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¿Cuál es uno de los derechos que establece la LOTTT en relación a la suspensión de la relación de trabajo por reposo médico? a) Pago de la difere...

¿Cuál es uno de los derechos que establece la LOTTT en relación a la suspensión de la relación de trabajo por reposo médico?


a) Pago de la diferencia de salario no cubierta por la seguridad social.
b) Indemnización por terminación de la relación de trabajo.
c) Protección de los derechos de los trabajadores y las trabajadoras en caso de traspaso de una entidad de trabajo.
d) Establecimiento de un lapso de prescripción de diez años para reclamos por prestaciones sociales.

Esta pregunta también está en el material:

Evolução da Legislação Trabalhista
100 pag.

Biologia Vicente Villegas ChavezVicente Villegas Chavez

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La respuesta correcta es (a). La LOTTT establece que el trabajador tiene derecho a percibir la diferencia de salario no cubierta por la seguridad social, durante el tiempo que dure la suspensión de la relación de trabajo por reposo médico.

Las otras opciones no son derechos que se establezcan en relación a la suspensión de la relación de trabajo por reposo médico.

(b) establece que el trabajador tiene derecho a una indemnización por terminación de la relación de trabajo, pero esta indemnización no está relacionada con la suspensión de la relación de trabajo por reposo médico.

(c) establece que los trabajadores y las trabajadoras tienen derecho a que se protejan sus derechos en caso de traspaso de una entidad de trabajo, pero este derecho tampoco está relacionado con la suspensión de la relación de trabajo por reposo médico.

(d) establece que el lapso de prescripción para reclamos por prestaciones sociales es de diez años, pero este plazo de prescripción no está relacionado con la suspensión de la relación de trabajo por reposo médico.

Por lo tanto, la respuesta correcta es (a).

A continuación, se presenta el texto de la LOTTT que establece este derecho:

Artículo 184. Cuando el trabajador o la trabajadora, por razones de salud, sea sometido a reposo médico, el patrono o la patrona estará obligado a pagarle la diferencia de salario no cubierta por la seguridad social, durante el tiempo que dure la suspensión de la relación de trabajo.

Este derecho tiene como objetivo garantizar que el trabajador no vea afectada su remuneración durante el tiempo que esté imposibilitado de trabajar por razones de salud.


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