intermediarios o distribuidores, 
microcréditos, pymes y bienes de capital y transporte. 
 
La sofoles son supervisadas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores 
(CNBV) . 
 
Banco de México emite diversas Reglas a las que habrán de sujetarse las 
Sociedades Financieras de Objeto Limitado. 
 
4.-Entidades de Ahorro y Crédito Popular 
Sociedades cooperativas de ahorro y préstamo o sociedades financieras 
populares que tienen por objeto el facilitar a sus miembros el acceso a crédito y 
fomentar el ahorro y el crédito popular, apoyar el financiamiento de micro, pequeñas y 
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286 
 
 
medianas empresas y en general de propiciar la superación económica y social así 
como el bienestar de sus miembros yde las comunidades en que operan. 
 
Las entidades de ahorro y crédito popular pueden constituirse como sociedades 
anónimas o sociedades cooperativas y se rigen por la Ley de Ahorro y Crédito Popular 
y son supervisadas por y reguladas por la CNBV quien emite las Reglas de carácter 
general para normar en lo conducente lo dispuesto por los artículos 19, 65 bis y 101 bis 
de la Ley de Ahorro y Crédito Popular . 
 
5.-Sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro (Siefores) 
Son entidades financieras administradas y operadas por las Afores. Tienen por 
objeto exclusivo invertir los recursos provenientes de las cuentas individuales que 
perciban, en los términos establecidos por las leyes de seguridad social. 
 
Tanto las Afores como las Siefores son supervisadas por la Comisión Nacional 
del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR) y reguladas por la Ley de los Sistemas 
de Ahorro para el Retiro . 
 
6.-Administradoras de fondos para el retiro (Afores) 
Son entidades financieras que se dedican de manera exclusiva, habitual y 
profesional a administrar las cuentas individuales de los trabajadores y canalizar los 
recursos de las subcuentas que las integran en términos de lo establecido por las leyes 
de seguridad social, así como a administrar las sociedades de inversión especializadas 
de fondos para el retiro. 
 
7.-Instituciones de seguros 
Son instituciones que se obligan a resarcir un daño cubrir , de manera directa o 
indirecta , una cantidad de dinero en caso de que se presente un evento futuro e 
incierto, previsto por las partes, contra el pago de una cantidad de dinero llamada 
prima. Las operaciones de seguros se dividen en tres tipos: vida, daños , o accidentes 
y enfermedades. 
 
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287 
 
 
Las instituciones de seguros son supervisadas por la Comisión Nacional de 
Seguros y Fianzas (CNSF) y se rigen por lo dispuesto en la Ley General de 
Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros (LGISMS) y son supervisadas por la 
Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF), la cual emite circulares y oficios 
circulares mediante los cuales establece reglas y requerimientos a los que habrán de 
sujetarse estas instituciones . 
 
8.-Instituciones de fianzas 
Son instituciones especializadas en realizar contratos a través de los cuales se 
comprometen a cumplir con una obligación monetaria, judicial o administrativa ante un 
tercero en caso de que el obligado original no lo hiciera. Las fianzas se clasifican en los 
siguientes ramos: fianzas de fidelidad, fianzas judiciales y fianzas generales o 
administrativas. 
 
Las instituciones de fianzas son reguladas y supervisadas por la Comisión 
Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF) y se rigen por lo dispuesto en la Ley Federal de 
Instituciones de Fianzas . 
 
Banco de México emite las Reglas a las que Deberán Sujetarse las Instituciones 
de Banca Múltiple; Casas de Bolsa; Instituciones de Seguros; Instituciones de Fianzas 
y Sociedades Financieras de Objeto Limitado, en las Operaciones de Fideicomiso 
(Circular 1/2005) . 
 
9.-Arrendadoras Financieras 
Instituciones especializadas en la adquisición de determinados bienes 
concediendo su uso o goce temporal a una persona física o moral dentro de un plazo 
preestablecido, recibiendo como contraprestación una cantidad determinada. Al 
vencimiento del contrato las personas físicas o morales que han hecho uso o goce 
temporal de los bienes arrendados podrán: 
 
• Comprar los bienes a un precio inferior a su valor de adquisición, que quedará 
fijado en el contrato. En caso de que no se haya fijado, el precio debe ser inferior 
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288 
 
 
al valor marcado a la fecha de compra, conforme a las bases que se establezcan 
en el contrato; 
• Prorrogar el plazo para continuar con el uso o goce temporal, pagando una renta 
inferior a los pagos periódicos que venía haciendo, conforme a las bases que se 
establezcan en el contrato; y 
• Participar con la arrendadora financiera en el precio de la venta de los bienes a 
un tercero, en las proporciones y términos que se establezcan en el contrato. 
 
Las arrendadoras son supervisadas por la Comisión Nacional Bancaria y de 
Valores (CNBV) y se rigen por lo dispuesto en la Ley General de Organizaciones y 
Actividades Auxiliares del Crédito . Banco de México emite las Reglas a las que se 
Sujetarán las Posiciones de Riesgo Cambiario de las Arrendadoras Financieras y 
Empresas de Factoraje Financiero que Formen Parte de Grupos Financieros que 
Incluyan Instituciones de Seguros y en el que no Participen Instituciones de Banca 
Múltiple y Casas de Bolsa . 
 
