Logo Studenta

Establecido que el producto del remate no ha alcanzado para pagar la totalidad de los créditos, la o el juzgador convocará a junta de acreedores, p...

Establecido que el producto del remate no ha alcanzado para pagar la totalidad de los créditos, la o el juzgador convocará a junta de acreedores, para que en la audiencia resuelvan si conceden o no una certificación de pago que liberará totalmente a la o al deudor por el saldo no pagado y se levantarán todas las medidas ejecutadas en contra de la o del deudor. También se rehabilitará a la o al fallido, persona natural contra quien haya seguido el proceso, si este se encuentra en estado de abandono por más de diez años, siempre que no se haya dado antes la declaración de fraudulencia. En este caso se procederá previo aviso al público y las o los acreedores podrán oponerse únicamente con la prueba de que ha continuado el proceso dentro de los últimos diez años o de que exista declaración ejecutoriada de fraudulencia de parte de la o del fallido. Art. 431.- Bienes embargados a la o al fallido. Los bienes y documentos embargados a la o al fallido, se entregarán en depósito con el correspondiente inventario a la o al síndico designado en el día y hora de realización de la audiencia de régimen concursal. Art. 432.- Embargo de nuevos bienes. La o el fallido queda de hecho en interdicción de administrar bienes y en cuanto a los que adquiera en lo posterior, el 50% pasará a la masa común repartible entre acreedores, y quedará el otro 50% para los gastos personales de la o del fallido y de su familia, administrados directamente por la o el fallido. Esta inhabilidad no contemplará la administración del patrimonio familiar. Art. 433.- Síndico. Dentro del régimen concursal, la o el síndico representará a la masa concursal, quien estará facultado para realizar aquellas diligencias necesarias para precautelar los derechos de las o los acreedores y recaudar los haberes. Art. 434.- Nombramiento de la o del síndico. La o el síndico será nombrado de entre las personas registradas por el Consejo de la Judicatura. Una vez notificado su nombramiento tendrá veinticuatro horas para aceptarlo o excusarse. Aceptado el cargo, podrá renunciar por causa justa, pero no podrá retirarse del ejercicio de sus funciones mientras no sea subrogada o subrogado. La lista de las y los síndicos se elaborará conforme con lo que dispone la ley. La o el síndico actuará como sustituto procesal de la o del deudor. Iniciará o continuará todos los procesos a favor o en contra del patrimonio de la o del concursado, recibirá los bienes de la o del deudor mediante inventario y tendrá, a su respecto, las responsabilidades de las o los depositarios y de las o los administradores y tendrá amplias facultades de administración, debiendo dar cuenta a la o al juzgador de su actuación. Art. 435.- Informe y actos de la o del síndico. Quince días después de su posesión, la o el síndico informará acerca del estado de los negocios de la o del fallido y de los bienes embargados, señalando el valor referencial de cada uno de ellos. En el mismo término formará un estado de los créditos y su gradación respectiva de acuerdo con lo dispuesto en el Código Civil y otras leyes. Con este informe se notificará a las partes para que, de creerlo necesario, formulen observaciones en la audiencia en la que se realizará la junta de acreedores. Si la o el fallido tiene negocios en marcha, la o el síndico depositará la utilidad con la periodicidad que disponga la o al juzgador, en la cuenta del órgano jurisdiccional competente. Fiel Web (www.fielweb.com) :: Ediciones Legales, 2016 Página 44 de 51 http://www.edicioneslegales.com.ec todos los actos de la o del deudor relativos a los bienes entregados a las o los acreedores o incluidos en el concurso, realizados en fraude de los mismos. La o el deudor podrá instruirse, por sí o por apoderado, del estado del concurso y hacer cuantas observaciones estime convenientes para el arreglo y mejora de la administración así como para la liquidación de los créditos activos y pasivos. Estos derechos los perderá si no ha dado cumplimiento al requerimiento de presentar los documentos a que se refieren las normas de la solicitud de concurso voluntario. DISPOSICIONES GENERALES Primera.- El Ministerio de Finanzas, o la institución que haga sus veces, a pedido del Consejo de la Judicatura, efectuará las asignaciones y transferencias presupuestarias conducentes al funcionamiento y gestión del nuevo sistema procesal unificado, que entre otros incluirá el financiamiento de la infraestructura, logística, implementación tecnológica y provisión de talento humano para el efecto. Segunda.- El Consejo de la Judicatura elaborará y aprobará el plan para la implementación del Código Orgánico General de Procesos a fin de ejecutarlo integralmente en todo el territorio nacional. Incluirá, además de las normas y medidas de todo orden y cronogramas que considere necesarios, la reglamentación del uso de formatos comunes para la presentación y trámite de los procedimientos monitorios y las pretensiones sobre prestación de alimentos y para los remates en línea realizados por entidades públicas o privadas. Para el efecto, el Consejo de la Judicatura adoptará las medidas administrativas, logísticas y financieras necesarias para la aplicación de las disposiciones del Código Orgánico General de Procesos, en especial el equipamiento tecnológico, la capacitación y la instalación de salas de audiencias en las unidades judiciales, que brinden las facilidades para la implementación del sistema procesal. Tercera.- El Consejo de Educación Superior tom

Esta pregunta también está en el material:

CÓDIGO ORGÁNICO GENERAL DE PROCESOS
51 pag.

Orgânica I Unidad Central Del Valle Del CaucaUnidad Central Del Valle Del Cauca

Todavía no tenemos respuestas

¿Sabes cómo responder a esa pregunta?

¡Crea una cuenta y ayuda a otros compartiendo tus conocimientos!


✏️ Responder

FlechasNegritoItálicoSubrayadaTachadoCitaCódigoLista numeradaLista con viñetasSuscritoSobreDisminuir la sangríaAumentar la sangríaColor de fuenteColor de fondoAlineaciónLimpiarInsertar el linkImagenFórmula

Para escribir su respuesta aquí, Ingresar o Crear una cuenta

User badge image

Otros materiales