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COMPENDIO DE INCENTIVOS Y PROGRAMAS PARA LA CONSERVACIÓN DE LOS RECURSOS NATURALES EN PUERTO RICO Esta publicación fue posible gracias a una subvención del Servicio Forestal del Departamento de Agricultura de los Estados Unidos de América. 2 Compendio de Incentivos y Programas para la Conservación de los Recursos Naturales en Puerto Rico Esta publicación fue preparada por el Centro de Estudios para el Desarrollo Sustentable (CEDES) de la Universidad Ana G. Méndez (UAGM), Recinto de Cupey en colaboración con Envirosurvey, Inc. Fue posible gracias a una subvención del Servicio Forestal del Departamento de Agricultura de los Estados Unidos de América*, con el coauspicio del Servicio Federal de Pesca y Vida Silvestre del Departamento del Interior de los Estados Unidos. TERCERA EDICIÓN (2019) Derechos de autor @ 2019. Universidad Ana G. Méndez Descargo de responsabilidad Debido a los continuos cambios en los incentivos y programas incluidos en el Compendio, sugerimos a los lectores la corroboración de la información con las respectivas agencias. Para información: CEDES/Escuela de Ciencias, Tecnología y Ambiente PO Box 21150 San Juan, PR 00928-1150 (787) 766-1717, Exts. 6351, 6638 http://websites.suagm.edu/cedes/ Foto de portada: Gerald Bauer (IITF, USDA-FS) *El Departamento de Agricultura de Estados Unidos (USDA) es un proveedor, empleador y prestador que ofrece igualdad de oportunidades. 3 CRÉDITOS Director del CEDES Carlos R. Morales Agrinzoni Revisión, Redacción y Edición (2019) Doris J. Morales Rodríguez Coordinadora de Proyecto, CEDES Jennifer Cruz Marrero Artista Gráfica (2019) Anayarí Fernández Martín Fotografía Jorge Báez Efra Figueroa Gerald Bauer Magaly Figueroa Servicio Federal de Pesca y Vida Silvestre Para la Naturaleza Iván Vicéns Nidia Trejo José A. Vargas Carlos Pacheco Javier Almeyda Servicio de Conservación de Recursos Naturales José A. Torres Alexandra Galindo Ernesto Díaz COLABORADORES Servicio Forestal del Departamento de Agricultura de los Estados Unidos Ariel Lugo Director del Instituto Internacional de Dasonomía Tropical Magaly Figueroa Directora de Programas de Forestación en Terrenos Públicos y Privados Instituto Internacional de Dasonomía Tropical Maya Quiñones Instituto Internacional de Dasonomía Tropical Departamento de Recursos Naturales y Ambientales de Puerto Rico Alberto Mercado Director del Negociado de Manejo de Áreas Naturales Protegidas y Servicio Forestal y Dasónomo de Puerto Rico Rodrigo Matta Negociado de Manejo de Áreas Naturales Protegidas y Servicio Forestal Rosamaría Quiles Gutiérrez Negociado de Manejo de Áreas Naturales Protegidas y Servicio Forestal Enrique Santiago Irizarry Negociado de Manejo de Áreas Naturales Protegidas y Servicio Forestal 4 Mabel Rivera Sanabria Directora de la División de Bienes Inmuebles Carlos J. Cruz Quiñones División de Bienes Inmuebles Vicente Quevedo Bonilla Asesor técnico del Área de Planificación Integral Aida Martínez Medina División de Patrimonio Natural Ernesto L. Díaz Director del Programa de Manejo de Zona Costanera y Cambios Climáticos Para la Naturaleza, una unidad del Fideicomiso de Conservación de Puerto Rico Gustavo Altieri Figueroa División de Conservación de Terrenos Servicio Federal de Pesca y Vida Silvestre, Departamento del Interior de los Estados Unidos Iván Llerandi Román Coordinador de Programas de Restauración de Hábitats en el Caribe Alexandra Galindo Bióloga de pesquería, Programas de Restauración de Hábitats en el Caribe Servicio de Conservación de Recursos Naturales, Departamento de Agricultura de los Estados Unidos José A. Castro Subdirector del Área del Caribe Foto: Gerald Bauer (IITF, USDA-FS). 5Foto: Gerald Bauer (IITF-USDA, FS). Manuel Ríos Especialista de Programas Agencia de Servicios al Agricultor del Departamento de Agricultura de los Estados Unidos Wanda Pérez Directora ejecutiva del Área del Caribe Servicio de Extensión Agrícola, Universidad de Puerto Rico, Recinto de Mayagüez José A. Torres Castillo Líder del Programa de Agricultura, Mercadeo y Recursos Naturales Programa Sea Grant de la Universidad de Puerto Rico Cynthia Alvarado Coordinadora de la Sección de Comunicaciones Administración Nacional Oceánica y Atmosférica, Departamento de Comercio de los Estados Unidos Eileen Alicea Analista de Programas de Manejo Costero Reconocemos y agradecemos la colaboración en este trabajo, del doctor René Labarca Bonnet, exrector del Recinto de Cupey de la UAGM. Nota: La primera edición de esta publicación fue desarrollada en el 2007 por Jorge A. Báez Jiménez, Nidia A. Trejo Ricaño y Kathryn A. González, miembros de la organización sin fines de lucro, Envirosurvey, Inc., y editada por María Calixta Ortiz Rivera. La segunda edición fue revisada y redactada en el 2008 por Carmen Guerrero Pérez, planificadora y consultora ambiental. Ambas ediciones estuvieron bajo la dirección de María Juncos Gautier, exdirectora del Centro de Estudios para el Desarrollo Sustentable. El diseño gráfico original es de Gladys Serrano, quien trabajó en las ediciones de 2007 y 2008. Agradecemos a todas aquellas personas que, en representación de sus organizaciones, colaboraron en la producción del Compendio, tanto en esta edición como en las anteriores. 6 CONTENIDO 1. Objetivo del Compendio 8 2. Importancia de la conservación de la riqueza biológica en terrenos privados 8 3. Metodología y organización del Compendio 10 4. Fichas por categoría 12 Categoría 1 Designación de áreas naturales protegidas, servidumbres de conservación y áreas de planificación especial 13 Bosques Auxiliares Estatales 14 Programa de Patrimonio Natural de Puerto Rico 16 Servidumbres de Conservación y Donación de Terrenos Privados 18 Programa de Servidumbres de Conservación Agrícola 21 Programa de Legado Forestal 23 North America Wetlands Conservation Grant (NAWCG) 27 Categoría 2 Manejo, mejoramiento y conservación del hábitat y de las especies en peligro de extinción 29 Programa Compañeros para la Vida Silvestre 30 Safe Harbor Agreements (SHA) 32 Acuerdos para la Conservación de Especies Candidatas 34 Plan de Conservación del Hábitat 36 Categoría 3 Uso sustentable, restauración y conservación de recursos forestales 39 Programa para la Custodia de Bosques Privados 40 Programa de Reforestación Urbana y Comunidades 42 Bosque Nacional El Yunque. Foto: Gerald Bauer (IITF, USDA-FS). 7Playa Zoni en Culebra. Foto: USFWS. Categoría 4 Manejo sustentable de terrenos agrícolas y rurales para la conservación de recursos naturales 45 Programa de Asociación Regional para la Conservación 46 Programa de Incentivos para la Calidad Ambiental 48 Programa de Administración en la Conservación 50 Programa de Concesiones para Innovaciones en la Conservación 52 Programa de Conservación de Emergencia 54 Programa de Reservas para la Conservación 56 Asistencia Técnica para la Conservación 58 Agricultura, Mercadeo y Recursos Naturales 60 Categoría 5 Manejo y conservación de recursos costeros y marinos 63 Programa de Manejo de la Zona Costanera 64 Programa Sea Grant de la Universidad de Puerto Rico 66 Programa Costero 68 Community-based Restoration Program-Coastal and Marine Habitat Restoration Grants 72 Glosario de términos, Referencias y Anejos 75 Referencias 79 Anejo 1 Oficinas Regionales del Departamento de Recursos Naturalesy 82 Ambientales de Puerto Rico Anejo 2 Centros Regionales del Servicio de Conservación de Recursos Naturales y 83 de la Agencia de Servicios al Agricultor del Departamento de Agricultura de los Estados Unidos Anejo 3 Oficinas Regionales y Municipales del Servicio de Extensión Agrícola 85 de la Universidad de Puerto Rico, Recinto de Mayagüez 8 Tabla 1. Aspectos relevantes de la biodiversidad de Puerto Rico Componente Dimensión Zonas de vida Bosque subtropical seco, bosque subtropical húmedo, bosque subtropical muy húmedo, bosque subtropical lluvioso, bosque subtropical muy húmedo montano bajo y bosque subtropical lluvioso montano bajo. Plantas vasculares Cerca de 2,912 especies, de las cuales 243 son endémicas. En árboles se han descrito 750 especies, de las cuales 547 son nativas y 203 introducidas (naturalizadas). De este grupo, 26 especies son vulnerables o en peligro de extinción. Anfibios 25 especies, de las cuales 22 son vulnerables o en peligro de extinción. De este grupo, 18 son coquíes. Reptiles 42 especies endémicas de un total de 55 especies. De este grupo, 9 especies son vulnerables o en peligro de extinción. Aves 20 especies endémicas a Puerto Rico de un total de 332 especies. De este grupo, 17 son vulnerables o en peligro de extinción. Mamíferos terrestres 13 especies de murciélagos, de las cuales una es endémica. Fuentes: Ewel & Whitmore (1973); Estudios Técnicos, Inc. (1998); Joglar (2005); Sociedad Ornitológica Puertorriqueña (2007); Axelrod, F.S (2011); WSFWS (2016); DRNA (2017). Compendio de Incentivos y Programas para la Conservación de los Recursos Naturales en Puerto Rico El Compendio de 2019, igual que los anteriores (2007 y 2008), tiene el objetivo de difundir y facilitar el uso de los incentivos y programas disponibles para las prácticas inteligentes de conservación de recursos naturales entre los propietarios de terrenos privados y en terrenos de dominio público en Puerto Rico. La mayoría de la riqueza biológica contenida en los bosques de Puerto Rico se encuentra en manos privadas. Las áreas de bosques cubren un 54.7% del territorio. De esta cantidad, el 85.1% está en propiedad privada. Los bosques restantes son administrados por el Gobierno de Puerto Rico (11.1%) y por el Gobierno federal (3.7%) (Brandeis & Turner, 2013). La riqueza biológica de un país o una región en el planeta se mide a través del concepto científico de biodiversidad, el cual incluye el número de ecosistemas y ambientes presentes, la 1. Objetivo del Compendio Para las agencias e instituciones encargadas de la conservación y el manejo sustentable de los recursos naturales en Puerto Rico, el Compendio es, además de una importante referencia, una herramienta práctica para facilitar la implementación de los programas e incentivos que aquí se describen. 