25- El art. 801 del C.P.C.C. establece que las disposiciones de este título serán aplicables a: otros casos: Las disposiciones de este título serán...
25- El art. 801 del C.P.C.C. establece que las disposiciones de este título serán aplicables a: otros casos: Las disposiciones de este título serán aplicables:1) A la ejecución de multas impuestas en juicio.2) Al cobro de costas.3) Al cobro de honorarios regulados judicialmente.
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