10.-Empresas de factoraje 
Son instituciones que adquieren derechos de crédito a favor de terceros a 
cambio de un precio determinado. Las Empresas de Factoraje Financiero pueden 
pactar la corresponsabilidad o no corresponsabilidad por el pago de los derechos de 
crédito transmitidos de quien vende dichos derechos. 
 
Las empresas de factoraje financiero son supervisadas por la Comisión Nacional 
Bancaria y de Valores (CNBV) y se rigen por lo dispuesto en la Ley General de 
Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito . Banco de México emite las 
Reglas a las que se Sujetarán las Posiciones de Riesgo Cambiario de las Arrendadoras 
Financieras y Empresas de Factoraje Financiero que Formen Parte de Grupos 
Financieros que Incluyan Instituciones de Seguros y en el que no Participen 
Instituciones de Banca Múltiple y Casas de Bolsa . 
 
11.-Almacenes Generales de Depósito 
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289 
 
 
Instituciones que tienen por objeto la guarda, conservación, manejo y control de 
bienes bajo su custodia que se encuentren amparados por certificados de depósito y 
bonos de prenda. 
 
Los Almacenes Generales de Depósito son supervisados por la Comisión 
Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) y se rigen por lo dispuesto en la Ley General 
de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito 
 
12.-Casas de cambio 
Instituciones que tienen por objeto la compra-venta habitual y profesional de 
divisas. 
 
Las casas de cambio son supervisadas por la Comisión Nacional Bancaria y de 
Valores (CNBV) y se rigen por lo dispuesto en la Ley General de Organizaciones y 
Actividades Auxiliares del Crédito . Banco de México, por su parte, emite las Reglas a 
las que se sujetarán las Casas de Cambio en sus operaciones . 
 
13.-Uniones de crédito 
Sociedades anónimas de capital variable cuyo objetivo es el de facilitar a sus 
socios la obtención e inversión de recursos para soportar las actividades de producción 
y/o servicios que éstos lleven a cabo. Las uniones de crédito podrán operar únicamente 
en las ramas económicas en que se realicen las actividades de sus socios. 
 
Estas instituciones se rigen por lo dispuesto en la Ley General de 
Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito y son supervisadas y autorizadas 
para operar por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) conforme a la 
facultad que le confiere el artículo 5 de la mencionada ley. 
 
14.-Grupos financieros 
Conjunto de Intermediarios Financieros administrados por una misma entidad 
“controladora”. El artículo 7 de la Ley para Regular Agrupaciones Financieras , describe 
bajo que circunstancias se crea un Grupo Financiero: 
 
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290 
 
 
“Los grupos a que se refiere la presente Ley estarán integrados por una 
sociedad controladora y por algunas de las entidades financieras siguientes: almacenes 
generales de depósito, arrendadoras financieras, empresas de factoraje financiero, 
casas de cambio, instituciones de fianzas, instituciones de seguros, sociedades 
financierasde objeto limitado, casas de bolsa, instituciones de banca múltiple, así como 
sociedades operadoras de sociedades de inversión y administradoras de fondos para el 
retiro. 
 
El grupo financiero podrá formarse con cuando menos dos tipos diferentes de las 
entidades financieras siguientes: instituciones de banca múltiple, casas de bolsa e 
instituciones de seguros. En los casos en que el grupo no incluya a dos de las 
mencionadas entidades, deberá contar por lo menos con tres tipos diferentes de 
entidades financieras de las citadas en el párrafo anterior que no sean administradoras 
de fondos para el retiro.” 
 
Los Grupos Financieros son supervisados por la Comisión Nacional Bancaria y 
de Valores (CNBV) . 
 
 
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291 
 
 
C) PROVEEDORES DE SERVICIOS FINANCIEROS 
 
Se entiende dentro de este grupo a aquellas empresas que brindan servicios de 
soporte directo o indirecto a los intermediarios financieros para que éstos a su vez 
puedan realizar sus actividades. 
 
1) Cámaras de compensación y liquidación 
2) Contrapartes centrales 
3) Bolsas de Valores y Derivados 
4) Depositarios de Valores (Custodios de Valores) 
5) Sociedades de Información Crediticia 
6) Calificadoras 
7) Proveedoras de Precios 
8) Empresas de Corretaje Electrónico 
 
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292 
 
 
1) Cámaras de compensación y liquidación 
Es una entidad central o mecanismo de procesamiento centralizado por medio 
del cual las instituciones financieras acuerdan intercambiar instrucciones de pago u 
otras obligaciones financieras. Las instituciones liquidan los instrumentos 
intercambiados en un momento determinado basándose en las reglas y procedimientos 
de la cámara de compensación. 
 
Cecoban : Institución privada cuyo objetivo es el de realizar procesos de 
compensación y transferencia de información de medios de pago al sector financiero. 
 