2. Importancia de la conservación de la riqueza biológica en terrenos privados riqueza de especies que albergan, su variabilidad genética y la diversidad cultural humana relacionada. En este sentido —a pesar de su tamaño relativamente pequeño (2,264,403 cuerdas o 894,913 ha) y su ubicación alejada de la masa continental (490 millas)— Puerto Rico alberga una importante biodiversidad que incluye 6 zonas de vida que abarcan desde el bosque subtropical seco hasta el bosque subtropical lluvioso montano bajo (Ewel & Whitmore, 1973). 9 Como parte de su riqueza biológica, Puerto Rico posee alrededor de 2,912 especies de plantas vasculares, de las cuales 243 son endémicas. Se han descrito 547 especies nativas de árboles, y otras 203 introducidas se han naturalizado. De este grupo, 26 especies están catalogadas como vulnerables o en peligro de extinción. Entre la fauna, los anfibios están representados por 24 especies, 9 de las cuales son vulnerables o están en peligro de extinción. Destacan los reptiles con 55 especies, de las cuales 42 son endémicas y 9 son vulnerables o en peligro de extinción. De un total de 332 especies de aves, 17 especies y 3 subespecies son endémicas, y 17 son vulnerables o están en peligro de extinción. En cuanto a los mamíferos terrestres existen 13 especies de murciélagos, de las cuales una es endémica y 6 son clave para la salud del bosque tropical debido a que contribuyen a la expansión de bosques al ayudar a la dispersión de semillas y al control de insectos potencialmente dañinos para el ser humano y sus actividades (ver Tabla 1). Los diferentes tipos de hábitats que sustentan la riqueza biológica de Puerto Rico han estado sujetos a transformación por las actividades económicas. A lo largo de la historia, el uso del suelo en Puerto Rico ha cambiado radicalmente. A principios del siglo XVI, el área total de la Isla estaba cubierta con bosques maduros. Desde el siglo XIX hasta la década de los cuarenta, la cobertura forestal de Puerto Rico sufrió cambios dramáticos causados por el establecimiento de pastizales y cultivos agrícolas. La superficie forestal se redujo hasta un 6% del área total (Durland, 1929; Gill, 1931; Wadsworth, 1950; Koenig, 1953; Little & Wadsworth, 1964; Little et al., 1974; Franco et al., 1990; y Helmer et al.,2002). Entre 1950 y 1990, el cambio del desarrollo agrícola a uno industrial marcó un periodo de recuperación de la cubierta forestal, la cual incrementó de 6% a un 32%. Los cambios en la superficie forestal han respondido a la dinámica de uso del suelo y a la metodología utilizada para determinar el tamaño de los mismos. En comparación con los inventarios forestales anteriores, el estudio de la cubierta forestal realizado por Helmer et al. (2002), arrojó una superficie equivalente al 41% del área total de la Isla. Este cambio en la superficie forestal, se debe a que el estudio abarcó asociaciones nuevas de vegetación, así como la superficie de las islas de Desecheo y Mona. El estudio más reciente (Brandeis & Turner, 2013) arrojó una superficie de 54.7% en la isla grande, en comparación con un 53% en el 2007 (Gould et al.), la cual incluye bosques abiertos y arbustos. Se reportó, además, un 90% y un 74% en las islas municipio de Culebra y Vieques, respectivamente (Brandeis & Turner, 2013). A pesar de la tendencia positiva en el incremento de la cobertura forestal, la composición de los bosques es secundaria y tan solo el 1% pertenece a bosques primarios. Además, el modelo actual de desarrollo y la forma desparramada de crecimiento urbano amenaza la continuidad de la cobertura forestal y sus beneficios ambientales, así como la producción de agua para consumo humano y la protección del suelo contra la erosión. De acuerdo con Franco et al. (1990) el cambio positivo de la cubierta forestal es afectado por: 1. El cambio frecuente de uso forestal por cultivos agrícolas y pastizales. 2. Una densidad poblacional alta (cerca de 1,100 personas por milla cuadrada) y la proporción alta de tierras de propiedad privada, la cual se encuentra dividida en pequeños parches en los que el uso del suelo cambia constantemente por el crecimiento urbano no planificado que crea un complejo patrón desarticulado a través del territorio. 3. El uso de terrenos abandonados que son utilizados para agricultura, ganadería o para el establecimiento de residencias y comercios. Aunque se registró un aumento significativo en la superficie forestal protegida del territorio, de un 7.6% (Gould et al., 2007) a un 16% (ver mapa en pág.11), este cambio podría no ser suficiente para salvaguardar la riqueza biológica de Puerto Rico. Considerando que la mayoría de los recursos naturales de Puerto Rico se encuentra en manos privadas, existe una gran oportunidad para promover la conservación y el uso de los recursos en esos terrenos. Para este fin, agencias estatales y federales, así como instituciones educativas y privadas, ofrecen a los propietarios de terrenos privados diversos programasque incluyen incentivos y/o asistencia técnica para implementar prácticas de conservación. Uno de los objetivos del Compendio es contribuir al aprovechamiento óptimo de los programas, simplificando el lenguaje en el que se presentan, e integrándolos para facilitar el acceso a los mismos. 10 3. Metodología y organización del Compendio El Compendio que presentamos a continuación sintetiza los programas de asistencia técnica e incentivos que, aunque están dirigidos mayormente a dueños de terrenos privados, benefician también a terrenos de dominio público para la conservación y el manejo de los recursos naturales. Al momento de revisar y actualizar la información para esta edición, encontramos que en Puerto Rico se implementan 24 programas de asistencia técnica e incentivos para la conservación de los recursos naturales. En la pasada edición (2008) se incluyeron 29 programas de los cuales, 6 tenían potencial de implementación, solo en caso de existir la demanda y la asignación de fondos operacionales a las agencias responsables de su administración. En esta edición, se incluyen solo aquellos programas que están vigentes en términos de asignación de fondos, y que responden a las necesidades o a los requerimientos aplicables a nuestra jurisdicción. En el caso del Servicio de Conservación de Recursos Naturales y la Agencia de Servicios al Agricultor del Departamento de Agricultura federal hubo cambios en nueve de los 13 programas incluidos en el Compendio del 2008; ya sea porque fueron eliminados por lo ya señalado (i.e., no tienen fondos asignados o no aplican en Puerto Rico) o porque fueron incorporados a otros programas de mayor alcance: algunos de estos, creados posteriormente. La metodología utilizada para el acopio de información y para el proceso de revisión de los programas incluyó la consulta de cada una de las agencias y organizaciones encargadas de su administración e implementación. Los programas de asistencia técnica e incentivos están agrupados en 5 categorías de acuerdo con la similitud de sus objetivos. La información de cada programa está organizada en fichas independientes diseñadas para ser actualizadas periódicamente. Para facilitar el proceso de consulta del Compendio, los programas están agrupados por categoría a partir del análisis comparativo de sus objetivos, enfoque y prioridades de la agencia o institución que los promueve. Las fichas contienen la siguiente información: categoría, nombre utilizado en Puerto Rico, nombre con el cual fue creado—según sea el caso—, agencias, instituciones académicas y/o grupos que lo administran, objetivos y enfoque, tipo de incentivo o beneficio, base legal, requisitos de elegibilidad, proceso de solicitud e implementación, estado actual del programa, documentos y otras fuentes de información adicional que pueden ser consultados, y oficinas de contacto. A continuación, la descripción de las categorías. Categoría 1 Designación de áreas naturales protegidas, servidumbres de conservación y áreas de planificación especial Incluye 6 programas manejados por el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales de Puerto Rico, Instituto Internacional de Dasonomia Tropical del Servicio Forestal y el Servicio de Conservación de Recursos Naturales ambas agencias del Departamento de Agricultura de los Estados Unidos, y el Servicio Federal de Pesca y Vida Silvestre del Departamento del Interior de los Estados Unidos. Categoría 2 Manejo, mejoramiento y conservación del hábitat y de las especies en peligro de extinción Incluye 4 programas manejados por el Servicio Federal de Pesca y Vida Silvestre del Departamento del Interior de los Estados Unidos. Categoría 3 Uso sustentable, restauración y conservación de recursos forestales Incluye 2 programas manejados por el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales de Puerto Rico y el Instituto Internacional de Dasonomía Tropical del Servicio Forestal del Departamento de Agricultura de los Estados Unidos. Categoría 4 Manejo sustentable de terrenos agrícolas y rurales para la conservación de recursos naturales Incluye 8 programas manejados por el Servicio de Conservación de Recursos Naturales y la Agencia de Servicios al Agricultor del Departamento de Agricultura de los Estados Unidos, y el Colegio de Ciencias Agrícolas de la Universidad de Puerto Rico. Categoría 5 Manejo y conservación de recursos costeros y marinos Incluye 4 programas manejados por el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales de Puerto Rico, el Programa Sea Grant de la Universidad de Puerto Rico, el Servicio Federal de Pesca y Vida Silvestre del Departamento del Interior de los Estados Unidos, y la Administración Nacional Oceánica y Atmosférica del Departamento de Comercio de los Estados Unidos. 