Según el artículo 230 sustituido, las atribuciones de las juezas y jueces de garantías penitenciarias son: 1. Resolver las impugnaciones de cualquier decisión emanada de la autoridad competente relativas al régimen penitenciario. 2. Conocer y sustanciar los procesos relativos al otorgamiento de los regímenes semiabierto y abierto. 3. Controlar el cumplimiento y la ejecución del indulto presidencial o parlamentario. 4. Las demás atribuciones establecidas en la ley.
Para escribir su respuesta aquí, Ingresar o Crear una cuenta
Compartir