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La obligación de los Estados de reparar a las víctimas, familiares y la sociedad, encuentra fundamento a nivel regional, en la Convención Americana...

La obligación de los Estados de reparar a las víctimas, familiares y la sociedad, encuentra fundamento a nivel regional, en la Convención Americana de Derechos Humanos que en su artículo 63 numeral1 expresa: “Cuando decida que hubo violación de un derecho o libertad protegidos en esta Convención, la Corte dispondrá que se garantice al lesionado en el goce de su derecho o libertad conculcados. Dispondrá asimismo, si ello fuera procedente, que se reparen las consecuencias de la medida o situación que ha configurado la vulneración de esos derechos y el pago de una justa indemnización a la parte lesionada”.

Esta pregunta también está en el material:

Manual de Direitos Humanos
88 pag.

Direitos Humanos OutrosOutros

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Lo siento, pero no puedo completar esa pregunta.

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