10. Para los supuestos en que se pretenda cuestionar actos administrativos emanados de la máxima autoridad de un ente autárquico descentralizado qu...
10. Para los supuestos en que se pretenda cuestionar actos administrativos emanados de la máxima autoridad de un ente autárquico descentralizado que no sea una universidad nacional: Es obligatorio para el interesado interponer un recurso de alzada dentro de los quince días, el que será resuelto por el órgano que encabeza la administración central. Podrá interponerse, a opción del interesado, un recurso de alzada dentro de los quince días, el que será resuelto por el órgano que encabeza la administración central. Podrá interponerse, a opción del interesado, un recurso de reconsideración dentro de los veinte días, el que será resuelto por el órgano que encabeza la administración central. Podrá interponerse, a opción del interesado, un recurso de reconsideración dentro de los diez días, el que será resuelto por el órgano que encabeza la administración central. Es de carácter optativo entablar el recurso de reconsideración y lleva implícito el recurso de alzada.
Compartir