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Según el Código Civil y Comercial, ¿es obligatorio llevar contabilidad en una fundación o en una asociación civil sin fines de lucro?

Esta pregunta también está en el material:

SICU_2019-CONTABILIDAD
31 pag.

Contabilidade / Ciências Contábeis EngenhariasEngenharias

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Obligación de llevar contabilidad en una fundación o asociación civil sin fines de lucro según el Código Civil y Comercial Argentino:

En general:

El Código Civil y Comercial Argentino (CCC) establece en el Artículo 320 que la obligación de llevar contabilidad recae sobre:

  • Todas las personas jurídicas privadas.
  • Quienes realicen una actividad económica organizada.
  • Titulares de una empresa o establecimiento comercial, industrial, agropecuario o de servicios.

Excepciones:

El Artículo 320 del CCC también establece que podrán ser eximidos de la obligación de llevar contabilidad aquellos sujetos que:

  • Desarrollen actividades que por el volumen de su giro resulten inconvenientes para sujetarse a tales deberes.
  • La exención la determina cada jurisdicción local.

Situación de las fundaciones y asociaciones civiles sin fines de lucro:

Las fundaciones y asociaciones civiles sin fines de lucro son personas jurídicas privadas.

Sin embargo:

  • No siempre realizan una actividad económica organizada.
  • Su actividad no tiene como fin la obtención de lucro.

Por lo tanto:

  • Es posible que se encuentren exceptuadas de la obligación de llevar contabilidad.
  • La determinación de si están obligadas o no a llevar contabilidad dependerá de la legislación local de cada jurisdicción.

Recomendaciones:

  • Consultar con un profesional en contabilidad o con un abogado para determinar si una fundación o asociación civil sin fines de lucro está obligada a llevar contabilidad en la jurisdicción en la que opera.
  • Llevar una contabilidad voluntaria, aunque no sea obligatoria, puede ser útil para:
  • Llevar un control ordenado de la gestión económica.
  • Transparentar la gestión ante los socios, donantes y autoridades.
  • Facilitar la toma de decisiones.

Recursos adicionales:

  • Código Civil y Comercial de la Nación Argentina:
  • Impuesto a las Ganancias - Personas Jurídicas - Exenciones:
  • Obligación de llevar contabilidad para asociaciones civiles:

Nota:

La información proporcionada en esta respuesta no constituye asesoramiento legal. Se recomienda consultar con un profesional en contabilidad o con un abogado para obtener asesoramiento específico sobre la situación particular de una fundación o asociación civil sin fines de lucro.


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