20. Los contratos de prestación de servicios de salud, deben ser controlados por:
Órganos administrativos y judiciales.
Exclusivamente por la Secre...
20. Los contratos de prestación de servicios de salud, deben ser controlados por: Órganos administrativos y judiciales. Exclusivamente por la Secretaría de Comercio de la Ciudad de Córdoba. Órganos administrativos judiciales en forma excluyente. Órganos arbitrales. La Secretaría de comercio e industria.
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