La competencia de las juezas y jueces de violencia contra la mujer o miembro del núcleo familiar, según el artículo 232 sustituido, incluye: 1. Conocer los hechos y actos de violencia y las contravenciones de violencia contra la mujer o miembro del núcleo familiar. 2. Ejercer las demás atribuciones que establezca la ley. 3. Fijar la pensión de alimentos correspondiente que, mientras dure esta medida, deberá satisfacer el agresor. Por lo tanto, la respuesta correcta es la opción 4. "Todas las anteriores".
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