El Cecoban es la cámara de compensación de cheques y de trasferencias de 
bajo valor. 
 
Asigna : Fideicomiso que tiene por fin compensar y liquidar Contratos de Futuro 
y Contratos de Opción, así como actuar como contraparte central en cada operación 
que se celebre en la Bolsa Mexicana de derivados (MexDer), la cual se identifica con el 
nombre comercial de "Asigna, Compensación y Liquidación". 
 
2) Contrapartes centrales 
Tienen por objeto actuar como acreedoras y/o deudoras recíprocas de las partes 
respecto de las operaciones que los distintos intermediarios concierten con acciones 
inscritas en el Registro Nacional de Valores o derivados operados en el Mercado 
Mexicano de Derivados (MexDer) , para homologar, administrar y mitigar riesgos de 
crédito. 
 
En México operan las siguientes contrapartes centrales: 
 
Asigna : Funge como Contraparte Central en las operaciones de derivados 
concertadas a través del MexDer. 
 
Contraparte Central de Valores de México: Funge como contraparte en las 
operaciones de valores concertadas a través de la Bolsa Mexicana de Valores (BMV) . 
 
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293 
 
 
3) Bolsas de valores y derivados 
 
Sistema Bursátil 
¿Qué significa el término bursátil? 
 
Concerniente a las operaciones de la bolsa y a los valores cotizables. Cuando se 
usa para calificar un título o valor, se pretende significar su bursatilidad, es decir, la 
relativa facilidad con la que pueden comprarse o venderse y proporcionar liquidez. 
 
Bursatilidad :Grado de negociabilidad de un valor cotizado a través de la bolsa. 
Significa la posibilidad de encontrar compradores o vendedores del mismo con relativa 
facilidad. 
 
El sistema bursátil mexicano es el conjunto de organizaciones, tanto públicas 
como privadas, por medio de las cuales se regulan y llevan a cabo actividades 
crediticias mediante títulos-valor que se negocian en la Bolsa Mexicana de Valores, de 
acuerdo con las disposiciones de la Ley del Mercado de valores. 
 
El esquema de funcionamiento del sistema bursátil es el siguiente: 
 
 Oferentes y demandantes intercambian los recursos monetarios, obteniendo los 
primeros un rendimiento y pagando los segundos un costo, y ambos entran en 
contacto por medio de las casas de bolsa. 
 Las operaciones de intercambio de recursos se documentan mediante títulos-
valor que se negocian en la Bolsa Mexicana de Valores. 
 Tanto estos documentos como los agentes y casas de bolsa deben estar 
inscritos en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios. Los documentos 
además deben depositarse en instituciones para depósito de valores. 
 La Comisión Nacional de Valores supervisa y regula la realización de todas 
estas actividades y la Ley de Mercado de Valores reglamenta el sistema en 
general. 
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294 
 
 
 La Comisión Nacional Bancaria y de Valores supervisa al sistema Bursátil 
Mexicano de acuerdo con la Ley del Mercado de Valores y otras disposiciones. 
 
¿Qué son los valores? 
“Son valores las acciones, obligaciones y demás títulos de crédito que se metan en 
serie o en masa...” 
 
 
 
 
Mercado de Valores 
El mercado de valores es el conjunto de normas y participantes (emisores, 
intermediarios, inversionistas y otros agentes económicos) que tiene como objeto 
permitir el proceso de emisión, colocación, distribución e intermediación de los valores 
inscritos en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios. 
 
De acuerdo con el Articulo 3° de la Ley de Mercado de Valores, son valores las 
acciones, obligaciones y demás títulos de crédito que se emitan en serie o en masa. 
 
El mercado de valores es vital para el crecimiento y desarrollo de los países, 
pues permite a las empresas allegarse de recursos para la realización de nuevos 
proyectos de inversión optimizando su costo de capital y amplía las opciones de 
inversión disponibles para el público en general, brindándole la oportunidad de 
diversificar sus inversiones para obtener rendimientos acordes a los niveles de riesgo 
que esté dispuesto a asumir. 
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295 
 
 
 
El mercado primario y el mercado secundario 
 
El término mercado primario, se refiere a aquél en el que se ofrecen al público 
las nuevas emisiones de valores. Ello significa que a la tesorería del emisor ingresan 
recursos financieros. La colocación de los valores puede realizarse a través de una 
oferta pública o de una colocación privada. 
 
La Ley del Mercado de Valores en su Artículo 2° define que una oferta pública es 
aquélla que se haga por algún medio de comunicación masiva o a persona 
indeterminada para suscribir, enajenar o adquirir valores. 
 
Se conoce como mercado secundario a la compra-venta de valores existentes y 
cuyas transacciones se realizan en las bolsas de valores y en los mercados sobre el 
mostrador (over the counter). Cabe destacar que estas operaciones con valores en el 
mercado secundario ya no representan una entrada de recursos a la tesorería de los 
emisores. 
 
