En cuanto a las disposiciones complementarias, el Reglamento incluye seis disposiciones complementarias finales y cinco disposiciones complementari...
En cuanto a las disposiciones complementarias, el Reglamento incluye seis disposiciones complementarias finales y cinco disposiciones complementarias transitorias. Previa a esta sucinta presentación, nos preguntamos por qué la Ley N°28740 no tuvo la autógrafa del presidente de la República. Su publicación se realizó el 19 de mayo del 2006 por Marcial Ayaipoma Alvarado, presidente del Congreso de la República. Mediante Decreto Supremo Nº 015-2007-ED se aprobó el Reglamento de la Ley Nº 28740, publicado el 09 de julio del 2007 por el Presidente Alan García Pérez y el ministro de Educación, José Antonio Chang Escobedo. El CONEAU se instaló el 23 de enero del 2008, siendo su primer presidente el doctor José María Viaña Pérez. El artículo 2 define al SINEACE como: "El Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa es el conjunto de organismos, normas y procedimientos estructurados e integrados funcionalmente, destinados a definir y establecer los criterios, estándares y procesos de evaluación, acreditación y certificación a fin de asegurar los niveles básicos de calidad que deben brindar las instituciones a las que se refiere la Ley General de Educación N°28044, y promover su desarrollo cualitativo. Con este propósito, el sistema está conformado por órganos operadores que garantizan la independencia, imparcialidad e idoneidad de los procesos de evaluación, acreditación y certificación. La evaluación está a cargo de las entidades especializadas nacionales o internacionales, reconocidas y registradas para realizar las evaluaciones con fines de acreditación y por instituciones públicas cuando corresponda". (Lorente García 2013).
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