11 La s up er fic ie fo re st al p ro te gi da d el t er ri to ri o tu vo u n ca m bi o si gn ifi ca ti vo e nt re lo s añ os 2 00 7 y 20 16 . M ie nt ra s en e l 20 07 s e re po rt ó un a su pe rfi ci e de 7 .6 % (G ou ld e t a l.) , e n el 2 01 6, s eg ún s eñ al ad o en e l m ap a an te ri or , s e re po rt ó un 16 %. Es to r ep re se nt a un a um en to d e 8. 4% e n la s ár ea s te rr es tr es p ro te gi da s en tr e am bo s pe ri od os . En e st e m ap a, a de m ás , es tá n id en ti fic ad as l as á re as m ar in as qu e ta m bi én c ue nt an c on m ec an is m os d e pr ot ec ci ón . 12 Entrega de árboles para implementar prácticas de reforestación en fincas de Utuado. Foto: Jorge Báez. 4. Fichas por categoría Categoría 1 Designación de áreas naturales protegidas, servidumbres de conservación y áreas de planificación especial Categoría 2 Manejo, mejoramiento y conservación del hábitat y de las especies en peligro de extinción Categoría 3 Uso sustentable, restauración y conservación de recursos forestales Categoría 4 Manejo sustentable de terrenos agrícolas y rurales para la conservación de recursos naturales Categoría 5 Manejo y conservación de recursos costeros y marinos 13 Categoría 1 Designación de áreas naturales protegidas, servidumbres de conservación y áreas de planificación especial Servidumbre de conservación Montes Oscuros en Salinas. Foto: Para la Naturaleza. 14 Bosques Auxiliares Estatales Nombre con el cual fue creado Agencias, instituciones académicas y/o grupos que lo administran Objetivos/enfoque Tipo de incentivo o beneficio Base legal Requisitos de elegibilidad Proceso de solicitud e implementación Bosques Auxiliares Estatales Negociado de Manejo de Áreas Naturales Protegidas y Servicio Forestal del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales del Estado Libre Asociado de Puerto Rico (DRNA) Tiene el propósito de designar terrenos forestales privados como Bosques Auxiliares Estatales. Está dirigido a dueños de terrenos privados que voluntariamente deseen conservar terrenos forestales y/o desarrollar aprovechamiento forestal bajo las condiciones y requisitos del Programa. Exención contributiva sobre la propiedad a dueños de terrenos privados que deseen conservar terrenos forestales y/o terrenos con producción de madera y productos forestales relacionados, siguiendo un plan de manejo forestal y especificaciones de asistencia técnica. Exención contributiva sobre ingresos provenientes de la venta de productos forestales (madera y/o productos relacionados). También ofrece asistencia técnica para la elaboración de planes de manejo forestal. Exención contributiva sobre la propiedad en terrenos de 5 cuerdas o más que estén ubicados en la región cársica y que sean designados exclusivamente como Bosque Auxiliar. Estas propiedades tendrán un gravamen por un periodo no menor de 50 años, con una servidumbre de conservación inscrita en el Registro de la Propiedadque garantice la protección del área, y que cumpla con un plan de manejo aprobado por el DRNA. Ley Núm. 133 del 1 de julio del 1975, Ley de Bosques de Puerto Rico, según enmendada; y la Ley Núm. 292 del 21 de agosto de 1999, Ley para la Protección y Conservación de la Fisiografía Cársica de Puerto Rico. Son elegibles propietarios de al menos 5 cuerdas de bosque continuo dedicadas a la conservación y/o producción forestal. Es requisito que el área propuesta para ser designada como Bosque Auxiliar Estatal no se encuentre bajo producción agropecuaria, incluyendo el pastoreo o crianza de animales domésticos. Las solicitudes de Certificación para Bosques Auxiliares Estatales se reciben todo el año. El formulario de solicitud es proporcionado en las oficinas del Negociado de Manejo de Áreas Naturales Protegidas y Servicio Forestal del DRNA. Las solicitudes son evaluadas individualmente. Como parte del procedimiento de evaluación, el personal del Negociado realiza visitas técnicas para determinar la localización del terreno y su superficie, así como para evaluar la calidad, la diversidad y el potencial de los recursos forestales. Categoría 1. Designación de áreas naturales protegidas, servidumbres de conservación y áreas de planificación especial 15 Bosques Auxiliares Estatales Bosques Auxiliares Estatales Estado actual Documentación e información adicional Para información Una vez seleccionado el terreno, el propietario firma un convenio, y posteriormente recibe la certificación del DRNA que designa la propiedad como Bosque Auxiliar Estatal. En terrenos bajo producción maderera y productos forestales relacionados, el personal del Negociado de Manejo de Áreas Naturales Protegidas y Servicio Forestal brinda asistencia técnica para elaborar un plan de manejo forestal, el cual deberá implementarse durante el tiempo que dure el convenio. Mediante el convenio, el propietario se compromete a conservar y manejar bajo un plan de manejo forestal el área designada como Bosque Auxiliar Estatal, así como a cumplir con las especificaciones establecidas por el Negociado de Manejo de Áreas Naturales Protegidas y Servicio Forestal. El periodo de certificación debe ser renovado anualmente por el participante. Con el fin de recibir a tiempo los beneficios de la exención contributiva, antes del primero de julio de cada año, el participante deberá solicitar por escrito al Negociado la certificación de sus terrenos como Bosque Auxiliar. Vigente desde 1975. Los formularios de solicitud pueden obtenerse en la oficina del Negociado de Manejo de Áreas Naturales Protegidas y Servicio Forestal del DRNA o en Internet: http://www.drna.gobierno.pr/oficinas/arn/recursosvivientes/ negociado-de-servicio-forestal Negociado de Manejo de Áreas Naturales Protegidas y Servicio Forestal Departamento de Recursos Naturales y Ambientales Carretera 847, Calle Guaracanal final Barriada Venezuela, Río Piedras Dirección postal: PO Box 366147 San Juan, PR 00936 Teléfonos: (787) 772-2021, 2000 Fax: (787) 772-2042 Correo electrónico: rmatta@drna.pr.gov Ver Anejo 1 para oficinas regionales del DRNA. Bosque secundario en el Barrio Río Prieto de Yauco. Foto: Magaly Figueroa (IITF, USDA-FS). 16 Programa de Patrimonio Natural de Puerto Rico Nombre con el cual fue creado Agencias, instituciones académicas y/o grupos que lo administran Objetivos / enfoque Tipo de incentivo o beneficio Base legal Requisitos de elegibilidad Categoría 1. Designación de áreas naturales protegidas, servidumbres de conservación y áreas de planificación especial Programa de Patrimonio Natural de Puerto Rico División de Patrimonio Natural del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA). Otras agencias del Gobierno estatal y federal, así como organizaciones de conservación sin fines de lucro, pueden participar mediante contratos y acuerdos en la coordinación de proyectos de adquisición (aportación de fondos) y manejo de las áreas de valor natural identificadas por este programa. Brinda asistencia técnica a usuarios del Banco de Datos Biológicos y de Conservación del Programa de Patrimonio Natural, con el propósito de identificar y proteger áreas de alto valor natural. Los objetivos del Programa son: • identificar terrenos, comunidades naturales y hábitats que albergan vida silvestre, así como los que son esenciales para la supervivencia y protección de especies en peligro de extinción y cualquier otro terreno que el Programa determine que deba preservarse; • recomendar la designación de áreas de alto valor natural que deben protegerse; • preparar planes de adquisición y protección para dichos terrenos que incorporen distintos mecanismos de adquisición tales como compraventa, donación, legado, acuerdo de manejo, arrendamiento, expropiación, permuta y servidumbre de conservación; • fortalecer a organizaciones sin fines de lucro dedicadas a la conservación de recursos naturales, compartiendo con estas la responsabilidad de adquirir, restaurar y mejorar dichos terrenos; y • coordinar y viabilizar el manejo de estos terrenos por el DRNA, por agencias del Gobierno estatal y organizaciones sin fines de lucro. Exención contributiva sobre la propiedad al donar un terreno para su conservación. El DRNA puede parear fondos con una organización sin fines de lucro u otras agencias del Gobierno estatal para la adquisición de un terreno. El título de propiedad adquirido se transfiere al Estado Libre Asociado de Puerto Rico, y se establece una servidumbre de conservación a favor de la organización sin fines de lucro o agencia del Gobierno estatal. Ley Núm. 150 del 4 de agosto de 1988, Ley del Programa de Patrimonio Natural de Puerto Rico. Son elegibles dueños de terrenos que forman parte de las áreas en la Lista de Áreas con Prioridad para la Conservación del Programa de Patrimonio Natural, la cual incluye las categorías siguientes: • áreas que albergan especies en peligro de extinción; • humedales y terrenes anegadizos; • áreas importantes para especies migratorias; • comunidades naturales; • áreas con designación especial o recomendadas para ser designadas como reserva natural, bosque estatal, corredor ecológico o refugio de vida silvestre, entre otras. 