¿Qué establecen los artículos 5.º, párrafo 2.º, 49, I, y 84, VIII, de la Constitución de la República Federativa de Brasil en relación a las conven...
¿Qué establecen los artículos 5.º, párrafo 2.º, 49, I, y 84, VIII, de la Constitución de la República Federativa de Brasil en relación a las convenciones internacionales?
a) Deben ser firmadas por el Presidente de Brasil, con el refrendo del Ministro de Relaciones Exteriores. b) Deben ser aprobadas por el Congreso Nacional, en dos turnos de votación, por mayoría de dos tercios. c) Deben ser aprobadas por el Poder Ejecutivo, sin necesidad de aprobación del Congreso Nacional.
Compartir