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recompensar la virtud. S0bre este asunto observo al presente en las leyes de todas las naciones un silencio universal. Si los premios propuestos po...

recompensar la virtud. S0bre este asunto observo al presente en las leyes de todas las naciones un silencio universal. Si los premios propuestos por las Academias a los descubridores de las verdades provechosas han multiplicado las noticias y los buenos libros, ¿por qué los premios distribuidos por la benéfica mano del soberano no multiplicarían asimismo las acciones virtuosas? La moneda del honor es siempre inagotable y fructífera en las manos del sabio distribuidor. Educación Finalmente, el más seguro pero más difícil medio de evitar delitos es perfeccionar la educación, objeto muy vasto y que excede los límites que me he señalado, objeto, me atrevo a decirlo, que tiene vínculos demasiadamente estrechos con la naturaleza del gobierno, para que no hubiera sido siempre, hasta en los siglos más remotos de la pública felicidad, un campo estéril y solo cultivado aquí y allá por un corto número de sabios. Un grande hombre, que ilumina la misma humanidad que lo persigue, ha hecho ver por menor cuáles son las principales máximas de educación verdaderamente útiles a los hombres, esto es, que consisten menos en una estéril muchedumbre de objetos que en la elección y concreción de ellos, en sustituir las copias por los originales en los fenómenos así morales como físicos, que la causalidad o la industria ofrece a los tiernos ánimos de los jóvenes, en guiar a la virtud por el camino fácil del sentimiento y en separar del mal por el infalible de la necesidad y del inconveniente, en vez de hacerlo por el incierto del mando y de la fuerza, por cuyo medio se obtiene solo una disimulada y momentánea obediencia. Del perdón A medida que las penas son más dulces, la clemencia y el perdón son menos necesarios. ¡Dichosa aquella nación en la cual sean funestos! Esta clemencia, esta virtud que ha sido alguna vez en un soberano el suplemento de todas las obligaciones del trono, debería ser excluida en una perfecta legislación donde las penas fuesen suaves y el método de juzgar arreglado y corriente. Parecerá esta verdad dura a los que viven en el desorden del sistema criminal, en que los perdones y las gracias son necesarias a proporción de lo absurdo de las leyes y de la atrocidad de las sentencias. Ésta es la más bella prerrogativa del trono, éste el atributo más apetecible de la soberanía, y ésta es la tácita desaprobación que los benéficos dispensadores de la felicidad pública dan a un código que con todas las imperfecciones tiene en su favor la preocupación de los siglos, el voluminoso y arbitrario atavío de infinitos comentadores, el grave aparato de las formalidades eternas, y el apego de los más astutos habladores y menos temidos semidoctos. Pero considérese que la clemencia es virtud del legislador, no del ejecutor de las leyes; que debe resplandecer en el código, no en los juicios particulares; que hacer ver a los hombres la posibilidad de perdonar los delitos, y que la pena no es necesaria consecuencia suya, es fomentar el alago de la impunidad, y manifestar que, pudiéndose perdonar, las condenas no perdonadas son más bien violencias de la fuerza. Conclusión Con esta reflexión concluyo. La gravedad de las penas debe ser relativa al estado de la nación misma. Más fuertes y sensibles deben ser las impresiones sobre los ánimos endurecidos de un pueblo recién salido del estado de barbarie. Al feroz león, que se revuelve al golpe de un arma limitada, lo abate el rayo. Pero a medida que los ánimos se suavizan en el estado de sociedad, crece la sensibilidad, y creciendo ésta, debe disminuirse la fuerza de la pena, siempre que quiera mantenerse una relación constante entre el objeto y la sensación. De cuanto hasta aquí se ha dicho puede sacarse un teorema general muy útil, pero poco conforme al uso, legislador ordinario de las naciones, esto es: para que toda pena no sea violencia de uno o de muchos contra un particular ciudadano, debe esencialmente ser pública, pronta, necesaria, la más pequeña de las posibles en las circunstancias actuales, proporcionada a los delitos, dictada por las Leyes. FIN.

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tratado_beccaria_hd32_2015
92 pag.

Direito Civil I Universidade Estácio de SáUniversidade Estácio de Sá

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