17 Programa de Patrimonio Natural de Puerto Rico Proceso de solicitud e implementación Estado actual Documentación e información adicional Para información Cualquier persona interesada en donar en vida o dejar en legado una propiedad, una vez que haya fallecido, puede solicitar que se determine si el terreno cumple con los criterios del Programa. El dueño del terreno o la organización sin fines de lucro envía la solicitud al secretario del DRNA indicando el tipo de acuerdo que desea: oferta de venta, donación, legado o servidumbre de conservación, entre otros. Dicha solicitud debe ir acompañada de los documentos relacionados a la propiedad: escrituras, planos y certificación registral, entre otros. En caso de que una organización sin fines de lucro se interese en parear fondos para la adquisición del terreno, debe someter evidencia de disponibilidad de fondos. En este caso, el personal de la División de Patrimonio Natural realizará una evaluación para determinar si la propiedad se encuentra dentro de la Lista de Prioridades, o si cumple con los requisitos establecidos para incorporarse a la misma. Si la propiedad es de interés para el DRNA, y existen fondos disponibles, se procede a gestionar la adquisición. Vigente desde 1988. La División de Patrimonio Natural del DRNA prepara una lista periódica de prioridades de protección de áreas de alto valor natural que incluye actualmente alrededor de 96 áreas prioritarias para Puerto Rico. Bajo este programa se han adquirido terrenos de alto valor natural mediante distintos mecanismos de adquisición en los municipios de Humacao,Comerío, Cayey-Salinas, cayos en las costas de Guayama y Salinas, Manatí, Vega Baja, Vega Alta, Orocovis, Villalba, Arecibo-Utuado, Maunabo, Mayagüez, Guánica y Camuy. Se están adquiriendo también terrenos en Morovis, y existen áreas propuestas para donación en Cabo Rojo. Las personas interesadas que consideren que sus terrenos son de alto valor natural y deseen ponerlos en venta, donación o legado, deben enviar una solicitud o notificación al secretario del DRNA. La Lista de Prioridades de Protección de Áreas de Alto Valor Natural de Puerto Rico está disponible en la División de Patrimonio Natural del DRNA. Información del Programa está disponible en Internet: http://drna.pr.gov/tag/division-de-patrimonio-natural/ División de Patrimonio Natural Departamento de Recursos Naturales y Ambientales Edificio de Agencias Ambientales Dr. Cruz A. Matos, Sector El Cinco Carretera 8838, km 6.3, Río Piedras Dirección postal: PO Box 366147 San Juan, PR 00936 Teléfono: (787) 999-2200 (Exts. 2542, 2545) Fax: (787) 999-2272 Ver Anejo 1 para oficinas regionales del DRNA. 18 Servidumbres de Conservación y Donación de Terrenos Privados Categoría 1. Designación de áreas naturales protegidas, servidumbres de conservación y áreas de planificación especial Reina mora (Spindalis zena), especie endémica. Foto: Iván Vicéns (IITF, USDA-FS). Nombre con el cual fue creado Agencias, instituciones académicas y/o grupos que lo administran Objetivos/enfoque Tipo de incentivo o beneficio Servidumbres de Conservación y Donación de Terrenos Privados El Estado Libre Asociado de Puerto Rico (ELA) (i.e., Departamento de Recursos Naturales y Ambientales, Departamento de Agricultura e Instituto de Cultura Puertorriqueña, entre otras); y también organizaciones de conservación sin fines de lucro con más de 10 años de operación activa y reconocidas en Puerto Rico por su trabajo en la conservación de áreas de valor natural, agrícola o cultural, como el Fideicomiso de Conservación de Puerto Rico y su unidad Para La Naturaleza La servidumbre de conservación es un mecanismo legal que permite a los dueños de terrenos privados acordar con la entidad del ELA u organización sin fines de lucro, restricciones permanentes al uso de su propiedad con el propósito de garantizar la protección o conservación a perpetuidad de áreas con valor natural, cultural o agrícola. Está dirigido a dueños de terrenos privados que voluntariamente deseen proteger o conservar sus propiedades cumpliendo con al menos uno de los objetivos siguientes: • conservar atributos naturales, agrícolas, bosques escénicos o su condición como espacio abierto; • proteger cuencas hidrográficas; • mantener o mejorar la calidad del aire o del agua; • conservar áreas con valor cultural; y • conservar áreas con valor agrícola. Toda persona, natural o jurídica, que constituya una servidumbre de conservación o done un terreno elegible, podrá optar por: • Un crédito contributivo, según se establece en el inciso (a) del Artículo 17 de la Ley de Servidumbre de Conservación de Puerto Rico, igual al 50% del valor de la servidumbre de conservación o del terreno elegible donado, el cual podrá ser tomado en 2 plazos: la primera mitad en el año en que ocurre el establecimiento de la servidumbre de conservación o la donación del terreno, y el crédito restante en el año siguiente. • Las servidumbres de conservación o donaciones del terreno elegible, constituidas antes de la fecha de radicación de la planilla de contribución sobre ingresos, cualifican para el crédito contributivo descrito en la Ley de Servidumbre de Conservación de Puerto Rico. • Una deducción contributiva, según descrita en la cláusula (vi) inciso (M), párrafo (2), apartado (aa) de la Sección 1023 del Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 1994, según establecen los Artículos 18 y 19 de la Ley de Servidumbre de Conservación de Puerto Rico. No se puede gozar de ambos beneficios contributivos en forma conjunta. De la misma manera, un propietario puede beneficiarse con el crédito por la servidumbre de conservación o con el crédito por la donación del terreno elegible, pero no de ambos. 19 Base legal Requisitos de elegibilidad Proceso de solicitud e implementación Estado actual Servidumbres de Conservación y Donación de Terrenos Privados Los créditos contributivos son transferibles a terceros. La garantía de la venta de los mismos está exenta del pago de contribuciones. Los créditos no utilizados en un año contributivo pueden aplicarse en cada uno de los 10 años subsiguientes. El dueño del terreno mantiene la titularidad, así como el uso y disfrute del mismo. La servidumbre de conservación puede cubrir toda o parte de la propiedad. Ley Núm. 183 del 27 de diciembre de 2001, Ley de Servidumbre de Conservación de Puerto Rico, según enmendada por las leyes Núm. 138 del 4 de junio de 2004, Núm. 238 del 9 de agosto de 2008, Núm. 127 del 12 de julio de 2011, Núm. 187 del 17 de noviembre de 2015 y Núm. 208 del 28 de diciembre de 2016; la Carta Circular de Rentas Internas Núm. 05-04 del 23 de marzo de 2005 y el Reglamento 8871 del 8 de diciembre de 2016. Es elegible cualquier persona natural o jurídica cuya propiedad cuente con atributos naturales, agrícolas, de bosques escénicos, cuenca hidrográfica; o que sea considerada con alto valor cultural, histórico, arquitectónico o arqueológico. Para más detalles sobre documentos requeridos y criterios de selección específicos, es necesario contactar a la entidad del ELA u organización sin fines de lucro que podría fungir como titular de la servidumbre de conservación o del terreno que se desea donar. Los interesados deben contactar a la entidad del ELA u organización sin fines de lucro con la que interesa constituir una servidumbre de conservación o realizar una donación, y solicitar el formulario e información requerida para dicho fin. La entidad del ELA u organización sin fines de lucro evalúa y determina, de acuerdo con la Ley y criterios propios, si el terreno propuesto cumple con los requisitos establecidos para constituir una servidumbre de conservación o para recibirse como donación. La determinación del valor de la servidumbre de conservación se realiza a través de un tasador profesional. Las servidumbres de conservación se constituyen a perpetuidad en una escritura pública con la correspondiente inscripción en el Registro de la Propiedad. Una vez establecida la servidumbre de conservación o donación, el propietario realiza los trámites correspondientes ante el Departamento de Hacienda, que verifica el cumplimiento de las disposiciones de ley y emite la Certificación de Crédito Contributivo, la cual no puede ser mayor a $15 millones por año. Vigente desde 2001. 