El objeto de la Bolsa de Valores es “facilitar las transacciones con valores y 
procurar el desarrollo del mercado respectivo” por medio de diversas actividades, entre 
las que se encuentran las siguientes: 
 
• Establecer locales, instalaciones y mecanismos que faciliten las relaciones y 
operaciones entre la oferta y la demanda de valores. 
• Ofrecer al público información sobre los valores inscritos en bolsa, sus emisores 
y las operaciones que en ellas se realicen. 
• Velar por el estricto apego de las actividades de sus socios a las disposiciones 
que les sean aplicables. 
• Certificar las cotizaciones en bolsa. 
• Realizar aquellas actividades análogas o complementarias de las anteriores, que 
autoricela SHCP, oyendo a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores. 
 
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296 
 
 
La operación de las bolsas de valores se hace mediante una concesión otorgada 
por la SHCP y sólo puede autorizarse el establecimiento de una bolsa en cada plaza. 
 
Debe constituirse como sociedades anónimas de capital variable. Actualmente 
sólo funciona en el país una bolsa de valores; la Bolsa Mexicana de Valores, S.A. de 
C.V. 
 
Mercado de 
Capitales 
Es la Actividad Financiera para instrumentos de deuda (bonos, 
obligaciones convertibles, acciones de voto limitado, entre otras) 
de relativamente largo plazo; así como los representativos de 
capital (acciones). 
Lo integran Emisores de deuda y capital, es por esta clasificación, 
en donde no se considera capital la concepción contable de las 
aportaciones de los socios de una empresa solamente, sino que, 
también a todos los instrumentos de inversión y financiamiento a 
largo plazo, e Inversionistas que concurren a este mercado en 
busca de una diversificación del riesgo a través de los 
instrumentos de largo plazo, contribuyendo en la formación del 
capital fijo de las empresas, así como en el financiamiento a largo 
plazo de estas. 
La característica de este Mercado, se fundamenta, en que la oferta 
y demanda de recursos son a mediano y largo plazo. 
 
 
Mercado de 
Instrumentos de 
Deuda 
Es el Mercado donde operan (C/P) los Valores cuyo rendimiento 
es predeterminado a un plazo dado (Bonos, Obligaciones, Títulos 
Bancarios, Instrumentos Gubernamentales, etc.). 
 
 
 
Mercado de Renta 
Variable 
Es el Mercado donde operan los Valores cuyo rendimiento 
depende de los resultados de las empresas que los emiten 
(Acciones). 
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297 
 
 
 
 
Mercado Principal Están registradas las Acciones de empresas que cumplen con los 
requisitos para estar en esta sección. 
 
 
Mercado 
Intermedio 
Está destinado a la negociación de Acciones emitidas por 
empresas medianas; que no cumplen con las características 
requeridas por el Mercado Principal en cuanto al tamaño de 
empresa, operatividad, liquidez y pulverización. 
 
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298 
 
 
Instrumentos del Mercado de Capitales (Continúa) 
 
 
Instrumentos Obligaciones Pagaré de Mediano Plazo 
 
Pagaré Financiero 
 
Concepto 
 
 
 
Son títulos de crédito 
nominativos que 
representan una 
deuda para el emisor 
y un crédito colectivo 
para los compradores 
o inversionistas. 
Título de crédito colectivo 
emitido por una sociedad 
mercantil, comercial o 
industrial 
Título de crédito emitido por 
empresas de factoraje y 
arrendamiento financiero. 
Destino de los 
Recursos 
 
Financiar proyectos a 
largo plazo de la 
empresa emisora 
 
Obtener financiamiento a 
mediano plazo para la 
empresa emisora 
 
Obtener financiamiento a 
mediano plazo para la 
empresa emisora 
 
Agentes 
Colocadores 
Casas de Bolsa Casas de Bolsa Casas de Bolsa 
Garantía 
 
Pueden ser: 
 
La garantía puede ser: 
 
La garantía puede ser: 
 
 Hipotecaria 
 
 Quirografaria 
 
 Quirografaria 
 
 Quirografaria 
 
 Fiduciaria 
 
 Fiduciaria 
 
 Prendarias 
 Fiduciarias 
Denominación 
 
 
Su valor es de 
$100.00 o sus 
múltiplos. 
 
Su valor nominal es de 
$100.00 o sus múltiplos. 
 
Su valor nominal es de 
$100.00 o sus múltiplos. 
 
Plazo de Vencimiento 
 
Generalmente entre 3 
y 10 años 
Entre 1 y 3 años. Entre 1 y 3 años 
Emisor 
 
Sociedades 
Mercantiles 
Sociedades Mercantiles Sociedades Mercantiles 
Rendimiento 
 
Determinado por el 
emisor, éste puede 
ser mensual, 
trimestral, semestral, 
etc. 
Mensual o trimestral, con 
base en una tasa de interés 
referida al valor del título, más 
ganancia de capital. 
Mensual o trimestral, con 
base en una tasa de interés 
referida al valor del título, 
más ganancia de capital. 
 
