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En relación con la nacionalidad, la Constitución Española establece: a) Los españoles de origen pueden ser privados de la nacionalidad en virtud ...

En relación con la nacionalidad, la Constitución Española establece:


a) Los españoles de origen pueden ser privados de la nacionalidad en virtud de sentencia judicial.
b) Ningún español de origen podrá ser privado de su nacionalidad.
c) Los españoles, de origen pierden la nacionalidad según se determine en la Ley Orgánica.
d) No se establece ninguna disposición sobre la privación de la nacionalidad.

Esta pregunta también está en el material:

examen
164 pag.

Enfermagem Universidad Bolivariana de VenezuelaUniversidad Bolivariana de Venezuela

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La respuesta correcta es b. El artículo 11 de la Constitución Española establece que "Ningún español de origen podrá ser privado de su nacionalidad". Esto significa que los españoles de origen, es decir, los que han nacido en España o los que han nacido fuera de España de padres españoles, no pueden perder su nacionalidad española, ni siquiera por sentencia judicial.

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