20 Servidumbres de Conservación y Donación de Terrenos Privados Documentación e información adicional Para información Formación cársica en Ciales. Foto: Iván Vicéns (IITF, USDA-FS). Los interesados deben contactar a la entidad del ELA u organización sin fines de lucro que podría ser el titular, dependiendo del propósito de la servidumbre de conservación o donación. Existe información disponible en Internet. Ley de Servidumbre de Conservación: http://www.lexjuris.com/LEXLEX/Leyes2001/lex2001183.htm http://www.paralanaturaleza.org Carta Circular de Rentas Internas: http://www.hacienda.gobierno.pr/downloads/pdf/cartas/CC-05-04.pdf Oficina del Secretario Departamento de Recursos Naturales y Ambientales Edificio de Agencias Ambientales Dr. Cruz A. Matos, Sector El Cinco Carretera 8838, km 6.3, Río Piedras Dirección postal: PO Box 366147 San Juan, PR 00936 Teléfono: (787) 999-2200 (Ext. 2100) Fax: (787) 999-2303 División de Bienes Inmuebles Departamento de Recursos Naturales y Ambientales Teléfono: (787) 999-2200 (Exts. 2500, 2505) Correo electrónico: mcrivera@drna.pr.gov Para La Naturaleza, una unidad del Fideicomiso de Conservaciónde Puerto Rico División de Conservación de Terrenos Calle Tetúan 155, Viejo San Juan Dirección postal: PO Box 9023554 San Juan, PR 00902-3554 Teléfono: (787) 722-5834 (Exts. 253, 257) Fax: (787) 722-5872 Directores Regionales del Departamento de Agricultura de Puerto Rico Teléfonos: (787) 721-2120 y (787) 725-3040 Oficina del Director Ejecutivo Instituto de Cultura Puertorriqueña Calle Beneficencia, Barrio Ballajá, Terrenos del Morro Dirección postal: PO Box 9024184 San Juan, PR 00902-4184 Teléfono: (787) 724-0700 Fax: (787) 724-8393 21 Programa de Servidumbres de Conservación Agrícola Nombre con el cual fue creado Agencias, instituciones académicas y/o grupos que lo administran Objetivos/enfoque Tipo de incentivo o beneficio Agriculture Conservation Easement Program (ACEP) Servicio de Conservación de Recursos Naturales (NRCS, por sus siglas en inglés) del Departamento de Agricultura de los Estados Unidos Provee asistencia económica para la adquisición de servidumbres de conservación para terrenos agrícolas y humedales con el fin de proteger el uso agrícola y los valores de conservación de terrenos elegibles. La asistencia se ofrece a través de dos componentes: • conservación de tierras agrícolas productivas, limitando los usos no agrícolas, en terrenos agropecuarios, pastizales y otras tierras bajo pastoreo; y • restauración, mejoramiento y protección de humedales inscritos en el Programa, y de su funcionamiento ecológico: recuperación de hábitats de pesca y vida silvestre, mejoramiento de la calidad del agua, control de inundaciones, protección de la diversidad biológica y conservación de áreas de valor significativo para actividades educativas, científicas y recreativas limitadas. Bajo el componente de servidumbres de conservación agrícola los propietarios reciben hasta un 50% del precio justo en el mercado para la compra del terreno de servidumbre. Este porcentaje puede aumentar hasta un 75% en caso de que el Servicio de Conservación de Recursos Naturales (SCRN) determine que existe un valor significativo especial en la protección de estas tierras. Bajo el componente de servidumbres para humedales, los propietarios de terrenos elegibles inscritos pueden acogerse a una de las siguientes opciones: • servidumbres permanentes o a perpetuidad en las cuales los participantes reciben el 100% del valor de compra de la servidumbre, y una aportación de entre el 75% y el 100% de los costos de restauración; • servidumbres a 30 años en las cuales los participantes reciben entre el 50% y el 75% del valor de la servidumbre para su compra, y entre el 50% y el 75% para costos de restauración; y • servidumbres a término que tienen el término máximo de duración permitido por las leyes estatales aplicables, y en las cuales los participantes reciben entre el 50% y el 75% del valor de la servidumbre para la compra de la servidumbre a término, y entre el 50% y el 75% de los costos de restauración. El SCRN paga todos los costos asociados para inscribir las servidumbres en los registros de las oficinas locales pertinentes, incluyendo los cargos de registro, los cargos por documentación asociados, como tasaciones y el seguro de títulos. Ambos componentes de ACEP se ofrecen bajo un esquema de participación voluntaria. Categoría 1. Designación de áreas naturales protegidas, servidumbres de conservación y áreas de planificación especial 22 Programa de Servidumbres de Conservación Agrícola Base legal Requisitos de elegibilidad Proceso de solicitud e implementación Estado actual Documentación e información adicional Para información Farm Security and Rural Investment Act (conocida como Farm Bill) o Ley Agrícola de 2014. Para las servidumbres agrícolas los terrenos elegibles incluyen tierras de cultivo, tierras de pastoreo productivas, terrenos agropecuarios, pastizales, tierras bajo pastoreo y bosques privados no industriales. Para las servidumbres de humedales son elegibles humedales cultivados o tierras convertidas en humedales que pueden ser exitosos y restaurados de manera costo-efectiva. Tienen prioridad las solicitudes de servidumbres con mayor potencial para la protección y mejoramiento del hábitat de aves migratorias y otras especies de vida silvestre. Para el componente de servidumbres de conservación agrícola, debe someterse una propuesta a la oficina estatal del SCRN. Una vez aprobada, el SCRN entra en un acuerdo cooperativo con los participantes inscritos elegibles. Se requiere un plan de conservación para la servidumbre agrícola que promueva la viabilidad de la tierra a largo plazo. Para el componente de humedales los propietarios pueden inscribir las servidumbres en cualquier momento del año en los centros de servicios regionales del SCRN. Los participantes y el SCRN entran en un acuerdo de compra que incluye el desarrollo e implementación de un plan de conservación que restaure, proteja y mejore las funciones y los valores naturales de los humedales. Vigente desde 2104. Absorbió los programas anteriores: Programa de Reserva de Humedales, Programa de Protección de Tierras Agrícolas y Rancheras, y el Programa de Reserva de Pastos. Información sobre el programa también está disponible en Internet: http://www.nrcs.usda.gov http://offices.sc.egov.usda.gov/locator/app http://www.pr.nrcs.usda.gov 23 Categoría 1. Designación de áreas naturales protegidas, servidumbres de conservación y áreas de planificación especial Programa de Legado Forestal Nombre con el cual fue creado Agencias, instituciones académicas y/o grupos que lo administran Objetivos/enfoque Tipo de incentivo o beneficio Base legal Requisitos de elegibilidad Forest Legacy Program (FLP) División de Bienes Inmuebles del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales de Puerto Rico (DRNA); y el Programa de Forestación en Terrenos Públicos y Privados del Instituto Internacional de Dasonomía Tropical (IITF, por sus siglas en inglés) del Servicio Forestal del Departamento de Agricultura de los Estados Unidos (USDA-FS, por sus siglas en inglés). Se han trabajado proyectos en colaboración con entidades privadas. Es un programa competitivo donde se solicitan fondos anualmente por medio de propuestas de adquisición de terrenos en zonas preidentificadas de Puerto Rico (Áreas de Legado Forestal). Brinda asistencia técnica a propietarios de terrenos privados. Promueve la protección de áreas forestales de importancia ecológica, mediante la compra, en pleno dominio o donación de terrenos que estén en riesgo de que su uso cambie de uno forestal a uno no forestal. Dentro del Programa de Legado Forestal existen 8 áreas clasificadas como Legado Forestal. Estas son: Guánica, Maricao, Quebradillas, Caonillas-Dos Bocas, La Plata- Coamo, Río Grande de Loíza, Maunabo y El Yunque (ver mapa en página 26). Es un programa de adquisición de terrenos por compra en pleno dominio o donación. En ambos casos el proceso de compraventa debe ser amistoso y ambas partes deben estar dispuestas (está prohibida la expropiación forzosa con fondos de este programa). En caso de compra, la aportación federal puede ser de hasta un 75%, y el 25% restante puede provenir de fondos estatales, privados o locales. El Programa puede cubrir los gastos previos de adquisición como la tasación y la mensura de ser necesario. El valor de la propiedad será determinado utilizando el Uniform Appraisal Standars for Federal Land Acquisitions, también conocido como Yellow Book, y el precio de compraventa no excederá el valor justo en el mercado actual establecido en esa tasación. Cooperative Forestry Assistance Act de 1978 y Food, Agriculture, Conservation and Trade Act de 1990 (Public Law 101-624), según enmendada. Son elegibles los dueños de terrenos privados localizados dentro de las áreas del Programa de Legado Forestal en Puerto Rico (ver mapa en página 26). Algunos de loscriterios que son considerados para que una propiedad sea elegible para el Programa son los siguientes: • la propiedad debe estar dentro de alguna de las 8 Áreas de Legado Forestal (ver mapa en página 26); • debe tener una cobertura forestal de al menos un 75% (se toma en cuenta la calidad de los recursos forestales, y su potencial para el fomento de la agroforestería y la silvicultura); y • si la propiedad enfrenta amenaza actual o potencial de convertirse a usos no forestales como, por ejemplo, si se encuentra a la venta, o si tiene permisos o consultas de desarrollos aprobados. 