Ésta es una pregunta tan amplia como apasionante. Pero, en cierta medida, el Derecho Romano es al mismo tiempo la historia de su pueblo. No hubo una creación espontánea de él, e incluso sus compendios tienen que beber de varias fuentes muy dispares para recogerlo, varias de las cuales intentaré explicar al final. El Derecho romano en ningún momento debería verse como una constitución y códigos civiles o penales fijos, como en tiempos modernos. Se tiene que ver y explicar como una sucesión interminable de leyes, costumbres y sentencias, de tal manera que algunos aspectos terminaron evolucionando tanto que en la época del principado eran irreconocibles respecto a los de la monarquía; otros, se quedaron tan estancados que es increíble encontrarnos con jurisprudencias del Bajo Imperio que buceaban entre sucesos de más de seis o siete siglos atrás.
La forma más original del Derecho romano sin duda se creó desde el momento de su fundación. Roma nació como una monarquía, igual que cualquier otro Estado; su carácter “democrático” sin embargo exigía que el rey se eligiese y no se impusiera (democrático es un decir: sólo unos cuantos votaban). De este modo necesariamente tuvo que nacer el Senado, que en origen estaba compuesto por los jefes ancianos de las gens, es decir, las familias prominentes. Un sistema oligárquico y gerontocrático. Éstos elegían y aconsejaban a los reyes. De las gens también nacieron las curias, divisiones fundamentales para llevar a cabo asambleas ciudadanas (comicios). Originalmente estas curias ratificaban las elecciones del Senado, y proponían leyes. Cuando Roma creció, también fueron creadas las comicios por centurias, basándose en los censos. Los comicios por centurias creaban leyes civiles y penales, ratificadas por el Senado; los comicios por curias creaban leyes administrativas. Espero poder explicarme bien.
Este fue el concepto primordial del Derecho, de donde emanarían las leyes y la justicia y a partir de la cual evolucionaría. Los romanos intentaban oficializar sus leyes, porque buscaban sustentos autoritarios antes que convenciones por costumbre. Pero con el tiempo, las fuentes del Derecho se fueron diversificando. Voy a tratar de explicar algunas de ellas, quizás otras se queden en el tintero, pero no deseo hacer esto muy largo ni pesado. La justicia se aplicaba:
En fin, ¿qué tenemos con todo esto? Una gran sopa que compone al Derecho Romano (¡y eso que me enfoqué sobre todo en el Derecho civil, ya no hablemos de todas las demás ramas que esto no da para una respuesta de Quora!). Durante la época imperial, varios juristas intentaron compilar, bajo sus propios métodos, las leyes con intentos más o menos satisfactorios de hacerlas flexibles. Algunos no eran sino manuales para los jurisconsultos, o recopilaciones desabridas que funcionaban más para un museo que para la aplicación real de la ley.
El verdadero Código llega de la mano del emperador Justiniano (no lo elaboró él, sino Triboniano y un equipo de juristas), ya en el siglo VI. Éste es particularmente importante para entender al Derecho porque compila todo lo anterior. Está lleno de jurisprudencia y de casos concretos de los que sugiere consultar para tomar decisiones en situaciones análogas, por lo que no tiene ningún desperdicio. Los juristas se basaron en los clásicos, que ya recogían todos estos elementos de manera más o menos desperdigada, y trataron de conciliarlos porque, claro, muchos se contradecían o presentaban situaciones dudosas y leyes sospechosamente desaparecidas. Y encima, también le añaden nuevas constitutio del emperador. ¿Es exacto para conocer el Derecho Romano y su evolución? No. Justiniano quiso elaborar un código no que fuese ejemplar para los estudios posteriores, sino que pudiese ser aplicado a la realidad ya más bizantina que romana del siglo VI, aderezado con nociones cristianas por supuesto. Pero es de lo mejor que tenemos para analizar todas las facetas del Derecho de esta época, porque nos llega completito. Si alguien desea echarle un ojo, ya he dejado antes el link en otra pregunta de Quora, lo vuelvo a poner: https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/2/602/23.pdf
Pido perdón si dejé fuera fuentes importantes del Derecho Romano, justo ahora me caigo de sueño porque no dormí casi nada. Si tengo algo que añadir en la tarde, actualizo.
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