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299 
 
 
Conceptos Aplicables en el Mercado de Capitales 
 
 
¿Cómo se 
determina el 
rendimiento de una 
Acción? 
 
Se integra de los dividendos que recibe el inversionista, más la 
ganancia de capital, que es la diferencia entre el precio de venta y 
el de compra. 
 
 
Factores que 
influyen en el 
comportamiento 
de los precios 
accionarios: 
• Resultados financieros y noticias relevantes de la emisora. 
 
• Evolución de las variables macroeconómicas tanto nacionales 
como internacionales. 
 
• Comportamiento de los mercados financieros internacionales. 
 
 
¿Cuáles son los 
instrumentos de renta 
fija dentro del Mercado 
de Capitales? 
Son las obligaciones, pagarés de mediano plazo, pagarés 
financieros y certificados de participación. 
¿Qué es una obligación? 
Son títulos de crédito nominativos que representan una deuda 
para el emisor y un crédito colectivo para los compradores o 
inversionistas. 
Existen diferentes tipos de obligaciones: 
 
 Quirografarias.- Sin garantía específica. 
 Hipotecarias.- Garantizadas con un bien inmueble. 
 
Indexadas.- Su rendimiento está referido a un índice (por ejemplo el Índice Nacional 
de Precios al Consumidor). 
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300 
 
 
 
Subordinadas Convertibles.- Después de un plazo pueden o deben convertirse en 
acciones. 
 
¿Cuáles son las características y derechos que confieren las obligaciones a sus 
tenedores? 
Por su naturaleza, tienen un plazo definido y otorgan un rendimiento acordado y 
estipulado con anterioridad a su colocación en el mercado y, reciben del emisor los 
intereses y el valor nominal en una serie de periodos preestablecidos, cuyo cálculo se 
establece en el acta de emisión. 
 
¿Qué es un certificado de participación? 
Es un título de crédito que representa el derecho a una parte alícuota de los frutos o 
rendimientos de los valores, derechos o bienes de cualquier clase que tenga en 
fideicomiso irrevocable para ese propósito la sociedad fiduciaria que los emita. 
 
¿Qué derechos confiere al tenedor? 
La participación a una parte alícuota del derecho de propiedad o de la titularidad, o bien 
el derecho del producto neto que resulte de la venta de dichos bienes, derechos o 
valores. 
 
¿Que son los títulos Opcionales? 
Los Warrants son aquellos documentos que confieren a sus tenedores, a cambio del
pago de una prima de emisión, el derecho de comprar o el derecho de vender al emisor
un determinado número de acciones a las que se encuentran referidos, de un grupo o
canasta de acciones, o bien de recibir del emisor una determinada suma de dinero
resultante de la variación de un índice de precios, a un cierto precio y durante un periodo
o en una fecha establecidos al realizarse la emisión. 
 
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301 
 
 
Instrumentos en el Mercado de Dinero 
 
 
PRINCIPALES INSTRUMENTOS DEL MERCADO DE TITULOS DE DEUDA EMITIDOS POR EL GOBIERNO 
FEDERAL 
 
Instrumentos Cetes Ajustabonos Bondes Udibonos
Concepto 
Titulo de crédito al 
portador en los que se 
consigna la obligación 
del Gobierno Federal a 
pagar su valor nominal 
al vencimiento. 
Título de crédito a 
mediano plazo, en 
donde se consigna 
la obligación del 
Gobierno Federal a 
liquidar una suma 
de dinero que se 
ajusta de acuerdo al 
INPC. 
Titulo de crédito , 
negociable, en los cuales 
se consigna la obligación 
directa e incondicional del 
Gobierno Federal a liquidar 
una suma de dinero; con 
cortes periódicos de 
cupón. 
Son bonos de 
desarrollo del 
Gobierno Federal 
denominados en 
Unidades de 
Inversión a 
mediano y largo 
plazo. 
Objetivo Regulación monetaria y de tasas de interés. 
Brindar la opción de 
ahorro a largo plazo, 
sin merma en los 
rendimientos reales.Financiar proyectos de 
inversión del Gobierno 
Federal. 
Proteger la 
inversión de 
problemas de 
tipo inflacionario 
para mantener el 
poder adquisitivo 
del capital. 
Destino de los Recursos Financiamiento del Gobierno Federal 
Obtener recursos 
financieros a largo 
plazo para el 
gobierno Federal. 
Financiar al Gobierno 
Federal a mediano y largo 
plazo. 
Financiar al 
Gobierno Federal 
a mediano y 
largo plazo. 
Agentes Colocadores Banco de México Banco de México Banco de México Banco de México 
Garantía Respaldo absoluto del Gobierno Federal 
Respaldo absoluto 
del Gobierno 
Federal. 
Respaldo absoluto del 
Gobierno Federal. 
Respaldo 
absoluto del 
Gobierno 
Federal. 
Denominación 
En moneda nacional y 
su valor nominal es de 
$10.00. 
En moneda nacional 
y su valor nominal 
inicial es de 
$100.00. 
En moneda nacional y su 
valor nominal es de 
$100.00 o sus múltiplos. 
En UDIs y su 
valor nominal es 
de 100 UDIs. 
Plazo de Vencimiento De 7 a 728 días. 
Actualmente existen 
emisiones a 3 y 5 
años. 
Actualmente existen 
emisiones a 364, 532 , 728 
y, recientemente a plazo 
de 1092 días. 
Actualmente 
existen 
emisiones de 2 y 
5 años. 
Emisor Gobierno Federal Gobierno Federal Gobierno Federal Gobierno Federal 
Rendimiento 
Se venden a 
descuento. El 
rendimiento se obtiene 
al comparar la 
ganancia obtenida 
respecto a la inversión 
original. 
Estará referido al 
valor y adquisición 
de los títulos y la 
tasa real que 
devenguen. 
Intereses pagaderos cada 
28 días sobre el valor 
nominal. Las nuevas 
emisiones pagan intereses 
cada 91 días sobre valor 
nominal. 
La tasa de 
interés es fija y 
se paga cada 
182 días. A su 
amortización el 
valor nominal de 
los títulos en 
UDIs es 
convertido a 
moneda nacional 
y se paga en una 
sola exhibición.
 