24 Programa de Legado Forestal Bosque Seco de Guánica. Foto: Efra Figueroa. Proceso de solicitud e implementación Otro de los criterios considerados es si la propiedad ofrece servicios públicos y/o ambientales como: • hábitat crítico para la vida silvestre; • presencia de especies protegidas, amenazadas o en peligro de extinción; • contribuye a la protección de los recursos de agua potable, incluyendo áreas de recarga o áreas de abastecimiento de agua para uso público; • importancia cultural, histórica y paisajística; • contribuye a la conservación de la biodiversidad y características únicas; • posee oportunidades potenciales de recreación; y • sirve como corredor ecológico, área de transición o área de amortiguamiento para áreas naturales protegidas existentes. El proceso de selección de las propiedades a ser incluidas en las propuestas de adquisición es llevado a cabo por el Subcomité de Bosques, Vida Silvestre y Humedales compuesto por representantes de diferentes agencias estatales, federales y organizaciones no gubernamentales. Utilizando los criterios antes expuestos, el Subcomité determina las prioridades de conservación para cada año. Antes de someter una solicitud, debe asegurarse que la propiedad se encuentre incluida dentro de las áreas del Programa de Legado Forestal en Puerto Rico. Los formularios de solicitud son proporcionados en las oficinas del DRNA (División de Bienes Inmuebles) y en las del Servicio Forestal de los Estados Unidos (Programa de Forestación en Terrenos Públicos y Privados del Instituto Internacional de Dasonomía Tropical). Cada año fiscal, el DRNA convoca al Subcomité de Bosques, Vida Silvestre y Humedales del Comité Técnico Estatal para presentarle la lista de propiedades cuyas solicitudes fueron completadas. Estas son evaluadas y ordenadas según su valor ecológico y prioridades de conservación. Cada año se podrían someter hasta un máximo de 3 proyectos y cada proyecto puede estar compuesto por más de una propiedad (ciertas restricciones y condiciones aplican). Las propuestas son evaluadas por un Panel Nacional y, posteriormente, se someten a la consideración del Congreso de los Estados Unidos, en donde se determina cuáles proyectos serán apoyados y el monto del financiamiento. La selección depende de los fondos disponibles anualmente y de la selección de la propuesta presentada por el Negociado de Manejo de Áreas Naturales Protegidas y Servicio Forestal. El coordinador del Programa en el DRNA es la persona encargada de visitar y evaluar las propiedades disponibles en las áreas de adquisición prioritarias. Cuando una propiedad es adquirida con fondos del Programa de Legado Forestal, su titularidad recaerá en el DRNA, quien retendrá la propiedad para su conservación a perpetuidad. 25 Categoría 1. Designación de áreas naturales protegidas, servidumbres de conservación y áreas de planificación especial Programa de Legado Forestal Desembocadura del Río Grande de Loíza. Foto: Nidia Trejo. Estado actual Documentación e información adicional Para información Vigente desde 1997. Los formularios de solicitud son proporcionados en las oficinas del Servicio Forestal de los Estados Unidos y del DRNA. Información del Programa también está disponible en Internet. US Forest Service, Forest Legacy for Puerto Rico: https://www.fs.fed.us/cooperativeforestry/ Forest Legacy Program Guidelines: https://www.fs.fed.us/sites/default/files/fs_media/fs_document/15541-forest- service-legacy-program-508.pdf Negociado de Manejo de Áreas Naturales Protegidas y Servicio Forestal: http://drna.pr.gov/programas-y-proyectos/programa-de-legado-forestal/ División de Bienes Inmuebles/Solicitud de Programa de Legado Forestal: http://drna.pr.gov/oficinas/division-de-bienes-inmuebles Programa de Forestación en Terrenos Públicos y Privados Instituto Internacional de Dasonomía Tropical Servicio Forestal de los Estados Unidos Jardín Botánico Sur 1201 Calle Ceiba San Juan, PR 00926-1115 Teléfono: (787) 764-7718 Fax: (787) 766-6302 Correo electrónico: mafigueroa@fs.fed.us División de Bienes Inmuebles Departamento de Recursos Naturales y Ambientales Edificio de Agencias Ambientales Dr. Cruz A. Matos, Sector El Cinco Carretera 8838, km 6.3, Río Piedras Dirección postal: PO Box 366147 San Juan, PR 00936 Teléfonos: (787) 999-2200 (Exts. 2500, 2507, 2696) Fax: (787) 999-2274 Correo electrónico: cjcruz@drna.gobierno.pr Ver Anejo 1 para oficinas regionales del DRNA. 26 D en tr o d el P ro gr am a d e Le ga d o F o re st al e xi st en 8 á re as cl as ifi ca d as c o m o L eg ad o F o re st al : G u án ic a, M ar ic ao , Q u eb ra d il la s, C ao n il la s- D o s B o ca s, L a P la ta -C o am o , R ío G ra n de d e Lo íz a, M au n ab o y El Y un qu e. E l P ro gr am a br in da as is te n ci a té cn ic a a p ro p ie ta ri o s d e te rr en o s p ri va d o s de n tr o de e st as á re as f or es ta le s de im po rt an ci a ec ol óg ic a p ar a p ro m o ve r la p ro te cc ió n a p er p et u id ad m ed ia n te l a co m p ra e n p le n o d o m in io o d o n ac ió n d e te rr en o s. 27 Programa de Bosques Comunitarios y Espacios Abiertos Categoría 1. Designación de áreas naturales protegidas, servidumbres de conservación y áreas de planificación especial Nombre con el cual fue creado Agencias, instituciones académicas y/o grupos que lo administran Objetivos/enfoque Tipo de incentivo o beneficio Base legal Community Forest and Open Space Conservation Program (CFP) Programa de Forestación en Terrenos Públicos y Privados del Instituto Internacional de Dasonomía Tropical (IITF, por sus siglas en inglés) del Servicio Forestal del Departamento de Agricultura de los Estados Unidos (USDA-FS, por sus siglas en inglés), Negociado de Manejo de Áreas Naturales Protegidas y Servicio Forestal del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales de Puerto Rico (DRNA) El Programa de Bosques Comunitarios y Espacios Abiertos (CFP, por sus siglas en inglés) es un programa competitivo que provee asistencia financiera a los gobiernos municipales y a las organizaciones no gubernamentales sin fines de lucro elegibles, para el establecimiento de bosques comunitarios a través de la adquisición de tierras forestales privadas que estén disponibles para la venta. El programa define a un bosque comunitario como un terreno de cubierta forestal cuyo dueño en pleno dominio es una entidad elegible que provee acceso al público, y que es manejado para brindar beneficios comunitarios, según esbozados en un plan de manejo de bosque comunitario. El propósito del programa es establecer bosques comunitarios que ayuden a proteger estos terrenos de amenazas de usos no forestales, y que aseguren el acceso del público a oportunidades recreativas en espacios abiertos. Se enfoca, además, en los beneficios de estas áreas para las comunidades, tales como: • manejo forestal sostenible; • beneficios ambientales que incluyen aire limpio, agua y hábitat de vida silvestre; y • uso de estos bosques para programaseducativos y como modelos de manejo forestal efectivo. El Programa de Bosques Comunitarios complementa los objetivos de otros programas del Servicio Forestal como, Legado Forestal y Forestación Urbana y de Comunidades (ver págs. 25 y 51). Brinda asistencia económica para adquirir terrenos privados para la creación de bosques comunitarios que provean beneficios públicos, según definidos por el Programa. Se requiere un pareo de 50% con fondos no federales. Entre los costos permitidos del proyecto y pareo se incluye el precio de compra del terreno y otros costos transaccionales de la adquisición como: tasaciones y revisiones de tasaciones (según el estándar federal Yellowbook), agrimensura, costos legales y de cierre, desarrollo del plan de manejo de bosque comunitario y estudios de título. El IITF, USDA-FS, también otorga fondos al DRNA para que brinde asistencia técnica a los proyectos, de acuerdo con las necesidades que se identifiquen. Food, Conservation, and Energy Act de 2008 (Public Law 110-234), Sección 8003; que enmendó a Cooperative Forestry Assistance Act de 1978. 28 Requisitos de elegibilidad Proceso de solicitud e implementación Programa de Bosques Comunitarios y Espacios Abiertos Son elegibles los gobiernos municipales y las organizaciones no gubernamentales que estén certificadas como organizaciones sin fines de lucro por el Departamento de Estado de Puerto Rico, y que gocen de exención contributiva. Los terrenos elegibles para subvenciones bajo este programa deben cumplir con lo siguiente: • ser bosques privados con un tamaño de, al menos, cinco acres (5.14867 cuerdas); • ser adecuados para sostener vegetación natural; • tener, al menos, una cobertura forestal de un 75%; • estar amenazados por la conversión a usos no forestales; • la venta de los terrenos debe ser ofrecida voluntariamente por sus propietarios (los fondos no permiten que se tramite la compra mediante expropiación forzosa); • de ser adquirido por una entidad elegible, debe proporcionar los beneficios comunitarios definidos bajo el CFP de acuerdo con el plan forestal comunitario requerido en la propuesta; y • permitir el acceso público (de existir alguna limitación de acceso por razones de seguridad o de protección de algún recurso, esta debe ser explicada en el plan). Uno de los criterios de selección más importantes del CFP es la participación de la comunidad en el proyecto y su compromiso de apoyo a largo plazo. Los solicitantes elegibles deben presentar una propuesta al Dasónomo de Puerto Rico (State Forester) en el Negociado de Manejo de Áreas Naturales Protegidas y Servicio Forestal del DRNA. Todas las solicitudes, ya sean impresas o electrónicas, deben ser recibidas primero por el DRNA en la fecha que sea notificada por el Servicio Forestal, y según los requisitos del CFP. Cuando el solicitante someta su propuesta al DRNA debe enviar, también, una notificación de su solicitud al Servicio Forestal. Una vez revisadas por el DRNA, este debe enviar todas las solicitudes al Instituto Internacional de Dasonomía Tropical del Servicio Forestal con sus recomendaciones. Si los fondos y el tiempo lo permiten, la revisión debe incluir lo siguiente: • un resumen que ayude al Servicio Forestal a determinar la elegibilidad del solicitante y la de los terrenos, y una descripción de cómo el proyecto contribuye a una iniciativa mayor de conservación del paisaje; • la confirmación de que el proyecto no ha solicitado fondos bajo el Programa de Legado Forestal; • una descripción del tipo de asistencia técnica que requiere el proyecto y un estimado de la asistencia económica necesaria. El anuncio con las fechas para someter las propuestas se publica en la prensa, y en las páginas electrónicas del DRNA y del Servicio Forestal. Los formularios de solicitud son proporcionados en las oficinas de ambas agencias. 