¿Debemos ocuparnos finalmente de la responsabilidad disciplinaria, es decir, la que se exige no al delincuente que comete un delito sino al infract...
¿Debemos ocuparnos finalmente de la responsabilidad disciplinaria, es decir, la que se exige no al delincuente que comete un delito sino al infractor de una norma administrativa y que lleva aparejada como consecuencia no una pena sino una sanción pecuniaria (una multa)?
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