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302 
 
 
 
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303 
 
 
SECTOR PRIVADO Y BANCARIO 
 
Instrumentos Aceptación Bancaria Papel Comercial 
Concepto 
Son letras de cambio giradas a corto plazo 
por empresas pequeñas y aceptadas por una 
institución de crédito a su propia orden, con 
base en líneas de crédito que dichas 
instituciones han otorgado previamente a la 
empresa emisora. 
Pagare negociable sin garantía específica o 
avalado por una institución de crédito, en el 
cual se estipula una deuda a corto plazo 
pagadera en una fecha determinada. 
Objetivo Fuente de financiamiento de corto plazo para las empresas. Fuente de financiamiento a corto plazo. 
Destino de los Recursos Dotar de recursos frescos a la pequeña y mediana empresa. 
Financiar el capital de trabajo de la empresa 
que lo emite. 
Agentes 
Colocadores Casas de Bolsa Instituciones de Crédito Casas de Bolsa 
Garantía Están respaldados por la solvencia del banco aceptante. Lo respalda el prestigio de la empresa. 
Denominación En moneda Nacional y su valor nominal es de $100.00 o sus múltiplos.
En moneda nacional y su valor nominal es 
de $100.00. 
Plazo de Vencimiento Entre 7 y 182 días En múltiplos de 7 días. De 7 a 360 días. 
Emisor Personas Morales, aceptadas por instituciones de crédito Sociedades Mercantiles 
Rendimiento 
Se venden a descuento. No generan 
intereses y su rendimiento se basa en el 
diferencial entre el precio de compra y el 
precio de amortización (valor nominal en la 
fecha de vencimiento). 
Se venden a descuento. No generan 
intereses y su rendimiento se determina 
entre el precio de compra y el precio de 
venta (valor nominal en la fecha de 
vencimiento del pagaré que representa la 
emisión). 
 
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304 
 
 
Conceptos de Mercado de Dinero 
 
 
¿Qué es el 
Mercado de 
Títulos de Deuda? 
 
En el Mercado de Títulos de Deuda, se negocian títulos de crédito de 
corto, mediano y largo plazo, cuya característica principal es que son 
de alta liquidez. 
 
 
¿Cuáles son las 
características 
principales del 
Mercado de 
Títulos de Deuda? 
En el Mercado de Títulos de Deuda, se negocian títulos de crédito de 
corto, mediano y largo plazo, cuya característica principal es que son 
de alta liquidez. 
 
 Alta bursatilidad 
 Alta liquidez 
 Bajo riesgo 
 Plazo definido 
 Representan una deuda o crédito colectivo 
 
 
¿Cuáles son los 
participantes de 
este Mercado ? 
 
Para que este Mercado funcione, se requiere de la participación de 
diferentes actores: 
 
 Oferentes.- Son aquellos que llevan los recursos al 
mercado (ahorradores e inversionistas). 
 Demandantes.- Son aquellos que requieren del 
financiamiento para satisfacer sus necesidades de capital 
de trabajo o de dinero. 
 Intermediarios.- Son las Casas de Bolsa y Bancos. 
 
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305 
 
 
Conceptos de Mercado de Dinero (Continúa) 
 
 
 
¿Cómo se clasifican 
los instrumentos del 
Mercado de Títulos de 
Deuda? 
 
Los instrumentos de este mercado representan una deuda o un crédito 
colectivo. Estos se clasifican en: 
 
 Instrumentos Gubernamentales 
 Instrumentos del Sector Privado 
 
 
¿Cuáles son los 
Instrumentos 
Gubernamentales? 
Los principales Instrumentos Gubernamentales son: 
 
 Cetes 
 Ajustabonos 
 Bondes 
 Udibonos 
 
 
¿Cuáles son los 
Instrumentos del 
Sector Privado y 
Bancario? 
 