29 Programa de Bosques Comunitarios y Espacios Abiertos Estado actual Documentación e información adicional Para información Vigente desde 2008. Información sobre el Programa de Bosques Comunitarios y sobre requisitos de solicitud está disponible en Internet: http://drna.pr.gov https://www.fs.usda.gov/main/iitf/spforestry Programa de Forestación en Terrenos Públicos y Privados Instituto Internacional de Dasonomía Tropical Servicio Forestal de los Estados Unidos Jardín Botánico Sur 1201 Calle Ceiba San Juan, PR 00926-1115 Teléfono:(787) 766-5335, (Ext.118) Fax:(787) 766-6302 Correo electrónico: mafigueroa@fs.fed.us Negociado de Manejo de Áreas Naturales Protegidas y Servicio Forestal Departamento de Recursos Naturales y Ambientales Carretera 847, Calle Guaracanal final, Barriada Venezuela Río Piedras, PR Dirección postal: PO Box 366147 San Juan, PR 00936 Teléfonos: (787) 772-2009, (787) 999-2200 Fax: (787) 772-2042 Correo electrónico: dlopez@drna.pr.com 30 North America Wetlands Conservation Grant Categoría 1. Designación de áreas naturales protegidas, servidumbres de conservación y áreas de planificación especial Nombre con el cual fue creado Agencias, instituciones académicas y/o grupos que lo administran Objetivos/enfoque Tipo de incentivo o beneficio Base legal Requisitos de elegibilidad Proceso de solicitud e implementación Estado actual Documentación e información adicional Para información North America Wetlands Conservation Grant Program (NAWCG) Servicio Federal de Pesca y Vida Silvestre (USFWS, por sus siglas en inglés) del Departamento del Interior de los Estados Unidos Brinda asistencia económica para la implementación de proyectos dirigidos a la conservación, adquisición, restauración y/o mejoramiento de ecosistemas de humedales y los hábitats asociados, con el propósito de mantenerlos a largo plazo para el beneficio de aves migratorias y otras especies de vida silvestre que dependen de ellos. Asistencia económica en forma de donaciones especiales (grants). Requiere el pareo de fondos. La aportación del USFWS puede ser de hasta un 50% del costo total del proyecto; el restante debe provenir de fondos no federales. Los fondos del USFWS pueden ser utilizados para la elaboración de proyectos y/o para la compra de terrenos. También pueden ser usados para restaurar, manejar y/o mejorar humedales y hábitats asociados. North American Wetlands Conservation Act de 1989 y Coastal Wetlands Planning, Protection and Restoration Act de 1990. Son elegibles organizaciones privadas, organizaciones sin fines de lucro, propietarios privados, y agencias del Gobierno estatal o municipal. La disponibilidad de fondos se anuncia en dos fechas al año para someter propuestas. Las solicitudes se entregan directamente en la Oficina del Caribe del USFWS. La selección de propuestas se fundamenta en los criterios establecidos en la sección 5 del North American Wetlands Conservation Act (ACT), así como en el resultado de visitas por parte de personal del USFWS. Otros factores importantes para la implementación de este programa son la disponibilidad de fondos y otros criterios del USFWS. Vigente desde 1989. Información del Programa y los formularios de solicitud pueden obtenerse en Internet: http://www.fws.gov/birdhabitat/NAWCA/grants.html Servicio Federal de Pesca y Vida Silvestre Oficina del Caribe Carretera 301, km 5.1, Bo. Corozo Boquerón, PR Dirección postal: PO Box 491 Boquerón, PR 00622-0491 Teléfono:(787) 851-7297 Fax: (787) 851-7440 Correo electrónico: ivan_llerandi-roman@fws.gov 31 Categoría 2 Manejo, mejoramiento y conservación del hábitat y de las especies en peligro de extinción Mariquita de Puerto Rico (Agelaius xanthomus) en Las Salinas de Cabo Rojo. Foto: José A. Vargas. 32 Categoría 2. Manejo, mejoramiento y conservación del hábitat y de las especies en peligro de extinción Programa Compañeros parala Vida Silvestre Nombre con el cual fue creado Agencias, instituciones académicas y/o grupos que lo administran Objetivos/enfoque Tipo de incentivo o beneficio Base legal Requisitos de elegibilidad Partners for Fish and Wildlife (PFW) Program Servicio Federal de Pesca y Vida Silvestre (USFWS, por sus siglas en inglés) del Departamento del Interior de los Estados Unidos, en coordinación con dueños de terrenos privados y entidades privadas mediante acuerdos de colaboración El USFWS trabaja en colaboración con los dueños de terrenos privados y entidades privadas para promover el manejo, mejoramiento y protección de los hábitats de la vida silvestre. Se enfoca en el mejoramiento, restauración y protección de hábitats importantes para las especies listadas por el Gobierno federal (amenazadas o en peligro de extinción; aves migratorias; peces diádromos; en riesgo y/o especies que registran reducción en sus poblaciones), beneficiando a su vez especies endémicas y nativas. Las actividades que promueve incluyen, entre otras: • restauración de humedales; • enriquecimiento forestal mediante la siembra de especies nativas y control de especies invasivas; • conservación del hábitat de especies amenazadas o en peligro de extinción; • reforestación de áreas abiertas con árboles nativos que provean refugio y alimento para la vida silvestre; • restauración de hábitats riparinos (e.g., establecimiento de franjas de amortiguamiento en cuerpos de agua, control de erosión y sedimento); y • establecimiento de sistema agroforestal de café bajo sombra. Brinda asistencia financiera y técnica a los dueños de terrenos privados que voluntariamente deseen restaurar y conservar el hábitat de la vida silvestre para beneficio de la sociedad. Generalmente el costo se comparte entre el USFWS y los propietarios del terreno al 50% cada uno, pero este porcentaje es flexible. La mano de obra y los materiales cualifican como parte del costo compartido. Ley Compañeros para la Vida Silvestre (109-294 del 2006), aprobada por el Congreso de los Estados Unidos (109th). Es elegible cualquier persona o entidad privada interesada en mejorar y proteger los hábitats de vida silvestre: agricultores, ganaderos, agencias estatales y municipales, corporaciones, instituciones educativas, organizaciones de conservación no gubernamentales o grupos privados. Las agencias federales, estatales y locales pueden participar ofreciendo asistencia técnica y financiera, pero sus terrenos no cualifican para participar en el Programa. 33 Programa Compañeros para la Vida Silvestre Proceso de solicitud e implementación Estado actual Documentación e información adicional Para información Las solicitudes de participación se reciben todo el año en la Oficina de Servicios Ecológicos del Caribe del USFWS. Las actividades de restauración se realizan a través de alianzas o acuerdos entre el USFWS y entidades o individuos propietarios de terrenos privados. Existen 3 formas para implementar el Programa: 1) el propietario restaura la tierra y recibe directamente un reembolso por todos o parte de los gastos incurridos; 2) el USFWS podría realizar los trabajos de campo directamente; o 3) el USFWS o el propietario contratan a un tercer colaborador para realizar el trabajo. Antes de empezar el proyecto de restauración, el USFWS y el propietario firman un acuerdo de colaboración donde se especifica que el propietario no puede dañar o destruir el área restaurada durante el periodo del acuerdo. De no respetarse el acuerdo, el propietario reembolsa los gastos incurridos por el Programa al USFWS. El periodo del acuerdo de colaboración está basado en el nivel de asistencia técnica y financiera que provee la agencia. Los acuerdos se firman por un mínimo de 10 años. Vigente desde 1987. En la región del Caribe comenzó en el 1999, cubriendo aproximadamente 2,600 cuerdas y 16 millas, con más de 100 acuerdos. Los formularios de solicitud pueden obtenerse en la Oficina del Caribe del USFWS o en Internet: http://policy.fws.gov/640fw1.html Estándares y guías: Wildlife Cooperative Extension Agreement (USDI-FWS Form 3-2257), USDI- FWS Forms 3-2255 (Project Plan) y 3-2256 (Findings and Determination to Support Habitat Development on Private Lands). Información del Programa está disponible en Internet: https://www.fws.gov/partners/ https://www.fws.gov/southeast/caribbean/partners-for-fish-and-wildlife-program/ Iván Llerandi-Román, Coordinador de Programas de Restauración de Hábitats Servicio Federal de Pesca y Vida Silvestre Oficina de Servicios Ecológicos del Caribe Carretera 301, km 5.1, Barrio Corozo Boquerón, PR Dirección postal: PO Box 491 Boquerón, PR 00622-0491 Teléfono: (787) 851-7297 (Ext. 200) Fax: (787) 851-7440 Correo electrónico: ivan_llerandi-roman@fws.gov 34 Categoría 2. Manejo, mejoramiento y conservación del hábitat y de las especies en peligro de extinción Safe Harbor Agreements Nombre con el cual fue creado Agencias, instituciones académicas y/o grupos que lo administran Objetivos/enfoque Tipo de incentivo o beneficio Base legal Requisitos de elegibilidad Proceso de solicitud e implementación Safe Harbor Agreements (SHA) Servicio Federal de Pesca y Vida Silvestre (USFWS, por sus siglas en inglés) del Departamento del Interior de los Estados Unidos Brinda a los propietarios de terrenos privados, protección legal y asistencia técnica para que las actividades económicas que se realizan en su propiedad se hagan de forma que se asegure la protección y mantenimiento de las especies amenazadas o en peligro de extinción, clasificadas por la Ley Federal de Especies en Peligro de Extinción (ESA, por sus siglas en inglés). Su objetivo es promover, mediante la participación voluntaria, la conservación de especies amenazadas o en peligro de extinción clasificadas por la ESA. La implementación de las actividades incluidas bajo este programa, aseguran al participante que el USFWS no impondrá futuras restricciones de uso en su propiedad. Se enfoca en la implementación de prácticas de manejo orientadas a generar beneficios netos de conservación en el hábitat y/o a las poblaciones de especies amenazadas o en peligro de extinción. Implementa, promueve, protege, restaura y maneja el hábitat de las especies en peligro de extinción, incluyendo: • mejorar el número y distribución de las poblaciones de la especie de interés; • incrementar corredores biológicos; • establecer zonas de amortiguamiento alrededor de áreas protegidas; y • ofrecer espacios para desarrollar y mejorar técnicas de manejo. En Puerto Rico, algunas especies con potencial para beneficiarse por este programa son: la paloma sabanera (Patagioenas inornata), la cotorra de Puerto Rico (Amazona vittata vittata) y el sapo concho (Peltophryne lemur), entre otras. Brinda asistencia técnica y un permiso que asegura al participante protección legal por actividades que pueden causar daños imprevistos a las especies amenazadas o en peligro de extinción. Endangered Species Act (ESA) de 1973. Es elegible cualquier propietario o persona que tenga control legal del terreno: agricultores, instituciones académicas y organizaciones de conservación. Las solicitudes de participación se reciben todo el año en la Oficina del Caribe del USFWS. Al inscribirse, el participante acepta implementar las actividades de manejo especificadas en un acuerdo de colaboración previamente establecido. Las prácticas de conservación se realizan a través de alianzas o acuerdos de 35 Safe Harbor Agreements Sapo concho (Peltophryne lemur), especie en peligro de extinción. Foto: Carlos Pacheco (USFWS). Estado actual Documentación e información adicional Para información colaboración entre el USFWS y los dueños de terrenos privados, organizaciones de conservación, grupos privados o agencias estatales y municipales. El USFWS, junto con el propietario,determina la condición base del terreno que incluye la descripción del hábitat y un inventario de las especies, antes de iniciar las prácticas de conservación. Esta información permite el desarrollo de un borrador del acuerdo de colaboración que integra un programa de monitoreo para evaluar el éxito de las prácticas de conservación que se realicen en la propiedad. Al finalizar, el solicitante llena un permiso de Mejoras para la Supervivencia, y lo entrega al USFWS junto con el borrador del acuerdo de colaboración. Después de cumplir con todas las previsiones establecidas por la ESA, el USFWS puede otorgar al propietario un permiso tipo 10(a)(1)(A) que le permite, al finalizar el acuerdo, regresar a la condición base de su terreno, si así lo desea. La duración del proceso depende de la complejidad del proyecto. Los acuerdos pueden incluir grupos interesados si el propietario así lo desea, pero la seguridad legal aplica únicamente al participante y es solo para la realización de actividades económicas legales dentro de los terrenos inscritos. Los acuerdos pueden ser renovados por el tiempo que el participante lo desee. Si el terreno cambiara de propietario, el nuevo propietario puede continuar el acuerdo. Vigente desde 1999. Se recomienda concertar una cita con personal de la Oficina del Caribe del USFWS para recibir más información y asistencia para llenar la documentación correspondiente. Existe información del Programa en Internet: https://www.fws.gov/ Servicio Federal de Pesca y Vida Silvestre Oficina del Caribe Carretera 301, km 5.1, Barrio Corozo Boquerón, PR Dirección postal: PO Box 491 Boquerón, PR 00622-0491 Teléfono: (787) 851-7297 Fax: (787) 851-7440 Correo electrónico: ivan_llerandi-roman@fws.gov 36 Categoría 2. Manejo, mejoramiento y conservación del hábitat y de las especies en peligro de extinción Acuerdos para la Conservación de Especies Candidatas Nombre con el cual fue creado Agencias, instituciones académicas y/o grupos que lo administran Objetivos/enfoque Tipo de incentivo o beneficio Base legal Requisitos de elegibilidad Proceso de solicitud e implementación Candidate Conservation Agreements with Assurances (CCAA) Servicio Federal de Pesca y Vida Silvestre (USFWS, por sus siglas en inglés) del Departamento del Interior de los Estados Unidos Mediante un acuerdo formal y voluntario, el USFWS colabora con los propietarios de terrenos no federales para disminuir las amenazas sobre las especies candidatas, o propuestas a ser candidatas, para ser clasificadas como especies amenazadas o en peligro bajo la Ley Federal de Especies en Peligro de Extinción (ESA, por sus siglas en inglés). Bajo el CCAA, las actividades de manejo permiten actuar antes de que las especies sean clasificadas bajo la ESA. Su objetivo consiste en implementar medidas de conservación específicas que permitan reducir o eliminar amenazas sobre poblaciones o el hábitat de especies candidatas. Las actividades incluyen: • proteger y mejorar las poblaciones y su hábitat; • restaurar hábitat degradado; • crear nuevo hábitat; • incrementar las poblaciones existentes; • aumentar las poblaciones a niveles históricos; y/o • cualesquiera otras actividades que mejoren el estatus de estas especies. Brinda asistencia técnica para determinar la presencia de especies candidatas en la propiedad, y para desarrollar e implementar medidas de conservación bajo un acuerdo de colaboración. Los propietarios tienen la seguridad legal de que, al aplicar las medidas establecidas en el acuerdo de colaboración, el USFWS no les impondrá otras restricciones en el futuro. Además, los propietarios pueden mantener un aprovechamiento flexible de su propiedad, evitando las restricciones que el USFWS podría imponer si la especie fuera clasificada bajo la ESA. Endangered Species Act (ESA) de 1973 y The Candidate Conservation Agreements with Assurances Policy de 1999 (64 CFR 32726). Son elegibles propietarios de terrenos no federales que contengan especies candidatas o propuestas a ser candidatas para ser clasificadas bajo la ESA. Las propiedades elegibles incluyen terrenos de agencias estatales y municipales, de organizaciones de conservación, y de propietarios privados. Las solicitudes de participación se reciben todo el año. Al inscribirse, el participante acepta implementar las actividades de conservación y manejo previamente establecidas en un acuerdo de colaboración. A solicitud del participante, el USFWS determina si el terreno es hábitat o contiene poblaciones de especies candidatas o propuestas a ser candidatas 37 Acuerdos para la Conservación de Especies Candidatas Mitracarpus polycladus, planta endémica en peligro de extinción que crece en matorrales costeros rocosos. Foto: Carlos Pacheco (USFWS). Estado actual Documentación e información adicional Para información para ser clasificadas bajo la ESA. Una vez determinada su presencia, el USFWS en acuerdo con el propietario determina las medidas de conservación aplicables para la recuperación de la especie. El USFWS, junto con el propietario, determina la condición base del terreno que incluye la descripción del hábitat y un inventario de las especies, antes de iniciar las prácticas de conservación. Para asegurar la recuperación de especies candidatas, los acuerdos pueden incluir la colaboración de uno o más propietarios: vecinos, agencias estatales y municipales o terrenos federales. Sin embargo, la seguridad legal aplica únicamente al participante. Después de cumplir con todas las previsiones establecidas por la ESA, el USFWS puede entregar al propietario un permiso tipo 10(a)(1)(A) que le permite, al finalizar el acuerdo, regresar su propiedad a la condición base si así lo desea. Los acuerdos pueden ser renovados por el tiempo que el participante lo desee. Si el terreno cambiara de propietario, el nuevo propietario puede continuar el acuerdo. Vigente desde 1999. Los formularios de solicitud pueden obtenerse en la Oficina del Caribe del USFWS. Información disponible en Internet: https://www.fws.gov/ https://www.fws.gov/southeast/caribbean/ Servicio Federal de Pesca y Vida Silvestre Oficina del Caribe Carretera 301, km 5.1, Barrio Corozo Boquerón, PR Dirección postal: PO Box 491 Boquerón, PR 00622-0491 Teléfono: (787) 851-7297 Fax: (787) 851-7440 Correo electrónico: ivan_llerandi-roman@fws.gov 38 Categoría 2. Manejo, mejoramiento y conservación del hábitat y de las especies en peligro de extinción Plan de Conservación del Hábitat Nombre con el cual fue creado Agencias, instituciones académicas y/o grupos que lo administran Objetivos/enfoque Tipo de incentivo o beneficio Base legal Requisitos de elegibilidad Proceso de solicitud e implementación Habitat Conservation Plan (HCP) Servicio Federal de Pesca y Vida Silvestre (USFWS, por sus siglas en inglés) del Departamento del Interior de los Estados Unidos El objetivo del HCP es asegurar que los dueños de terrenos no federales incluyan en sus proyectos, actividades de mitigación por daños incidentales que podrían causar a las poblaciones o al hábitat de especies catalogadas bajo la Ley Federal de Especies en Peligro de Extinción (ESA, por sus siglas en inglés). El HCP busca integrar las actividades de desarrollo con la conservación de las especies amenazadas o en peligro de extinción. La ESA prohíbe el daño incidental de una especie amenazada o en peligro de extinción y lo define como: perseguir, dañar, cazar, disparar, herir, matar, atrapar, capturar o coleccionar. Incluye también, modificaciones significativas a su hábitat que puedan repercutir en su reproducción, alimentación o albergue. Brinda asistencia técnica para determinar si el proyecto o acción propuesta puede causar daños incidentales, y si el HCP es una opción. También ayuda a rediseñar un proyecto y evitar daños incidentales sobre