Los Instrumentos emitidos por el Sector Privado y Bancario son: 
 
 Aceptaciones Bancarias 
 Papel Comercial 
 Pagare con Rendimiento Liquidable al 
Vencimiento 
 Udibonos 
 Bonos Bancarios 
 Bonos de Infraestructura 
 Certificados de Depósito 
 Certificados de Participación referidos a Deuda 
 
 
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306 
 
 
¿Cómo se agrupan 
los instrumentos del 
Mercado de Títulos de 
Deuda para fines de 
analizar su 
rendimiento? 
Estos instrumentos pueden agruparse en dos categorías: 
 
a) Instrumentos colocados a tasa de descuento 
b) Instrumentos colocados a precio. 
 
 
¿Cuáles son las 
características de los 
instrumentos 
colocados a tasa de 
descuento? 
Son aquellos cuyo diseño no contempla el pago de intereses. Esto es, 
son los instrumentos cuyo rendimiento estará dado exclusivamente 
por el diferencial entre el precio de compra y el monto que se recibirá 
al finalizar el plazo de vencimiento (valor nominal). 
 
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307 
 
 
Conceptos de Mercado de Dinero (Continúa) 
 
 
 
¿Cuáles son las 
características de los 
instrumentos cuyo 
Rendimiento puede 
tomar cualquier forma 
y que no están 
incluidos en los 
instrumentos a tasa 
de descuento? 
Son los instrumentos que estipulan el pago, en fechas establecidas, 
de rendimientos calculados sobre el valor nominal a tasas de interés 
predeterminadas, que pueden ser fijas o variables. Estos 
rendimientos se conocen como intereses y se dan en los instrumentos 
que cotizan a precio, es decir, en los que se determina el valor de 
negociación en pesos. 
 
 
¿Cuáles son los 
instrumentos que 
brindan cobertura 
cambiaria? 
 
Son aquellos que están nominados en moneda extranjera por lo que 
otorgan interés con referencia a la divisa que representan, son 
pagaderos en moneda nacional, brindan la oportunidad de eliminar el 
riesgo cambiario. 
 
El principal instrumento que brinda cobertura cambiaria es el Papel 
Comercial Indizado. 
 
 
¿Cuál es el riesgo de 
los Cetes? 
A No tiene riesgo de crédito, toda vez que son emitidos por el 
Gobierno Federal de los Estados Unidos Mexicanos, y 
 
B A pesar de lo anterior, estos instrumentos están sujetos a riesgos 
por movimientos en las tasas de interés. 
 
 
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308 
 
 
Las sociedades de inversión,mejor conocidas como fondos, son la forma más 
accesible para que los pequeños y medianos inversionistas puedan beneficiarse del 
ahorro en instrumentos bursátiles. El inversionista compra acciones de estas 
sociedades cuyo rendimiento está determinado por la diferencia entre el precio de 
compra y el de venta de sus acciones. Los recursos aportados por los inversionistas 
son aplicados por los fondos a la compra de una canasta de instrumentos del mercado 
de valores, procurando la diversificación de riesgos. 
 
Estas instituciones forman carteras de valores o portafolios de inversión con los 
recursos que captan del público inversionista. La selección de estos valores se basa en 
el criterio de diversificación de riesgos. Al adquirir las acciones representativas del 
capital de estas sociedades, el inversionista obtiene ventajas tales como la 
diversificación de sus inversiones, principio fundamental para disminuir el riesgo y, la 
posibilidad de participar del Mercado de Valores en condiciones favorables sin importar 
el monto de los recursos aportados. 
 
Para un inversionista pequeño o mediano, adquirir unitariamente instrumentos 
del mercado de valores, equivaldría a concentrar excesivamente su inversión. Ello, sin 
considerar que, en muchos casos, son elevados los montos mínimos exigidos para la 
compra de un instrumento bursátil en particular. En una sociedad de inversión, en 
cambio, los recursos del inversionista se suman a los de otros, lo que permite ampliar 
las opciones de valores bursátiles consideradas. 
 
Adicionalmente, no todos los inversionistas cuentan con el tiempo o los 
conocimientos requeridos para participar por cuenta propia en el mercado de valores, 
por lo que dicha tarea y habilidad queda en manos de los profesionales que trabajan en 
las operadoras de sociedades de inversión, las cuales funcionan de manera 
independiente o como subsidiarias de intermediarios financieros. 
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309 
 
 
 
• En México, el público interesado en recibir asesoría e invertir en sociedades de 
inversión puede acudir con cualquiera de los intermediarios siguientes: 
• Casas de bolsa. 
• Bancos. 
• Operadoras independientes de Sociedades de Inversión. 
 
IMPORTANCIA 
Importancia de las Sociedades de Inversión 
Las sociedades de inversión cumplen varias funciones importantes para el 
conjunto de la actividad económica del país, entre las que se pueden destacar: 
 
• Fomentar el ahorro interno al ofrecer más opciones de inversión atractivas para 
los ahorradores nacionales. 
• Contribuir a captar ahorro externo como complemento del interno al permitir la 
compra de acciones de sociedades de inversión a inversionistas extranjeros. 
• Participar en el financiamiento de la planta productiva al canalizar recursos de 
los inversionistas a la compra de acciones y títulos de deuda emitidos por las 
empresas y el gobierno, con los que financian proyectos de modernización y 
ampliación. 
• Fortalecer el mercado de valores al facilitar la presencia de un mayor número de 
participantes. 
• Propician la democratización del capital al diversificar su propiedad accionaria 
entre varios inversionistas. 
 
CLASIFICACION 
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310 
 
 
De acuerdo a la Ley de Sociedades de Inversión existen tres tipos: 
• Sociedades de inversión en instrumentos de deuda. 
• Sociedades de inversión de renta variable. 
• Sociedades de inversión de capitales. 
 
• Sociedades de Inversión en instrumentos de deuda. 
Estas sociedades sólo pueden invertir en instrumentos de deuda y cuya utilidad 
y pérdida neta se asigna diariamente entre los accionistas. Las primeras de estas 
sociedades iniciaron su operación a finales de 1983, y básicamente se constituyeron 
como fondos de mercado de dinero, es decir las características básicas que ofrecían 
estas sociedades eran alta liquidez y rendimiento, y por consiguiente su cartera se 
encontraba invertida en instrumentos de mercado de dinero. 
 
Los posibles adquirentes para este tipo de Sociedades de Inversión para 
personas físicas son los siguientes: 
 
• Personas morales mexicanas o extranjeras 
• Instituciones de crédito. 
• Fideicomisos cuyos fideicomisarios sean personas morales 
• Entidades extranjeras 
• Agrupaciones de personas morales extranjeras 
• Dependencias y entidades de la administración pública federal y de los 
estados, 
• Municipios 
• Fondos de ahorro y pensiones 
• Instituciones de seguros y fianzas 
• Uniones de crédito 
• Arrendadoras 
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311 
 
 
Las características de estas son: 
• Representan un instrumento de inversión a bajo riesgo, con atractivos 
rendimientos y con liquidez. 
• Captan recursos adicionales para financiar instrumentos del mercado de 
dinero y de capitales. 
• Por su naturaleza las emisiones adquiridas son tomadas hasta el 
vencimiento. 
• Con las alzas de tasas de interés, al ajustarse los precios de mercado de 
los instrumentos de inversión, el precio de la sociedad puede disminuir, 
ajustando al alza sus nuevos rendimientos. 
• Reinversión automática. 
• Valuación constante de sus activos. 
 
Invierten en instrumentos de deuda que pagan una tasa de interés (fija o 
variable) en un plazo de vencimiento preestablecido. Los títulos de deuda de mediano 
y largo plazo pagan el principal al vencimiento y periódicamente los intereses. La tasa 
se revisa para adaptarla a las condiciones del mercado; esto significa que puede ser 
más alta o más baja de la pactada al momento de la compra del titulo. 
El horizonte de inversión en los fondos de deuda es más flexible, pues lo mismo hay un 
instrumento de muy corto plazo, que de mediano y largo vencimiento. 
 
• Sociedades de Inversión De Renta Variable. 
Fueron las primeras en aparecer en el país y sus activos se invierten en valores 
de renta variable e instrumentos de deuda. Pueden invertir personas físicas y personas 
morales. 
El inversionista obtiene una ganancia de capital que consiste en la diferencia 
entre el precio de venta y el precio de compra. Esta ganancia es exenta de impuestos 
para las personas físicas y es acumulable para las personas morales. 
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312 
 
 
Son fondos de alto riesgo, por lo que su horizonte de inversión es a largo plazo. 
Esto quiere decir que el inversionista debe estar dispuesto a dejar madurar su inversión 
(más de un año) para obtener buenos resultados. Los datos son contundentes: en el 
largo plazo, la inversión en acciones es la opción que mejores rendimientos otorga. 
Los portafolios de renta variable están integrados por acciones de empresas que 
cotizan en el mercado accionario. Algunos también destinan un porcentaje a la 
inversión en instrumentos de deuda. Las posibilidades de que caiga el valor de los 
fondos se reduce significativamente, ya que están integrados por acciones de 
empresas ubicadas en diferentes sectores de la economía (construcción, alimentos. 
Bebidas, telecomunicaciones, cemento, etc.) de tal manera que resulta prácticamente 
imposible que el precio de todas disminuya al mismo tiempo. (aseguran el principio 
de dispersión de los riesgos en la composición de su cartera. 
Las Sociedades de Inversión de Capitales ( SINCAS ) invierten sus recursos de 
manera temporal en empresas que por sus características particulares presentan 
viabilidad financiera e importante capacidad de desarrollo productivo que derivan en un 
retorno sobre el capital invertido de la SINCA. 
Operaciones de Reportos 
El reporto es la figura de compra venta más recurrente del 
mercado de dinero. Es una operación habitual en todo el mundo 
donde, como en México tiene su máxima utilización

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